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sábado, 29 de agosto de 2015

Bases de las convocatorias para lista de reservas para interinidades y contrataciones laborales de las categorías de arquitecto técnico e ingeniero técnico agrícola (AGÜIMES)

En el BOP del 24/08 se ha publicado en las páginas 13777 y siguientes:

Don Agustín TrujilloRodríguez, Alcalde-Presidente en Funciones delIlustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes, HACE SABER: Por la presente se hace público que se ha dictado por esta Alcaldía Decreto 2015/2251, por el cualse aprueban las BASES ESPECÍFICAS DE LAS CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTA DE RESERVAS PARA INTERINIDADES Y CONTRATACIONES LABORALES DE LAS CATEGORÍAS DE ARQUITECTO TÉCNICO E INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES, siendo el contenido de la misma el siguiente: “PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria, la configuración de lista de reserva para cubrirlas necesidades de contratación temporal en esta administración y sus organismos autónomos(Fundación Municipal de Medios de Comunicación de Agüimes y Turismo Rural de Agüimes, S.L.), bien mediante nombramiento de personal interino como personal laboral temporal, mediante elsistema de concurso oposición de plazas/puestos de Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico Agrícola. SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA EXIGIDA. ARQUITECTO TÉCNICO: Se precisará estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Arquitectura Técnica o grado equivalente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, correspondientes a Grupo A, Subgrupo A2. INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA: Se precisará estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Ingeniería Técnica Agrícola o grado equivalente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, correspondientes a Grupo A, Subgrupo A2.. TERCERA.REQUISITOSQUEDEBENREUNIRLOSASPIRANTES PARATOMARPARTEENELPROCESO SELECTIVO. Se estará a lo establecidos en la base segunda de las BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTA DE RESERVAS PARA INTERINIDADES Y CONTRATACIONES LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES, aprobadas por Decreto de Alcaldía 2015/2102, publicado en la Web www.aguimes.es y en el Boletín Oficial de la Provincia número 99 de 5 de agosto de 2015, en adelante BGLR. CUARTA: SOLICITUDES. Se estará a lo establecido en la base tercera de las BGLR. Plazo de presentación: El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación en extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. A tal fin, el texto íntegro de la convocatoria y bases que han de regir el proceso selectivo, Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 13777 se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal, así como extracto del mismo en un Diario de los de máxima circulación en Canarias. A partir de esta primera publicación, todas las restantes publicaciones referidas a la presente convocatoria se llevarán a cabo únicamente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal. QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las BGLR. SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y FASES DEL MISMO: La selección se efectuará por el sistema de concurso oposición. El programa que han de regir las pruebas selectivas es el que figura en Anexo III de esta convocatoria, para cada una de las categorías convocadas. 1. FASE PRIMERA: (Oposición) Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes a la fase de oposición no se permitirá el uso de teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados durante el tiempo de realización de las pruebas. La oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes): A) EJERCICIO TEÓRICO: Consistirá en el desarrollo de un ejercicio tipo Test con 50 preguntas con tres respuestas alternativas, que versarán sobre el temario que se incorpora como anexo III de la presente convocatoria. El tiempo máximo de desarrollo del primer ejercicio será de una hora. El sistema de corrección será: Cada respuesta correcta 0,20 puntos, por cada respuesta en blanco, errónea o nula se restará 0,10 puntos. B) EJERCICIO PRÁCTICO: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un tiempo máximo de una hora, de un supuesto práctico determinado por el Tribunal antes de su realización, relacionado con el temario que se incorpora como Anexo III de la presente convocatoria. Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes al ejercicio práctico los aspirantes podrán hacer uso de lostextoslegales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos y en ambos casoslas conclusiones que se formulen serán lo suficientemente válidas, específicas y condensadas para obtener la información relevante y fiable sobre el supuesto expuesto. En este ejercicio se valorará la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones, la racionalidad en la interpretación, el conocimiento de la Jurisprudencia aplicable y la adecuada aplicación de la normativa jurídica. Asimismo, con carácter previo al inicio de la corrección del ejercicio teórico y práctico, el Tribunal podrá establecer criterios de descuento por faltas ortográficas que cometa el aspirante y que igualmente deben ser considerados a la hora de valorar el ejercicio que se desarrolle. De la misma manera, en caso de que el aspirante sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano podrán ser requerido a la realización de alguna prueba que permita conocer el nivel de manejo del castellano, si bien el carácter técnico de la oposición convocada podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal comprobación 13778 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 y evaluado en el desarrollo del ejercicio si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia en el expediente. Ambos ejercicios podrán desarrollarse por escrito o mediante herramientas ofimáticas, cuestión sobre la que decidirá el Tribunal. