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sábado, 24 de agosto de 2019

Rectificación de errores materiales detectados en las bases específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de 31 plazas de agentes de bomberos (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)


 En el BOP del 26/07 se ha publicado en las páginas 7211 y ss:

En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la resolución de la Directora General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 30408/2019, de 19 de julio, por la que se efectúa corrección de error de la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, así como corrección de error de la Resolución número 19238/2019, de 22 de abril, ambas recaídas en el procedimiento por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y apertura de nuevo plazo para la presentación de instancias. Resolución de la directora general de Administración Pública por la que se efectúa corrección de error de la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, así como corrección de error de la Resolución número 19238/2019, de 22 de abril, ambas recaídas en el procedimiento por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y apertura de nuevo plazo para la presentación de instancias. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se emite el presente Informe Propuesta de resolución con base en los siguientes: ANTECEDENTES PRIMERA. En la resolución de la directora general de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20, de fecha 15 de febrero de 2019. SEGUNDA. Resolución de la Directora General de Administración Pública número 19238/2019, de 22 de abril, por la que se efectúa corrección de error de la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 55, de fecha 6 de mayo de 2019. TERCERA. Informe Propuesta de la Jefatura de Servicio de Recursos Humanos de fecha 11 de julio de 2019 por la que se efectúa corrección de error de la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, así como corrección de error de la Resolución número 19238/2019, de 22 de abril, ambas recaídas en el procedimiento por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 7211 turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y apertura de nuevo plazo para la presentación de instancias. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Una vez publicadas la Resoluciones referenciadas en los antecedentes de hecho, se han detectado los siguientes errores materiales: PRIMERO. En la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20, de fecha 15 de febrero de 2019, las que a continuación se relacionan: 1. En el ANEXO II. TEMARIO GENERAL, en el Tema 14 se modifican los epígrafes del mismo. 2. En el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS se rectifican los siguientes apartados de la misma, al objeto de clarificar y precisar el contenido de los mismos: a) Apartado 1. ADAPTACIÓN AL MEDIO ACUÁTICO: * 1.3 PÁRRAFO 2 y 1.4. b) Apartado 2.4. CARRERA DE RESISTENCIA. c) Apartado 5. CIRCUITO: - 5.2, en la que se omitirá la última frase por innecesaria. - 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3 y 5.3, serán eliminadas y sustituidas por una nueva redacción más clara y concisa, que facilitará la mejor comprensión del aspirante. - 5.4 pasa a ser el 5.3 al eliminarse éste por lo explicado anteriormente, y en éste se sustituye en el antiguo contenido del 5.4.a) la palabra “completa” por “delimitada”, al ser ésta más precisa y se omite de la misma el apartado e) porque está de más su contenido, así como se añade el material para todas las pruebas en la última parte de dicho apartado. Como consecuencia de lo anterior, al haber establecido una nueva redacción del circuito se modifica el diseño del cuadro conforme a la nueva redacción. d) en la tabla relativa al BAREMO PRUEBAS FÍSICAS, será modificada por una nueva, ya que la anterior presentaba errores en algunos apartados de las diferentes pruebas y además la prueba del circuito estaba vacía de contenido. SEGUNDO. En la resolución de la Directora General de Administración Pública número 19238/2019, de 22 de abril, por la que se efectúa corrección de error de la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, entre otras, se omitió del ANEXO I, relativo al modelo de solicitud de participación en el proceso selectivo para la provisión de 31 plazas de Agentes de Bomberos, en el apartado IV. C) COMPROMISO. PRIMERO, párrafo segundo, la parte que hacía referencia al momento temporal en que se debería de estar en posesión del permiso de conducir, y ahora se