http://rrabogadoslaspalmas.com/

miércoles, 27 de diciembre de 2017

Resolución de 20 de diciembre de 2017, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.

En el BOE del 27/12 se ha publicado:


De conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU), de 12 de abril, en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (en adelante RDC), en los Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, y en el Reglamento de concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios de la UNED, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de noviembre de 2008 (Boletín Interno de Coordinación Informativa, en adelante BICI, número 8, de 24 de noviembre).
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso la plaza que se relaciona en el Anexo I de esta Resolución, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UNED de 12 de diciembre de 2017. Esta convocatoria se efectúa previa autorización mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2017 de la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2017, y en aplicación de la Resolución de la UNED de 12 de diciembre de 2017 por la que se publica dicha Oferta de Empleo Público (BOE de 16 de diciembre de 2017), de conformidad con el artículo 19.Uno.2.J), Tres y Cinco, de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. En la citada oferta, aprobada mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2017, se establece que hasta 5 plazas del total de 117 se destinarán a personas con un grado de discapacidad superior al 33% y que acrediten el cumplimiento del resto de requisitos legalmente establecidos para el acceso a las correspondientes categorías.
El proceso de selección se regirá con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, por el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED y, con carácter supletorio, se aplicará lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.
Para ser admitido a este concurso han de reunirse los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
d) Estar en posesión del certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad.
Tercera.
Además de los requisitos de la base segunda, los candidatos deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, en los términos regulados en el mismo.
Los requisitos enumerados en la presente base y en la base segunda deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
No se admitirá la participación en el concurso de acceso a quienes ya pertenezcan a cuerpos docentes universitarios, salvo que se haya producido su desempeño efectivo durante, al menos, dos años, de conformidad con el art.9.4 del Real Decreto 1313/2007.
Cuarta.
Los aspirantes presentarán las solicitudes a través de la Sede Electrónica de la UNED (https://sede.uned.es/). En dicha Sede se encontrará disponible el formulario de solicitud denominado «Concurso público a plazas de cuerpos docentes (turno de discapacidad)» dentro del apartado de Procedimientos específicos para el PDI. Para su presentación se deberá utilizar certificado digital.
Asimismo también podrán presentar las solicitudes por cualquiera de los medios y en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria.
Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud el certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33% y la acreditación para profesor o profesora titular de universidad de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
Quinta.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará, en el plazo máximo de quince días hábiles, una Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con la lista completa de admitidos y excluidos, la cual indicará respecto de estos últimos la causa de exclusión, se publicará en la dirección de Internet: www.uned.es/profesorado. En dicha Resolución se señalará el plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexta.
La composición de la comisión es la que figura en el Anexo III de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la comisión se estará a lo previsto en el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de noviembre de 2008 (BICI número 8, de 24 de noviembre).
La Comisión se constituirá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la relación definitiva de candidatos presentados al concurso. Para ello, el Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes miembros, notificará a éstos, con una antelación mínima de diez días naturales, la convocatoria del acto de constitución, señalando lugar, fecha y hora. El Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes miembros, notificará a todos los candidatos admitidos al concurso, con una antelación mínima de 10 días naturales, la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de la Comisión.
Séptima.
En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:
a) Historial académico, docente e investigador, por sextuplicado, así como un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto docente y proyecto investigador, originales y personales, por sextuplicado. El proyecto docente incluirá, al menos, el desarrollo docente de una asignatura obligatoria o de formación básica de las especificadas en el perfil de la plaza, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3.2.c del Reglamento de concursos de acceso. El desarrollo docente de cada asignatura comprenderá una propuesta razonada de los objetivos, el programa y la metodología, y deberá tener en cuenta su adecuación a los medios y técnicas propios de la enseñanza a distancia. El proyecto investigador incluirá las actividades de investigación que, de acuerdo con el perfil de la plaza, pretenda desarrollar el candidato.
En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, la fecha y la hora del comienzo de las pruebas, circunstancias que se harán públicas por la Comisión en el tablón de anuncios correspondiente. Las pruebas comenzarán en el periodo comprendido entre el día siguiente y 15 días después del acto de presentación.
Octava.
El concurso de acceso a plaza de profesor titular de universidad constará de dos pruebas. La primera prueba consistirá en la exposición oral por el candidato, en sesión pública, durante un tiempo máximo de noventa minutos, de su historial académico, docente e investigador, el proyecto docente y el proyecto investigador.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre su historial académico, docente e investigador, y los proyectos docente e investigador presentados, durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado sobre cada candidato, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la Comisión, en el que valorará el historial académico, docente e investigador; los proyectos docente e investigador, y las capacidades del candidato para la exposición y el debate ante la Comisión demostradas durante la prueba.
