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domingo, 1 de octubre de 2017

Orden JUS/901/2017, de 22 de septiembre, por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/381/2017, de 28 de abril.

En el BOE del 25/09 se ha publicado:


Vistas y resueltas las alegaciones formuladas a las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/381/2017, de 28 de abril (BOE de 4 de mayo), de conformidad con el artículo 39.4 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprobaba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.
Aprobar y publicar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y publicar en el anexo de esta resolución las relaciones de excluidos, con expresión de las causas de su no admisión.
Segundo.
Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es), en la Oficina Central de Información y Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia, calle La Bolsa, número 8, Madrid, y en el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.administración.gob.es).
Tercero.
La inclusión de aspirantes en las relaciones de admitidos a las pruebas selectivas, en cualquiera de los sistemas de acceso –libre y promoción interna– y reserva de discapacitados, no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes que superen la oposición y el concurso oposición, antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas, tal y como se indica en la base 9 de la Orden de convocatoria.
Cuarto.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de septiembre de 2017.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), el Secretario General de la Administración de Justicia, Antonio Dorado Picón.

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