considera modificar nuevamente la misma e indicar que el permiso de conducir lo debe poseer antes de la toma de posesión como funcionario en prácticas, tal y como se establecía en la Resolución número 5481/2019, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Bases Específicas referenciadas en el antecedente de hecho primero de este Informe Propuesta. TERCERO. Como consecuencia de todo lo anterior, por seguridad jurídica y en beneficio de los aspirantes a dicho proceso selectivo se estima conveniente la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes de participación, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria 7212 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 en el Boletín Oficial del Estado, después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de Gran Canaria. Por todo ello, y en base a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la rectificación de errores, que dispone lo siguiente: “(…) 2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.”. En base a todo ello se procede a efectuar las correcciones quedando las bases tal y como se recoge en el anexo a esta resolución. Como consecuencia de todo lo anterior, como ya se explicó en el cuerpo del escrito, apartado tercero de las consideraciones jurídicas, por considerar sustancial la corrección de error de la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, así como corrección de error de la Resolución número 19238/2019, de 22 de abril, ambas recaídas en el procedimiento por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, se llevará a cabo la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes de participación, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de Gran Canaria. De acuerdo con el Informe del Servicio de Recursos Humanos obrante en el expediente, de fecha 11 de julio de 2019 y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, esta Concejalía Delegada de Recursos Humanos, en virtud del artículo 42 del ROGA y en el ejercicio de las competencias que tiene delegadas por Decreto del Alcalde número 29036, de 26 de junio de 2019, por el que se establece la estructura orgánica superior y directiva del Área de Gobierno de Administración Pública, Recursos Humanos, Innovación Tecnológica y Deportes, procediendo a la designación y nombramiento de los titulares de las mismas y de los de las Concejalías Delegadas y marco legal de las funciones de estos, en el siguiente sentido: RESUELVE PRIMERO. Rectificar los errores materiales detectados en la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, así como corrección de error de la Resolución número 19238/2019, de 22 de abril, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20, de fecha 15 de febrero de 2019 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 55, de fecha 6 de mayo de 2019 respectivamente, ambas recaídas en el procedimiento por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión en propiedad por el turno de acceso libre y mediante el sistema de oposición de treinta y una plazas (31) de Agentes de Bomberos pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, tal y como se recoge en anexo incorporado a esta resolución. SEGUNDO. Mantener inalterables el resto de pronunciamientos contenidos en la Resolución de la Directora General de Administración Pública número 5481/2019, de 13 de febrero, así como corrección de error de la Resolución número 19238/2019, de 22 de abril, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 20, de fecha 15 de febrero de 2019 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 55, de fecha 6 de mayo de 2019, respectivamente, ambas recaídas en el proceso selectivo de referencia TERCERO. Apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes de participación de VEINTE DIAS NATURALES, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de Gran Canaria en el proceso selectivo de referencia. CUARTO. De la Resolución que se adopte deberán practicarse las publicaciones que procedan. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 7213 RÉGIMEN DE RECURSOS. Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el presente acto, se podrá interponer Recurso De Reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la Ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer Recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de julio de 2019. La Directora General de Administración Pública (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016). Mercedes Cejudo Rodríguez. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8. ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, diecinueve de julio de 2019. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero). El Oficial Mayor, Domingo Arias Rodríguez” Las Palmas de Gran Canaria, a de julio de dos mil diecinueve. La directora general de Administración Pública (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez. ANEXO 1. Donde dice, En el ANEXO II. TEMARIO GENERAL, Tema 14: 14. Plan Territorial de Emergencias y Protección Civil de Las Palmas de Gran Canaria (PEMULPA): Definición de conceptos y fases de la emergencia. Análisis de Riesgos y Estructura del Plan. Operatividad. Fases de la emergencia. Centro de coordinación de emergencias en Las Palmas de Gran Canaria (CEMELPA). Debe decir: 14. Plan de Emergencia Municipal de Las Palmas de Gran Canaria (Pemulpa). Ámbito geográfico. Análisis de los riesgos potenciales en el municipio. Operatividad del plan de emergencia municipal. Implantación y mantenimiento. 2. Donde dice, En el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. 1. ADAPTACIÓN AL MEDIO ACUÁTICO. 1.3. Observaciones. Párrafo segundo: 1.3. Observaciones: (…) En el caso de que un aspirante realice una salida nula, participará en una serie final específica donde se incluirán aspirantes en la misma situación. Si durante este nuevo intento realizase otra salida nula, el aspirante será eliminado. (…) 7214 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 Debe decir: 1.3. Observaciones: (…) En el caso de que un aspirante realice Salida Nula, el juez decidirá si realiza la serie inmediatamente o no, en función de la distancia recorrida en dicha salida nula. Si durante este nuevo intento realizase otra salida nula, el aspirante será eliminado. (…) 3. Donde dice, En el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. 1. ADAPTACIÓN AL MEDIO ACUÁTICO.1.4 Valoración: 1.4 Valoración: Las personas aspirantes para superar la prueba deberán realizar el recorrido en un máximo de 100,0 segundos. (…) Debe decir: 1.4 Valoración: Se registrará el tiempo empleado en recorrer la distancia establecida teniendo en cuenta los baremos establecidos. (…). 4. Donde dice en el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. 2. CARRERA DE RESISTENCIA. 2.4. Valoración: 2.4. Valoración: Se anotará la distancia recorrida en metros, redondeando la cifra teniendo en cuenta el último cono superado, debe indicarse la distancia entre los conos para realizar la medición final. (…) Debe decir: 2.4. Valoración: Se anotará la distancia recorrida en metros, redondeando la cifra teniendo en cuenta el último cono superado, la distancia entre conos está establecida cada 100 metros. (…) 5. Donde dice en el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. 5. CIRCUITO. 5.2. Desarrollo: 5.2. Desarrollo: En un circuito previamente marcado y señalizado, el aspirante realizará su recorrido en el menor tiempo posible. Para ello deberá superar varias estaciones dispuestas al efecto. Debe decir: 5.2. Desarrollo: En un circuito previamente marcado y señalizado, el aspirante realizará su recorrido en el menor tiempo posible. 6. Donde dice en el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. 5. CIRCUITO. 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3 y 5.3. 5.2.1. Estación equilibrio: El aspirante comenzará sobre la barra de equilibrio y recorrerá la longitud de la misma, manteniendo la verticalidad y sin apoyo de las extremidades superiores en la barra excepto en el momento de abandonarla una vez completada su longitud. Finalizado el recorrido por la barra de equilibrio, se bajará y acometerá la siguiente estación. El aspirante recorrerá una distancia de transición hasta la siguiente estación de 10 metros. Estación de agilidad motriz: El inicio será a la derecha de la valla con el número 1 (Valla 1) y a un (1) metro de distancia lateral de la misma. El aspirante se desplaza al lado contrario para pasar por detrás del primer poste (POSTE 1), seguidamente se dirigirá a la segunda valla (VALLA 2) para pasar por el lado contrario al sentido de la carrera y por debajo de la misma. Regresará pasando por detrás del segundo poste (POSTE 2), para dirigirse a la valla, también por detrás del lado contrario al sentido de la carrera, pero pasando esta vez por encima de la misma. Finalizará el recorrido, dirigiéndose en línea recta hacia la segunda valla (VALLA 2), que pasará por arriba, dando por concluida la prueba cuando uno de los pies toque el suelo tras superar la valla. El/la aspirante recorrerá una distancia de transición hasta la siguiente estación de 10 metros. 