La información que publica el gobierno de Canarias es:
Información general
- Objeto:
- Premiar la excelencia académica de quienes deseen realizar o se encuentren realizando estudios universitarios en universidades canarias o del resto del territorio español conducentes a títulos oficiales de Grado,Máster, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, en el curso 2011-2012
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Sujetos beneficiarios:
- Estudiantes universitarios con excelencia académica.
- Grado de adaptación a la Ley 11/2007:
- Nivel 1: Información en medios electrónicos.
A quién debe dirigirse para solicitar información
- Órgano instructor:
- SRV.COORDINACION UNIVERSITARIA
Requisitos previos
Además de cumplir los requisitos generales exigidos en la base quinta de la convocatoria, específicamente hay que cumplir:
a) Haberse matriculado en el curso académico 2010-2011 en enseñanzas universitarias conducentes al título de Grado o en estudios universitarios de primer y/o segundo ciclo, en una universidad pública canaria.
b) Haberse matriculado en el curso 2010-2011 del mismo número de asignaturas o créditos de acuerdo a lo establecido en la base sexta, punto 1, de la presente Orden. En todo caso, si fueran de aplicación las excepciones descritas en la letra b) apartado 2, y letras d), e) y f) de dicho punto 1, o si se trata de estudios en régimen no presencial- apartado c), haberse matriculado de al menos del 85% de los créditos establecidos como mínimos en el apartado 1 letras a) 1 y b) 1.
c) Haber superado todos los créditos en los que se hubiese matriculado en el curso académico 2010-2011, y haber obtenido una nota media igual o superior a 8 para estudios de la rama de Ingeniería y Arquitectura y para enseñanzas Técnicas, e igual o superior a 8,5 para el resto de las enseñanzas, en las convocatorias de dicho curso académico. Esta nota media se calculará de acuerdo con lo establecido en el apartado 7 de la presente base.
d) Haberse matriculado o matriculada en el curso académico 2011-2012 en enseñanzas universitarias conducentes al título de Grado, en estudios universitarios de primer y/o segundo ciclo, o de master oficial en una universidad pública canaria.
e) Estar matriculado o matriculada en el curso 2011-2012 del número de asignaturas o créditos establecidos en la base sexta, apartado 1 de la presente Orden. Si se trata de estudios en régimen no presencial, debe estar matriculado o matriculada en al menos el 85% de los créditos establecidos como mínimo en el apartado 1, letras a) 1 y b) 1. No se podrá optar a esta modalidad en el caso de realizar matrícula parcial.
f) Para los estudios de másteres oficiales sólo se podrá optar a esta modalidad de beca en el primer curso. Los requisitos de matrícula y rendimiento para el curso 2010-2011 se corresponden con los establecidos para los estudios que le han dado el acceso al master. Los requisitos de matrícula para el curso 2011-2012, serán los establecido en la base sexta, punto 6, apartado a) de la presente Orden. Si se trata de estudios en régimen no presencial, debe matricularse al menos del 85% de los créditos establecidos como mínimos en el punto 6 apartado a) 1. No se podrá optar a esta modalidad en el caso de realizar matrícula parcial.
a) Haberse matriculado en el curso académico 2010-2011 en enseñanzas universitarias conducentes al título de Grado o en estudios universitarios de primer y/o segundo ciclo, en una universidad pública canaria.
b) Haberse matriculado en el curso 2010-2011 del mismo número de asignaturas o créditos de acuerdo a lo establecido en la base sexta, punto 1, de la presente Orden. En todo caso, si fueran de aplicación las excepciones descritas en la letra b) apartado 2, y letras d), e) y f) de dicho punto 1, o si se trata de estudios en régimen no presencial- apartado c), haberse matriculado de al menos del 85% de los créditos establecidos como mínimos en el apartado 1 letras a) 1 y b) 1.
