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lunes, 23 de marzo de 2015

Real Decreto 194/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2015.

En el BOE de hoy se ha publicado:


El marco que delimita con carácter general las incorporaciones de personal al servicio del sector público se define en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, que fija la tasa de reposición para las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado hasta un máximo de 50 por ciento.
En lo concerniente al Cuerpo Nacional de Policía, debido a su carácter de servicio público esencial, así como a las singularidades de su actual plantilla, hacen que resulte necesario aprobar una oferta de empleo público específica que tiene como objetivo garantizar una equilibrada dotación de efectivos en las plantillas de las distintas Comisarías y Unidades policiales para la prestación eficaz de los servicios que demanda la sociedad española, así como para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Plan de lucha contra la delincuencia, como son el refuerzo de la presencia policial en las calles, la puesta en marcha de medidas territorializadas en el nivel regional, provincial o local, la ejecución de programas específicos de lucha contra nuevas formas de delincuencia, la atención al ciudadano y la intensificación de la cooperación internacional.
En el establecimiento de esta oferta de empleo público se tiene en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
En su virtud, a iniciativa del Ministro del Interior, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo de 2015,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2015, en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.
Artículo 2. Cuantificación de la oferta de empleo público.
Se autoriza la convocatoria para oposición libre en el Cuerpo Nacional de Policía de 75 plazas en la Escala Ejecutiva y 1.299 plazas en la Escala Básica.
Artículo 3. Reserva de plazas en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía.
Del total de 1.299 plazas autorizadas en el artículo anterior, para ingreso por oposición libre en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, se reservan 130 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas, se acumularán a las autorizadas por oposición libre en el artículo anterior en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía.
Artículo 4. Promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía.
La autorización de la convocatoria de 75 plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva comporta la convocatoria de 150 para su provisión por promoción interna, desde la categoría de Subinspector, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía.
Disposición adicional única. Difusión de las convocatorias de pruebas selectivas.
Con el objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público, el Ministerio del Interior incluirá en su página web un apartado dedicado a procesos selectivos, en la que recogerán cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 22 de marzo de 2015.

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