En el BOP del 21/09 se ha publicado en las páginas 14414-14418:
Visto el expediente instruido para la aprobación
de las bases que han de regir la convocatoria para
la cobertura con personal laboral fijo de un Técnico
de agricultura.
Resultando que dicha vacante corresponde a la
Oferta de Empleo Público par el ejercicio 2016 publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia nº 28 de
4 de marzo de 2016.
Resultando que elaborado borrador de las bases
reguladoras del proceso selectivo se remitió oficio
con fecha 9 de junio al Comité de Empresa el cual
manifiesta alegación sobre su contenido proponiendo
la sustitución de algunos temas del temario anexo
por otros, alegación que se estima por ser los temas
propuestos relacionados con el contenido de la plaza
convocada.
Considerando que de conformidad con el artículo
91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las bases del Régimen Local, “la selección de todo
el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse
de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante
convocatoria pública y a través del sistema de
concurso, oposición o concurso-oposición libre en
los que se garanticen, en todo caso, los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así
como el de publicidad”.
Considerando, en el mismo sentido, el artículo 133
del Texto Refundido de las Disposiciones Legales
Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
que dispone que “el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local se ajustará a la
legislación básica del Estado sobre función pública y
se establecerá teniendo en cuenta la conexión entre el
tipo de pruebas a superar y la adecuación a los puestos
de trabajo que se hayan de desempeñar, incluyendo
a tal efecto las pruebas prácticas que sean precisas”.
Considerando, en este marco, a tenor del artículo
55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
respecto a los principios rectores del acceso al empleo
público, “1. Todos los ciudadanos tienen derecho al
acceso al empleo público de acuerdo con los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y
de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y
en el resto del ordenamiento jurídico.
2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos
a que se refiere el artículo 2 del presente
Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y
laboral mediante procedimientos en los que se garanticen
los principios constitucionales antes expresados,
así como los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros
de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la
actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos
selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los
procesos de selección.
Considerando, por otro lado, en nuestro ámbito territorial
autonómico, el artículo 67 de la Ley 2/1987,
de 30 de marzo de la Función Pública Canaria que
prescribe que “1. Los puestos de trabajo que vayan
a ser desempeñados por personal laboral deberán
estar determinados en las relaciones de puestos de
trabajo. (…) 2. No podrán ser desempeñados por
personal contratado en régimen de Derecho Laboral
las funciones públicas que impliquen ejercicio de
autoridad, las de fe pública y asesoramiento legal
preceptivo, las de control y fiscalización interna de
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 114, miércoles 21 de septiembre de 2016 14415
la gestión económico-financiera y presupuestaria, las
de contabilidad y tesorería y, en general, aquellas en
que la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad
e independencia en el ejercicio de la función aconsejen
desempeñarlas por funcionarios de carrera. 3. El
contenido y efectos de esta relación de empleo estará
regulada por el Derecho Laboral y los actos preparatorios
a su constitución, sin perjuicio de las normas
eventualmente fijadas al respecto en el ordenamiento
laboral, por el Derecho Administrativo. En todo caso,
la administración contratante conserva sus potestades
organizatorias en razón a los intereses del servicio
Resultando que con fecha 23 de junio de 2016 se
emitió Decreto nº 1105/16 por el que se aprobaron
las Bases de dicha convocatoria remitiéndose a la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad para
su conocimiento y publicándose en el Boletín Oficial
de la Provincia nº 93 de 3 de agosto de 2016.
Resultando que con fecha 7 de septiembre del presente,
se recibe oficio remitido por la Viceconsejería
de Administración Pública solicitando, la modificación
del temario anexo a la convocatoria y haciendo
referencia a la Sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Canarias nº 163/2004 de 22 de diciembre,
recaída en el recurso nº 46/2004.
