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domingo, 15 de mayo de 2016

Rectificación de las bases que regirán la convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo, Grupo A, Subgrupo A2, vinculadas a las plazas de Ingenieros Técnicos Agrícolas (CABILDO INSULAR LA PALMA)

En el BOP del 6/05 se ha publicado en las páginas 6680-6681:

Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 15 de abril de 2016, con relación a la resolución de los recursos potestativos de reposición presentados contra las Bases que han de regir la convocatoria pública, mediante Concurso de méritos, para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes, reservados al personal funcionario, Grupo A, Subgrupo A2, vinculadas a las plazas de Ingenieros Técnicos Agrícolas, se ha resuelto lo siguiente: Primero.- Estimar parcialmente los recursos potestativos de reposición presentados contra las Bases que han de regir la convocatoria pública, mediante Concurso de méritos, para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes, reservados al personal funcionario, Grupo A, Subgrupo A2, vinculadas a las plazas de Ingenieros Técnicos Agrícolas de este Excmo. Cabildo Insular de la Palma, que conllevará la modificación de las Bases. Segundo.- Rectificar parcialmente las Bases que regirán la convocatoria pública mediante Concurso de méritos, para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes, reservados al personal funcionario, Grupo A, Subgrupo A2, vinculadas a las plazas de Ingenieros Técnicos Agrícolas de este Excmo. Cabildo Insular de la Palma, aprobadas mediante acuerdo del Consejo de Gobierno Insular el pasado 30 de octubre de 2015, y publicadas en el BOP nº 141, de 9 de noviembre de 2015, de la manera siguiente: La base séptima, referente a la valoración de los méritos, cuyo baremo viene detallado en el Anexo I de la misma: 1) Donde dice: “2.2. Valoración del trabajo desarrollado: Por haber desempeñado funciones propias de la naturaleza de los puestos convocados, teniendo en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 55, viernes 6 de mayo de 2016 6681 cuenta el tiempo de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel, hasta un máximo de 3 puntos: - En adscripción definitiva: 1 punto por año de servicio”. Debe decir: “2.2. Valoración del trabajo desarrollado: Por haber desempeñado funciones propias de la naturaleza de los puestos convocados, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel, hasta un máximo de 3 puntos distribuidos de la siguiente forma: - Por el desempeño de puestos de nivel 26: 0,25 puntos por año completo de servicio. - Por el desempeño de puestos de nivel 25: 0,20 puntos por año completo de servicio. - Por el desempeño de puestos de nivel 24 o inferior: 0,15 puntos por año completo de servicio. Asimismo, los periodos inferiores a un año se prorratearán por meses, considerando los meses como 30 días. Los periodos inferiores a 30 días no se valorarán.” 2) Donde dice: “2.3. Por cada curso de formación o perfeccionamiento, otorgado por cualquier centro oficial de formación y perfeccionamiento de funcionarios o impartido por cualquier Administración Pública, cuya finalidad sea la formación del funcionario, siempre que se haya expedido diploma o certificación de asistencia o de aprovechamiento, con una duración de 10 horas lectivas mínimo, y verse sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo, hasta un máximo de 1,5 puntos”. Debe decir: “2.3. Por cada curso de formación o perfeccionamiento, otorgado por cualquier centro oficial de formación y perfeccionamiento o impartido por cualquier Administración Pública, o entidad de derecho público que sean dependientes o estén vinculadas a la Administración, siempre que se haya expedido diploma o certificación de asistencia o de aprovechamiento, con una duración de 10 horas lectivas mínimo, y verse sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo, hasta un máximo de 1,5 puntos”. Tercero.- Dar publicidad a la presente rectificación, y abrir un nuevo plazo de presentación de instancias, por un período de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia. De conformidad con la base cuarta de las que rigen la convocatoria, los méritos alegados para ser valorados en la fase de concurso deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que a estos efectos, es para todos los aspirantes, el 26 de noviembre de 2015, fecha en la que concluyó el plazo inicial de presentación de instancias de la convocatoria. Cuarto.- Conservar las solicitudes presentadas por los aspirantes en el anterior plazo de presentación de instancias, como efectivamente presentadas en plazo, pudiendo presentar a efectos de su valoración la nueva documentación resultante de la presente rectificación. Santa Cruz de La Palma, a 27 de abril de 2016. El Consejero Insular de Hacienda y Recursos Humanos, Luis Javier Camacho Barreto.

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