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lunes, 16 de marzo de 2015

Convocatoria pública para el cargo de Juez de Paz Titular/Sustituto (VILLA DE ARAFO)

En el BOP del pasado viernes se ha publicado en las páginas 6200-6202:

Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los vecinos de este Municipio que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias el nombramiento de un vecino de este Municipio para ocupar el cargo de Juez de Paz, titular y sustituto. Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría General de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, acompañada de los siguientes documentos: 1.- Solicitud según modelo (Anexo I), que deberá ir acompañado de la siguiente documentación. a) Fotocopia del D.N.I., debidamente compulsada. b) Certificación vida laboral. c) Currículum Profesional. d) Certificado de empadronamiento. 2.- Declaración responsable (Anexo II), en la que se haga constar los siguientes extremos: - Que no ha sido condenado por delito doloso (o en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación). - Que no está procesado o inculpado por delito doloso. - Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles. - Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. - Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir. Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mismo. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. En la Villa de Arafo, a 04 de marzo de 2015. El Alcalde-Presidente.

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