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sábado, 19 de enero de 2019

Lista de Reserva de Cabo y Agente de Bomberos (CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA)

En el BOP del 31/12 se ha publicado en las páginas 12695 y ss:

Anuncio de la convocatoria de selección, para la creación de listas de reserva mediante el sistema selectivo de concurso-oposición para cubririnterinidades de plazas de la plantilla del Cabildo de Fuerteventura y de susOrganismosAutónomos, de las plazas deAgente de Bomberos y Cabo de Bomberos, siguiente, Primero. Aprobar la siguiente convocatoria para la creación de listas de reserva mediante el sistema selectivo de concurso-oposición para cubririnterinidades de plazas de la plantilla de Cabildo de Fuerteventura y de susOrganismosAutónomos, de las plazas deAgente de bomberos yCabo de bomberos(grupo de clasificación C2), de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías del personal laboral y funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79 de fecha 3 de julio de 2017, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017. BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE AGENTE DE BOMBEROS Y CABO DE BOMBEROS PARA INTERINIDADES DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Objeto de la convocatoria. Las presentes basestienen como objeto la selección de personal para crear una lista de reserva de Agente de Bomberos y de Cabo de Bomberos, a los efectos de su nombramiento interino de plazas de la plantilla de personal funcionario del Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos, de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías del personal laboral y funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79 de fecha 3 de julio de 2017, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017. Bases reguladoras del proceso selectivo. La presente convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las “Bases Generales que han de regir las convocatorias públicas para la provisión por funcionario interino de plazas vacantes en el Cabildo Insular de Fuerteventura”, aprobadas mediante Decreto del Consejero de Personal el día 27 de marzo de 2008, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 46 de fecha 7 de abril de 2008, modificadas mediante Decreto del Consejero de Recursos Humanos de fecha 11 de septiembre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 120 de fecha 18 de septiembre de 2013. A) FASE DE OPOSICIÓN: Consistirá en tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio. Los ejercicios primero y segundo se ajustarán al temario que figura en las presentes bases. Los ejercicios y la forma de puntuación será la recogida en las bases generales siendo de cero a diez puntos, y dado la particularidad de la lista es necesario una tercera prueba de carácter físico para determinar la adecuación entre la aptitud física de los aspirantes y las funciones propias de las plazas a ocupar que se calificará como apto o no apto. La puntuación máxima a alcanzar será de diez Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018 12695 puntos en los dos ejercicios y de apto o no apto en la prueba física. - Primer ejercicio de naturaleza teórica, que consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo que el Tribunal Calificador determine, un tema elegido por el aspirante entre dos extraídos porsorteo en presencia de los aspirantes antes del comienzo del ejercicio. - Segundo ejercicio de naturaleza práctica, consistirá en la realización de un supuesto de carácter práctico relacionado con el contenido del temario, durante el período de tiempo que el TribunalCalificador determine al efecto. - Tercer ejercicio una prueba de capacidad física, se desarrollará en lugar a determinar por el tribunal que será publicado con antelación suficiente, la prueba consistirá en: en un circuito combinado de carrera y natación en aguas abiertas. Descripción de la prueba: Carrera de 100 metros, entrada al agua de 50 metros y finalizando con una carrera de 100 metros. Los tiempos para considerar superada la prueba como APTO/A, para los hombresse establecen en 9 minutos, para las mujeres en 11 minutos. Referencia a laBase Segunda de lasBases Generales: Características de las plazas. Escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, denominación Cabo de Seguridad y Emergencia, Grupo C, Subgrupo C2. Escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, denominación Agente deBomberos, GrupoC, Subgrupo C2. Referencia a la Base Tercera de las Bases Generales: Requisitos de los aspirantes para ambas plazasPara acceder a las plazas se requiere: • Carnet de conducir C + E. • Patrón de Navegación Básica. • Primeros auxilios.Certificado por una administración pública o entidad homologada. • Cuadro de exclusiones médicas que se relaciona a continuación: - 1. EXCLUSIONES CIRCUNSTANCIALES. Enfermedades o lesiones agudas. activas en el momento delreconocimiento, que puedan producirsecuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones propias del cargo. - 2. EXCLUSIONES DEFINITIVAS: - 2.1. OJO Y VISIÓN. - 2.1.1. Agudeza visualsin corrección inferior a 2/3 de la visión normal en ambos ojos. - 2.1.2. Desprendimiento de retina. - 2.1.3. Hemianopsias. - 2.1.4.Cualquier otro proceso patológico, qué a juicio del Tribunal médico, dificulte de manera importante la agudeza visual. - 2.2. OÍDO Y AUDICIÓN. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Vértigo. - 2.3. OTRAS EXCLUSIONES. - 2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función propia del cargo o que puedan agravarse a juicio del Tribunal Médico, con el desarrollo del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral: otros procesos óseos, musculares y articulares). - 2.3.2. Aparato digestivo: Cualquier proceso digestivo que a juicio del Tribunal médico dificulte el desarrollo del puesto de trabajo. - 2.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no habiendo de sobrepasarlas cifras en reposo los 145 mm/HG en presión sistólica y los 90 mm/HG de presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que a juicio del Tribunal médico pueda limitar el desarrollo del puesto de trabajo. - 2.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax 12696 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018 espontáneo, (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos de! aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función pública. - 2.