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lunes, 18 de abril de 2011

CONVOCATORIA DE BECA DE INFORMÁTICA PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA. BECA EBSCO

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy se ha publicado:

El Vicerrectorado de Servicios Universitarios ha resuelto convocar beca de informática para la Biblioteca de la Universidad de La Laguna con las siguientes características:
Número de becas: 1.
Beneficiario: alumno matriculado en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de la Universidad de La Laguna, o haber finalizado los estudios en el citado centro en los dos cursos académicos anteriores al de la fecha de la convocatoria.
Objeto de las becas: adquisición de una formación práctica en el área objeto de la convocatoria, mediante la asistencia a los programas de formación que realizará la Biblioteca Universitaria. La colaboración en el desarrollo de aplicaciones que permitan un mejor acceso a la informática científica y la ayuda en la promoción y uso en los sistemas de formación electrónica de EBSCO.
Documentación: la información sobre la convocatoria y documentación necesaria en la página web: http://bbtk.ull.es.
La Laguna, a 8 de abril de 2011.- La Vicerrectora de Servicios Universitarios, Rosa María Aguilar Chinea.
CONVOCATORIA DE BECA DE INFORMÁTICA
PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD
DE LA LAGUNA. BECA EBSCO
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera.- Número de becas.
Se convoca 1 beca de colaboración en la biblioteca de la Universidad de La Laguna.
Segunda.- Finalidad de la beca.
La beca EBSCO tiene como finalidad la adquisición, por parte de la persona seleccionada, de una formación práctica en el área objeto de la convocatoria mediante la asistencia a los programas de formación que realizará la Biblioteca Universitaria. La colaboración en el desarrollo de aplicaciones que permitan un mejor acceso a la información científica y la ayuda en la promoción y uso de los sistemas de información electrónica de EBSCO.
Tercera.- Período.
Comprenderá una dedicación de 20 horas semanales en horario de mañana y en la Biblioteca General del Campus de Guajara, durante doce meses a contar desde el mes en el cual sea adjudicada la beca. Por razones de necesidad de la biblioteca, la Dirección de la Biblioteca podrá acordar con los becarios las modificaciones en el horario que se consideren oportunas.
Los beneficiarios de la beca tendrán derecho a interrumpir la prestación de la colaboración para asistir a los deberes inexcusables de la actividad discente.
Cuarta.- Cuantía de la beca.
1. La cuantía total de la beca será de 6.000 euros que se abonarán con cargo a la subvención concedida por EBSCO Information Services a la Universidad de La Laguna para este fin.
2. La beca tendrá una dotación mensual de 500 euros, menos impuestos, que será abonada en doce mensualidades a la persona beneficiaria de la misma por el Vicerrectorado de Servicios Universitarios. Servicio de Biblioteca con carácter regular, que se contabilizará a partir de que dicha Beca sea adjudicada suponiendo un importe máximo de 6.000 euros.
Quinta.- Posibles beneficiarios.
Los aspirantes a obtener la beca de la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:
* Hallarse matriculados en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de la Universidad de La Laguna, o haber finalizado los estudios en el citado centro en los dos cursos académicos inmediatamente anteriores al de la fecha de la convocatoria.
* No hallarse realizando actividad laboral remunerada para organismos, instituciones o empresas.
* Quedan excluidos de esta convocatoria los alumnos que tengan informe desfavorable como becario de años anteriores y los alumnos que realicen actividad laboral remunerada o trabajen por cuenta propia.
Sexta.- Obligaciones y derechos de los beneficiarios.
* El beneficiario de la beca deberá prestar servicio en la Biblioteca Universitaria de la ULL por un total de 20 horas semanales.
* El becario estará tutorizado por un responsable de la Biblioteca Universitaria.
* El becario deberá asistir a la formación indicada por la Biblioteca.
* Cumplir las disposiciones de esta convocatoria y las instrucciones, orientadas a la finalidad de la beca, que reciba por parte de su tutor o del Director de la Biblioteca Universitaria.
* Atender puntualmente las peticiones de información de la Biblioteca Universitaria y entregar, por lo menos, un informe semestral de incidencias.
Séptima.- Solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de la presenta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Los alumnos que soliciten la beca deberán cumplimentar el anexo I (solicitud de beca), y el anexo II (cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social) de la presente convocatoria, que están disponibles en http://bbtk.ull.es, y presentarlos en el Registro General de la Universidad (Pabellón de Gobierno) o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acompañados de la siguiente documentación:
* Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
* Fotocopia de la matrícula en la ULL durante el curso 2010-2011. En caso de no ser posible en el momento de la presentación de la solicitud, deberá aportarlo inexcusablemente en el momento de la aceptación de la beca y/o título o certificación acreditativa de haber finalizado sus estudios en los dos cursos anteriores a la fecha de la convocatoria.
* Currículum del solicitante. Los méritos que se aleguen deberán acreditarse mediante copia de las correspondientes certificaciones.
