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lunes, 19 de mayo de 2014

Rectificación de las bases que regirán la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Encargado de Almacén (CABILDO INSULAR LA PALMA)

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del pasado miércoles se ha publicado en las páginas 11588-11589:

 sión ordinaria celebrada el pasado día 28 de abril
de 2014, con relación a la resolución del recurso potestativo
de reposición presentado contra las Bases
que han de regir la convocatoria pública del proceso
selectivo para la cobertura como personal laboral
fijo, mediante promoción interna, por el sistema de
concurso oposición, de una plaza de Encargado de
Almacén (grupo IV), presentado el pasado 19 de
marzo de 2014, registro de entrada nº 2014010932,
se ha resuelto lo siguiente:
Primero.- Estimar parcialmente el recurso potestativo
de reposición presentado con fecha 19 de marzo de
2014, registro de entrada nº 2014010932, modificado
con fecha 20 de marzo de 2014, registro de entrada
nº 2014011246, contra las Bases que han de regir la
convocatoria pública del proceso selectivo para la
cobertura como personal laboral fijo, mediante promoción
interna, por el sistema de concurso oposición,
de una plaza de Encargado de Almacén (grupo IV),
vacante en la plantilla de personal laboral de este
Excmo. Cabildo Insular de La Palma, que conllevará
la modificación de las Bases.
Segundo.- Rectificar parcialmente las Bases que
regirán la convocatoria pública la cobertura como
personal laboral fijo, mediante promoción interna,
por el sistema de concurso oposición, de una plaza
de Encargado de Almacén (grupo IV) vacante en la
plantilla de personal laboral de este Excmo. Cabildo
Insular de La Palma, aprobadas mediante acuerdo del
Consejo de Gobierno Insular el pasado 28 de enero de
2014, y publicadas en el BOP nº 26, de 21 de febrero
de 2014, de la manera siguiente:
La base séptima, relativa a comienzo y desarrollo
de las pruebas selectivas, en la fase de concurso:
Donde dice:
“1. Experiencia profesional: valorándose hasta
un máximo de 3 puntos, distribuidos de la siguiente
forma:
- Se valorará con 0.07 puntos por trimestre o fracción,
los servicios efectivos prestados en Administraciones
Públicas, en plaza de personal laboral (incluidos los
períodos de encomienda de trabajos de superior categoría
y/o movilidad funcional interna), o en plaza de
funcionario perteneciente a escala y subescala, y en su
caso clase y categoría como Encargado de Almacén.
- Se valorará con 0.05 puntos por trimestre o fracción,
los servicios efectivos prestados por cuenta ajena
en empresas públicas o privadas, como Encargado
de Almacén.
- Se valorará con 0.03 puntos por trimestre o fracción,
la experiencia adquirida en Administraciones
Públicas, en plaza de personal laboral o en su caso
funcionario, en el grupo inferior de procedencia, en
ámbito de almacén.
- Se valorará con 0.02 puntos por trimestre o
fracción, los servicios efectivos prestados en plaza
de personal laboral o en plaza de funcionario en el
grupo inferior de procedencia, en ámbito distinto
de almacén.”
Debe decir:
“1. Experiencia profesional: valorándose hasta
un máximo de 3 puntos, distribuidos de la siguiente
forma:
- Se valorará con 0.07 puntos por trimestre o fracción,
los servicios efectivos prestados en Administraciones
Públicas, en plaza de personal laboral (incluidos los
períodos de encomienda de trabajos de superior categoría
y/o movilidad funcional interna), o en plaza de
funcionario perteneciente a escala y subescala, y en su
caso clase y categoría como Encargado de Almacén.
- Se valorará con 0.05 puntos por trimestre o fracción,
los servicios efectivos prestados por cuenta ajena
en empresas públicas o privadas, como Encargado
de Almacén.
- Se valorará con 0.03 puntos por trimestre o fracción,
la experiencia adquirida en Administraciones
Públicas, en plaza de personal laboral o en su caso
funcionario, en el mismo o inferior grupo de procedencia,
en ámbito de almacén.
- Se valorará con 0.02 puntos por trimestre o
fracción, los servicios efectivos prestados en plaza
de personal laboral o en plaza de funcionario en el
mismo o inferior grupo de procedencia, en ámbito
distinto de almacén.”
Tercero.- Dar publicidad a la presente rectificación,
y abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes,
exclusivamente para aquellos posibles aspirantes
que opten a promocionar desde el mismo grupo
profesional, por un período de veinte días naturales,
contados a partir del día siguiente al de la publicación
de la presente rectificación en el Boletín Oficial de
la Provincia.
De conformidad con la base séptima de las que
rigen la convocatoria, los méritos alegados para ser
valorados en la fase de concurso deberán poseerse en
el momento de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, que a estos efectos, es el 13 de marzo
de 2014, fecha en la que concluyó el plazo inicial de
presentación de instancias de la convocatoria.
Santa Cruz de La Palma, a 5 de mayo de 2014.
La Consejera Insular de Hacienda, Recursos Humanos
y Régimen Interno, María Elena Álvarez
Simón.

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