En cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo convocado por Resolución de 24 de noviembre de 2015 («BOE» de 15 de diciembre), para ingreso, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación y Propulsión, que figuran como Anexos de la presente Resolución.
Las relaciones de aspirantes admitidos, Anexo I, se encontrarán expuestas en los Servicios Centrales de la Agencia Tributaria –c/ Lérida, n.º 32-34, 28020, Madrid–, en sus Delegaciones, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio Hacienda y Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno. También se publicarán en la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es así como en la página web www.060.es.
Segundo.
Publicar la relación de aspirantes excluidos a dicho proceso que figura como Anexo II de esta Resolución, con expresión de las causas de exclusión.
Conforme a lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995 antes citado, tanto los aspirantes excluidos, como los omitidos por no figurar en las relaciones de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus datos figuran correctamente en las relaciones de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen las causas de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.
Tercero.
La Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, una vez subsanadas las causas de exclusión o estimadas las alegaciones de los interesados, será expuesta en los lugares enumerados en el apartado Primero de esta Resolución.
Cuarto.
Se convoca a los opositores admitidos a la realización del primer ejercicio en el lugar, fecha y hora que se indica en el Anexo III de esta Resolución.
Quinto.
Los aspirantes deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite su identidad y el ejemplar para el interesado de la solicitud de admisión al proceso selectivo.
Sexto.
Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la citada convocatoria, se autoriza a los Tribunales titular y suplente para su actuación simultánea.
Séptimo.
Se sustituye, en el Anexo IV de la Resolución de 24 de noviembre de 2015, a don Ignacio Regueiro Anguí, del Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera por don Alfonso Díez García, del Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera.
Madrid, 3 de febrero de 2016.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director del Departamento de Recursos Humanos, Manuel José Rufas Vallés.
ANEXO II
Proceso selectivo para ingreso, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera, especialidades de investigación, navegación y propulsión, convocado por resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 24 de noviembre de 2015 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de diciembre)
Para ver el anexo pinchar en el enlace de arriba.
No hay comentarios:
Publicar un comentario