c) Haber superado todos los créditos en los que se hubiese matriculado en el curso académico 2010-2011, y haber obtenido una nota media igual o superior a 8 para estudios de la rama de Ingeniería y Arquitectura y para enseñanzas Técnicas, e igual o superior a 8,5 para el resto de las enseñanzas, en las convocatorias de dicho curso académico. Esta nota media se calculará de acuerdo con lo establecido en el apartado 7 de la presente base.
d) Haberse matriculado o matriculada en el curso académico 2011-2012 en enseñanzas universitarias conducentes al título de Grado, en estudios universitarios de primer y/o segundo ciclo, o de master oficial en una universidad pública canaria.
e) Estar matriculado o matriculada en el curso 2011-2012 del número de asignaturas o créditos establecidos en la base sexta, apartado 1 de la presente Orden. Si se trata de estudios en régimen no presencial, debe estar matriculado o matriculada en al menos el 85% de los créditos establecidos como mínimo en el apartado 1, letras a) 1 y b) 1. No se podrá optar a esta modalidad en el caso de realizar matrícula parcial.
f) Para los estudios de másteres oficiales sólo se podrá optar a esta modalidad de beca en el primer curso. Los requisitos de matrícula y rendimiento para el curso 2010-2011 se corresponden con los establecidos para los estudios que le han dado el acceso al master. Los requisitos de matrícula para el curso 2011-2012, serán los establecido en la base sexta, punto 6, apartado a) de la presente Orden. Si se trata de estudios en régimen no presencial, debe matricularse al menos del 85% de los créditos establecidos como mínimos en el punto 6 apartado a) 1. No se podrá optar a esta modalidad en el caso de realizar matrícula parcial.
Cuantía
3.000 Euros.
Se concederán un máximo de cien becas en régimen de concurrencia competitiva, distribuidas de la siguiente manera: Ciencias de la Salud,10 becas; Ingenierías y Arquitectura, 25 becas; Experimentales,11 becas; Ciencias Sociales, 47 becas; Humanidades, 7 becas.
La beca de excelencia será compatible con cualquier otra.
Se concederán un máximo de cien becas en régimen de concurrencia competitiva, distribuidas de la siguiente manera: Ciencias de la Salud,10 becas; Ingenierías y Arquitectura, 25 becas; Experimentales,11 becas; Ciencias Sociales, 47 becas; Humanidades, 7 becas.
La beca de excelencia será compatible con cualquier otra.
Observaciones
1.- Los Impresos normalizados para solicitar estas becas serán facilitados en la siguiente dirección de Internet: http:/www.gobiernodecanarias.org/educacion/proeduca
Habrá dos modelos de solicitud, uno para la beca de excelencia y otro para el resto de modalidades.
2.- Las personas solicitantes deberán rellenar telemáticamente las distintas páginas que integran la solicitud, imprimir dicha solicitud para posteriormente presentarla debidamente firmada y acompañada por la documentación indicada en la convocatoria y dentro del plazo establecido en el Registro de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, sito en la Avenida de Buenos aires, nº 5, Edificio Tres de Mayo, 38001 Santa Cruz de Tenerife y los restantes registros de la Consejería.
Asimismo podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- En el apartado enlace de interés les facilitamos la dirección de internet donde podrán acceder a la solicitud.
Habrá dos modelos de solicitud, uno para la beca de excelencia y otro para el resto de modalidades.
2.- Las personas solicitantes deberán rellenar telemáticamente las distintas páginas que integran la solicitud, imprimir dicha solicitud para posteriormente presentarla debidamente firmada y acompañada por la documentación indicada en la convocatoria y dentro del plazo establecido en el Registro de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, sito en la Avenida de Buenos aires, nº 5, Edificio Tres de Mayo, 38001 Santa Cruz de Tenerife y los restantes registros de la Consejería.
Asimismo podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- En el apartado enlace de interés les facilitamos la dirección de internet donde podrán acceder a la solicitud.
Enlaces de interés
Cómo y dónde puede iniciar el trámite
- Plazo de presentación:
- Fecha Inicio: 22/10/2011 Fecha Fin: 9/11/2011(ambos inclusive)
- Qué medios de presentación tiene:
-
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por elDecreto 164/1994, de 29 de julio.