Resultando, que a pesar de haberse enviado con
suficiente antelación el Decreto de aprobación de las
bases de la referida convocatoria a la Dirección General
de la Función Pública, sin que ésta comunicara
motivo alguno de infracción del ordenamiento jurídico
del contenido de dicha Resolución, es ahora cuando
la Viceconsejería formula dicho requerimiento. En
este sentido, es preciso mencionar que la colaboración
entre Administraciones que se invoca por esa
Viceconsejería debería ser recíproca y no únicamente
unilateral a su favor, puesto que esta Entidad, escrupulosa
con los términos y plazos, remitió en fecha
23 de junio el Decreto aprobatorio de las bases de la
convocatoria a la Dirección General de la Función
Pública al objeto de que lo examinara y sin embargo,
es dos meses y once días más tarde (cuando ya este
Ayuntamiento, dado el plazo transcurrido, y ante la
ausencia de ningún tipo de comunicación, había remitido
el anuncio al Boletín Oficial de la Provincia)
cuando aludiendo al principio de colaboración, se
solicita que se rectifique dicha aprobación.
Más aún, hace referencia la Viceconsejería, como
apoyo de su argumentación, a una Sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias (la nº 163/2004
de 22 de diciembre) que, si se lee detenidamente,
como ha hecho esta Entidad, no recoge en modo
alguno la supletoriedad del número mínimo de temas
establecido en el Real Decreto 896/91 por el que se
establecen las reglas básicas y programas mínimos a
que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de Administración Local, puesto que
como recoge en su Fundamento de Derecho Primero
párrafo 5º “Aunque en el citado Reglamento no se
establezca la supletoriedad de su regulación respecto a
la de la selección del personal laboral nos inclinamos
por afirmar que sí debe tener carácter supletorio de
tal manera que se garantice en defecto de regulación
específica, un contenido mínimo de las pruebas de
los procesos selectivos (...)”.
Ha de tenerse en cuenta, además, que dicho fallo
judicial enjuiciaba un procedimiento selectivo con
un único ejercicio práctico cuando, en este sentido,
parece no haber tenido en cuenta esa Viceconsejería
que si se analizan detenidamente las bases remitidas
por este Ayuntamiento, prevén dos ejercicios teóricos
y una prueba práctica con un temario anexo de 40
temas desglosados en 16 temas de la parte general y
24 de la especial.
Considerando, no obstante lo anterior, que es
voluntad de esta Entidad dar la debida diligencia a
la cobertura de la plaza convocada (a pesar de las
innecesarias dilaciones derivadas de la comunicación
del antecitado organismo autonómico) por lo que, al
objeto de poder continuar con el proceso, procederá
a rectificar el temario en el sentido expuesto. No
obstante, pondrá en conocimiento de la Federación
Canaria de Municipios la actuación reiterada de
la Viceconsejería de Administraciones Públicas y
Transparencia obstaculizando, una y otra vez, los
procesos selectivos convocados por las entidades
que integran la Administración Local y aludiendo a
un principio de colaboración que sólo se respeta por
los Ayuntamientos.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta AlcaldíaPresidencia,
resuelve:
Primero.- Rectificar el Temario Anexo de las
bases que han de regir el proceso selectivo para
la cobertura con personal laboral fijo de una plaza
vacante de Técnico de Agricultura en el sentido
siguiente:
14416 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 114, miércoles 21 de septiembre de 2016
Temario anexo I.
Parte general.
Tema 1. La Constitución Española (I). El Título
Preliminar. Los derechos y deberes fundamentales.
La dignidad de la persona. La nacionalidad y la
mayoría de edad.
Tema 2.- La Constitución Española (II): Derechos
y libertades de los extranjeros en España.
Tema 3. La Corona.
Tema 4.- Las Cortes Generales: el Congreso de
los Diputados y el Senado. Composición y funcionamiento.
La circunscripción electoral. Inviolabilidad
e inmunidad.
Tema 5.- La elaboración de las leyes. Las Leyes
orgánicas. Las leyes ordinarias. Decreto legislativo
y el Decreto-Ley.
Tema 6. El Gobierno de España. Composición y
funciones.
Tema 7. El Poder Judicial. El Ministerio Fiscal:
composición y funciones. El Tribunal Supremo:
composición y funciones. El Consejo General del
Poder Judicial. El tribunal Constitucional.
Tema 8. El Estatuto de la Comunidad Autónoma
de Canarias. Reforma del Estatuto de la Comunidad
Autónoma Canaria.
