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sábado, 22 de octubre de 2016

Modificación y rectificación de las bases específicas de la lista de reserva para nombramientos funcionarios interinos o contrataciones laborales temporales en la categoría profesional de Promotor Deportivo (VALVERDE)

En el BOP del 17/10 se ha publicado en las páginas 15355-15356:

 fecha 04/10/2016, se aprobó la modificación y rectificación de las “Bases Específicas de la Lista de Reserva para nombramientos funcionarios interinos o contrataciones laborales temporales en la categoría profesional de Promotor Deportivo, en el M.I. Ayuntamiento de Valverde”, publicadas en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife nº 111, de fecha 14 de septiembre de 2016, en los siguientes términos: “(…) Primero: Modificar y rectificar la Base Tercera denominada “características de la lista de reserva” de las “Bases Específicas de la Lista de Reserva para nombramientos funcionarios interinos o contrataciones laborales temporales en la categoría profesional de Promotor Deportivo, en el M.I. Ayuntamiento de Valverde”, publicadas en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife nº 111, de fecha 14 de septiembre de 2.016, aprobadas por Decreto de la Alcaldía nº 2016-0854 de fecha 04/09/2016, en el que se indicó: “(…) Tercero: Características de la lista de reserva. Del proceso selectivo específico se configurará la lista de aspirantes que lo hayan superado, por orden de puntuación, procediéndose a su nombramiento o contratación de forma correlativa y decreciente, en función de las necesidades que se generen. No obstante, la Corporación puede establecer un procedimiento de selección concreto y diferenciado, cuando se requiera un perfil profesional más específico. El período de vigencia de estas listas de reserva será hasta la aprobación de unas nuevas en la categoría profesional (…)”. Debiendo decir: “(…) Tercero: Características de la lista de reserva. Del proceso selectivo específico se configurará la lista de aspirantes que lo hayan superado, por orden de puntuación, procediéndose a su nombramiento o contratación de forma correlativa y decreciente, en función de las necesidades que se generen. El período de vigencia de estas listas de reserva será hasta la aprobación de unas nuevas en la categoría profesional (…)”. Segundo: Modificar y rectificar la Base Octava denominada “Sistema Selectivo” de las “Bases Específicas de la Lista de Reserva para nombramientos funcionarios interinos o contrataciones laborales temporales en la categoría profesional de Promotor Deportivo, en el M.I. Ayuntamiento de Valverde”, publicadas en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife nº 111, de fecha 14 de septiembre de 2.016, aprobadas por Decreto de la Alcaldía nº 2016-0854 de fecha 04/09/2016, en el que se indicó: “(…) Octavo: Sistema selectivo. El proceso de selección será el de concurso (puntuación máxima de 10 puntos) a fin de comprobar fundamentalmente la experiencia y formación en la categoría de Promotor Deportivo, en cuyo caso el baremo del proceso se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases. A tales efectos, el proceso constará de una única fase consistente en la Valoración de Méritos alegados por los aspirantes y que hayan sido acreditados documentalmente en el momento de la solicitud, para el que se fija una puntuación máxima total de 10 puntos y que se llevará a cabo con arreglo a los criterios que a continuación se indican: (…) B. Cursos de formación, formación específica y formación académica superior, hasta un máximo de 6 puntos, de los cuales: (…) B.3.) Un máximo de 1 punto por poseer una titulación académica superior específica a la exigida para participar en las pruebas en los siguientes términos: 15356 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 125, lunes 17 de octubre de 2016 • Titulación universitaria relacionada con el contenido funcional del puesto de trabajo, se valorará con 1,00 puntos. (…) 8.2. Puntuaciones finales. La puntuación final del proceso concurso vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la valoración de los méritos alegados tanto en Experiencia Profesional (apartado A) como en Cursos de formación, titulación específica y formación académica superior (apartado B) siendo la puntuación máxima total de 10 puntos. En caso de empate en la puntuación final máxima (10 puntos) se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación respecto de la experiencia profesional en la Administración Pública. De persistir el empate se acudirá a la mayor puntuación obtenida respecto de los cursos de formación y perfeccionamiento realizados. (…)” Debiendo decir: “(…) Octavo: Sistema selectivo. El proceso de selección será el de concurso (puntuación máxima de 10,50 puntos) a fin de comprobar fundamentalmente la experiencia y formación en la categoría de Promotor Deportivo, en cuyo caso el baremo del proceso se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases. A tales efectos, el proceso constará de una única fase consistente en la Valoración de Méritos alegados por los aspirantes y que hayan sido acreditados documentalmente en el momento de la solicitud, para el que se fija una puntuación máxima total de 10,50 puntos y que se llevará a cabo con arreglo a los criterios que a continuación se indican: (…) B. Cursos de formación, formación específica y formación académica superior, hasta un máximo de 6,50 puntos, de los cuales: (…) B.3.) Un máximo de 1,50 puntos por poseer una titulación académica superior específica a la exigida para participar en las pruebas en los siguientes términos: • Titulación universitaria relacionada con el contenido funcional del puesto de trabajo, se valorará con 1,50 puntos. (…) 8.2. Puntuaciones finales. La puntuación final del proceso concurso vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la valoración de los méritos alegados tanto en Experiencia Profesional (apartado A) como en Cursos de formación, titulación específica y formación académica superior (apartado B) siendo la puntuación máxima total de 10,50 puntos. En caso de empate en la puntuación final máxima (10,50 puntos) se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación respecto de la experiencia profesional en la Administración Pública. De persistir el empate se acudirá a la mayor puntuación obtenida respecto de los cursos de formación y perfeccionamiento realizados. (…)” Tercero: Publicar la corrección en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal. Cuarto: Modificar el plazo de presentación de las solicitudes comenzando a contar en el momento de la publicación de dicha corrección en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos dispuestos en la Base 5ª de las Bases Generales de las Listas de reserva para el nombramiento de funcionarios interinos o contrataciones laborales temporales, en el M.I. Ayuntamiento de Valverde, publicadas en el B.O.P. de S/C de Tenerife nº 197 de 02 de diciembre de 2011 (…)”. En Valverde, a 6 de octubre de 2016. El Alcalde Presidente, Daniel Morales Barrera.

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