- Qué documentación tiene que presentar:
-
- Autorización expresa para acceder a las bases de datos del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la familia mayores de catorce años, y en su caso, del Padrón municipal de habitantes.
- Documento facilitado por la Entidad Bancaria en que conste el Código Cuenta Cliente comprensivo de los códigos que identifican al Banco, Oficina, el dígito de control y el número de cuenta en el que se abonará el importe de la beca y de la que deberá ser, en todo caso, titular o cotitular el alumno o alumna beneficiarios de la beca.
Quién y cómo resuelve el trámite
- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Universidades , por delegación
- Plazo de resolución:
- 3 meses
Las becas y ayudas a que se refieren las presentes bases serán resueltas y notificadas en el ejercicio 2012 y en todo caso antes del 30 de septiembre 2012. La falta de resolución en plazo, y en todo caso, la falta de notificación antes del 31 de diciembre de 2012, tendrá carácter desestimatorio. - Efectos del silencio administrativo:
- Desestimatorio
-Artículo 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. (BOE nº 285, de 27.11.1992). -Artículo 7.1 del Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación.(BOC nº 65, de 02.04.2004). Base decimotercera de la convocatoria.
Recursos
Recurso Potestativo de Reposición
Forma de Abono
Las becas concedidas serán abonadas por anticipado a las personas beneficiarias por transferencia bancaria en el ejercicio 2012. La aceptación expresa de la beca se formula en el momento de la solicitud.
La Dirección General de Universidades podrá abonar estas ayudas a través de entidades colaboradoras previa suscripción en todo caso de los convenios de colaboración correspondientes, al amparo de lo previsto en el artículo 8.4 de la Ley 8/2003, de 3 de abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios.
La beca de excelencia será compatible con cualquier otra.
La Dirección General de Universidades podrá abonar estas ayudas a través de entidades colaboradoras previa suscripción en todo caso de los convenios de colaboración correspondientes, al amparo de lo previsto en el artículo 8.4 de la Ley 8/2003, de 3 de abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios.
La beca de excelencia será compatible con cualquier otra.
Criterios de valoración y baremación
Para la beca de excelencia las calificaciones a tener en cuenta para el cálculo de la nota media serán las calificaciones numéricas que figuren en su expediente. Cuando no figuren éstas, las calificaciones cualitativas equivaldrán a los valores siguientes:
Mención de matrícula de honor (sobresaliente y mención) = 10 puntos.
Sobresaliente (entre 9 y 10 puntos) = 9 puntos.
Notable (entre 7 y 8,9 puntos) = 7,5 puntos.
Aprobado o apto (entre 5 y 6,9 puntos) = 5,5 puntos.
Mención de matrícula de honor (sobresaliente y mención) = 10 puntos.
Sobresaliente (entre 9 y 10 puntos) = 9 puntos.
Notable (entre 7 y 8,9 puntos) = 7,5 puntos.
Aprobado o apto (entre 5 y 6,9 puntos) = 5,5 puntos.
Normativa autonómica
Orden de 13 de octubre de 2011 , por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012. (BOC nº 208, de 21.10.2011)
Decreto 36/2009 , 31 marzo, por el que se establece el regimen general de subvenciones de la Comunidad Autonoma de Canarias. (BOC nº 68, de 08.04.2009)
Ley 11/2006 , de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (BOC nº 244, de 19.1.2006)
Decreto 30/2004 , de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 65, de 02.04.2004)
Ley 8/2003 , 3 abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios. (BOC nº 73, de 15.04.2003)
Normativa estatal
Ley 38/2003 , de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 276, de 18.11.2003)
Real Decreto 887/2006 , de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 176, de 25.07.2006)
Real Decreto 708/2011 , de 20 de mayo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación para el curso 2011-2012 y por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.(BOE nº121, de 25.05.2011)
Real Decreto 1721/2007 , de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. (BOE nº 15, de 17.01.2008)
No hay comentarios:
Publicar un comentario