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Cada una de las pruebas que integran los ejercicios de la oposición se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario para pasar a la siguiente prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto, desde el mismo momento en que el aspirante no obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de los ejercicios, quedará automáticamente excluido. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Web municipal, la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con especificación de las puntuaciones obtenidas. Deberá tenerse en cuenta que lasrectificaciones de errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio, cuando los mismos sean fácilmente constatables, llevará aparejada su aplicación para todos los aspirantes en igualdad de condiciones, lo que pudiera determinar una modificación de las puntuaciones respectivamente obtenidas, de lo que los aspirantes deberán ser respectivamente informados en todo momento mediante el correspondiente Anuncio de rectificación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Las comunicaciones que se efectúen por teléfono a través de funcionario público, deberán hacerse constar en el expediente administrativo mediante Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión y visto bueno del Jefe de Sección de Recursos Humanos. CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de oposición será siempre la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el práctico. En cualquiera de los casos, no se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de cinco puntosrespectivamente. 2. FASE SEGUNDA: (Concurso) Quienes hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS NATURALES para presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en sobre cerrado y compulsado los méritos acreditativos de su experiencia que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. VALORACIÓN FASE CONCURSO. Esta valoración se realizará conforme a los siguientes criterios: A. Experiencia profesional, hasta un máximo de 2 puntos. Deberá referirse a las funciones y tareas propias de la categoría a que se concurra. * Por cada mes de trabajo al servicio de las Administraciones Públicas en un puesto de idénticas funciones y denominación que los ofertados: 0,02 puntos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 13779 No se valorarán las fracciones inferiores al mes. La justificación se efectuará mediante certificado expedido por el Organismo Público donde deberá constar el tiempo total de la prestación del servicio. B. Cursos de formación y perfeccionamiento, hasta un máximo de 2 puntos. Por cursos de formación y capacitación profesional relacionados con las funciones inherentes a los puestos convocados, dejando a criterio del Órgano de Selección y Valoración la decisión acerca de si el curso presentado por el concursante está o no relacionado con el contenido funcional del puesto de trabajo, impartidos tanto por Centros Públicos o instituciones públicas (ICAP, FECAM, FEMP, SCE o formación específica impartida por cualquier Administración Pública o por Academias siempre que se traten de cursos avalados con los anagramas de cualquier Administración Pública y en la certificación se indique la referencia de actividad formativa subvencionada o avalada por dichas entidades o Administraciones Públicas). Sólo se valorarán los cursos realizados en los últimos cinco años, contados desde la publicación de esta convocatoria en el BOP de Las Palmas. De 10 a 49 horas lectivas: 0.10 por cada curso De 50 a 99 horas lectivas: 0.25 por cada curso De 100 horas en adelante: 0.50 puntos por cada curso En caso de acreditarse formación específica prevención de riesgos laborales, a la puntuación anterior según su duración se le sumarán 0,02 puntos. No se valorarán cursos de duración inferior a 10 horas lectivas. Tampoco se valorarán en este apartado los Máster ni los Cursos de Expertos Universitarios, sea de la naturaleza que sean, al quedar valorados en el apartado de “Otros méritos formativos”. La acreditación se efectuará mediante original o copia auténtica del Certificado o diploma acreditativo del mismo y de su contenido y duración. Las acreditaciones en las que no conste el número de horas no serán objeto de valoración. C. TITULACIONES ACADÉMICAS, hasta un máximo de 1 punto. 