Tema 9.- Las Instituciones de la Comunidad Autónoma.
El Parlamento: composición y funciones.
Tema 10.- El Gobierno de Canarias: composición
y funciones. Otras instituciones autonómicas.
Tema 11.- Los Cabildos Insulares (I): composición
y funciones.
Tema 12.- Los Cabildos Insulares (II): competencias.
Tema 13. El acto administrativo. Validez, nulidad
y anulabilidad del acto administrativo. Notificación
de los actos administrativos y cómputo de los plazos.
Tema 14.- El procedimiento administrativo . Iniciación,
ordenación, instrucción y finalización del
procedimiento administrativo.
Tema 15.- Los recursos administrativos.
Tema 16. La responsabilidad patrimonial de las
Administraciones públicas.
Tema 17.- Los contratos públicos. Procedimiento
de contratación y selección del contratista en los
contratos públicos.
Tema 18.- El municipio: concepto y elementos. El
término municipal.
Tema 19.- La población municipal. Derechos y
deberes de los vecinos.
Tema 20.- Organización municipal. Atribuciones
del Alcalde.
Tema 21.- Atribuciones del Pleno del Ayuntamiento.
Junta de Gobierno Local, composición y
atribuciones.
Tema 22.- El Procedimiento administrativo Local.
El Registro de Entrada y Salida de documentos.
Tema 23.- Requisitos en la presentación de documentos.
Comunicaciones y notificaciones.
Tema 24.- Funcionamiento de los órganos colegiados
locales. Convocatoria y orden del día. Actas
y certificaciones de acuerdos.
Parte especial.
Tema 1.- Los contratos de las administraciones
públicas. Clases de contrato. Clasificación de contratistas.
Tema 2.- Procedimiento de contratación. Especial
referencia al contrato de obras.
Tema 3.-. El Catastro Inmobiliario Rústico (I):
Organización. Formación y funcionamiento.
Tema 4.- El Catastro inmobiliario rústico (II). Valoración
catastral de los bienes inmuebles rústicos.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 114, miércoles 21 de septiembre de 2016 14417
Tema 5.- El Catastro Inmobiliario Rústico (III):
Información catastral. Principales características
catastrales de los inmuebles. La referencia catastral.
Tema 6.- El Catastro Inmobiliario Rústico (IV): La
cartografía catastral. La Oficina Virtual de Catastro
y los Puntos de Información Catastral.
Tema 7.- Funciones y servicios transferidas al
Excmo. Cabildo Insular de Tenerife en materia de
agricultura. Competencias locales en materia de
agricultura.
Tema 8.- Localización de cultivos en el término
municipal de Los Realejos.
Tema 9.- El Instituto Canario de Investigaciones
agrarias: competencias.
Tema 10.- El vivero, concepto, partes y elementos.
Tema 11.- La producción de plantas forestales.
Tema 12.- Siembra o plantación, labores culturales,
extracción, embalaje y transporte. El riego en
el vivero.
Tema 13.- Clasificación del Suelo: Clases de suelo,
definición y categorías.
Tema 14.- El cultivo del cereal en Los Realejos (I).
Tipos de cereales.
Tema 15.- El cultivo del cereal en Los Realejos
(II): producción, distribución municipal y entidades
relacionadas con el sector.
Tema 16.- La ganadería en Los Realejos (I). Tipos
de ganado.
Tema 17.- La ganadería en Los Realejos (II). Sistemas
de producción.
Tema 18.- Régimen jurídico del Suelo Rústico.
Tema 19.- Planes y Normas de Espacios Naturales
Protegidos (I): Clases.
Tema 20.- Planes y Normas de Espacios Naturales
Protegidos (II): Contenido y determinaciones.
Tema 21.- El banco de terrenos agrícolas de Los
Realejos: su ordenanza reguladora.
Tema 22.- Los huertos urbanos: características y
regulación.
Tema 23.- Infraestructuras rurales. Caminos rurales,
públicos, privados y vías pecuarias.
Tema 24.- El agua (I). Los sistemas de riego.
