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viernes, 25 de octubre de 2013

Rectificación de las bases reguladoras del procedimiento para la contratación temporal de profesores de la UPCAN (VILLA DE CANDELARIA)

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 25632-25633:


presente se hace público que el Concejal
Delegado de Personal de esta Corporación, ha dictado Decreto nº 2877/2013 de 7 de octubre del tenor
literal siguiente:
“Visto el informe jurídico y propuesta de resolución
emitido con fecha 1 de octubre de 2013, por la Vicesecretaria General del siguiente tenor literal:
Informe de Vicesecretaría.
En relación con el Decreto 2506/2013 de 2 de
septiembre por el que fueron aprobadas las bases
que han de regir la convocatoria al objeto de constituir una bolsa de empleo para cubrir contrataciones
temporales de profesores que impartirán clases en
las escuelas y talleres municipales de la Universidad Popular de Candelaria UPCAN publicada en el
BOP nº 119 de 9 de septiembre se han detectado los
siguiente errores:
En la base octava.- Legislación aplicable. Donde
dice: Boletín Oficial de Canarias. Debe decir: Boletín
Oficial de la Provincia.
En la base novena. Plazo máximo de Resolución.
Donde dice: …antes del 1.10.2013 fecha en la que
da comienzo la UPCAN. Debe decir: antes del
15.10.2013 o de la fecha en la que da comienzo la
UPCAN.
Fundamentos jurídicos.
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-
ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
“Las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos.”
Por todo ello la funcionaria que suscribe emite la
siguiente propuesta de resolución para que por el
concejal se resuelva:
1º. Rectificar los errores materiales detectados en
las bases de referencia por lo que:
En la base octava.- Legislación aplicable. Donde
dice: Boletín Oficial de Canarias. Debe decir: Boletín
Oficial de la Provincia.
En la base novena. Plazo máximo de Resolución.
Donde dice: …antes del 1.10.2013 fecha en la que
da comienzo la UPCAN. Debe decir: antes del
15.10.2013 o de la fecha en la que da comienzo la
UPCAN.
2º. La publicación en el B.O.P., tablón de anuncios
y web municipal.
Este Concejal en uso de las atribuciones que tiene
conferidas legalmente, resuelve: elevar a resolución
la propuesta anterior y en consecuencia:
1º. Rectificar los errores materiales detectados en
las bases de referencia por lo que:
En la base octava.- Legislación aplicable. Donde
dice: Boletín Oficial de Canarias. Debe decir: Boletín
Oficial de la Provincia.
En la base novena. Plazo máximo de Resolución.
Donde dice: …antes del 1.10.2013 fecha en la que
da comienzo la UPCAN. Debe decir: antes del
15.10.2013 o de la fecha en la que da comienzo la
UPCAN.
2º. La publicación en el BOP, tablón de anuncios
y web municipal.
Lo manda y firma el Sr. Concejal de Gabinete de
Alcaldía, Personal, Régimen Interior, Cementerios,
Relaciones Institucionales y Protocolo del Ilustre
Ayuntamiento de la Villa de Candelaria, de lo que
como Secretario doy fe.
En Candelaria, a 21 de octubre de 2013.
El Concejal Delegado de Personal, José Francisco
Pinto Ramos.

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