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viernes, 19 de mayo de 2017

Orden JUS/424/2017, de 10 de mayo, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/381/2017, de 28 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

En el BOE del 16/05 se ha publicado:


Por Orden JUS/381/2017, de 28 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo de 2017, se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Advertido error en el texto de la misma, procese su corrección en los siguientes términos:
En la base 8, punto 1, de la convocatoria donde dice:
«El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición, tanto del acceso libre como en promoción interna, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “H”, según lo establecido en la Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” de día 26 de febrero). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por esa letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “I”, y así sucesivamente».
Debe decir:
«El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición, tanto del acceso libre como en promoción interna, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “Ñ”, según lo establecido en la Resolución de 18 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de día 20 de abril). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por esa letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “O”, y así sucesivamente».
Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Justicia en el plazo de un mes o bien recurso contencioso -administrativo ante los Juzgados Centrales de los Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 10 de mayo de 2017.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/696/2015, de 16 abril).–La Secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés Martín.

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