1. Por poseer una titulación académica distinta a la exigida para participar en las pruebas, relacionada con las funciones propias del Cuerpo o Escala al que se pretende acceder: • Doctorado Universitario: 0,25 puntos • Otra Licenciatura distinta de la exigida para concurrir: 0,20 puntos • Otra Diplomatura: 0,15 puntos Sólo se valorará el Título de mayor categoría que se aporte a la respectiva convocatoria. Tampoco se valorarán las titulaciones académicas que hayan sido necesarias para la obtención del título requerido para participar en el proceso selectivo. Las titulaciones se acreditarán mediante original o copia auténtica de la titulación que se pretenda hacer valer. Debe tenerse en cuenta que no se valorarán como otras titulaciones cursos o fases exigidas para la obtención 13780 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 de lostítulos valorados, de tal manera que en todoslos casos, de no disponerse del Título correspondiente, deberá aportarse certificación acreditativa de la total obtención de los títulos y abono de las tasas para su expedición. D. OTROS MÉRITOS, hasta un máximo de 1 punto. • Máster o Cursos de expertos o especialistas universitarios, siempre que los mismos guarden relación con la naturaleza de la categoría convocada. Cada Máster o titulaciones de expertos universitarios se valorará en 0,15 puntos. Los méritos correspondientes a este apartado se acreditarán mediante original o copia auténtica de la titulación que se pretenda hacer valer o documentación acreditativa de la total obtención del Máster o Experto y/o abono de tasas para su expedición y/o documento acreditativo de encontrarse en trámite dicha expedición, no siendo suficiente la realización de alguna fase o parte del mismo, sino la total terminación para la obtención del título. • El manejo de losidiomas, escrito y hablado, concretamente del inglés, francés y alemán. Dicho manejo deberá ser alto, como máximo 0,2 puntos por idioma y hasta un máximo total de 0,6 puntos. En este caso la acreditación deberá hacerse mediante certificación expedida al efecto por el correspondiente Centro Oficial oEscuela Oficial de Idiomas acreditativos del nivel demanejo del idioma, no tomándose en consideración aquellas certificaciones que indiquen un nivel de manejo que no sea el anteriormente fijado (alto), ni simples cursos del idioma correspondiente,sino el certificado o título acreditativo de la total terminación del Ciclo Superior del Idioma pertinente expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o por el Ministerio de Educación y Ciencia. Tampoco se tomarán en consideración las certificaciones expedidas por Centros que carezcan de la acreditación de Centros Oficiales ni las expedidas por Centros privados. En caso de que el aspirante sea extranjero, la lengua materna se acreditará mediante certificación del consulado correspondiente acreditativa de la nacionalidad del mismo e idioma del que se hace uso en dicho país. El Tribunal tras la publicación de las puntuaciones de cada ejercicio y fase, concederá un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES para formular reclamación a las mismas. SÉPTIMA. PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la clasificación final de la fase de oposición, másla de concurso. La Puntuación máxima que se puede obtener es de 14 puntos, 10 correspondiente a la fase oposición y 4 a la fase de concurso. En caso de empate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico, ejercicio teórico y fase de concurso, en este orden, De persistir el empate se realizará un sorteo, acto público para el cual serán convocados los interesados. OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LA FASE DE OPOSICIÓN. Se estará a lo establecidos en la base octava de las BGLR. NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. Se estará a lo establecidos en la base quinta de las BGLR. DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS ASPIRANTES QUE HAN DE INTEGRAR LAS LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS CONVOCADAS. Una vez realizadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal y en Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 13781 la Web municipal la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación decreciente y propondrá al órgano convocante los candidatos que hayan de integrar la lista de reserva respectiva que se confeccionará por dicho orden. DÉCIMO-PRIMERA: Presentación de documentos. Nombramiento. Revocación Se estará a lo establecidos en la base décima de las BGLR. DÉCIMO-SEGUNDA: Elsólo hecho de presentarla instancia,solicitando formar parte en el presente procedimiento, constituye sometimiento expreso de losinteresados a las bases generales y específicasreguladoras delmismo, ostentando ambasla consideración de ley reguladora del proceso en cuestión, así como a las disposiciones contenidas en los criterios de funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren vigente al tiempo de iniciarse la respectiva relación laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso se aplique. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en la forma y plazos establecidos en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre. ANEXO I AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES, Don/Doña: ______________________________________________ DNI: __________________ Dirección: ______________________________________________ Tlf fijo: ________________ Población: _________________________ Código Postal: ________ Tlf móvil: ______________ Correo electrónico: ________________________ Fecha Nacimiento: ______________________ EXPONE: Que a medio del presente escrito y teniendo interés en participar en el procedimiento de selección convocado para elaborar LISTA DE RESERVA en la categoría de ____________________ y reuniendo todos y cada uno de losrequisitos exigidos en la correspondienteConvocatoria yBases para concurrir, cuyo extracto fueron publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2015. • Documentación que acredite la identificación del aspirante. • Título académico exigido en las bases. • Declaración Jurada (Anexo II). • __________________________. EL ABAJO FIRMANTE SOLICITAser admitido a las pruebasselectivas a que se refiere la presente instancia, declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso 13782 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 en la Administración Local y las especialesseñaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario o contratación si es laboral. Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligacionesinherentes a la inclusión en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Agüimes, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de las mismas aprobados por el Ayuntamiento de Agüimes. Por ser de justicia lo que pido. Agüimes, a ______ de __________________ de 2015. FIRMA ANEXO II DECLARACIÓN JURADA Don/Doña: ______________________________________________ DNI: __________________ Dirección: ______________________________________________ Tlf fijo: ________________ Población: _________________________ Código Postal: ________ Tlf móvil: ______________ Correo electrónico: ________________________ Fecha Nacimiento: ______________________ DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funcionessimilares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Ypara que así conste a los efectos previstos en la convocatoria para la confección de lista de reserva del Ayuntamiento de Agüimes, publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2015 Firmo la presente, en la Villa de Agüimes a ___ de ____________ de 2015. Fdo. ___________________________________________ ANEXO III TEMARIO: BLOQUE 1. MATERIAS COMUNES ARQUITECTO TÉCNICO E INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA: Tema 1. La Constitución Española: estructura y contenido. Los derechos y deberesfundamentales. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 13783 Tema 2. El régimen autonómico de Canarias. El Estatuto de Autonomía: estructura y contenido. Competencias de la Comunidad Autónoma de Canarias. Instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias: el Parlamento, el Gobierno, la Administración de la Comunidad Autónoma y el Tribunal Superior de Justicia. Tema 3. El acto administrativo: delimitación conceptual y elementos. Clasificación de los actos administrativos. Requisitos: motivación y forma. Tema 4. La eficacia, notificación y publicación de los actos administrativos. Invalidez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos. Irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. Tema 5. El Procedimiento administrativo común: disposiciones generales y fases del procedimiento administrativo. Tema 6. La Organización Municipal. Los órganosfundamentales: el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local. Régimen de funcionamiento de los órganos colegiados. Tema 7. El Municipio: Concepto y Elementos. El término municipal: la creación y supresión de municipios. La alteración de términos municipales. Tema 8. La responsabilidad patrimonial de la administración pública. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Dominio público local. El patrimonio de las entidades locales. Tema 9. Losfuncionarios públicos. Clases de personal alservicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Régimen disciplinario. Tema 10. Agüimes: historia, economía, población,situación geográfica, barrios principales, monumentos históricos. Principales centros oficiales. Centros y servicios municipales. Centros privados de interés general. El sureste de Gran Canaria: historia, economía, población y principales características de la comarca. BLOQUE 2. MATERIAS ESPECÍFICAS ARQUITECTO TÉCNICO: Tema 11. Licencias urbanísticas. La licencia urbanística y otras autorizaciones interrelacionadas. Régimen jurídico de fuera de ordenación según la legislación urbanística canaria. Tema 12. Disciplina urbanística: Legislación aplicable. Protección de la legalidad y restablecimiento del orden jurídico perturbado en la Comunidad Autónoma de Canarias. Régimen sancionador: principios inspiradores, infracciones urbanísticas, personas responsables de las infracciones urbanísticas. Procedimiento sancionador. Delitos contra la ordenación del territorio. Tema 13. La Ley 7/2011, de 5 de abril, de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y otras medidas complementarias: objeto, ámbito de aplicación y categorización de las actividades; instrumentos de intervención previstos en la ley y las autorizaciones sectoriales. Tema 14. Decreto legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y sus modificaciones por la Ley de Medidas Urgentes y la Ley de Armonización y Simplificación en materia de protección del territorio y de los recursos naturales. 