Tema 25.- El agua (II). Redes de riego. Gestión
del agua.
Tema 26.- El cultivo de la papa en Los Realejos.
Tema 27.- Las producciones agrarias locales. Comercialización.
Tema 28.- El Reglamento del Mercadillo del
Agricultor.
Tema 29.- El cultivo del plátano.
Tema 30.- Los Cultivos subtropicales: mango y
aguacate.
Tema 31.- Floricultura. Las próteas.
Tema 32.- El cultivo de la viña.
Tema 33.- Prevención y lucha contra las plagas.
Medidas de defensa fitosanitaria.
Tema 34.- Derechos de los trabajadores contenidos
en el Convenio Colectivo del Personal Laboral de
este Ayuntamiento.
Tema 35.- Deberes de los trabajadores contenidos
en el Convenio Colectivo del Personal Laboral de
este Ayuntamiento.
Tema 36.- Estructura organizativa interna del Excmo.
Ayuntamiento de Los Realejos.
Segundo.- Remitir Anuncio de la presente rectificación
al Boletín Oficial de la Provincia, debiendo
proseguirse con la publicación de los extractos en el
Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial
del Estado y publicarlo en el tablón de edictos de la
Corporación.
14418 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 114, miércoles 21 de septiembre de 2016
Tercero.- Dar traslado de la presente Resolución
a la Viceconsejería de Administración Pública para
su conocimiento y efectos así como a la Federación
Canaria de Municipios.
Lo que se hace público para general conocimiento, en
la Villa de Los Realejos, a 14 de septiembre de 2016.
El Alcalde, Manuel Domínguez González.- La
Secretaria en funciones, Raquel Oliva Quintero.
VILLA DE EL SAUZAL
Departamento Técnico
ANUNCIO
5827 114934
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.
285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública
notificación de la iniciación de los expedientes de Orden
de Ejecución, mediante carta de o cartel anuncio,
instruidos por el Ayuntamiento de El Sauzal, a las
personas o entidades que a continuación se relacionan,
ya que habiéndose intentado la notificación en
el último domicilio conocido, esta no se ha podido
practicar.
Por medio de la presente se le cita para que comparezca,
dentro del plazo de cinco días, contados desde
el siguiente al de la publicación de este anuncio, en
Oficina Técnica Municipal de este Ayuntamiento, a
los efectos de ser notificado personalmente advirtiéndole
que, en caso de no comparecer en dicho plazo,
la notificación se entenderá producida a todos los
efectos legales el día siguiente al del vencimiento
del plazo señalado para comparecer.
INTERESADO ORDEN DE
EJECUCION
SITUACION
D. JUAN LUIS
RACIONERO SERNA
Limpieza de terreno
y vallado hacia vía
pública
C/ San Simón, nº 31 (Urb.
La Baranda)
D.ª DACIL AFONSO
GONZÁLEZ
Limpieza de terreno
y vallado hacia vía
pública
C/ Laurisilva, nº 72 (Urb.
La Baranda)
En la Villa de El Sauzal, a 06 de septiembre de 2016.
El Alcalde, Mariano Pérez Hernández.
CONSORCIO DE PREVENCIÓN,
EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y
SALVAMENTO DE LA ISLA DE TENERIFE
ANUNCIO
5828 117068
Contratación mediante procedimiento abierto con
regulación armonizada, del suministro de un vehículo
autoescalera articulada de 30 metros para el Consorcio
de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
de la Isla de Tenerife.
1. Entidad adjudicataria: Consorcio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de
Tenerife.
2. Objeto del contrato: suministro de un vehículo
autoescalera articulada de 30 metros para el Consorcio
de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
de la Isla de Tenerife, de conformidad con las
características técnicas que se recogen en el Pliego
de Prescripciones Técnicas que rige la contratación.
3. Plazo de entrega: el plazo máximo para la entrega
se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
4. Procedimiento y tramitación: procedimiento
abierto con regulación armonizada, tramitación
ordinaria.
