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martes, 17 de octubre de 2017

Bases específicas que han de regir la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de oposición, para plaza de oficial de primera mantenimiento, mediante listas de reserva en el ayuntamiento (MOGÁN)

En el BOP del 16/10 se ha publicado en las páginas 13757 y ss:



 El Pleno Corporativo de esta Entidad, por mayoría absoluta de los miembros presentes, el pasado día 25 de septiembre de 2017, adoptó entre otros elsiguiente acuerdo: “Primero: Ratificar el acuerdo suscrito el pasado día 23 de junio de 2017 en el Tribunal Laboral Canario, con el Presidente del Comité de Empresa, con la siguiente literalidad: PLAN DE PERMANENCIA PERSONAL LABORALINDEFINIDO NO FIJO DE PLANTILLA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En los últimos años la gran mayoría de las Administraciones y Organismos Públicos han visto cómo sus plantillas se han ido cargando de un buen grupo de empleados públicos, que si bien, en su origen fueron contratadoslaboralmente para situaciones que obedecían a una cuestión coyuntural, con el paso del tiempo se ha comprobado, que todos ellos se encuentran en servicios que por el paso del tiempo se han convertido en situacionestotalmente estructurales, por mor de que losserviciosse han seguido prestando de forma ininterrumpida durante todos estos años. Para mayor abundamiento, las propias modificaciones introducidas en el Estatuto de los Trabajadores, que no olvidemos, se aplica directamente al personal laboral, viene a declarar estassituaciones como fijos, siempre que se produzcan al menos dos contrataciones, por un periodo no inferior a 30 meses, en el plazo de 36 meses. Bien es cierto, que esta declaración de fijo, es matizada para las Administraciones Públicas, pues ello colisiona directamente con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de ahí que, inicialmente de forma jurisprudencial se viniera a crear la figura del “indefinido no fijo de plantilla”. En una segunda fase, el propio legislador, creo un nuevo estatus jurídico para este personal, indicando que éste personal laboral, pudiera ser fijo, indefinido o temporal. Estas situaciones se han salvado con innumerables sentencias de los distintos juzgados que han venido a reconocer las mismas, declarando a todos los empleados como personal laboral no fijo o indefinido, hasta tanto se convoque la plaza que ocupen. Atendiendo a estas situaciones, hay innumerables sentencias que han venido a reconocer que la amortización de los puestos de trabajo ocupados por indefinidos no fijos o interinos, requiere la tramitación de un procedimiento como si de un despido objetivo o colectivo se tratara, en función del número de afectados,fijándose en ambos casos una indemnización de 20 días/año con un máximo de 12 mensualidades. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, lunes 16 de octubre de 2017 13755 A estos efectos se cita la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de mayo de 2017, resolviendo el recurso 1050/2015, la cual, en sus fundamentos jurídicos, transcribe una amplia jurisprudencia en tal sentido, no sólo sobre el procedimiento,sino ademássobre el fondo del asunto. Obviamente solo se produciría el despido y, por ende, existiría acción de los afectados y una vez iniciado cualquier procedimiento de consolidación o tramitada la convocatoria preceptiva para las plazas que se pretendan ocupar, aquél que la viniera ocupando no la consiguiese, bien, porque se haya presentado y no obtuviese la calificación correspondiente o bien porque decida no presentarse. En ambos casos, habría que abonar la indemnización anteriormente citados. Ni que decir tiene, que no puede existir una convocatoria “ad hoc” para este colectivo, pues ello, no sería ajustado a derecho por cuanto conculcaría los principiosmás básicos del acceso a la función pública, tales como los de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Para el caso del Ayuntamiento de Ingenio, vemos como la antigüedad de este personal laboral indefinido se sitúa en fechas que van del año 1995, entre los más antiguos y al año 2013 al personal conmenor antigüedad, encontrándose el grueso y el número mayor entre los años 2004 a 2009. Dentro del marco de la negociación colectiva abierta con la representación legal de lostrabajadoreslaborales, se suscribió un acuerdo el pasado 5 de mayo de 2017, en los que se procedía a incorporar una disposición adicionalséptima, comprometiéndose la redacción de un plan de permanencia del empleo, dentro del apartado d. Fruto de aquel acuerdo y con base a los motivos ya expuestos nace la presente propuesta, cuyo contenido se formula mediante la adición de un nuevo artículo 54 al texto del convenio colectivo actualmente vigente: ARTÍCULO 54. PLAN DE PERMANENCIA. El personal laboral indefinido, interino, o que cumpla todos los requisitos para serlo y que venga prestando servicios en el Ayuntamiento de Ingenio, al momento de la aprobación del presente acuerdo, tendrá los siguientes derechos frente a cualquier proceso de consolidación y/o estabilización de las plazas que viniere ocupando: 1. En los procesos de consolidación se determinarán, previo acuerdo con losrepresentantes de lostrabajadores, aquellos puestos o plazas que se incluirán en la correspondiente oferta pública de empleo a estos efectos. 