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viernes, 7 de abril de 2017

Convocatoria para la elección de Juez de Paz Titular y Sustituto de este municipio (HARÍA)

En el BOP del 7/04 se ha publicado en las páginas 7208-7209:

Conforme a lo acordado por Resolución de Alcaldía de fecha 3 de abril de 2017, se hace pública la convocatoria para la elección, por el Pleno Municipal, de Juez de Paz Titular y Sustituto de este municipio, en los términos literales que se transcriben: 1. Objeto: Procedimiento para la elección por el Pleno Municipal del Juez de Paz Titular y Sustituto del municipio deHaría, que serán nombrados para un periodo de cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. 2. Condiciones de los aspirantes: Se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna causa de incapacidad y de incompatibilidad. 3. Plazo y lugar de presentación de instancias: Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en la Secretaría durante el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al que aparezca publicada esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. En dichas instancias los candidatos deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas y deberán acompañarlas de los datos de identificación y de cuantos méritos estimen convenientes aportar al proceso de selección. 4. Procedimiento de elección: La elección se efectuará por el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas solicitantes que reúnan las condiciones legales. Si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá libremente con sujeción a losrequisitos del procedimiento. Al acuerdo del Pleno Municipal se acompañará una certificación de los siguientes extremos: a) Referencia detallada de las circunstancias en que se produjo la elección. b) Mención expresa de la observancia del quórum exigido por la Ley. c) Datos de identificación y condiciones de capacidad y de compatibilidad de los elegidos. 5. Normas de aplicación: Para lo no previsto, será de aplicación lo dispuesto en los arts. 99 a 103 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, reformada 7208 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 42, viernes 7 de abril de 2017 por las Leyes Orgánica 4/1987, de 15 de julio; 7/1988, de 28 de noviembre y 7/1992, de 20 de noviembre, así como lo dispuesto en el Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio. 6. La convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma y de la actuación del Pleno Municipal, podrá ser impugnada porlosinteresados en los casos y formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En Haría, a cuatro de marzo de dos mil diecisiete. EL ALCALDE PRESIDENTE, Marciano Acuña Betancor.

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