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domingo, 15 de mayo de 2016

ases que han de regir la configuración de una lista de reserva en la categoría de ayudante de cocina (SANTA MARÍA DE GUÍA)

En el BOP del 25/04 se ha publicado en las páginas 3910 y siguientes:

De conformidad con el acuerdo adoptado porla Junta de Gobierno Local de fecha 11 de abril de 2016, por medio del presente anuncio de convocatoria se publican las Bases para el proceso de selección para la configuración de una lista de reserva para interinidades y contratacionestemporales de la categoría de Ayudante de Cocina: BASES QUE HAN DE REGIR LA CONFIGURACIÓN DE UNALISTADE RESERVA EN LACATEGORÍADE AYUDANTE DECOCINA 1. NORMAS GENERALES 1.1. Es objeto de la presente convocatoria es la configuración de una lista de reserva de AYUDANTES DE COCINA destinada a disponer de los efectivos necesarios con los que poder llevar a cabo las sustituciones y contratacionestemporales en función de las necesidades que vayan surgiendo, ya sea para cubrir plazas vacantes o llevar a cabo nombramiento en régimen de interinidad o para formalizar cualquier modalidad de contratación que en cada momento se vaya precisando. Pero en ningún caso presupone que los concursantes que accedan a las listas pasen automáticamente a constituirse en personal alservicio del Ayuntamiento de Santa María de Guía, toda vez que tal relación surgirá cuando se formalicen las contrataciones temporales o los nombramientos interinos para el desempeño de los puestos de trabajo que en cada caso se vayan necesitando y por el tiempo concreto por el que se pacte la relación laboral/estatutaria. 1.2. Categoría convocada: Ayudante de Cocina estando dotada con el sueldo, pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias previstas en la Tabla Salarial vigente para el personal laboral ANEXO II publicada en el BOP de Las Palmas, Anexo al n°109 con fecha 11 de septiembre de 2002 pág. 4990. 1.3. Funciones: las propias del puesto de trabajo concreto que en su caso se precise cubrir, además de las que le sean encomendadas. El procedimiento de selección elegido es el de CONCURSO- OPOSICIÓN. A partir de esta primera publicación, todas las restantes publicacionesse llevarán a cabo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal (www.santamariadeguia.es) 2. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES 2.1. Requisitos generales: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, pudiendo ser admitido, además, el cónyuge de éstos, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho,sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. También podrán ser admitidoslos nacionales de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 56.1a) y 57 de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Asimismo, podrán participar en el proceso los extranjeros con residencia legal en España conforme a las normas legales vigentes. 3910 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de lastareasinherentes a la plaza y/o puesto de trabajo convocado. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercerfuncionessimilares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que Impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. e) Estar en posesión de la titulación de Certificado de Escolaridad o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de aportarse titulaciones equivalentes, deberá indicarse la normativa que regula la equivalencia de las mismas o justificación acreditativa de la equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.2. Requisitos específicos Estar en posesión del Curso de Manipulador de Alimentos en vigor. El artículo 56,3 de La ley 7/2007 de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público permite exigir otrosrequisitos específicos que guarden relación directa con las funciones asumidas y lastareas a desempeñar,siendo en este caso necesario estar en posesión de documento que acredite la formación en manipulación de alimentos ya que lastareas a desarrollarse sitúan en Residencia de Mayores/ Centro de Día donde se elaboran y sirven comidas. Debe estar en posesión del mismo antes de finalizar el plazo de presentación de lassolicitudes de admisión, y deberá poseerlo en vigor a la hora de formalizar en su caso la relación laboral 2.3. Causas de exclusión No podrán formar parte de la lista de reserva quienes con anterioridad al presente proceso selectivo, hayan sido contratados para la categoría que se convoca y no hayan superado el período de prueba que en cada caso se les fijara en el respectivo contrato de trabajo. Todoslosrequisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso selectivo y reunirlos en el momento de formalizar el contrato de trabajo. 