2. Será decisión de los trabajadores anteriormente descritos el presentarse o no a la convocatoria que se elabore a tal efecto: a. Si la decisión fuera la de presentarse, ello implicará que,si no obtiene la calificación, por cualquier motivo y por ende la plaza o puesto, tendrá el derecho a ser resarcido en la indemnización como si de un despido objetivo legalmente se tratara, quedando extinguida la relación laboral con el despido producido. b. Si por el contrario, la decisión del empleado público, fuera la de no concurrir, se le mantendrá en las mismas condiciones, garantizándose la permanencia en la Corporación Local bajo la denominación de “a extinguir”. Ello, sin perjuicio del derecho que asiste a la Administración de tramitar el correspondiente procedimiento de despido objetivo o disciplinario. Ambas partes acuerdan autorizar a don Juan Acosta González para que pueda tramitar su publicación e inserción en el registro de convenios y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Segundo. Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOP, a los efectos procedentes. Tercero. Dar traslado de la presente al Departamento de Personal, a los efectos oportunos. Cuarto. Comunicar este acuerdo a losrepresentantes de los trabajadores”. Villa de Ingenio, a tres de octubre de dos mil diecisiete. ELALCALDE-PRESIDENTE,Juan Díaz Sánchez. 134.004 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA ANUNCIO 11.366 A medio del presente se hace público que, por el 13756 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, lunes 16 de octubre de 2017 Decreto de la Alcaldía de fecha 11 de octubre de 2017,se adoptó elsiguiente acuerdo de iniciarlostrámites para la celebración y perfeccionamiento del “Convenio urbanístico entre el Iltmo. Ayuntamiento de La Oliva, y la entidad “Inversora Corralejo, S.A.” en el marco del “II Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad de Corralejo”, en los términos del artículo 237 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales deCanarias, aprobado por DecretoLegislativo 1/2000, de 8 de mayo. Lo que se somete a información pública por plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el día siguiente de la última publicación que se realice del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor difusión de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 237.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio deCanarias y Espacios Naturales deCanarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 demayo. El contenido del expediente se encuentra demanifiesto en las dependencias municipales, sitas en la calle Emilio Castellot, número 2, de La Oliva, de Lunes a Sábado en horario de 09:00 a 13:00 horas, con la finalidad de que los interesados y público en general puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen convenientes. La Oliva, a once de octubre de dos mil diecisiete. LA SECRETARIA, Raquel Antón Abarquero. 135.934 ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN ANUNCIO DE SELECCIÓN DE PERSONAL 11.367 Por acuerdo Decreto número 2740/2017 de fecha 2 de octubre de 2017,se aprobaron las bases específicas que han de regir el correspondiente proceso selectivo para ampliar y generar listas de reserva por elsistema de oposición, de la PLAZA DE OFICIAL DE 1ª MANTENIMIENTO (D) y de acuerdo al mismo se procede a la publicación de las citadas bases específicas: BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LACONVOCATORIAPARACUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA PLAZA DE OFICIAL DE 1ª MANTENIMIENTO MEDIANTE LISTAS DE RESERVA EN EL AYUNTAMIENTO DE MOGÁN. PRIMERA. OBJETO DE LACONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria, la configuración de lista de reserva para cubrir las necesidades de contratación temporal en esta administración, bien mediante nombramiento de personal interino, así como personal laboral temporal, mediante elsistema de oposición de plaza de Oficial de 1ª Mantenimiento. SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA EXIGIDA. Oficial 1º Mantenimiento:Con respecto a la titulación se requiere estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Título de Graduado Escolar, o titulaciones equivalentes o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancia. TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES PARATOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO. Se estará a lo establecidos en la base segunda de las BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTA DE RESERVAS PARA INTERINIDADES Y CONTRATACIONES LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DELILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 19 de abril de 2016, publicado en la Web www.mogan.es y en el Boletín Oficial de la Provincia número 55 de 6 de mayo de 2016, en adelante BGLR. CUARTA: SOLICITUDES. Se estará a lo establecidos en la base tercera de las BGLR. Plazo de presentación: El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Provincia. