En el BOP del 12/08 se ha publicado en las páginas 13506-13507:
Se hace de público conocimiento que por acuerdo
de la Corporación en Pleno de este Ayuntamiento,
adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 31 de
Julio de 2015,se aprobó las bases de la convocatoria
pública para la elección por el Pleno Municipal del
Juez de Paz Sustituto de este Municipio, en los
términos literales que a continuación se transcriben:
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
PARA EL JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL
AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN
NICOLÁS.
1. OBJETO. Es objeto de la presente convocatoria
regular el procedimiento para la elección por el Pleno
del Ayuntamiento del JUEZ DE PAZ SUSTITUTO
de este Municipio, que será nombrado para un período
de cuatro (4) años por la Sala de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 5.1 delReglamento número
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz (BOE de
13 de junio).
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para
ser Juez de Paz Sustituto se requiere:
- Ser español.
- Mayor de edad.
- No estar incurso en las siguientes causas de
incapacidad que establece el artículo 303 de la L.O.P.J.:
Losimpedidosfísica o psíquicamente para la función
judicial, los condenados por delito doloso mientras
no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados
o inculpados por delito doloso en tanto no sean
absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que
no estén en pleno uso de sus derechos civiles.
- No estar incurso en causa de incompatibilidad para
el ejercicio de acciones judiciales.
3. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE
INSTANCIAS. Lasinstanciassolicitando tomar parte
de la presente convocatoria se dirigirán al Presidente
de la Corporación y deberán presentarse en el Registro
General del Ayuntamiento durante el plazo de QUINCE
DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente
al que aparezca publicada esta convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia. Dichas instancias
deberán acompañarse de la siguiente documentación:
13506 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 102, miércoles 12 de agosto de 2015
1. Declaración responsable en la que consten los
siguientes extremos:
a) Que no ha sido condenado por delito doloso o,
en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.
b) Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
c) Que está en pleno ejercicio de sus derechos
civiles.
d) Que es español, mayor de edad, no está impedido
física o psíquicamente para la función judicial y que
va a residir en esta localidad, salvo autorización de
la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
e) Que no está incurso en ninguna de las causas de
incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas
en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
2. Copia compulsada del D.N.I.
3. Documentos acreditativos de los méritos o títulos
que se aleguen.
4. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. La
selección de Juez de Paz Sustituto se efectuará por
el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable de
la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas
que, reuniendo los requisitos legales, así lo hubieran
solicitado.
Si no hubiera solicitudes, el Pleno Elegirá libremente
con sujeción a los mismosrequisitos del procedimiento.
5. NORMAS DE APLICACIÓN. Para lo no previsto
en las Bases de esta convocatoria, será de aplicación
lo dispuesto en los artículos 99 a 103 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
reformada por las Leyes Orgánicas 4/1987, de 15 de
julio; 7/1988, de 28 de diciembre y 7/1992, de 20 de
noviembre, así como lo dispuesto en el Reglamento
número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
6. IMPUGNACIÓN. Estas Bases, la convocatoria,
y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de la actuación del Pleno Municipal, podrán
serimpugnados porlosinteresados en los casos y formas
establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra las presentesBases podrá presentarseRecurso
Contencioso- Administrativo, en el plazo de DOS
MESES a contar desde su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia.
La Aldea de San Nicolás, a cuatro de agosto de dos
mil quince.
ELALCALDEPRESIDENTE,Tomás Pérez Jiménez
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