5.2.2. Estación de parapeto: El aspirante deberá superar un obstáculo denominado parapeto, consistente en un muro pantalla de aproximadamente 2,03 metros de altura, alcanzando el borde superior de la pieza y sobrepasarla por encima de la zona delimitada. El aspirante recorrerá una distancia de transición hasta la siguiente estación de 10 metros. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 7215 5.2.3. Estación de implementos: Al final de este tramo de Transición se encuentra la salida de esta Estación, donde estarán colocados en el suelo dos implementos con asidero, uno al lado del otro, de 6 kilogramos cada uno en el caso de los hombres, y de 4 kilogramos cada uno en el caso de las mujeres. Cada aspirante deberá recoger los implementos, uno en cada mano, y recorrer en carrera vertical la distancia determinada. Una vez alcanzada la distancia máxima con ambos pies retornará con los implementos hasta el punto de partida, donde colocará los implementos en el lugar y misma posición en la que los recogió. La prueba finalizará una vez haya colocado los implementos en el lugar y posición en la que los recogió. 5.3. Observaciones: Antes del inicio de la prueba un asesor del tribunal realizará el circuito completo a modo de ejemplo. Se permitirán dos intentos. En caso de superar la prueba en el primero de ellos, se dará como apta, no pudiéndose realizar el segundo intento para la mejora de la marca conseguida. Cuando en alguna de las estaciones la persona aspirante deba reiniciar la misma el tiempo no se detendrá. Debe decir: (…) La salida se realizará con el aspirante subido a la barra de equilibrio. A la voz de “LISTOS”, “YA”, recorrerá la longitud de la misma, manteniendo la verticalidad y sin apoyo de las extremidades superiores en la barra, excepto en el momento de abandonarla para abordar el circuito que si podría apoyarse. Finalizado el recorrido por la barra de equilibrio, se bajará y acometerá el circuito de agilidad motriz. El inicio será a la derecha de la valla (VALLA 1) y a un metro de distancia lateral de la misma. El aspirante se desplaza al lado contrario para pasar por detrás del primer poste (POSTE 1), seguidamente se dirigirá a la segunda valla (VALLA 2) para pasar por el lado contrario al sentido de carrera y por debajo de la misma. Regresará pasando por detrás del segundo poste (POSTE 2), para dirigirse a la valla (VALLA 1), también por detrás del lado contrario al sentido de la carrera, pero pasando esta vez por encima de la misma. Finalizará el recorrido, dirigiéndose en línea recta hacia la segunda valla (VALLA 2), que pasará por arriba saltando o caminando, dando por concluida la prueba cuando uno de los pies toque el suelo tras superar la valla. Se permitirán dos intentos en caso de no superar la prueba en el primero de ellos, no pudiendo realizar el segundo intento para mejorar la marca conseguida. 7. Donde dice en el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. 5. CIRCUITO. 5.4. Valoración: Se anotará el tiempo empleado en segundos y centésimas: 5.4. Valoración: Se anotará el tiempo empleado en segundos y centésimas: Será motivo de invalidación, que el aspirante incurra en los siguientes casos: a. Apoyar las manos o bajarse de la barra de equilibrios antes de recorrer la longitud completa de la misma. b. Modificar el itinerario de la prueba. c. Realizar dos salidas nulas. d. Apoyarse, derribar y/o desplazar las vallas o postes. e. No colocar los implementos en el lugar y posición en los que los recogió. 7216 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 f. No realizar la marca mínima indicada en la tabla de puntuación. También podrá ser motivo de invalidación cualquier hecho que estime el Tribunal que vaya en contra del objetivo de la prueba. La prueba se valorará teniendo en cuenta la tabla de puntuación a continuación indicada. Debe decir: 5.3. Valoración: Se anotará el tiempo empleado en segundos y centésimas. Será motivo de invalidación, que el aspirante incurra en estos casos: a. Apoyar las manos o bajarse de la barra de equilibrio antes de recorrer la longitud delimitada en la misma. b. Modificar el itinerario de la prueba. c. Realizar dos salidas nulas d. Apoyarse, derribar y/o desplazar las vallas o postes. e. No realizar la marca mínima indicada en la tabla de puntuación. También podrá ser motivo de invalidación cualquier hecho que estime el Tribunal que vaya en contra del objetivo de la prueba. La prueba se valorará teniendo en cuenta la tabla de puntuación indicada. Material para todas las pruebas: En la medida de lo posible se duplicarán los materiales por dos motivos, el primero