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, lunes 16 de octubre de 2017 13757 Así mismo se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal, www.mogan.es QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las BGLR. SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y FASES DEL MISMO: La selección se efectuará por elsistema de oposición. El programa que han de regir las pruebasselectivas es el que figura en Anexo III de esta convocatoria, para cada una de las categorías convocadas. 1. FASE PRIMERA: (Oposición) Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes a la fase de oposición no se permitirá el uso de teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados durante el tiempo de realización de las pruebas. La oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes): A)EJERCICIO TEÓRICO:Consistirá en el desarrollo de un ejercicio teórico tipo Test, relacionado con el temario, que se incorpora como anexo III de la presente convocatoria.El tiempomáximo de desarrollo del primer ejercicio será de una hora. Consistiendo el ejercicio teórico en un ejercicio tipo test de 50 preguntas con 4 respuestas posibles, siendo una sola de ellas la correcta, cada respuesta bien contestada puntúa 0,2 puntos y cada respuesta mal contestada resta 0,10. Las que no se hayan contestado ni suman ni restan. B) EJERCICIO PRÁCTICO: Ha de ser relacionado con las funciones de la categoría a que se aspira, relacionadas con identificación de herramientas, técnicas y/o procesos, que guarden relación con el temario (anexo III). El tiempo máximo de duración del ejercicio será de una hora. De la misma manera, en caso de que el aspirante sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano podrán ser requerido a la realización de alguna prueba que permita conocer el nivel de manejo del castellano, si bien el carácter técnico de la oposición convocada podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal comprobación y evaluado en el desarrollo del ejercicio si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia en el expediente. Ambos ejercicios han de desarrollarse por escrito. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Cada una de las pruebas que integran los ejercicios de la oposición se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario para pasar a la siguiente prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto, desde el mismo momento en que el aspirante no obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de los ejercicios, quedará automáticamente excluido. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará porla media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal en el ejercicio práctico, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en elTablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Web municipal, la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con especificación de las puntuaciones obtenidas. Deberá tenerse en cuenta que lasrectificaciones de errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio, cuando los mismos sean fácilmente constatables, llevará aparejada su aplicación para todoslos aspirantes en igualdad de condiciones, lo que pudiera determinar una modificación de las puntuacionesrespectivamente obtenidas, de lo que los aspirantes deberán ser respectivamente informados en todomomentomediante el correspondiente Anuncio de rectificación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Las comunicaciones que se efectúen por teléfono a través de funcionario público, deberán hacerse constar en el expediente administrativo mediante Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión. CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de oposición será siempre la media aritmética entre las 13758 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, lunes 16 de octubre de 2017 puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el práctico. En cualquiera de los casos, no se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de cinco puntos respectivamente. SÉPTIMA. PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación final del proceso selectivo será determinada por la clasificación final de la fase de oposición. La Puntuación máxima que se puede obtener es de 10 puntos, correspondiente a la fase oposición. En caso de empate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico y ejercicio teórico, en este orden, De persistir el empate se realizará un sorteo, acto público para el cualserán convocadoslosinteresados. OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LA FASE DE OPOSICIÓN. Se estará a lo establecidos en la base octava de las BGLR. NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. Se estará a lo establecidos en la base quinta de las BGLR. DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS ASPIRANTES QUE HAN DE INTEGRAR LAS LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS CONVOCADAS. Una vez realizadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal y en la Web municipal la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación decreciente y propondrá al órgano convocante los candidatos que hayan de integrar la lista de reserva respectiva que se confeccionará por dicho orden. DÉCIMO-PRIMERA: Presentación de documentos. Nombramiento. Revocación Se estará a lo establecidos en la base décima de las BGLR. DÉCIMO-SEGUNDA: Elsolo hecho de presentarla instancia,solicitando formar parte en el presente procedimiento, constituye sometimiento expreso de losinteresados a las bases generales y específicasreguladoras delmismo, ostentando ambasla consideración de ley reguladora del proceso en cuestión, así como así como a las disposiciones contenidas en los criterios de funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren vigente al tiempo de iniciarse la respectiva relación laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso se aplique. