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domingo, 13 de octubre de 2019

Agencia Tributaria Canaria.- Resolución de 26 de septiembre de 2019, de la Directora, por la que se aprueba y se ordena la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), convocadas por Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Presidenta, así como se determinan los lugares, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.

En el BOC del 2/10 se ha publicado:



De conformidad con lo previsto en el punto segundo de la Resolución nº 250 de la Directora de la Agencia Tributaria Canaria de 23 de julio 2019 (BOC nº 146 de 31.7.19), por la que se aprueba y se ordena la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala Gestión Tributaria, modificada por las Resoluciones números 353 y 358 de la Directora de la Agencia Tributaria Canaria.
Teniendo en cuenta las subsanaciones presentadas, en esta Agencia Tributaria Canaria, de acuerdo con lo previsto en la base 11 de los criterios generales publicados por Resolución de 17 de mayo de 2018, de la Directora, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo Rector de 11 de mayo de 2018, que determina los criterios generales que regirán los procesos selectivos de la Agencia Tributaria Canaria para el acceso a las escalas tributarias del Cuerpo Superior de Administradores y Cuerpo de Gestión de la Administración y a la escala de Agentes Tributarios del Cuerpo Administrativo (BOC nº 102, de 28.5.18), y la base específica 5 de la convocatoria del citado proceso.
En virtud de las competencias atribuidas
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas.
Aprobar la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de acceso libre, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), convocadas por Resolución nº 6 de la Presidenta de la Agencia Tributaria Canaria de fecha de 4 de diciembre de 2018, que se contiene en el anexo a la presente Resolución.
Segundo.- Lugares, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.
1. El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en los siguientes lugares:
Provincia de Las Palmas:
Escuela de Arte y Superior de Diseño Gran Canaria.
Avenida de Canarias, 44.
Código postal 35016-Las Palmas de Gran Canaria.
Provincia de Santa Cruz de Tenerife:
Centro Integrado de Formación Profesional César Manrique.
Avenida Príncipes de España, 5.
Código postal 38010-Santa Cruz de Tenerife.
2. En ambos lugares, se convoca a las personas aspirantes el día 5 de octubre de 2019, a las 10:00 horas, momento a partir del cual, comenzará a realizarse el llamamiento por aquella persona cuyo primer apellido comience por la letra "Ñ", según lo previsto en la base específica 10.2 de la convocatoria, y la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE nº 91, de 14.4.18).
3. Conforme a lo previsto en la base específica 8.7 de la convocatoria que rige el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán comparecer en la sede que corresponda a la provincia que hayan indicado en su solicitud de participación.
4. Las personas aspirantes deberán comparecer provistos de su Documento Nacional de Identidad, o cualquier otro documento oficial que acredite fehacientemente su identidad, y que se encuentre vigente.
Asimismo, para el desarrollo del Tipo Test, las personas aspirantes deberán asistir con lápiz del nº 2 y una goma de borrar.
Tercero.- Adaptación de pruebas por razón de discapacidad.
De conformidad con lo establecido en la base 3.3 de la convocatoria y de acuerdo con la correspondiente documentación preceptiva, se acepta la solicitud de adaptación para la realización de las pruebas de las siguientes personas aspirantes:
Provincia de Santa Cruz de Tenerife
- nombre apellidos y DNI
- Eduardo José Rodríguez Trujillo 43****00.
Cuarto.- Protocolo General de Actuación.
Será de aplicación lo establecido en el Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, publicado por Resolución de 19 de febrero de 2018 (BOC nº 41, de 27.2.18), modificado por Resolución de 20 de marzo de 2018 (BOC nº 66, de 5.4.18), última modificación por Resolución de 10 de octubre de 2018 (BOC nº 213, de 5.11.18).
Quinto.- Publicidad.
La presente Resolución y su anexo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, se expondrá en el tablón de anuncios de la Agencia Tributaria Canaria.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, el personal interesado podrá presentar, según corresponda, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor del artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, conforme con el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la misma Ley, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de septiembre de 2019.- La Directora, María Jesús Varona Bosque.
Ver anexo en las páginas 33937-33975 del documento Descargar

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