por seguridad en el caso de rotura de alguno de ellos, y el segundo para poder duplicar las pruebas y agilizar la oposición. • Corcheras para delimitar las zonas de la piscina Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 7217 • 1 Ud. Cuerda lisa con marcas a 6 metros desde el suelo • 1 quitamiedos • 2 Ud. Cajón de flexibilidad • Barra de equilibrio de cinco (5) metros de longitud, ciento veinte (120) centímetros de altura, y diez (10) centímetro de anchura. • Dos (2) vallas de 0,72 metros de al tura, prolongada verticalmente por dos picas adosadas a sus extremos. • Dos (2) postes de 1,80 metros de altura con un cono en su base • Terreno liso y superficie no resbaladiza 7218 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 8. Donde dice en el ANEXO V. PRUEBAS FÍSICAS. BAREMO PRUEBAS FÍSICAS Tiempo Prueba Puntuación Hombre mujer Carrera de resistencia 5 Entre 2.900 y 2.999 m. Entre 2.300 y 2.399 m. 6 Entre 3.000 y 3.099 m. Entre 2.400 y 2.525 m. 7 Entre 3.100 y 3.199 m. Entre 2.526 y 2.650 m. 8 Entre 3.200 y 3.299 m. Entre 2.651 y 2.800 m. 9 Entre 3.300 y 3.399 m. Entre 2.801 y 2875 m. 10 > 3.400 m. > 2.875 m. Natación 5 Entre 83,20 y 86,04 s. Entre 89,61 y 92,80 s. 6 Entre 78,41 y 83, s. Entre 84.81 y 89,60 s. 7 Entre 73,61 y 78.40 s. Entre 80,01 y 84.80 s. 8 Entre 68,81 y 73,60 s. Entre 75,21 y 80.00 s. 9 Entre 64,00 y 68,80 s. Entre 70,40 y 75,21 s. 10 < 64,00 s. < 70,40 s. Trepa de cuerda 5 Entre 15,01 y 17,00 s. Entre 16,01 y 18,00 s. 6 Entre 12,01 y 15,00 s. Entre 14,01 y 16,00 s. 7 Entre 10,01 y 12,00 s. Entre 12,01 y 14,00 s. 8 Entre 9,01 y 10,00 s. Entre 10,01 y 12,00 s. 9 Entre 7,00 y 9,00 s. Entre 9,00 y 10,00 s. 10 < 7,00 s. < 9,00 s. Flexibilidad 5 Entre 23 y 25 Entre 26 y 28 6 Entre 26 y 28 Entre 29 y 31 7 Entre 29 y 31 Entre 32 y 34 8 Entre 32 y 34 Entre 35 y 38 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 7219 9 Entre 35 y 37 Entre 39 y 42 10 > 38 > 43 Circuito Debe decir: Marcas Prueba Puntuación Hombres Mujeres CARRERA DE RESISTENCIA 5 Entre (m.) 2800 2899 2400 2499 6 Entre (m.) 2900 2999 2500 2599 7 Entre (m.) 3000 3099 2600 2699 8 Entre (m.) 3100 3199 2700 2799 9 Entre (m.) 3200 3299 2800 2899 10 Mayor o = 3300 2900 NATACIÓN 5 Entre (Seg.) 1m35s00 1m45s99 1m50s00 2m00s99 6 Entre (Seg.) 1m29s00 1m34s99 1m44s00 1m49s99 7 Entre (Seg.) 1m24s00 1m28s99 1m39s00 1m43s99 8 Entre (Seg.) 1m20s00 1m23s99 1m35s00 1m43s99 9 Entre (Seg.) 1m16s00 1m19s99 1m31s00 1m41s99 10 Menor o = 1m29s99 1m30s99 TREPA DE CUERDA 5 Entre (Seg.) 15,01 17,00 16,01 18,00 6 Entre (Seg.) 12,01 15,00 14,01 16,00 7 Entre (Seg.) 10,01 12,00 12,01 14,00 8 Entre (Seg.) 9,01 10,00 11,01 12,00 9 Entre (Seg.) 7,51 9,00 9,51 11,00 10 Menor o = 7,5 9,5 FLEXIBILIDAD 5 Entre (cm.) 23 25 27 29 6 Entre (cm.) 26 28 30 32 7 Entre (cm.) 29 31 33 35 7220 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 90, viernes 26 de julio de 2019 8 Entre (cm.) 32 34 36 38 9 Entre (cm.) 35 37 39 41 10 Mayor o = 38 42 CIRCUITO 5 Entre (S) 15,21 15,5 16,11 16,5 6 Entre (S) 14,71 15,2 15,81 16,1 7 Entre (S) 14,31 14,7 15,41 15,8 8 Entre (S) 13,91 14,3 15,01 15,4 9 Entre (S) 13,51 13,9 14,61 15 10 Menor o = 13,5 14,6 9. Donde dice en el ANEXO I. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE 31 PLAZAS DE AGENTES DE BOMBEROS. IV.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA BASE TERCERA Y CUARTA QUE RIGE LA CONVOCATORIA A QUE SE REFIERE LA PRESENTE INSTANCIA. C) COMPROMISO, párrafo segundo: C) COMPROMISO (…) La persona firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en la presente instancia y que reúne las condiciones exigidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, comprometiéndose a acreditar documentalmente los datos exigidos en las Bases y en la presente solicitud, cuando sea requerido para ello y, en cualquier caso, en el momento a que se refiere la base octava de la convocatoria ( aportación de documentos). (…) Debe decir: C) COMPROMISO (…) La persona firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en la presente instancia y que reúne las condiciones exigidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que en caso de no estar en posesión del permiso de conducir, declara estar en condiciones de obtenerlo antes de la toma de posesión como funcionario en prácticas, comprometiéndose a acreditar documentalmente los datos exigidos en las Bases y en la presente solicitud, cuando sea requerido para ello y, en cualquier caso, en el momento a que se refiere la base octava de la convocatoria (aportación de documentos)

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