A la vista de los informes, y tras la previa deliberación, la Comisión procederá a realizar una votación, en la que no será posible la abstención, para determinar el paso de los candidatos a la siguiente prueba. Pasarán a la siguiente prueba los candidatos que obtengan, al menos, tres votos favorables.
La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el candidato, en sesión pública, durante un tiempo máximo de una hora, de un tema del programa de una asignatura elegida por el candidato de entre las incluidas en su proyecto docente. El tema será elegido por el candidato de entre tres temas del referido programa determinados mediante sorteo. Una vez elegido el tema, el candidato dispondrá de un tiempo máximo de noventa minutos para preparar su exposición. Tras la exposición, que no podrá consistir en la mera lectura de un texto escrito, la Comisión debatirá con el candidato, durante un tiempo máximo de noventa minutos, acerca de los contenidos expuestos, la metodología que se utilizaría en la impartición y todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado sobre cada candidato, en el que valorarán los contenidos y la metodología expuestos, así como sus capacidades para la exposición y el debate demostradas durante la prueba.
A la vista de los informes de las dos pruebas, y tras las deliberaciones que correspondan, la Comisión procederá a realizar las votaciones necesarias, en las que no será posible la abstención, para determinar los candidatos propuestos para ocupar las plazas, teniendo en cuenta que no podrá proponerse un número de candidatos superior al de plazas objeto del concurso.
Una vez terminado el concurso, la Universidad hará públicos los resultados de la evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados, especificando el candidato cuyo nombramiento haya sido propuesto por la Comisión para ocupar la plaza, o cada una de las plazas, en su caso, objeto del concurso.
Novena.
En el plazo de siete días hábiles a partir del siguiente al de finalización de la actuación de la Comisión, el Secretario de la Comisión entregará en la Secretaría General de la Universidad, junto con la propuesta de nombramiento, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión y una copia de la documentación entregada por cada candidato.
Décima.
La constitución de la Comisión, el acto de presentación, la celebración de las pruebas y las deliberaciones deberán realizarse en la sede central de la UNED en Madrid.
Undécima.
La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, el candidato propuesto para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la citada propuesta el número de plazas convocadas a concurso. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no provisión de plazas.
El Rector procederá al nombramiento conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como su comunicación al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad.
Contra la propuesta de la comisión del concurso de acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución. La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED.
Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
c) Documentación acreditativa de reunir el resto de requisitos exigidos en la presente convocatoria.
El que tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Decimotercera.
El nombramiento propuesto por la Comisión será efectuado por el Rector de la UNED después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos generales y específicos señalados en el plazo establecido. En el caso de que el concursante no presente oportunamente la documentación requerida, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, procediendo el Rector al nombramiento del siguiente concursante en el orden de prelación formulado.
El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo correspondiente, publicado en el Boletín Oficial del Estado y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Mgfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución.
Madrid, 20 de diciembre de 2017.–El Rector, Alejandro Tiana Ferrer.
ANEXO I
130.01 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Trabajo Social y Servicios Sociales. Departamento: Trabajo Social. Actividades docentes: «Trabajo Social y Personas con Discapacidad (Grado en Trabajo Social)»; «Tercer Sector e Intervención Social (Grado en Trabajo Social)», con la metodología de la enseñanza a distancia.
Líneas de investigación preferentes: La Constitución Española y la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. Protección jurídica de las personas con discapacidad en el derecho español y el impacto del derecho comunitario. Ordenación jurídica sectorial de las políticas sociales en favor de la discapacidad como fundamento de las líneas de intervención social. El tratamiento de la discapacidad en las comunidades autónomas. Conceptualización, dimensionamiento y roles del Tercer Sector de Acción Social. Configuración jurídica, funcionamiento, actividades y resultados sociales de las organizaciones del Tercer Sector de Acción Social. Articulación, participación e incidencia política del Tercer Sector de Acción Social y del movimiento asociativo de las personas con discapacidad.
1
2
ANEXO III
NÚMERO DE PLAZA: 130.01
Categoría: Profesor Titular de Universidad
Departamento: Trabajo Social
Área de conocimiento: Trabajo Social y Servicios Sociales
Comisión titular:
Presidente: D. Juan Francisco Mestre Delgado, Catedrático de Universidad (Universidad de Valencia).
Vocales:
D. Rafael de Asís Roig, Catedrático de Universidad (Universidad Carlos III de Madrid)
D.ª Esperanza Alcaín Martínez, Profesora Titular de Universidad (Universidad de Granada).
D. Antonio Luis Martínez-Pujalte López, Profesor Titular de Universidad (Universidad Miguel Hernández).
Secretaria: D.ª María del Rosario Sánchez Morales, Profesora Titular de Universidad (Universidad Nacional de Educación a Distancia).
Comisión suplente:
Presidenta: D.ª Eva Desdentado Daroca, Catedrática de Universidad (Universidad de Alcalá).
Vocales:
D. Alejandro Blázquez Lidoy, Profesor Titular de Universidad (Universidad Rey Juan Carlos).
D.ª María del Carmen Barranco Avilés, Profesora Titular de Universidad (Universidad Carlos III de Madrid).
D.ª María José Romero Ródenas, Profesora Titular de Universidad (Universidad de Castilla la Mancha).
Secretario: D. Isidoro Martín Degano, Profesor Titular de Universidad (Universidad Nacional de Educación a Distancia).

No hay comentarios:

Publicar un comentario