En el BOP del 30/11 se ha publicado en las páginas 11823-11825:
Por el Sr. Alcalde-Presidente delIlustre Ayuntamiento
de la Villa de Ingenio se ha dictado el Decreto número
5.639 de fecha 22 de noviembre de 2016, por el que
se modifica el Decreto 4.058/2016 -que convoca
proceso selectivo para cubrir tres(3) plazas de policía
local por el sistema de oposición libre-, y cuyo tener
literal es el siguiente:
“DECRETO
ANTECEDENTES
PRIMERO. Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia
de fecha 19 de agosto de 2016, número 4.058,se acuerda
convocar proceso selectivo para cubrir tres(3) plazas
de Policía Local, que se desarrollará de acuerdo con
las Bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local
en sesión ordinaria de fecha 12 de julio de 2016,
modificadas por acuerdo del mismo órgano de fecha
26 de julio de 2016.
En la Base Primera, denominada objeto y normativa,
se establecía expresamente el siguiente párrafo: “Al
total de plazas se podrán acumular las vacantes que
se produzcan en el plazo comprendido desde la fecha
de aprobación de la convocatoria hasta la fecha del
acto de formulación de la primera propuesta de
nombramiento de funcionario en prácticas”.
SEGUNDO. Por la Delegación del Gobierno en
Canarias, Subdelegación del Gobierno en Las Palmas,
se requiere al Ayuntamiento de Ingenio, con fecha 28
de octubre de 2016, para que proceda a la anulación
de un determinado apartado de la Base Primera al
considerar que las vacantes que puedan producirse
deberán incluirse en la Oferta de Empleo Público del
año siguiente, respetando en todo caso lo que pueda
disponer la Ley de Presupuestos Generales del Estado
respecto de la incorporación de nuevo personal, así
como si la tasa de reposición legalmente establecida
es de tres(3), la acumulación prevista superaría el número
permitido, además de no darse la situación prevista
en el artículo 70 delTextoRefundido delEstatutoBásico
del Empleado Público.
TERCERO. La Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de Ingenio, en sesión ordinaria celebrada
el día 15 de noviembre de 2016, acuerda aceptar el
requerimiento efectuado porla Delegación del Gobierno
en Canarias y eliminar el párrafo de la Base Primera
objeto de impugnación al no ajustarse elmismo a derecho,
quedando finalmente redactada la Base Primera del
siguiente modo:
“Primera. Objeto y normativa.
Las presentes Basestienen por objeto la regulación
de la convocatoria para la selección mediante el
sistema de oposición libre de tres plazas de Policía
Local, subgrupo C1, vacantes en la plantilla de
funcionarios de este Ayuntamiento de la Villa de
Ingenio.
Las plazas convocadas se incluyen en la Oferta
Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del
año 2016, aprobada por Resolución de Alcaldía
número 2016-1090, de 10 de marzo de 2016, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
número 34, de 18/03/2016, cuyas característicasson:
- Grupo: C; Subgrupo: C1; Escala: Administración
Especial; Subescala: De servicios especiales; Clase:
Policía Local; Denominación: Policía; Número de
vacantes: 3; complemento específico: 347,77 euros
brutos mensuales; y complemento de destino de
entrada: nivel 11, de conformidad con lo establecido
en el Anexo II del Acuerdo de losfuncionarios de este
Ayuntamiento aprobado por el Pleno en sesión de fecha
3/04/2008 y publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia anexo al número 70, de 30/05/2008.
Por acuerdo del Pleno Corporativo de fecha 28 de
marzo de 2016 se acuerda la aprobación de reposición
de tres plazas de Policía local vacantes en la plantilla
de funcionarios, en tanto no se pone en riesgo el
cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.
No podrá declararse superado en el presente proceso
selectivo un número de aspirantes superior al de las
plazas convocadas, conforme a lo dispuesto en la
presente base.
Las presentes bases vinculan a la Administración,
a los tribunales de selección y órganos similares que
tienen que valorar las pruebas selectivas y a todo
aquel que tome parte en ellas.
La convocatoria y estas bases se publicarán
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y
en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 144, miércoles 30 de noviembre de 2016 11823
Asimismo se publicará un extracto de la misma en
el Boletín Oficial del Estado, siendo esta última
publicación la que se tome como referencia para el
cómputo de plazo”.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
PRIMERA. Dispone el artículo 65.1 de la Ley
7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, lo siguiente:
1. Cuando la Administración del Estado o de las
Comunidades Autónomas considere, en el ámbito de
las respectivas competencias, que un acto o acuerdo
de alguna Entidad local infringe el ordenamiento
jurídico, podrá requerirla, invocando expresamente
el presente artículo, para que anule dicho acto en el
plazo máximo de un mes.
2. El requerimiento deberá ser motivado y expresar
la normativa que se estime vulnerada. Se formulará
en el plazo de quince días hábiles a partir de la
recepción de la comunicación del acuerdo.
3. La Administración del Estado o, en su caso, la
de la Comunidad Autónoma, podrá impugnar el acto
o acuerdo ante la JurisdicciónContencioso-Administrativa
dentro del plazo señalado para la interposición delrecurso
de tal naturaleza señalado en la Ley Reguladora de
dicha Jurisdicción, contado desde el día siguiente a
aquel en que venza el requerimiento dirigido a la
Entidad local, o al de la recepción de la comunicación
de la misma rechazando elrequerimiento,sise produce
dentro del plazo señalado para ello.
