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lunes, 19 de diciembre de 2011

Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 12 de diciembre de 2011, por la que se aprueba la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados a las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Archiveros (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad de 3 de septiembre de 2009.

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy se ha publicado:
Mediante Resolución de 4 de abril de 2011 de esta Dirección General, se requirió la documentación acreditativa del mérito de la experiencia en la Administración Pública, a los aspirantes presentados y no seleccionados, en las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Archiveros (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobada por la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 3 de septiembre de 2009.
Una vez valorada la documentación acreditativa de la experiencia en la Administración Pública presentada por los aspirantes de conformidad con lo previsto en el artículo 3.3 de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 3 de marzo de 2011, por la que se desarrolla en el ámbito de Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, que establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los Órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud y se regula el funcionamiento de las listas de empleo, y resueltos los supuestos de empate producidos entre determinados aspirantes, resulta procedente aprobar la lista de empleo.
Por lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las competencias recogidas en el artículo 58 del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, vigente en virtud de la disposición transitoria primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, así como, en el artículo 10 de la citada Orden de 3 de marzo de 2011, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Aprobar la lista de empleo, de los aspirantes presentados y no seleccionados, a las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Archiveros (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 3 de septiembre de 2009:
Ver anexo en las páginas 29779-29781 del documento Descargar

Segundo.- El funcionamiento de la lista de empleo se regirá conforme a lo establecido en la Orden de 3 de marzo de 2011, por la que se desarrolla, en el ámbito de Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los Órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, y se regula el funcionamiento de las listas de empleo.
Tercero.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3 del Decreto 74/2010, de 1 de julio, citado en el apartado anterior, quedan derogadas las listas existentes referidas al mismo Cuerpo y Escala.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en los artículos 8.2.a) y 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En el supuesto de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 2011.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.

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