3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. FORMA Y PLAZOS 3.1-Forma Quienes deseen tomar parte en el proceso que se convoca para formar parte de la lista de reserva, deberán hacerlo cumplimentando elmodelo normalizado, que se ajustará al modelo oficial que se adjunta como Anexo I de Solicitud. Ala instancia solicitando tomar parte en las pruebas se acompañarán lossiguientes documentos: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Fotocopia del Título académico correspondiente o del justificante de haber iniciado los trámites para su expedición. Las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, deberán presentar, además, la siguiente documentación: * La copia compulsada de certificación de reconocimiento de grado de minusvalía Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados. Todos los méritos deberán introducirse en un sobre, debiendo quedar fuera del mismo exclusivamente el resto de la documentación reseñada en los apartados anteriores, a efectos de comprobar que el interesado cumple con losrequisitos exigidos para la concurrencia del proceso. A la instancia se acompañará autobaremación de los méritos que deban ser valorados(Anexo III) en la forma prevista en estas bases, no admitiéndose posteriormente otros. La fecha límite para la alegación y acreditación de méritos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes, no siendo subsanable la Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 3911 aportación de los méritos en la forma que se determina dentro del plazo que se conceda para la elevación a definitiva de las listas de candidatos admitidos. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en la forma en que se determina en las presentes bases, aunque hubieren sido alegados en la Instancia. Lassolicitudes deberán ser presentadas en elRegistro General del Excmo. Ayuntamiento de Santa María de Guía, sito en la calle Eusebia de Armas, 4 planta 0, en horario de 09:00 a 13:30 de lunes a viernes y sábados de 09:00 a 11:00. En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.2. Plazo. El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. 4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Santa María de Guía, se concederá un plazo deCINCODÍASHÁBILES para reclamaciones o subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión de concursante,siempre que los mismos sean subsanables,sirviendo a tales efectosla publicación de la lista provisional con indicación de los defectos observados como requerimiento expreso para que se lleve a cabo la subsanación de losmismos que en derecho procedan. En caso de no presentarse ninguna, dicha lista queda elevada a definitiva. En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, la cual será publicada en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Santa María de Guía y en ella podrá fijarse lugar, fecha y hora en que se reunirá el Órgano de Selección. La resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Órgano de Selección y Valoración Superior de Justicia de Canarias. 5. ÓRGANO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN El Órgano de Valoración de los méritos estará integrado por los siguientes miembros: Presidente: Ana María Jiménez Miranda Suplente: Antonia María Suárez Padrón Secretario: María del Carmen Castellano González Suplente: Mercedes Guerra Afonso Vocales: Rita Pérdrix Aguiar María del Pino Betancort Vega Antonia Teresa Pérez Alonso Suplentes: Sonia Moreno Gil María del Carmen Betancort Montesdeoca Magnolia Moreno Gil Todos los miembros actuarán con voz y voto. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Los miembros del órgano de selección son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos. 3912 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 El órgano estará facultado para resolver todas las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso del proceso selectivo, así como para adoptarlos acuerdos necesarios para el debido orden en todo lo no previsto en estas bases. El órgano se constituirá previa convocatoria del Presidente y continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo. En su actuación se sujetará a las normas previstas para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No podrá constituirse ni actuarsin la asistencia, como mínimo, del Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, del resto de sus miembros con derecho a voto. En caso de ausencia, tanto del Presidente titular como del suplente, el primero designará de entre los Vocales con derecho a voto un sustituto que lo suplirá. En el supuesto en que el Presidente titular no designe a nadie, su sustitución se hará por el Vocal de mayor edad con derecho a voto. Sus acuerdosse adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate el voto del Presidente. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal serán de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.COMIENZO YDESARROLLO DELPROCESO. Atendiendo al objeto de estas bases expuesto con anterioridad el procedimiento de selección será el de CONCURSO-OPOSICIÓN. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en Anexo II de esta convocatoria. En primer lugar se celebrará la fase de oposición que tendrá carácter eliminatorio y se entenderá superada si se alcanza un mínimo de 5 puntos. En segundo lugar se llevará a cabo la fase de concurso, por lo que la valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y sólo con respecto a los aspirantes que hayan superado dicha fase. En este caso, la calificación final vendrá determinada por la suma de la puntuación final obtenida en la fase de oposición y la puntuación que se obtenga en la fase de valoración de méritos 6.1. Fase de oposición: (de carácter eliminatorio) La fase de oposición se valorará con un máximo de 10 puntos. No se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de 5 puntos. La oposición consistirá en la realización de un examen tipo test, de 25 preguntas, con respuestas alternativas, debiendo señalarsolo una de las opciones, sobre el temario correspondiente que figura en el Anexo II. El tiempo de duración del ejercicio será de cincuenta minutos. La fórmula de corrección será la siguiente: [(n° de aciertos-(n° de errores/3)) / n° de preguntas] x 10 La fecha, hora y lugar en que habrá de celebrarse el ejercicio se hará público a través de la Resolución porla cualse apruebe la lista definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos. 6.2. Fase de concurso: La fase de concurso se valorará con un máximo de 4 puntos, de conformidad con los méritos acreditados por los aspirantes y que fueron presentadosjunto con la solicitud de participación en el proceso de selección. A tales efectos se valorarán los siguientes méritos: a) Formación: La puntuación máxima será de 2 puntos. b) Los cursos de formación y perfeccionamiento deberán estar directamente relacionados con las funciones de la categoría que se convoca. Sólo se valorarán los que hayan sido impartidos por entidades públicas, o por entidades privadas cuando exista colaboración de una entidad pública acreditada para el curso de que se trate. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 3913 c) La puntuación será la siguiente: 0,015 puntos por cada hora lectiva de curso, y 0,020 puntos si se ha obtenido certificado de aprovechamiento. d) Para acreditar los cursos de formación se deberá aportar copia del certificado de asistencia o diploma en el que figure: número de horas de duración, programa desarrollado, fecha de celebración y escudo, sello o anagrama de la entidad pública que lo organizado, en su caso, colabora en su realización, e)Experiencia:La puntuaciónmáxima será de 2 puntos. f) Deberá referirse a puestos de trabajos de naturaleza equivalente a los ofertados. Para la determinación de los meses se atenderá a los certificados emitidos por las administraciones públicas y en su caso por los certificados emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el período de alta y grupo de cotización. g) Por cadames de trabajo en la AdministraciónLocal: 0,15. h) Por cadames de trabajo en cualquier Administración Pública distinta de la local: 0,10. i) Por cada mes de trabajo por cuenta ajena en empresas públicas, entidades públicas empresariales y corporaciones de derecho público, empresas privadas: 0,05. Para acreditar la experiencia profesional,se deberá aportar necesariamente los siguientes documentos: j) En la Administración Pública: informe de vida laboral y certificado de servicios previos. k) En otros ámbitos: informe de vida laboral y certificado de empresa o fotocopia del contrato de trabajo que acredite la categoría profesional. 7. LISTADO DE PUNTUACIONES OBTENIDAS Y PROPUESTA DE INCLUSIÓN DE CONCURSANTES EN LA LISTA DE RESERVA. Terminada la calificación de los concursantes, el órgano de selección y valoración publicará la relación de aquellos que hayan superado el proceso, por orden de puntuación, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Santa María de Guía y página web reseñada. Y simultáneamente se elevará la lista definitiva. La calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones otorgadas, y deberá reflejarse en el acta que se levantará al efecto debiendo tenerse en cuenta que la puntuación máxima total que podrá obtenerse por todos los conceptos es de 14,00 puntos. Si dos o más concursantes obtuvieran idéntica puntuación, el desempate se resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor puntuación en el apartado correspondiente a la experiencia profesional en las Corporaciones Locales. Si éste persiste, se hará propuesta a favor de aquel concursante que acredite mayor formación en prevención de riesgos laborales. Todaslas calificaciones obtenidas y lista definitiva quedan supeditadas a la acreditación efectiva por los seleccionados de los méritos alegados y valorados con los documentos originales. 8. FUNCIONAMIENTO DE LA LISTA DE RESERVA Las personas que han superado el proceso de selección y que han sido propuestas pasarán a formar parte de la lista de reserva que tendrá una duración mínima de seis meses contados desde la fecha de aprobación definitiva, salvo que con anterioridad a dicha fecha se careciese de efectivos disponibles. La ordenación inicial de esta lista se realizará por el orden de puntuación obtenido por los concursantes. 8.1. Nombramiento La inclusión en la lista de reserva no confiere a los concursantes a puesto de trabajo alguno, ya que ello sólo ocurrirá cuando surja la necesidad municipal de cubrir vacantes y llevar a cabo la contratación laboral concreta. En este caso deberá tenerse en cuenta que las comunicaciones de oferta de trabajo se realizarán por el Departamento de Personal (el cual deberá emitirla oportuna diligencia acreditativa del llamamiento efectuado) en el teléfono y/o correo electrónico que el concursante haya facilitado al tiempo de acceder a la lista de reserva, viniendo obligado a comunicar cualquier variación de los datos integrantes de su ficha al Departamento de Personal, de no verificarlo podrá pasar a situación de baja definitiva en la lista de reserva, si no pudiera ser localizado. 