En relación con el procedimiento de selección de
Técnicos de Administración General para la configuración
de una lista de reserva, con objeto de cubrir
las necesidades que puedan surgir al amparo del
artículo 10 del EBEP, la Junta de Gobierno Local,
en sesión ordinaria celebrada el ocho de mayo de dos
mil quince, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Modificar la base novena del siguiente
tenor literal en lo relativo al llamamiento de la lista
de reserva del siguiente tenor:
Donde dice:
“…
Son causas justificadas para rechazar el llamamiento
para su nombramiento, con derecho a conservar su
posición en la lista, las siguientes:
• Encontrarse en incapacidad temporal o enfermedad
común debidamente acreditada.
• Encontrarse disfrutando del permiso por maternidad,
paternidad, adopción o acogimiento.
• Estar desempeñando cargo público o sindical.
• Estar trabajando en otra empresa, debiendo aportar
copia del contrato o nombramiento.
Las causas para aplazar la contratación deberán
acreditarse ante el Ayuntamiento.
…”
Debe decir:
“…
Son causas justificadas para rechazar el llamamiento
para su nombramiento, con derecho a conservar su
posición en la lista, las siguientes:
• Encontrarse en incapacidad temporal o enfermedad
común debidamente acreditada.
• Encontrarse disfrutando del permiso por maternidad,
paternidad, adopción o acogimiento.
• Estar desempeñando cargo público o sindical.
• Estar trabajando en otra empresa, debiendo aportar
copia del contrato o nombramiento.
• Estar desempeñando funciones para este Ayuntamiento.
Las causas para aplazar la contratación deberán
acreditarse ante el Ayuntamiento.
En el caso de surgir la necesidad de cubrir en interinidad
una plaza vacante de Técnico de Administración
General, el llamamiento siempre se realizará al
primer aspirante de la lista, con independencia de que
ya existiera una relación laboral vigente, dado que
siempre se tratará de favorecer a los que han alcanzado
los mejores puestos en la vigente lista de reserva.
…”
Segundo.- Publicar la modificación de las bases, y
volver a abrir el periodo de presentación de instancias,
con la publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, convalidando las ya presentadas de oficio
por el Ayuntamiento.
Tercero.- Facultar a la Sra. Concejal Delegada del
Área de Economía, Hacienda y Recursos Humanos
para la adopción de las medidas necesarias en orden
y desarrollo del presente acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arona, a 14 de mayo de 2015.
La Teniente de Alcalde del Área General de Economía,
Hacienda y Recursos Humanos, María Candelaria
Padrón González.
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