En el BOP del 15/02 se ha publicado en la página 1310:
Don Óscar Hernández Suárez, Alcalde-Presidente
del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes,
HACE SABER:
Por la presente se hace público que se ha dictado
por estaAlcaldíaDecreto 2016/323, por el cualse aprueba
la MODIFICACIÓN DE LAS BASES GENERALES
DE LAS CONVOCATORIAS PARA GENERAR
LISTADE RESERVAS PARAINTERINIDADES Y
CONTRATACIONES LABORALES DEL
AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES,
aprobada por decreto 2015/2012, de 28 de julio (BOP
número 99 de 5 de agosto de 2015), siendo las
siguientes:
“I.- El párrafo primero del punto 2 “plazo de
presentación” la base tercera queda como sigue:
“El plazo de presentación de la solicitud de
participación en el procedimiento selectivo será de
DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la convocatoria en
el Boletín Oficial de la Provincia.
El texto integro de la convocatoria y bases que ha
de regir el proceso selectivo se publicará íntegramente
en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web
municipal, así como extracto del mismo en un Diario
de los de máxima circulación en Canarias.”
II. En el punto 1 “relación provisional de aspirantes”
de la base cuarta,se establece el plazo de subsanación
en SIETE DÍAS HÁBILES a contar desde la publicación
de Resolución de la lista de admitidos y excluidos en
el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la
página Web municipal
III. El punto 2 “fase segunda (concurso)” de la
base sexta, se establece un plazo de TRES DÍAS
NATURALES para la presentación de los méritos.
IV. En el párrafo segundo, de la base décimo
segunda, se establece un plazo de TRES DÍAS
HÁBILES para la presentación de reclamaciones a
las resoluciones del Tribunal Calificador.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa,
conforme el artículo 52.2 a) de la Ley 7/85, de Bases
deRégimen Local.Contra la presente podrá interponer
potestivamente Recurso de Reposición ante el Sr.
Alcalde-Presidente de la Corporación, en el plazo de
UN MES desde la fecha de notificación de este
acuerdo, conforme dispone la Disposición Transitoria
Segunda y artículo 116 (31.) de la Ley 4/99, de
modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE
14/01/99), o ser impugnado directamente ante el
Juzgado de Lo Contencioso Administrativo de Las
Palmas, conforme dispone el artículo 8.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de DOS
MESES, contados desde el día siguiente al de la
notificación, conforme dispone el artículo 46.1 de la
misma Ley, pudiendo asimismo, interponer cualquier
otro que estime conveniente.
Lo cual se hace público a los efectos oportunos.
Villa de Agüimes, a cinco de febrero de dos mil
dieciséis.
EL ALCALDE PRESIDENTE, Óscar Hernández
Suárez
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