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viernes, 29 de diciembre de 2017

Aprobación de la oferta de empleo público de una plaza de Funcionario Técnico Industrial (SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE)

En el BOP del 29/12 se ha publicado en las páginas 16375-16377:

PRIMERO. Por resolución número 2473/2017 de 23 de noviembre, dictada por el Concejal Delegado del área de personalse aprobó la oferta de empleo público del presente año 2017 que contiene una plaza de funcionario/a técnico, en régimen de interinidad perteneciente a la Escala de Administración General,subescala técnica, encuadrada en el grupo A2, nivel 26, con la categoría de Ingeniero Técnico Industrial para la realización de tareas de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivelsuperior en el área de urbanismo y actividades clasificadas y que cuenta con su correspondiente dotación o consignación presupuestaria en el vigente presupuesto general municipal de 2017. GRUPO NIVEL Nº CLASE VINC. TÉCNICO INGENIERO A2 26 1 TÉCNICO INDUSTRIAL FUNCIONARIO INTERINO SEGUNDO. De la citada resolución se publicó anuncio en el B.O.P. de Las Palmas 143, de 29 de noviembre de 2017 y en la página web de este Ayuntamiento y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. TERCERO. Por la Delegación del Gobierno de Canarias se requirió a este Ayuntamiento mediante escrito con número 27104/2017 de 13 de diciembre de registro de entrada en este Ayuntamiento, aclaración de si se trata de un plaza a cubrir en régimen de interinidad y la acreditación o justificación de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 19 de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, viernes 29 de diciembre de 2017 16375 CUARTO. En contestación al escrito con número 27104/2017 de 13 de diciembre de registro de entrada en este Ayuntamiento, remitido por la Delegación del Gobierno de Canarias, se comunica lo siguiente: Se le aclara que se trata de un plaza a cubrir en régimen de interinidad, recogiéndose en la resolución número 2473/2017 de 23 de noviembre, cuya copia se ADJUNTA a este escrito, los motivos o razones debidamente que en cumplimiento del apartado dos del artículo 19 de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, acreditan que se está ante un caso excepcional para cubrir necesidades urgentes e inaplazables. En el apartado primero de la parte expositiva de la citada resolución número 2.473/2017 de 23 de noviembre se motiva la necesidad de creación de dicha plaza, haciéndose constar que la necesidad de cubrir esta plaza es necesaria debido al volumen de trabajo existente en la oficina técnica que al día de hoy solo dispone de tres técnicos, dos de ellos con la categoría de arquitectostécnicos(aparejadores) de los cuales uno es funcionario y otra personal laboral, y una ingeniera técnica que no es industrial, y que también es personal laboral. Y también debido a que muchos cometidos o funciones técnicas son reservados por ley a personal funcionario y no a personal laboral,siendo estrictamente necesario para el ejercicio de las competencia que la ley atribuya a este ayuntamiento en materia de servicios públicos de prestación obligatoria, como pudieran ser la elaboración de proyectos eléctricos o de alumbrado, emisión de informes sobre proyectos eléctrico o de alumbrado, emisión de informes o cometidostécnicos que atribuye a los ayuntamiento la Ley 7/2011, de 5 de abril, de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y Otras Medidas Administrativas Complementarias, el Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y el resto de normativa técnica de aplicación. Pero no solo esta plaza cuando se celebren las pruebasselectivas por el procedimiento de oposición y cubra en régimen de interinidad por el aspirante que las supere, servirá para que se puedan ejercer las funciones que le habilita la titulación de ingeniero técnico industrial, sino también para ejercer la potestades de comprobación e inspección en materia de actividades clasificadas e inocuas que a los ayuntamientos atribuyen los artículos 10.4, 53 y 54 Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos, que dicha Ley en su artículo 53 reserva a personal funcionario, así como, la comprobación material de liquidaciones de las licencias o comunicaciones de actividad y puesta en funcionamiento, liquidación y comprobación material de las liquidaciones de tasas por ocupación de la vía pública, lo que contribuiría a evitar el fraude fiscal fraude fiscal. QUINTO. Mediante escrito con número 27.653/2017 de 21 de diciembre, de registro de entrada en este Ayuntamiento, se solicita a este Ayuntamiento, la anulación del Decreto número 2473/2017 de 23 de noviembre al considera la Delegación de Gobierno que no se trata de una oferta de empleo público, y sin perjuicio de que se pueda adoptar nuevo acuerdo de convocatoria para el nombramiento de funcionario interino. Por lo anteriormente expuesto y en orden a las facultades que me fueron delegadas por la AlcaldíaPresidencia mediante resolución número 961/2015 de 26 de junio, publicada íntegramente en el BOP de Las Palmas número 90, de 15 de julio de 2015 RESUELVO PRIMERO. Anular a requerimiento de la Delegación del Gobierno en Canarias efectuado mediante escrito con número 27.653/2017 de 21 de diciembre, de registro de entrada en este Ayuntamiento, el Decreto número 2473/2017 de 23 de noviembre, por el que se aprobó la oferta de empleo público de una plaza de funcionario/a técnico, en régimen de interinidad perteneciente a la Escala de Administración General, subescala técnica, encuadrada en el grupo A2, nivel 26, en la categoría de Ingeniero Técnico Industrial para la realización de tareas de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior en el Área de Urbanismo y Actividades Clasificadas y sin perjudico de que se pueda adoptar nuevo acuerdo de convocatoria para el nombramiento de funcionario interino, tal y como se hace constar en el escrito o con número 27.653/2017 de 21 de diciembre, remitido por la Delegación del Gobierno en Canarias. SEGUNDO. Publíquese la citada resolución en el BOP de la Provincia de Las Palmas y en la página web de este Ayuntamiento. TERCERO. Notifíquese la presente resolución a la Delegación del Gobierno en Canarias. 16376 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, viernes 29 de diciembre de 2017 Así lo DECRETA el Concejal Delegado del Área de Economía y Hacienda, Contratación, Recursos Humanos, Régimen Interior y Nuevas Tecnologías, en virtud del 112.2 de la ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de canarias y artículo 192.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (R.O.F), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en San Bartolomé, Lanzarote, en la fecha que figura en el margen izquierdo del presente documento. EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, CONTRATACIÓN, RECURSOS HUMANOS, RÉGIMEN INTERIOR Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, Resolución número 961/2015, de 26 de junio (BOP número 90, de 15 de julio de 2015), Victoriano Antonio Rocío Romero.

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