En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las relaciones de aspirantes de admitidos y excluidos a los procesos selectivos convocados por Resolución de 3 de junio de 2019 («Boletín Oficial del Estado» del 12), para ingreso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Navegación, que figuran como anexos I y II de la presente Resolución.
De conformidad con lo previsto en la base 3.1 de las normas específicas del anexo I de la citada convocatoria, en la relación de admitidos por promoción interna se indican los ejercicios de los que están exentos los aspirantes que lo han solicitado, por aplicación de las bases de «Fomento de la promoción interna» de las convocatorias anteriores, aprobadas por Resoluciones de 3 de noviembre de 2016 («Boletín Oficial del Estado» del 17 de noviembre) y de 9 de febrero de 2018 («Boletín Oficial del Estado de 19 de febrero).
Las relaciones de aspirantes admitidos se encontrarán expuestas en los Servicios Centrales de la Agencia Tributaria –c/ Lérida, núm. 32-34, 28020, Madrid–, en sus Delegaciones, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. También se publicarán en la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es (Empleo público), así como en la página web www.administracion.gob.es.
Segundo.
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones de aspirantes excluidos a dicho proceso que figuran como anexos I.2 y II.2 de esta Resolución, con expresión de las causas de exclusión.
Conforme a lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995 antes citado, tanto los aspirantes excluidos, como los omitidos por no figurar en las relaciones de admitidos ni en las de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y en forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidos en las relaciones de excluidos, sino que, además, sus datos figuran correctamente en las relaciones de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen las causas de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en las relaciones de admitidos, serán definitivamente excluidos de los procesos.
Tercero.
La Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, una vez subsanadas las causas de exclusión o estimadas las alegaciones de los interesados, será expuesta en los lugares enumerados en el apartado primero de esta resolución.
Cuarto.
Se convoca a los aspirantes admitidos a la realización del primer ejercicio en el lugar, fecha y hora que se indica en el anexo III de esta Resolución.
Quinto.
Los aspirantes deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite su identidad y el ejemplar para el interesado de la solicitud de admisión a las pruebas.
Sexto.
Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la citada convocatoria, se autoriza a los Tribunales titulares y suplentes para su actuación simultánea.
Séptimo.
1. Habiéndose observado error material en los temas 12 y 13 del anexo III.2.1 de la Resolución de 3 de junio de 2019, cuyo contenido se repite, se modifica dicho anexo en el sentido siguiente: Se suprime el tema 13 y se renumeran los temas 14 al 22, que pasan a ser numerados del 13 al 21 respectivamente.
2. En el anexo IV de la Resolución de 3 de junio de 2019 se sustituye al vocal del Tribunal Titular don Gabriel Gómez Marcano del Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera, por don Pablo Herrera Serrano del Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera.
Estas modificaciones no reabren el plazo de presentación de solicitudes.
Madrid, 9 de septiembre de 2019.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de abril de 2018), el Director del Departamento de Recursos Humanos, P.S. (Orden de 2 de junio de 1994), el Director Adjunto de Recursos Humanos, José Antonio Bravo Calvo.
ANEXO I.2
(..)
ANEXO III
Fecha, hora y sedes de realización del primer ejercicio para acceso libre y promoción interna
Fecha: día 19 de octubre de 2019.
Hora: 10:00 horas (09:00 horas en la sede de Las Palmas de Gran Canaria).
A Coruña:
Universidad de A Coruña.
Facultad de Derecho.
Campus de Elviña, s/n.
15071 A Coruña.
Barcelona:
Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cataluña.
Plaza Doctor Letamendi, núm. 13-22.
Aulas 2.ª planta.
08007 Barcelona.
Cádiz:
Instituto de Enseñanza Secundaria «Columela».
C/ Barcelona, núm. 2.
11006 Cádiz.
Madrid:
Instituto de Estudios Fiscales.
Avenida Cardenal Herrera Oria, núm. 378.
28035 Madrid.
Málaga:
Aulario Isabel Oyarzábal, Universidad Pública en Málaga.
Calle Albert Einstein, núm. 1.
29010 Málaga.
Palma de Mallorca:
Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Illes Balears.
C/ Cecilio Metelo, núm. 9.
07003 Palma de Mallorca.
Las Palmas de Gran Canaria:
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Edificio de Humanidades.
C/ Pérez del Toro, núm. 1.
35003 Las Palmas de Gran Canaria.
Valencia:
Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Valencia.
Plaza Ayuntamiento, núm. 9.
46002 Valencia.
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