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, temblores de cualquier causa, vértigo central, toxicomanías y otros procesos patológicos y psiquiátricos que dificulten el desarrollo de la Función Pública. - 2.3.6. Piel y faneras: Eczema contagioso, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la Función Pública. - 2.3.7. Otros procesos patológicos: Enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que a juicio del Tribunal médico limite o incapacite para el ejercicio de la Función Pública. B) FASE DE CONCURSO: Se regulará según lo establecido en la base séptima de las Bases Generales que regulan la presente convocatoria. Referencia a la Base Cuarta: Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de instanciasserá de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonarlossiguientesimportes por derecho de examen, según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por inscripción para participar en las pruebas selectivas de personal al servicio del Cabildo de Fuerteventura, publicada en elBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 98 el viernes 30 de julio de 2010. Plaza de Cabo de Bomberos, Subgrupo C2: 25,00 euros. Plaza de Agente de Bomberos, Subgrupo C2: 25,00 euros. En el momento de presentar la correspondiente solicitud de inscripción en las pruebasselectivas, los interesados deberán acompañar la autoliquidación de la tasa, así como justificante del ingreso de la cuota que corresponda, o en los casos de estar exentos de la misma deberán aportar los certificados que acrediten dicha exención del pago de la tasa. No será tramitada ninguna solicitud de inscripción para participar en el proceso selectivo que no haya acreditado el pago de la tasa o justificado documentalmente estar incurso en alguna de las circunstancias que permiten acogerse a la cuota de 0,00, de acuerdo con lo que establece la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por inscripción para participar en las pruebas selectivas de personal al servicio del Cabildo de Fuerteventura. El ingreso se realizará en la cuenta número ES08- 2038-7224106400005324 de Bankia. Referencia a la Base Sexta de las Bases Generales: El Tribunal Calificador para esta convocatoria quedará regulado según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio. Referencia a laBase Séptima de lasBases Generales: Sistema Selectivo Oposición. TEMARIO DE CABO DE BOMBEROS Tema 1. Técnicas de intervención en rescate de accidentes de tráfico. Ubicación de vehículos de intervención y técnicas de zonificación. Técnicas de aseguramiento de la zona de trabajo. Técnicas de estabilización del vehículo. Técnicas de abordaje/excarcelación. Técnicas de extracción de víctimas. Tema 2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención deRiesgosLaborales. Artículo 1. Normativa sobre prevención de riesgos laborales, Artículo 2. Objeto y carácter de la norma. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Definiciones. Tema 3. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención deRiesgos Laborales. Artículo 14. Derecho a la protección frente a losriesgoslaborales. Artículo 15. Principios de la acción preventiva. Artículo 16. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018 12697 de losriesgos y planificación de la actividad preventiva. Artículo 17. Equipos de trabajo y medios de protección. Artículo 18. Información, consulta y participación de los trabajadores. Artículo 19. Formación de los trabajadores. Artículo 20. Medidas de emergencia. Artículo 21. Riesgo grave e inminente. Artículo 22. Vigilancia de la salud. Tema 4. Plan de Emergencias Insular del Cabildo de Fuerteventura, capítulo IV, esquema general de la estructura organizativa, órganos de dirección, apoyo, coordinación operativa e intervención operativa. Tema 5. Mapa y listado de Carreteras del Cabildo de Fuerteventura. Tema 6. Conocimiento del término municipal de Antigua, datos de población, orografía, sitios de interés, fiestas populares y eventos representativos. Tema 7. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Combustible. Comburente. Energía de activación. Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro del fuego. Tema 8. Agentes extintores. Definición. Tipos de agentes extintores: características y aplicaciones. TEMARIO DE AGENTE DE BOMBEROS Tema 1. Técnicas de intervención en rescate de accidentes de tráfico. Ubicación de vehículos de intervención y técnicas de zonificación. Técnicas de aseguramiento de la zona de trabajo. Técnicas de estabilización del vehículo. Técnicas de abordaje/excarcelación. Técnicas de extracción de víctimas. Tema 2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención deRiesgos Laborales. Artículo 1. Normativa sobre prevención de riesgos laborales, Artículo 2. Objeto y carácter de la norma. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Definiciones. Tema 3. Mapa y listado de Carreteras del Cabildo de Fuerteventura. Tema 4. Conocimiento del término municipal de Antigua, datos de población, orografía, sitios de interés, fiestas populares y eventos representativos. Tema 5. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Combustible. Comburente. Energía de activación. Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro del fuego. Tema 6. Agentes extintores. Definición. Tipos de agentes extintores: características y aplicaciones. Si en la fecha de celebración de los ejerciciosse hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor. Referencia a la Base Octava de las Bases Generales: El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Corporación (www.cabildofuer.es, en ofertas de empleo) la presente convocatoria y bases específicas. Tercero.Conceder un plazo deDIEZDÍASHÁBILES, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas para la presentación de solicitudes. Cuarto. La correspondiente Resolución se dará traslado a los Servicios de Intervención, Recursos Humanos y al Pleno a los efectos oportunos. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada ante el órgano que ha dictado esta resolución o bien ante la Presidencia del Cabildo Insular de Fuerteventura. En todo caso será esta última la competente para resolverlo. El plazo para la interposición del Recurso de Alzada será de UNMES alser éste un acto expreso.Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la presente resolución será firme a todos los efectos. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del Recurso de Alzada será de TRES MESES. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en 12698 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, lunes 31 de diciembre de 2018 elsupuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la resolución de un Recurso de Alzada no cabrá ningún otro Recurso Administrativo, salvo el Recurso Extraordinario de Revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puerto del Rosario, a veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho. ELCONSEJERO INSULAR DECULTURA, OCIO Y DEPORTES.

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