Por el que se hace de público conocimiento que por Resolución de Alcaldía nº 3301/2017, de fecha 14 de diciembre, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Pájara para el año 2017, Resolución que se transcribe a continuación:
"Decreto de la Alcaldía.- Dada cuenta que la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (LPGE), en su artículo 19 dispone que a lo largo del presente año, la incorporación de nuevo personal en las administraciones públicas estará sometida a los límites establecidos en la misma, determinándose que para los ámbitos y sectores en que así se indica, la tasa de reposición será de hasta un máximo del 100 por ciento de las bajas producidas, y de un 50 por ciento para los restantes sectores.
Considerando: que la LPGE establece en el artículo 19.Uno.4 el procedimiento para el cálculo de las tasas de reposición de efectivos anteriormente mencionadas, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso, no computando las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.
Considerando: que también prevé la citada ley que determinados ámbitos y sectores puedan disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016. Estos procesos se incluirán en las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2017 a 2019, lo que en nuestro caso, de acuerdo con las necesidades de ordenación de los recursos humanos del Ayuntamiento de Pájara, será objeto de aprobación en el momento oportuno.
Considerando: que por Acuerdo Plenario se procedió a la aprobación de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Pájara para el año 2017, siendo publicados en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas nº 12, de fecha 27 de enero del año 2017, sin que se presentaran reclamaciones al mismo. Juntamente con el presupuesto anual, se aprobó la Plantilla de Personal.
Resultando: que con fecha de 25 de julio de 2017, mediante acuerdo del Pleno se aprobó la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2017, siendo publicado el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 91, de fecha 31 de julio de 2017.
Resultando: que con fecha 29 de noviembre del año en curso, el Concejal Delegado de Personal, emite Propuesta en el que informa sobre las bajas producidas en la plantilla de personal funcionario de carrera y del personal laboral de este Ayuntamiento, correspondientes al ejercicio 2016, con el objeto de que se determine el procedimiento a seguir para la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2017 y la determinación de las plazas que se puedan incluir.
Resultando: que con fecha 29 de noviembre del año en curso, la Asesora jurídica del Departamento de Recursos Humanos emite informe propuesta en el que comunica que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.Uno.3 de la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (LPGE), la Oferta de Empleo Público para el presente ejercicio en el Ayuntamiento de Pájara, será de dos plazas.
Resultando: que con fecha 1 de diciembre del 2017, la Oferta de Empleo Público ha sido negociada en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Pájara, en la cual acuerdan por unanimidad, sacar oferta pública de empleo de una plaza de libre oposición y una plaza por promoción interna.
Resultando: que con fecha 7 de diciembre de 2017, la Asesora del Departamento de Recursos Humanos emite informe complementario en el que informa que de acuerdo con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 19.Uno.4 de la LPGE que especifica: "No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna ...".
Por tanto, la plaza para promoción interna propuesta por la Mesa General de Negociación no computará dentro del límite de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos y se podrá aprobar Oferta de Empleo Público de 2 plazas por turno libre (1 de Oficial de Primera y otra de Operario Portero de Colegio) y 1 plaza por turno de promoción interna (Oficial de Primera), incluidas en el Área o Sector de Obras y Servicios, Mantenimiento y Gestión de Servicios Públicos.
Considerando: la legislación de aplicación, así como, el procedimiento a seguir en orden a la confección de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2017, recogida en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local concordantes con el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En su virtud, en uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público 2017 del Ayuntamiento de Pájara, de acuerdo con la siguiente distribución:
I.- Turno de Promoción Interna (Personal laboral).
1.- Denominación: Oficial de Primera
Vínculo: Laboral fijo.
Grupo: C.
Subgrupo: C2.
Nº de plazas: 1.
II.- Turno Libre (Personal laboral)
1.- Denominación: Oficial de Primera
Vínculo: Laboral fijo.
Grupo: C.
Subgrupo: C2.
Nº de plazas: 1.
2.- Denominación: Operario Portero de Colegio
Vínculo: Laboral fijo.
Grupo: OAP.
Nº de plazas: 1.
Segundo.- Ordenar la publicación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Pájara en el en el Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Pájara y Tenencias de Alcaldía de Morro Jable, Costa Calma y La Lajita, así como, en la página web www.pajara.es municipal, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 91.1 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y 128 del texto refundido de Régimen Local.
Tercero.- De la presente resolución se dará cuenta a la Intervención Municipal de Fondos, al Departamento de Recursos Humanos y al Pleno a los efectos oportunos.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes o, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de las Palmas que por reparto corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, transcurrido el plazo sin haberse notificado resolución expresa se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 6 meses, computados a partir del día siguiente a aquel en el que debe entenderse desestimado y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pájara, en la fecha que figura en la firma electrónica, ante mí, la Secretaria General, doy fe."
Pájara, a 14 de diciembre de 2017.- El Alcalde, Rafael Perdomo Betancor.
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