13784 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 Tema 15. Planeamiento General vigente del municipio de Agüimes: Clasificación delsuelo y estructura orgánica del territorio. La Ordenación Pormenorizada: núcleos de suelo urbano consolidado,suelo urbano no consolidado, sectores de suelo urbanizable. Los Espacios Naturales de Agüimes y sus instrumentos de ordenación y gestión. Régimen del suelo rústico. Asentamientos rurales de Agüimes. Normativa urbanística de la Ordenación Pormenorizada. Las Ordenanzas de la Edificación. Los Planes Especiales de Temisas, del Casco-Antiguo, del Litoral de Agüimes y de la Batería de Arinaga. Tema 16. El proyecto básico y el proyecto ejecutivo de edificación: contenido Tema 17. Código Técnico de la Edificación: DB SUA, DB SI. Tema 18. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación:requisitos básicos de la edificación, proyecto, licencias y autorizaciones administrativas. Recepción de la obra y documentación de la obra ejecutada. Normativa técnica y control de calidad de la edificación. Tema 19. Ley de contratos del sector público y su Reglamento: El proyecto de obras: contenido mínimo y supervisión del proyecto de obra. Ejecución y dirección de obras. Mediciones. Certificaciones y abonos a cuenta. Modificación del contrato de obras. Revisión de precios. Recepción, plazo de garantía y liquidación de obra. Resolución del contrato de obra. Tema 20. Ley de contratos delsector público y suReglamento:Requisitos de los contratos. Órganos de contratación. El contratista: capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación. La selección del contratista. Actuaciones previas a la contratación. Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato. Tema 21. Ley de contratos del sector público y su Reglamento: Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Especial referencia a las certificaciones de obra. Las prerrogativas de la Administración. El equilibrio financiero de los contratos. La revisión de precios. Tema 22. Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación elrégimen de autorización administrativa previa, de laComunidad Autónoma de Canarias. Tema 23. Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Tema 24. Prevención de riesgos laborales: Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en la construcción. Tema 25. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: ITC BT 09 a ITC BT 34. BLOQUE 2. MATERIAS ESPECÍFICAS INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA: Tema 11. Cultivo del olivo en Canarias. Exigencias medioambientales. Sistemas y Operaciones de cultivo. Su aprovechamiento en Gran Canaria. Principales variedades de olivo en Gran Canaria. Principales plagas y enfermedades. Tema 12. Elaboración del Aceite de Oliva. Tipos de aceite de oliva. Proceso de elaboración. Calidades de aceite de oliva. Interpretación de los análisis fisiquimicos y sensoriales. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 107, lunes 24 de agosto de 2015 13785 Tema 13. Elaboración de vinos. Proceso de elaboración de los diferentes tipos de vinos. Denominación de Origen Gran Canaria. Interpretación de los análisis fisicoquímicos y sensoriales. Tema 14. Elsuelo: Propiedades agronómicas: Textura y estructura. pH, conductividad, Complejo de Intercambio Catiónico. Correcciones y Enmiendas. Tema 15. El agua para el riego: Principales parámetros de la calidad de las aguas de riego. Técnicas de riego: Riego localizado de alta frecuencia y riego por aspersión. Tema 16. El cultivo de hortalizas en ecológico en Canarias: Diseño de huertos. Criterios para rotaciones de hortalizas. Planificación de producciones. Principales plagas y enfermedades y sistemas de control. Tema 17. El tomate: Técnicas de producción. Exigencias medioambientales. Operaciones de cultivo. Plagas y enfermedades. Tema 18. Cultivo de cítricos en Canarias: Exigencias medioambientales: clima, suelo y agua. Operaciones de cultivo. Principales plagas y enfermedades. Principales variedades y patrones. Tema 19. Valoraciones. Valoración o tasación de fincas. Valoración daños y perjuicios. Tema 20. Residuos agrícolas y ganaderos en Canarias: Problemática. Soluciones y reutilización. Compostaje. Propiedades del compostaje .Materias primas del compostaje. Factores que condicionan el proceso de compostaje. El proceso de compostaje. Tema 21. Conducciones de agua para riego: materiales y características. Estaciones de bombeo: elementos posibles. Valvulería y elementos de control, regulación, protección, operación y medida: definición y función. Tema 22. Depósitos: tipología constructiva. Seccionestipo. Materiales. Elementossingulares Balsas agrícolas: tipología constructiva. Secciones tipo. Materiales. Elementos singulares (aliviaderos, tubería de llenado y salida, desagüe de fondo) y vallado de seguridad. Tema 23. Sección transversal de un camino rural. Factores para el dimensionado. Caminos pavimentados con hormigón: peculiaridades. Caminos con pavimentación asfáltica: peculiaridades. Obras de fábrica en caminos rurales y tipología funcional. Elementos de señalización. Tema 24. Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias: Medidas de apoyo a la producción vegetal y animal. Tema 25. Manipulador de productosfitosanitarios. Tipos de productosfitosanitarios. Riesgos de la utilización de los productos fitosanitarios. Tratamientos de productos fitosanitarios. Medidas de protección en el uso de los productos fitosanitarios.” Lo cual se hace público a los efectos oportunos. Villa de Agüimes, a dieciocho de julio de dos mil quince. EL ALCALDE PRESIDENTE EN FUNCIONES (Decreto 2015/2093, de 27 de julio), Agustín Trujillo Rodríguez.

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