4. La Administración del Estado o, en su caso, la
de la Comunidad Autónoma, podrá también impugnar
directamente el acto o acuerdo ante la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa,sin necesidad de formular
requerimiento, en el plazo señalado en laLeyReguladora
de dicha Jurisdicción.
SEGUNDA. Aceptado el requerimiento formulado,
la Junta de Gobierno Local acuerda en su sesión
ordinaria de fecha 15 de noviembre de 2016, anular
el párrafo de la Base Primera objeto de nulidad y del
requerimiento, fijando de forma definitiva el texto de
la citadaBase delmodo que se expresa en el Antecedente
Tercero de la presente resolución, por lo que procede
que por el Sr. Alcalde-Presidente se acuerde la
modificación del Decreto número 4058/2016 de fecha
19 de agosto de 2016, de convocatoria del proceso
selectivo para cubrir tres (3) plazas de policía local,
al objeto de fijar el contenido de la Base Primera.
Resultando esta Alcaldía-Presidencia competente
para dictar la presente resolución, de conformidad con
las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local y en concreto el artículo 21.1. de la
Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, en cuanto a las competencias del
Alcalde-Presidente, así como el artículo 31.1 de la Ley
7/2015 de 1 de abril, de los municipios de Canarias,
y demás de general y pertinente aplicación,
RESUELVO
PRIMERO. Modificar el Resuelvo Primero del
Decreto 4.058/2016 de fecha 19 de agosto de 2016
por el que se acuerda convocar proceso selectivo
para cubrir tres (3) plazas de Policía Local, que se
desarrollará de acuerdo con las Bases aprobadas por
la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha
12 de julio de 2016, modificadas por acuerdo del
mismo órgano de fecha 26 de julio de 2016, para fijar
la nueva redacción de la Base Primera de las citadas
Basesfijada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local
del Ayuntamiento de Ingenio en sesión ordinaria de
fecha 15 de noviembre de 2016, en virtud de los
motivos expuestos en los antecedentes de la presente
resolución, que queda redactada delsiguiente modo:
“Primera. Objeto y normativa.
Las presentes Basestienen por objeto la regulación
de la convocatoria para la selección mediante el
sistema de oposición libre de tres plazas de Policía
Local, subgrupo C1, vacantes en la plantilla de
funcionarios de este Ayuntamiento de la Villa de
Ingenio.
Las plazas convocadas se incluyen en la Oferta
Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del
año 2016, aprobada por Resolución de Alcaldía
número 2016-1090, de 10 de marzo de 2016, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
número 34, de 18/03/2016, cuyas característicasson:
- Grupo: C; Subgrupo: C1; Escala: Administración
Especial; Subescala: De servicios especiales; Clase:
Policía Local; Denominación: Policía; Número de
vacantes: 3; complemento específico: 347,77 euros
brutos mensuales; y complemento de destino de
entrada: nivel 11, de conformidad con lo establecido
11824 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 144, miércoles 30 de noviembre de 2016
en el Anexo II del Acuerdo de losfuncionarios de este
Ayuntamiento aprobado por el Pleno en sesión de fecha
3/04/2008 y publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia anexo al número 70, de 30/05/2008.
Por acuerdo del Pleno Corporativo de fecha 28 de
marzo de 2016 se acuerda la aprobación de reposición
de tres plazas de Policía local vacantes en la plantilla
de funcionarios, en tanto no se pone en riesgo el
cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.
No podrá declararse superado en el presente proceso
selectivo un número de aspirantes superior al de las
plazas convocadas, conforme a lo dispuesto en la
presente base.
Las presentes bases vinculan a la Administración,
a los tribunales de selección y órganos similares que
tienen que valorar las pruebas selectivas y a todo
aquel que tome parte en ellas.
La convocatoria y estas bases se publicarán
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y
en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Asimismo se publicará un extracto de la misma en
el Boletín Oficial del Estado, siendo esta última
publicación la que se tome como referencia para el
cómputo de plazo”.
SEGUNDO. Comuníquese la presente resolución
a la Delegación del Gobierno enCanarias, Subdelegación
del Gobierno en Las Palmas, y publíquese la misma
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
para su conocimiento y efectos oportunos. Procédase
igualmente a su publicación en la página web del
Ayuntamiento para su conocimiento y efectos por
los aspirantes en el citado proceso selectivo.
TERCERO. Dejarsin efecto el Decreto 5621/2016
de fecha 21 de noviembre de 2016”.
Contra la presente resolución, se podrá interponer
con carácter potestativo Recurso de Reposición, en
el plazo de UN MES, ante el Sr. Alcalde-Presidente,
o bien, directamenteRecursoContencioso-Administrativo
en el plazo de DOS MESES, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos
plazos contados a partir del día siguiente al de su
publicación de la resolución en el Boletín Oficial de
la Provincia de Las Palmas. En el caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer Recurso
Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo. No obstante lo
anterior, los interesados podrán presentar cualquier
otro recurso que estimen procedente en defensa de
sus derechos e intereses.
En la Villa de Ingenio, a veintiocho de noviembre
de dos mil dieciséis.
ELALCALDE-PRESIDENTE,Juan Díaz Sánchez.
No hay comentarios:
Publicar un comentario