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sábado, 29 de agosto de 2015

Bases y convocatoria pública para la sustitución de una plaza de técnico de grado medio, con una contratación temporal (im.ef) (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 28/08 se ha publicado en las páginas 13849 y siguientes:
BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SUSTITUCIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE GRADO MEDIO, CON UNA CONTRATACIÓN TEMPORAL, DEBIDO A UNA BAJA MÉDICA DE TRABAJADOR EN EL IMEF. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con carácter de urgencia, de una plaza de Técnico Medio de Empleo y Formación, de forma temporal y contrato de interinidad, debido a una baja médica de un trabajador. 1.2. Esta plaza, IMEF-F-19 descrito en la RPT como Técnico Medio de Empleo y Formación, A/A2, escala Administración especial, con Nivel 20 y Complemento Específico 49. Está dotada con lasretribuciones básicas establecidas para el Grupo A2, y las complementarias que correspondan de conformidad con la legislación vigente y la Relación de Puestos de Trabajo vigente del IMEF, aprobadas por acuerdo plenario. 1.3. La sustitución de esta plaza se efectuará mediante elsistema de concurso de méritos y entrevista personal. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 109, viernes 28 de agosto de 2015 13849 2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES: 2.1. Para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1.1. Nacionalidad: a) Tener la nacionalidad española b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años que vivan a su cargo o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Los extranjeros que se encuentren con residencia legal en España. 2.1.2. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 2.1.3. No habersido separado mediante expediente disciplinario delservicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funcionessimilares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 2.1.5. Estar en posesión del Título de Grado Medio, Diplomatura en Relaciones Laborales. Las equivalencias de lostítulos alegados que no tengan el carácter general, deberán justificarse por el aspirante. Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio competente en materia de educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. En el caso de ciudadanos de otros Estados, deberán aportar credencial que acredite la homologación de su titulo en el Estado español. 2.1.6. Haber trabajado más de 60 meses en la Administración pública, especialmente en el área de Formación y empleo. Se tendrá en consideración si ha realizado este trabajo, y su duración, en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. 2.1.7. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. 2.1.8. Tener conocimientos de manejo de herramientas informáticas, relacionadas con el ámbito de recursos humanos y contratación. (office, libreoffice, Ginpix) 13850 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 109, viernes 28 de agosto de 2015 2.1.9. Así como los requisitos del puesto de trabajo que se contemplan en la descripción de puestos de trabajo de la RPT 2014 del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que “son los conocimientos y dominios de herramientas y programas informáticos de carácter general y aquellos específicos que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.” 2.2. Las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. 2.3. Deberán ademas cumplir con Las Funciones del puesto a desarrollar son, dentro de la Unidad Técnica de Empleo del IMEF al que esta adscrita la plaza IME-F-19, y en base a la descripción de puestos de trabajo de la RPT 2014 del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria: • Colaborar con su superior en el desarrollo coordinado e integrado de los proyectos y actividadesrelacionadas con el ámbito funcional de su unidad. • Trasladar la información y asistencia necesaria sobre asuntos o cuestiones que se le requieran y relacionados con su ámbito de gestión y responsabilidad profesional. • Proponer las actuaciones o medidas de organización que considere necesarias para la mejora continua en la gestión de su unidad. • Proponer los asuntos y/o expedientes a resolver. • Elaborar proyectos y emitir los informes técnicos que se le requieran, en el marco de cualificación y responsabilidad profesional. • Buscar y tramitar subvenciones y ayudas para financiar proyectos. • Gestionar planes y programas de formación para el empleo, formación en alternancia y formación continua. • Facilitar y propiciar al acceso y la integración en el mercado de trabajo a los desempleados del municipio. • Redactar memorias e informes y elaborar proyectos que incidan en al búsqueda de empleo. • Utilizar las aplicaciones informáticas ( tratamiento de textos, base de datos, hoja de calculo, aplicaciones especificas) que sean necesarias para el desarrollo de sus cometidos profesionales. • Cumplir con las normas y procedimientos en materia de prevención de riesgos laborales. • Realizar cualesquiera otras tareas encomendadas por su superior jerárquico, en el marco de su titulación, así como las necesarias para el desarrollo de las funciones asignadas a su unidad. 3. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN: 3.1. Plazo de presentación: El plazo de urgencia, será de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de las presentes Bases en el “Boletín Oficial de la Provincia”. 3.2. Lugares de presentación: se dirigirá la documentación, en sobre cerrado y rubricado, al Presidente del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación del Ayuntamiento de Las Palmas de GranCanaria, y se presentaran en el Registro de las dependencias del IMEF, situadas en la calle Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, número 30. Complejo Municipal de la Favorita, Las Palmas de Gran Canaria, 35015, en horario de 10:00 horas a 13:00 horas. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 109, viernes 28 de agosto de 2015 13851 Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lassolicitudes también podrán presentarse en los siguientes lugares: - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado. - Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración de las Comunidades Autónomas. - En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la documentación se presentará en sobre abierto, con objeto de que en la se haga constar en la misma el nombre de la oficina y la fecha, lugar y hora de presentación, de conformidad con el artículo 31 del RD 1.829/1999, de 3 de diciembre. - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. No será posible la presentación de documentación en los Registros pertenecientes a otras Entidades locales, salvo que se haya suscrito convenido con este Ayuntamiento al respecto. 3.3. La no presentación de la documentación en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. 