Si la solicitud no reuniera todos los requisitos se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Octava.- Criterios de selección.
Las solicitudes se baremarán de acuerdo con los criterios que se indican a continuación:
1. Nota media del expediente académico, hasta un máximo de 10 puntos. El cálculo de la nota media se hará respecto de los estudios universitarios que se estén cursando en el momento de la solicitud, de forma ponderada en función con el número de créditos de cada asignatura. La valoración de las calificaciones obtenidas que no tengan referencia numérica, se realizará de acuerdo con la tabla de equivalencias que se indica a continuación:
Matrícula de Honor: 10,00 puntos.
Sobresaliente: 9,00 puntos.
Notable: 7,50 puntos.
Aprobado: 5,50 puntos.
Suspenso: 2,50 puntos.
2. Méritos alegados en el currículum, hasta un máximo de 10 puntos. Los conocimientos que se valorarán para optar a la beca son:
* Análisis de Sistemas de Información.
* Linux.
* Repositorios (Fedora, Dspace, etc.).
* Herramientas de desarrollos tipo Visual Basic.
* Lenguajes de Internet, HTML, ASP, PHP, JAVA, etc.
La valoración de estos conocimientos se realizará de acuerdo con la siguiente relación:
a) Cursos en relación con los conocimientos señalados y realizados durante los últimos cinco años, hasta un máximo de 5 puntos:
* Sin acreditación de horas o de hasta 50 horas: 0,5 puntos.
* De más de 50 horas: 1,25 puntos.
b) Haber obtenido la beca del EBSCO en años anteriores: 3 puntos.
c) Otros méritos acreditados en relación con los conocimientos señalados: hasta un máximo de 2 puntos.
No se valorarán aquellos méritos de los que no se presente justificación documental y solo se tendrán en cuenta aquellos méritos que reuniera el solicitante a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Asimismo, la documentación aportada en la solicitud no será objeto de devolución.
Novena.- Comisión de Selección.
Se atribuye la evaluación y la selección de las solicitudes presentadas en esta convocatoria a una Comisión creada al efecto y formada por la Directora de Secretariado de Biblioteca y Publicaciones, el Director de la Biblioteca Universitaria, el Subdirector de NTI y Normalización y un técnico superior adscrito a la Biblioteca.
Décima.- Procedimiento de selección.
La Comisión de Selección prevista procederá a la baremación de los solicitantes de acuerdo a los criterios de la convocatoria. La resolución de adjudicación de las becas será efectuada por la Vicerrectora de Servicios Universitarios, a propuesta de la Comisión de Selección, en virtud de las competencias que tiene delegadas por el Rector mediante Resolución de 28 de enero de 2010 (BOC de 4.3.10).
La propuesta de resolución incluirá una propuesta de adjudicatarios de becas y una lista de suplentes compuesta, por orden de puntuación, por los candidatos aceptados que no hayan resultado adjudicatarios de la beca.
Concluido el procedimiento de selección y a efectos de notificación, en el plazo máximo de un mes, se publicará la resolución de la convocatoria en el tablón de anuncios de la Biblioteca General y de Humanidades (Campus de Guajara).
En el plazo máximo de diez días tras la publicación de la resolución de la convocatoria, los adjudicatarios de las becas deberán presentar carta de aceptación en la Secretaría del Vicerrectorado de Servicios Universitarios, junto con el justificante de matrícula en el caso de no haberlo presentado en su momento.
Dado que la convocatoria tiene una duración de doce meses y que se ampliará al curso 2011-2012, se solicitará al beneficiario de la beca que justifique su matrícula para el citado curso.
Undécima.- Renuncia e incumplimiento.
Los becarios seleccionados podrán renunciar a la beca en cualquier momento, presentando la renuncia por escrito, con diez días de antelación, ante el Director de la Biblioteca Universitaria.
El incumplimiento de las tareas asignadas al becario, o de las obligaciones contraídas con la Universidad, acarreará la pérdida de la beca, de la totalidad de su dotación económica y el reintegro de lo percibido, previa instrucción del oportuno expediente contradictorio en el que se concederá audiencia al interesado.
Duodécima.- Suplencias.
En los casos de renuncia y de pérdida de la beca por incumplimiento, se procederá a ofrecer el disfrute de la beca vacante a los suplentes, utilizando para ello el orden de prelación de la lista de suplentes.
El suplente que renuncie a aceptar la beca ofrecida, pasará a ocupar el último puesto de la lista de suplentes.
Decimotercera.- Incompatibilidad.
Las becas de la presente convocatoria son incompatibles con cualquier otra beca, subvención o ayuda de análoga naturaleza, concedida por organismos públicos o privados, durante el período de disfrute de la misma, salvo las expresamente consideradas compatibles con el disfrute de esta por la Universidad de La Laguna.
Decimocuarta.- Aceptación de las bases.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
Decimoquinta.- Normativa aplicable.
Además de lo establecido en la presente convocatoria, son de aplicación:
* La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
* El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
* El Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
Decimosexta.- Recursos.
Contra la presente convocatoria y los actos administrativos derivados de la misma que pongan fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición que podrá interponerse ante la Vicerrectora de Servicios Universitarios en el plazo de un mes.
Ver anexo en las páginas 9324-9325 del documento Descargar

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