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal, podrán serimpugnados en la forma y plazos establecidos en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ANEXO I A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, Don/Doña: DNI: Dirección: Tlf. fijo: Población: Código Postal: Tlf. móvil: Correo electrónico: Fecha Nacimiento: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, lunes 16 de octubre de 2017 13759 EXPONE: Que a medio del presente escrito y teniendo interés en participar en el procedimiento de selección convocado para elaborar LISTA DE RESERVA en la categoría de _________________________________ y reuniendo todos y cada uno de losrequisitos exigidos en la correspondiente Convocatoria y Bases para concurrir, que fueron publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2017. Documentación que acredite la identificación del aspirante. Título académico exigido en las bases. Declaración Jurada (Anexo II). __________________________. EL ABAJO FIRMANTE SOLICITAser admitido a las pruebasselectivas a que se refiere la presente instancia, declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Administración Local y las especialesseñaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario o contratación si es laboral. Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligacionesinherentes a la inclusión en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Mogán, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de las mismas aprobados por el Ayuntamiento de Mogán. En Mogán, a ______ de __________________ de 2017. FIRMA ANEXO II DECLARACIÓN JURADA. Don/Doña: DNI: Dirección: Tlf. fijo: Población: Código Postal: Tlf. móvil: Correo electrónico: Fecha Nacimiento: DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funcionessimilares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 13760 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, lunes 16 de octubre de 2017 Ypara que así conste a los efectos previstos en la convocatoria para la confección de lista de reserva del Ayuntamiento de Mogán, publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2016 Firmo la presente, en Mogán a ___ de ____________ de 2017. Fdo. ___________________________________________ ANEXO III TEMARIO: BLOQUE 1. MATERIAS COMUNES OFICIAL 1º MANTENIMIENTO: Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y principios. Tema 2. El personal alservicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos y deberes.Incompatibilidades. BLOQUE 2. MATERIAS ESPECÍFICAS OFICIAL 1º MANTENIMIENTO: Tema 3. Conceptos generalessobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas: uso y mantenimiento. Construcción de muros y tabiques. Elementos necesarios y método de realización. Enfoscados. Tipos, materiales necesarios y ejecución. Tema 4. Aislamiento, corrección de humedades, revestimientos refractarios y reposición de azulejos y baldosas. Tema 5. Fontanería: Herramientas. Tuberías y accesorios. Instalación de aguas en edificios: conceptos generales. Labores de mantenimiento y limpieza. Red de desagües de edificios. Tema 6. Conceptos básicos sobre electricidad. Instalaciones eléctricas. Transporte de energía eléctrica. Conductores y aislantes. Canalizaciones. Tema 7. Herramientas y útiles empleados en trabajos de electricidad. Tipos de averías eléctricas y sus reparaciones. Tema 8. Conceptos generales sobre pintura de edificios y locales. Herramientas para aplicar y quitar pinturas: limpieza y conservación. Reparaciones más habituales. Tema 9. Herramientas de taller. Alicates. Martillos. Mazas. Llaves de tuercas. Destornilladores. Extractores. Limas y su manejo. Sierras y su empleo. Tijeras y cizallas. Cinceles y cortafríos. Taladradoras y sus brocas. Escariadores. Terrajas y machos. Lijas y piedras de esmeril. Orden y cuidados a las herramientas. Tema 10. Prevención de Riesgos Laborales: Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y de las escaleras de mano. Condiciones generales de seguridad en la carga y transporte de materiales. Equipos de protección individual. En todo lo no previsto en las Bases será de aplicación la normativa de general y pertinente aplicación. En Mogán, a tres de octubre de dos mil diecisiete. LAALCALDESA-PRESIDENTA(TENIENTE ALCALDE con competencia en materia de Recursos Humanos S/Decreto número 400/2016 de 19 de febrero), Juan Mencey Navarro Romero.

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