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sábado, 2 de marzo de 2019

Lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo para la cobertura de dos plazas de Policía del cuerpo de la Policía Local (VILLA DE EL SAUZAL)

En el BOP del 1/03 se ha publicado en las páginas 3655 y ss:

En relación con el proceso selectivo para la cobertura, mediante funcionarios/as de carrera, de dos plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local mediante sistema de oposición libre, el Sr. Alcalde de este Ayto. ha dictado Decreto nº 211/2019, de fecha 20 de febrero de 2019, relativo a la aprobación de la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en el que se determina lo siguiente: “Visto el expediente tramitado a fin de cubrir dos plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local mediante sistema de oposición libre y teniendo en cuenta lo siguiente: 1º. Mediante Decreto del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de El Sauzal nº 1528/2018, de fecha 21 de septiembre de 2018, se aprobó la convocatoria y las correspondientes bases del proceso selectivo de referencia. 2º. Las bases de la convocatoria fueron publicadas en el tablón de anuncios de esta Entidad, el Boletín Oficial de la Provincia n.º 119, de fecha 3 de octubre, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, n.º 195 de fecha 8 de octubre, y en el Boletín Oficial del Estado nº 250, de 16 de octubre de 2018 (este último rectificado mediante anuncio publicado en el B.O.E. nº 274, de 13 de noviembre de 2018). 3º. El plazo de presentación de solicitudes tiene comienzo el 17 de octubre y finaliza el 14 de noviembre de 2018, presentando instancia las personas que se relacionan en la parte resolutiva del presente. A los antecedentes expuestos se consideran de aplicación las siguientes CONSIDERACIONES JURÍDICAS A. De conformidad con lo establecido en la base quinta de las que rigen el proceso selectivo, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución por el órgano competente aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, especificando de estos/as últimos/as la causa de inadmisión a fin de que puedan subsanarla, si fuera susceptible de ello. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento. Los/as aspirantes excluidos, así como los/as omitidos/as, dispondrán de un plazo de DIEZ días hábiles para la subsanación de defectos, contados a partir del día siguiente a la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los errores de hecho que pudieran advertirse en dichas listas, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de interesado. Los aspirantes comprobarán si figuran en la relación de admitidos y que sus nombres y demás datos constan correctamente. Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos. 3656 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 26, viernes 1 de marzo de 2019 En ejercicio de las competencias atribuidas a esta Alcaldía en virtud de lo establecido en el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por medio del presente RESUELVO PRIMERO. Aprobar la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo para la cobertura, mediante funcionarios/as de carrera, de dos plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local mediante sistema de oposición libre, especificando la causa de inadmisión de las personas excluidas de acuerdo con el cuadro que se expone a continuación:

(..)

SEGUNDO. Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediendo un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P., para la subsanación de las deficiencias indicadas, haciendo constar que quienes dentro del plazo establecido no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la lista objeto del presente, serán definitivamente excluidos”.

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