En el BOP del 18/06 se ha publicado en las páginas 6141-6142:
Don Francisco Juan Perera Hernández, Alcalde de
este Ayuntamiento,
HACE SABER:
De conformidad con lo establecido en el artículo 5
y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio,
de los Jueces de Paz y en la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, se hace público lo
siguiente:
PRIMERO. Que se va a proceder a la elección de
Juez de Paz Sustituto del municipio de Tejeda, a cuyo
efecto las personas interesadas en ocupar la plaza
podrán presentar solicitudes. Los Jueces de Paz y
sussustitutos, ejercerán funcionesjurisdiccionalessin
pertenecer a la Carrera Judicial, con sujeción al
régimen establecido en laLeyOrgánica delPoderJudicial,
sin carácter de profesionalidad y con inamovilidad
temporal, formando parte durante su mandato del
poder judicial. Los Jueces de Paz y sus Sustitutos
conocerán en el orden civil y penal de los procesos
cuya competencia les corresponda por Ley. Cumplirán
también las funciones de Registro Civil que la Ley
les atribuya.
SEGUNDO.Con elfin de proveer a su nombramiento,
se concede el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a
partir de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas, con el fin de
que todas aquellas personas que reuniendo las
condiciones y deseen ser nombradas para estos cargos,
conforme al Reglamento 3/1995, de 7 de Junio, de
los Jueces de Paz y en la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, presenten la solicitud
correspondiente en el Registro General del Ilustre
Ayuntamiento de Tejeda, ubicado en Plaza Nuestra
Señora del Socorro, número 3, de Tejeda,sin perjuicio
de su presentación en los registros de los órganos o
lugaresindicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas:
- Requisitos de los aspirantes:
a. Ser español.
b. Mayor de edad.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 73, lunes 18 de junio de 2018 6141
c. No estar incurso en las siguientes causas de
incapacidad que establece el artículo 303 de la L.O.P.J.:
Losimpedidosfísica o psíquicamente para la función
judicial, los condenados por delito doloso mientras
no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados
o inculpados por delito doloso en tanto no sean
absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que
no estén en pleno uso de sus derechos civiles.
d. No estar incurso en causa de incompatibilidad
para el ejercicio de acciones judiciales.
- Presentación de solicitudes:
Las personas que, reuniendo las condiciones
anteriores, estén interesadas en este nombramiento
deberán presentar en el Registro de Entrada del
Ayuntamiento, la correspondiente solicitud acompañada
de la siguiente documentación:
1. Declaración responsable en la que consten los
siguientes extremos:
a. Que no ha sido condenado por delito doloso o,
en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación
(artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
b. Que no está procesado o inculpado por delito doloso
(artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
c. Que está en pleno ejercicio de sus derechos
civiles(artículo 303 de laLeyOrgánica delPoderJudicial)
d. Que es español, mayor de edad, no está impedido
física o psíquicamente para la función judicial(artículo
303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) y que va
a residir en esta localidad, salvo autorización de la
Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia
(artículo 17 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio,
de los Jueces de Paz).
e. Que no está incurso en ninguna de las causas de
incompatibilidad o prohibición previstas en los
artículos 389 a 397 de laLey Orgánica del PoderJudicial.
2. Copia compulsada del D.N.I.
3. Documentos acreditativos de los méritos o títulos
que se aleguen.
- Elección y nombramiento:
La elección de Juez de Paz Sustituto será efectuada
por el Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Tejeda,
mediante acuerdo adoptado por el voto favorable de
la mayoría absoluta del número legal de miembros
de la Corporación entre las personas que, reuniendo
los requisitos legales, así lo hubieran solicitado. Si
no hubiera solicitudes, el Pleno elegirá libremente.
El candidato propuesto por el Ayuntamiento para
Juez de Paz Sustituto será nombrado por la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
para un periodo de CUATRO AÑOS.
Lo que se publica para general conocimiento.
Tejeda, a once de mayo de dos mil dieciocho.
EL ALCALDE, Francisco J. Perera Hernández.
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