3.4. Documentos: 3.4.1 Fotocopia del D.N.I. vigente. Los aspirantes extranjeros deberán acreditarsu nacionalidad y, en elsupuesto de tratarse de los descendientes, tanto de los ciudadanos españoles, como de los nacionales de los otros Estados miembros de la unión Europea, así como los descendientes del cónyuge siempre que no estén separados de derecho y, en lo que atañe a los descendientes, sean menores de 21 años o mayores de esta edad, pero siga viviendo a sus expensas, deberán acreditar el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Los aspirantes a los que se refiere la base 2.1.1 apartado e), deberán presentar fotocopia del pasaporte en vigor, así como fotocopia del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y residencia. 3.4.2. Acompañar curriculum Vitae 3.4.3. Títulos académicos que posean, puestos de trabajos desempeñados, tanto en empresa pública como privada, estudios y cursosrealizados(se adjuntaran originales o fotocopias compulsadas que lo acrediten), conocimientos de idiomas y cuantos méritos estimen oportunos al respecto. 3.4.3. Anexo I de declaración responsable. 4. TRIBUNAL: 4.1. El Tribunal calificador de este proceso selectivo estará formado por: - Presidente: Gerente del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación, o Empleado público de mayor nivel y categoría. - Vocales: Tres empleados públicos, debiendo al menos dos de ellos, pertenecer al mismo área de conocimiento de la plaza convocada. 13852 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 109, viernes 28 de agosto de 2015 - Secretario: Empleado público designado a tal efecto. En la composición del Tribunal se velará por el principio de especialidad y paridad, debiendo poseer todos los miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Grupo de Titulación de la categoría de que se trate y en todos los casos, quienes integren el Tribunal deberán ser personal laboral fijo de plantilla o funcionario de carrera. La designación de los miembros de los Tribunales de cada convocatoria se hará mediante resolución del órgano competente, e incluirá la de los respectivos suplentes, que deberán estar en posesión de los mismos requisitos que los titulares. Dicha designación podrá llevarse a cabo en la misma resolución por la que resulte aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y se hará pública en los mismos lugares en que lo fueron las referidas listas. La constitución del Tribunal exige la presencia de la mitad más uno de sus componentes, incluidos necesariamente su Presidente y Secretario. De todas las reuniones que celebre se levantará la correspondiente Acta. Todos los miembros del Tribunal, incluido el Secretario, tendrán voz y voto para dirimir las incidencias que surjan a lo largo del proceso selectivo, que se resolverán mediante acuerdo adoptado por mayoría simple de los asistentes, sin el voto de calidad del Presidente. Podrán incorporarse para asesorar al Tribunal otros especialistas en la materia,siendo acordada su designación por así estimarlo conveniente el órgano convocante o bien a propuesta del Tribunal. 4.2. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. 4.3. El procedimiento de actuación del Tribunalse ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 4.4. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley citada en la base anterior. 4.5. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes. 5. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO. El procedimiento selectivo se conformará en dos fases, con un máximo de 20 puntos: 5.1 Fase Concurso:(máximo 15 puntos) 5.1.1 Méritos Profesionales: Se valorará la experiencia en puestos de carácter técnico relacionados con las funciones descritas en el punto 2, y estén acreditados. (máximo 10 puntos) 5.1.2 Méritosformativos: Se valorarán los cursosrelacionados con el puesto, títulos académicos y otros conocimientos de utilidad para el puesto. (máximo 5 puntos) - Diploma de Relaciones Laborales. 3 puntos Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 109, viernes 28 de agosto de 2015 13853 - Por cada titulo adicional o curso: 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. 5.2 Entrevista Personal: Consistirá en una entrevista personal de carácter eliminatorio cuyo contenido versara sobre aspectosrelativos a la experiencia profesional, y su capacitación profesional para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria (se podrá realizar una prueba práctica si se requiere por el tribunal). Puntuación máxima: 5 puntos 6. SALARIO La retribución anual bruta es de 34.574,48 Euros. 7. SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO. 7.1. Finalizadaslasfases de selección el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la puntuación de los aspirantes. 7.2. Dicha relación se publicará en el Tablón de Anuncios del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. 7.3. No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas. 7.4. Los aspirantes contratados tendrán que superar un período de prueba de SEIS MESES, en cuanto se trata de personal cualificado,. 7.5. En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, o renuncie, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1 8. NORMA FINAL. 8.1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de esta convocatoria, en todo lo no previsto en, estas bases. 8 2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 8.3. En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, en todo aquello que no haya sido modificado por el EBEP; Ley 30/1984, de 2 de agosto en aquello que esté vigente; Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril en todo aquello que no haya sido modificado por el EBEP; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y el resto de la legislación vigente en la materia. 8.4. La convocatoria y bases que han de regir el proceso selectivo se harán públicas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, así como en el Tablón de Anuncios del Instituto Municipal de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. 13854 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 109, viernes 28 de agosto de 2015 ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE D/Dª …................................................................................................................................, con domicilio en …..............................................................................................., y Documento Nacional de Identidad número..................................declaro bajo mi responsabilidad, a efectos de formar parte del PROCESO SELECTIVO PARA LA SUSTITUCIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE GRADO MEDIO, CON UNA CONTRATACIÓN TEMPORAL, DEBIDO A UNA BAJA MÉDICA DE TRABAJADOR EN EL IMEF del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de lasfunciones públicas, ni inmerso en cualquier prohibición alguna que me impida concurrir en este proceso. En............................................, a......de.................de 20..... Fdo:.......................................................... AL SR. PRESIDENTE DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

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