5. Presupuesto máximo de licitación: el presupuesto
total de licitación para la presente contratación asciende
a la cantidad total de setecientos sesenta y cinco
mil euros (765.000,00 €), de los cuales la cantidad
de setecientos catorce mil novecientos cincuenta y
tres euros con veintisiete céntimos (714.953,27 €)
en concepto de un vehículo autoescalera articulada
de 30 metros para el Consorcio, y la cantidad de
cincuenta mil cuarenta y seis euros con setenta y tres
céntimos (50.046,73 €), en concepto de IGIC que
deberá soportar la Administración.
6. Garantía definitiva: cinco (5) por ciento del
importe de adjudicación.
7. Obtención de documentación e información: los
Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y
de Prescripciones Técnicas estarán a disposición de
los licitadores en la sede administrativa del Consorcio
de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
de la Isla de Tenerife, sito en Avenida Francisco La
Roche nº 11, entreplanta, CP 38001, Santa Cruz de
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 114, miércoles 21 de septiembre de 2016 14419
Tenerife, teléfono 922 533 487, telefax 922 533 494,
así como en la página web de esta Administración:
www.bomberostenerife.com.
8. Órgano de contratación: el órgano de contratación
competente, por delegación, es el Sr. Presidente del
Consorcio (Acuerdo del Comité Ejecutivo de fecha
27 de julio de 2016).
9. Requisitos específicos del contratista. solvencia
económica y financiera y solvencia técnica y
profesional: las señaladas en el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
10. Fecha límite de presentación de los sobres: de
conformidad con el artículo 142 del RD Legislativo
3/2011, en aplicación al artículo 27 de la Directiva
2014/24, la licitación se publicará en el Diario Oficial
de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado,
en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de
Tenerife, así como en el perfil de contratante de esta
Administración, siendo el plazo de presentación de
proposiciones de treinta y cinco (35) días naturales
contados desde la fecha del envío del anuncio en el
Diario Oficial de la Unión Europea.
A partir del envío del anuncio de licitación al Diario
Oficial de la Unión Europea, el pliego de cláusulas
particulares y demás documentación estará a disposición
de los interesados en esta Administración y
en el perfil del contratante en la siguiente dirección:
www.bomberostenerife.com.
11. Lugar de presentación de los sobres:
Los sobres se presentarán en el Registro de Entrada
de esta Administración, situado en la Avenida
Francisco La Roche nº 11, entreplanta, CP 38001, en
Santa Cruz de Tenerife, en horario de 8:00 a 15:00
horas, de lunes a viernes, hasta el último día del plazo
señalado en el anuncio de licitación y en el perfil del
contratante, o bien mediante envío por mensajería
entregado dentro del plazo señalado, acompañados,
en cualquier caso, de una instancia o escrito de la
empresa licitadora en el que se estampará el sello del
registro, así como el día y hora de la presentación.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas
mediante envío por correo, en cuyo caso,
el interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente,
la fecha de imposición del envío en la
oficina de Correos, así como comunicar y el órgano
de contratación recepcionar, en el mismo día y antes
de la hora de finalización del plazo de presentación de
proposiciones, la remisión de la oferta mediante télex,
fax o telegrama en el mismo día, debiendo dirigirse
directamente al Consorcio de Prevención, Extinción
de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife. Sin
la concurrencia de ambos requisitos no será admitida
la documentación si es recibida por el órgano de
contratación con posterioridad a la fecha y hora de
la terminación del plazo señalado en el anuncio. No
obstante, transcurridos diez (10) días naturales desde
la terminación del plazo, no será admitida ninguna
proposición enviada por correo.
12. Gastos de anuncios: serán de cargo del adjudicatario
de la presente licitación, según lo dispuesto en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
que rige la contratación.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de septiembre de 2016.
El Secretario, Luis Pérez Rojas.
ANUNCIO
5829 117072
Contratación mediante procedimiento abierto con
regulación armonizada, del suministro de indumentaria
para el personal operativo del Consorcio de
Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
de la Isla de Tenerife.
1. Entidad adjudicataria: Consorcio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de
Tenerife.
2. Objeto del contrato: suministro de indumentaria
para el personal operativo del Consorcio de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla
de Tenerife, de conformidad con las características
técnicas que se recogen en el Pliego de Prescripciones
Técnicas que rige la contratación.
