http://rrabogadoslaspalmas.com/

jueves, 12 de marzo de 2015

Corrección de las bases específicas de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de auxiliar de limpieza en el ayuntamiento (BETANCURIA)

En el BOP de ayer se ha publicado en las páginas 4006-4008:

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de febrero de 2015 se procede a la corrección de las BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIAPARALACREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR DE LIMPIEZA EN EL AYUNTAMIENTO DE BETANCURIA aprobadas en Junta de Gobierno Local el día 3 de febrero de 2015. Donde dice: “OBJETO DE LACONVOCATORIA: Las presentes bases tienen por objeto la selección de personal para la creación de una Bolsa de Trabajo de AUXILIAR DE LIMPIEZA, a los efectos de su nombramiento interino o contratación temporal y contratación de relevo por jubilación parcial…” Dirá: “OBJETO DE LACONVOCATORIA: Las presentes bases tienen por objeto la selección de personal para la creación de una Bolsa de Trabajo de AUXILIAR DE LIMPIEZA, de conformidad con el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico delEmpleado Público, a los efectos de su nombramiento interino o contratación temporal y contratación de relevo por jubilación parcial...” Donde dice: La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente: - Del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen. - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia compulsada del documento que acredite la misma. -Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) del título de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación profesional 1º grado o equivalencia exigido o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la credencial que acredite su homologación. 4006 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 33, miércoles 11 de marzo de 2015- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. - Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad para el desempeño de cargo público o empleo público. Dirá: La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente de: -Original o fotocopia compulsada de la certificación, título o diploma correspondiente a cada uno de los méritos aportados. - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia compulsada del documento que acredite la misma. - Certificado de estudios primarios. - Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. - Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad para el desempeño de cargo público o empleo público. Donde dice: 928.54.96.57. Dirá: 928.87.82.33. Donde dice: SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará por el sistema de concurso de méritos, ya que la naturaleza de las plazas convocadas y de lasfunciones a desempeñar, hacen que éste sea el sistema de selección más adecuado. Dirá: SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará por el sistema de concurso de méritos-entrevista, ya que la naturaleza de las plazas convocadas y de las funciones a desempeñar, hacen que éste sea elsistema de selección más adecuado. Donde dice: Concluida la baremación de méritos, el Tribunal hará pública en el lugar de su celebración, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación final vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición. Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación en elsistema de oposición, el desempate se resolverá el orden mediante sorteo público. Dirá: Concluida la baremación de méritos, el Tribunal hará pública en el lugar de su celebración, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. En el mismo anuncio se determinará el lugar y la fecha de celebración de la entrevista. Los aspirantes dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Fase de entrevista: (Máximo 6 puntos) Consistirá Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 33, miércoles 11 de marzo de 2015 4007en la realización de una entrevista individual con cada uno de los aspirantes. CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación final vendrá determinada por la puntuación obtenida en las fases de concurso-entrevista. Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación en elsistema de concurso-entrevista, el desempate se resolverá el orden mediante sorteo público. Contra el presente acuerdo, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Betancuria, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, oRecursoContencioso-Administrativo, ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Sise optara por interponer el Recurso deReposición potestativo, no podrá interponerRecurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Betancuria, a veinticuatro de febrero de dos mil quince. EL ALCALDE, Marcelino Cerdeña Ruiz.

No hay comentarios:

Publicar un comentario