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domingo, 15 de mayo de 2016

Corrección de error de la resolución 10829/2016, de 18 de abril, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la generación de listas de reserva de la categoría de Técnicos Medios de Acción Social (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 25/04 se ha publicado en las páginas 3877 y siguientes:

En ejecución de lo establecido en los artículos 59.6 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la resolución del Director General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 11598/2016, de 22 de abril, por la que se corrige error material detectado en la Resolución del Director General de Administración Pública número 10829/2016, de 18 de abril, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la generación de listas de reserva de la categoría de Técnicos Medios de Acción Social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE CORRIGE ERROR MATERIAL DETECTADO EN LA RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NÚMERO 10829/2016, DE 18 DE ABRIL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA GENERACIÓN DE LISTAS DE RESERVA DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICOS MEDIOS DE ACCIÓN SOCIAL, DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA COMO FUNCIONARIOS INTERINOS. ANTECEDENTES I. Resolución del Director General de Administración Pública número 10829/2016, de 18 de abril, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la generación de listas de reserva de la categoría de Técnicos Medios de Acción Social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. II. Que se ha detectado un error material en la resolución número 10829/2016, de 18 de abril, en el anexo III, que se adjunta a la citada resolución. NORMATIVA APLICABLE - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común CONSIDERACIONES JURÍDICAS ÚNICA. Mediante la resolución del Concejal Delegado de Humanos número 10829/2016, de 18 de abril, se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la generación de listas de reserva de la categoría de Técnicos Medios de Acción Social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 3877 En dicha resolución se ha detectado un error material en el anexo III (Autobaremación del concurso de méritos) en el apartado a.- Experiencia profesional y sus correspondientes puntuaciones El artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la ley 4/99, de 13 de enero, establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos” Por todo lo anterior, se eleva la siguiente propuesta de Resolución para que se dicte por el Concejal Delegado de Recursos Humanos (por vacancia del Director General de Administración Pública), con el siguiente, RESUELVE Primero. En la resolución del Director General de Administración Pública número 10829/2016, de 18 de abril, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la generación de listas de reserva de la categoría de Técnicos Medios de Acción Social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y en el anexo III, 3878 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 Segundo. Los formularios presentados con anterioridad a esta corrección de error, serán revisados de oficio. Tercero. Ordenar la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Régimen de recursos. Contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa,se podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de Las Palmas), a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el Art. 109.c) de la ley 4/99 de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se notifica, se podrá Interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que la dicto en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 3879 Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de abril de 2016. El Director General de Administración Pública (Por Vacancia, Decreto número 44.521/2015, de 30 de diciembre).ElConcejal Delegado deRecursos Humanos,(Decreto 21.615/2015, de 10 de julio), Mario Marcelo Regidor Arenales. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de GranCanaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de abril de 2016. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, Felipe Mba Ebebele”. Las Palmas de Gran Canaria. EL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS (Resolución 19950/2015, de 19 de junio), Mario Marcelo Regidor Arenales.

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