3. Plazo de entrega: el plazo máximo para la entrega
se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
4. Procedimiento y tramitación: procedimiento
abierto con regulación armonizada, tramitación
ordinaria.
5. Presupuesto máximo de licitación: el presupuesto
total de licitación para la presente contrata-
14420 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 114, miércoles 21 de septiembre de 2016
ción asciende a la cantidad total de cuatrocientos
veintinueve mil novecientos noventa y cinco euros
con sesenta y cinco céntimos (429.995,65 €), de
los cuales la cantidad de cuatrocientos dieciséis mil
quinientos cincuenta y cinco euros (416.555,00 €)
en concepto del suministro de indumentaria para el
personal operativo del Consorcio, y la cantidad de
trece mil cuatrocientos cuarenta euros con sesenta y
cinco céntimos (13.440,65 €), en concepto de IGIC
que deberá soportar la Administración.
6. Garantía definitiva: cinco (5) por ciento del
importe de adjudicación.
7. Obtención de documentación e información: los
Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y
de Prescripciones Técnicas estarán a disposición de
los licitadores en la sede administrativa del Consorcio
de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento
de la Isla de Tenerife, sito en Avenida Francisco La
Roche nº 11, entreplanta, CP 38001, Santa Cruz de
Tenerife, teléfono 922 533 487, telefax 922 533 494,
así como en la página web de esta Administración:
www.bomberostenerife.com.
8. Órgano de contratación: el órgano de contratación
competente, por delegación, es el Sr. Presidente del
Consorcio (Acuerdo del Comité Ejecutivo de fecha
27 de julio de 2016).
9. Requisitos específicos del contratista. solvencia
económica y financiera y solvencia técnica y
profesional: las señaladas en el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
10. Fecha límite de presentación de los sobres: de
conformidad con el artículo 142 del RD Legislativo
3/2011, en aplicación al artículo 27 de la Directiva
2014/24, la licitación se publicará en el Diario Oficial
de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado,
en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de
Tenerife, así como en el perfil de contratante de esta
Administración, siendo el plazo de presentación de
proposiciones de treinta y cinco (35) días naturales
contados desde la fecha del envío del anuncio en el
Diario Oficial de la Unión Europea.
A partir del envío del anuncio de licitación al Diario
Oficial de la Unión Europea, el pliego de cláusulas
particulares y demás documentación estará a disposición
de los interesados en esta Administración y
en el perfil del contratante en la siguiente dirección:
www.bomberostenerife.com.
11. Lugar de presentación de los sobres:
Los sobres se presentarán en el Registro de Entrada
de esta Administración, situado en la Avenida
Francisco La Roche nº 11, entreplanta, CP 38001, en
Santa Cruz de Tenerife, en horario de 8:00 a 15:00
horas, de lunes a viernes, hasta el último día del plazo
señalado en el anuncio de licitación y en el perfil del
contratante, o bien mediante envío por mensajería
entregado dentro del plazo señalado, acompañados,
en cualquier caso, de una instancia o escrito de la
empresa licitadora en el que se estampará el sello del
registro, así como el día y hora de la presentación.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas
mediante envío por correo, en cuyo caso,
el interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente,
la fecha de imposición del envío en la
oficina de Correos, así como comunicar y el órgano
de contratación recepcionar, en el mismo día y antes
de la hora de finalización del plazo de presentación de
proposiciones, la remisión de la oferta mediante télex,
fax o telegrama en el mismo día, debiendo dirigirse
directamente al Consorcio de Prevención, Extinción
de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife. Sin
la concurrencia de ambos requisitos no será admitida
la documentación si es recibida por el órgano de
contratación con posterioridad a la fecha y hora de
la terminación del plazo señalado en el anuncio. No
obstante, transcurridos diez (10) días naturales desde
la terminación del plazo, no será admitida ninguna
proposición enviada por correo.
12. Gastos de anuncios: serán de cargo del adjudicatario
de la presente licitación, según lo dispuesto en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
que rige la contratación.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de septiembre de 2016.
El Secretario, Luis Pérez Rojas.
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