En el BOP del 7/04 se ha publicado en las páginas 7208-7209:
Conforme a lo acordado por Resolución de Alcaldía
de fecha 3 de abril de 2017, se hace pública la
convocatoria para la elección, por el Pleno Municipal,
de Juez de Paz Titular y Sustituto de este municipio,
en los términos literales que se transcriben:
1. Objeto: Procedimiento para la elección por el Pleno
Municipal del Juez de Paz Titular y Sustituto del
municipio deHaría, que serán nombrados para un periodo
de cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento nº
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
2. Condiciones de los aspirantes: Se requiere ser
español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna
causa de incapacidad y de incompatibilidad.
3. Plazo y lugar de presentación de instancias: Las
instancias solicitando tomar parte en la presente
convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de
la Corporación y se presentarán en la Secretaría
durante el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES,
contados a partir del día siguiente al que aparezca
publicada esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia. En dichas instancias los candidatos
deberán manifestar que reúnen todas y cada una de
las condiciones exigidas y deberán acompañarlas de
los datos de identificación y de cuantos méritos
estimen convenientes aportar al proceso de selección.
4. Procedimiento de elección: La elección se efectuará
por el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable
de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las
personas solicitantes que reúnan las condiciones
legales. Si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá
libremente con sujeción a losrequisitos del procedimiento.
Al acuerdo del Pleno Municipal se acompañará
una certificación de los siguientes extremos:
a) Referencia detallada de las circunstancias en
que se produjo la elección.
b) Mención expresa de la observancia del quórum
exigido por la Ley.
c) Datos de identificación y condiciones de capacidad
y de compatibilidad de los elegidos.
5. Normas de aplicación: Para lo no previsto, será
de aplicación lo dispuesto en los arts. 99 a 103 de la
Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, reformada
7208 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 42, viernes 7 de abril de 2017
por las Leyes Orgánica 4/1987, de 15 de julio; 7/1988, de 28 de noviembre y 7/1992, de 20 de noviembre, así
como lo dispuesto en el Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio.
6. La convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma y de la actuación del Pleno Municipal, podrá ser
impugnada porlosinteresados en los casos y formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Haría, a cuatro de marzo de dos mil diecisiete.
EL ALCALDE PRESIDENTE, Marciano Acuña Betancor.
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