3914 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 Ante el llamamiento para cubrir un puesto de trabajo el interesado dispone de un plazo de dos días hábiles para comunicar su aceptación y presentar en el departamento de personal la siguiente documentación: Documentos originales de los Títulos y diplomas valorados. Datos bancarios(IBAN) a efecto de abono retribuciones salariales Fotocopia del documento de Afiliación a la Seguridad Social Certificado médico oficial, expedido por médico facultativo acreditativo de ser apto para el desempeño del puesto ofertado. 8.2. Situaciones de los aspirantes en la Lista de Reserva: Las situaciones en las que pueden encontrarse los integrantes de la correspondiente Lista de Reserva son las siguientes: a) Situación de disponible b) Contrato o nombramiento en el Ayuntamiento a consecuencia de lista de reserva. c) Baja temporal con reserva del mismo puesto que ocupa en la lista de reserva: Requisitos: Al aspirante que, por escrito, no acepte la oferta pasará a la situación de baja temporal, siempre que acredite, en el plazo de CINCO DÍAS, alguna de las siguientes causas justificativas: - Enfermedad que le incapacite temporalmente para el desempeño del puesto, acreditada con informe médico emitido por el Servicio Canario de la Salud. - Embarazo, alumbramiento, baja por maternidad o situaciones asimiladas. - Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo. Duración: Será por el tiempo que dure la circunstancia alegada y acreditada. d) Situación de disponible en el último lugar de la lista: El aspirante que no acepte la oferta y no acredite alguna de las circunstancias establecidas en el párrafo anterior, pasará a esta situación e) Baja definitiva a) Por la no aceptación de dos ofertas b) Por la no superación del periodo de prueba c) Por solicitud expresa del interesado 9. INCIDENCIAS Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados Recurso de Reposición en el plazo de UN MES ante la Junta de Gobierno Local, previo al contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 3915 ANEXO I - SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCADAS PARA FORMAR PARTE DE LISTA DE RESERVA DE AYUDANTES DE COCINA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE GUÍA 1. DATOS DEL SOLICITANTE Apellidos: ......................................................................................................................................................... Nombre: ................................................................. Fecha de Nacimiento: ..................................................... D.N.I.: ........................................................ Dirección: ............................................................................................... Localidad: ......................................... Provincia: ........................................................ C.P.: .......................... Teléfono: ........................................... E-mail: ................................................................................................. 2. CATEGORÍA O TITULACIÓN A LA QUE CONCURRE PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA DE EMPLEO DENOMINACIÓN: AYUDANTE DE COCINA Título Académico exigido en la convocatoria Centro y fecha de expedición ......................................................................... ................................................. 3. DOCUMENTACIÓN APORTADA 4. MÉRITOS ALEGADOS EL/LA ABAJO FIRMANTE SOLICITA ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Administración Local y las especiales señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario/a o contratación si es laboral. Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligacionesinherentes a la inclusión en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Santa María de Guía, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de las listas de reserva, aprobados por el Ayuntamiento de Santa María de Guía. Santa María de Guía, a................de...............de......... Firma: 3916 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 50, lunes 25 de abril de 2016 ANEXO II - TEMARIO Tema 1. Operaciones básicas de aprovisionamiento, preelaboración y conservación culinarios. Tema 2. Elaboración culinaria, realización y presentación de preparaciones sencillas. Tema 3. Higiene alimentaria y manipulación de alimentos. Tema 4. Seguridad e Higiene en el trabajo: Aseo personal, uniformidad y equipamiento personal de seguridad. Tema 5. El municipio de Santa María de Guía: Historia, Economía, Población, situación geográfica, barrios principales, monumentos históricos. Principales Centros Oficiales. Centros y Servicios Municipales. Centros Privados de interés general.

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