Esta es una de la preguntas y respuestas que se puede encontrar en la publicación "Ganar Oposiciones. El Éxito de la Experiencia", su autor es el profesor Juan Pérez Cobacho.
El éxito de la experiencia publicado por Editorial MAD sentencia a este respecto: “queda claro que una persona con discapacidad puede participar en cualquier procedimiento selectivo en igualdad de condiciones con el resto de aspirantes, sin perjuicio de las adaptaciones que necesite”.
Aunque parezca obvia la respuesta, hay mucha gente que se la plantea: ¿Me puedo presentar a una oposición a pesar de presentar una discapacidad? La respuesta no es sólo clara, sino también contundente: SÍ. No sólo puedes sino que tienes que hacerlo pues, como verás no hay más límites que los que tú te pongas (al margen de presentar o no una discapacidad). Y así lo refleja el libro Ganar oposiciones. El éxito de la experiencia, escrito por el profesor Juan Pérez Cobacho y publicado por Editorial MAD.
Por lo general las bases de las convocatorias de oposiciones delimitan los requisitos específicos para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo. Generalmente suelen concretar el número de plazas que se reservan y las características que debe reunir el candidato con discapacidad, que por lo general son:
Además, la ley establece que se reservará un cupo no inferior al 5 % del total de las plazas convocadas para ser cubiertas entre las personas con discapacidad, de grado igual o superior al 33 %.
El profesor Cobacho, autor de Ganar oposiciones. El éxito de la experiencia publicado por Editorial MAD sentencia a este respecto: “queda claro que una persona con discapacidad puede participar en cualquier procedimiento selectivo en igualdad de condiciones con el resto de aspirantes, sin perjuicio de las adaptaciones que necesite”.
En este sentido será labor del tribunal adoptar las medidas necesarias con el fin de que los aspirantes con discapacidad puedan intervenir con similares oportunidades que el resto de participantes en la realización de los ejercicios. Las adaptaciones serán en tiempo y medios de realización, siempre que esas adaptaciones no sean incompatibles con las funciones que la profesión requiere.
Y muy importante: hay que expresar en la solicitud las adaptaciones que se necesitan. De lo contrario, no hay obligatoriedad por parte de la entidad convocante a facilitarlo en el momento del examen.
Animo!!!
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