En el BOP del 20/05 se ha publicado en las páginas 10259 y siguientes:
A medio del presente se hace de público conocimiento que por la Sra. Concejala Delegada de Personal se
dictó la resolución número 1.312 de fecha 13 de mayo de 2015, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:
PRIMERO. Aprobar las Bases Específicas de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Trabajo
Auxiliar Personal de Limpieza del Ayuntamiento de puerto del Rosario, según el texto que a continuación se
detalla:
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIAPARALACREACIÓN DE UNABOLSADE TRABAJO
DE PERSONAL DE LIMPIEZA EN EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA: La presente Bases tienen por objeto la selección de personal para la
creación de una Bolsa de Trabajo de PERSONAL DE LIMPIEZA, a los efectos de su nombramiento interino
o contratación temporal y contratación de relevo por jubilación parcial (en este último nombramiento el
trabajador deberá estar en situación de desempleo en el momento del llamamiento), así como reunir cualquier
otra circunstancia que precise la normativa específica de aplicación en las plazas, puestos o categorías
profesionales que se determinen en cada Convocatoria, de modo que permita cubrir las eventuales necesidades
que demande el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como para la cobertura de las vacantes que se precisen.
BASES QUE REGIRÁN EN EL PROCESO SELECTIVO: El proceso selectivo se regirá por lo establecido
en las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de
Puerto del Rosario aprobadas por Decreto de la Sra. Concejala de Personal número 2.638 de 11 de mayo de
2012, y publicadas en elBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 66 de 23 de mayo de 2012, modificadas
por Decreto de la Sra. Concejala de Personal número 3.602 de 16 de julio de 2012 y publicadas en el BOP número
97 el día 30 de julio de 2012; mediante Decreto 4.486 de 26.07.2013 (publicado en el BOP de Las Palmas el
día 31.07.20123) y mediante Decreto 827 de 21.03.2014 (publicado en el BOP de Las Palmas el día 26.03.2014);
así como por lo establecido en las presentes Bases Específicas.
LUGAR DELPUESTO DE TRABAJO: Colegios Públicos u otras Dependencias Municipales del Ayuntamiento
de Puerto del Rosario.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para ser admitido/a a la realización de las pruebasselectivas, los aspirantes
deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes los establecidos en la Base
Cuarta de las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento
de Puerto del Rosario referidas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 65, miércoles 20 de mayo de 2015 10259
SOLICITUDES: Quienes deseen tomar parte en la
presente convocatoria, deberán hacerlo cumplimentando
el impreso establecido por el Ayuntamiento de Puerto
del Rosario, que les será facilitado en el Servicio de
Atención Ciudadana, o bien a través de la página
web: http:/puertodelrosario.org
El impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto
de que el interesado se quede con copia sellada de la
instancia presentada.
La solicitud de participación deberá ir acompañada,
necesariamente:
- Del justificante que acredite el abono de la tasa
por derechos de examen.
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional
de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad
española. Para los aspirantes de otra nacionalidad,
fotocopia compulsada del documento que acredite la
misma.
-Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse
del original para su compulsa) del título deCertificación
de Estudios Primarios o equivalencia exigido o
justificante de haber abonado los derechos para su
expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero se deberá aportar la credencial que
acredite su homologación.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido
separado mediante expediente disciplinario delservicio
de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en
su Estado, el acceso a la función pública.
- Declaración jurada de no estar incurso en causa
alguna de incompatibilidad para el desempeño de
cargo público o empleo público.
La fecha límite para la alegación será aquella en la
que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de
presentación de solicitudes será en el plazo de DIEZ
DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente
a la publicación de la presente convocatoria específica
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma
supondrá la inadmisión del aspirante al proceso
selectivo.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: El impreso de
solicitud con su copia, debidamente cumplimentados,
así como los documentos anteriormente reseñados y
el ejemplar, en su caso, del impreso justificativo del
pago de la tasa por derecho de examen o del recibo
acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro
o transferencia, se presentará en el Registro General
del Ayuntamiento de Puerto del Rosario (Servicio de
Atención Ciudadana).
Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 38, apartado 4, de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Aquellos aspirantes que presenten la documentación
en otro registro distinto del Ayuntamiento de Puerto
del Rosario deberán remitir la instancia registrada por
fax al número: 928.85.02.77. Atal efecto se entenderá
que la hora de terminación del plazo será la hora de
cierre de la oficina de Correos del último día de
presentación de solicitudes.
ADMISIÓN DE ASPIRANTES: Expirado el plazo
de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente
dictará resolución, en el plazomáximo deCINCO DÍAS
NATURALES, aprobando la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública
en elTablón deAnuncios y páginaweb delAyuntamiento,
concediéndose un plazo de tres días naturales para la
presentación de reclamaciones o subsanar los posibles
defectos que hayan motivado la exclusión del aspirante,
siempre que los mismos sean subsanables, sirviendo
a tales efectos la publicación de la lista provisional
con indicación de los defectos observados, como
requerimiento expreso para que se lleve a cabo la
subsanación de los mismos. En el caso de no quedar
excluido ningún solicitante, la lista a aprobar será
directamente la definitiva.
En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán
aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que
se apruebe la lista definitiva de admitidos, que se hará
pública en el Tablón de Anuncios y página web del
Ayuntamiento y en ella se fijará, asimismo, el lugar,
fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase
oposición.
10260 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 65, miércoles 20 de mayo de 2015
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar
incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos.
TRIBUNAL DE SELECCIÓN: El Tribunal
Calificadorserá designado por el Alcalde-Presidente
de la Corporación y compuesto por un Presidente, un
Secretario y cuatro vocales, entre funcionarios de
Carrera o personal laboral fijo de las distintas
Administraciones Públicas y su actuación se regirá
por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases
Generales para la creación de Bolsas de Trabajo, con
Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto
del Rosario.
El Presidente y los Vocales deberán poseer un nivel
de titulación igual o superior al exigido para concurrir
a la convocatoria específica y que sean del área de
conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los
aspirantes. El Secretario, en todo caso, deberá ser un
funcionario.
La designación de los miembros del Tribunalse hará
pública en el Tablón de Anuncios y página web del
Ayuntamiento, conjuntamente con la exposición de
la lista definitiva de admitidos al proceso selectivo
correspondiente.
SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará
por el sistema de oposición, ya que la naturaleza de
las plazas convocadas y de lasfunciones a desempeñar,
hacen que éste sea el sistema de selección más
adecuado.
Consistirá de la realización de un ejercicio obligatorio
y eliminatorio para todos los aspirantes, por lo que
tendrá carácter eliminatorio, en elsupuesto que no se
obtenga la calificación mínima señalada. La puntación
máxima de la oposición será de 10 puntos, debiéndose
obtener, almenos, una puntación de 5 puntos para superar
la fase de oposición.
El ejercicio será adecuado al puesto a cubrir, estará
relacionado con el temario que figura en la convocatoria,
constará de:
- Un supuesto práctico.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio
completo será de veinte minutos
Concluido el ejercicio, y una vez procedido a la
calificación del ejercicio correspondiente, el Tribunal
hará públicas en el lugar de su celebración, en el
Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página
web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes que
hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo,
con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes dispondrán de un plazo deTRES DÍAS
NATURALES, a partir delsiguiente al de la publicación
de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación
final vendrá determinada por la puntuación obtenida
en la fase de oposición.
Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación
en elsistema de oposición, el desempate se resolverá
el orden mediante sorteo público.
Concluido el proceso selectivo, los Tribunales harán
públicaslasrelaciones de candidatos, por el orden de
puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación
obtenida en los diferentes apartados y la puntuación
total.
Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia se aprobará
y ordenará publicar la lista definitiva, quedando
constituidas las bolsas de trabajo a los efectos de
nombramientos, contratacionestemporales o contratos
de relevo, en las plazas, puestos o categorías profesionales
a las que se refiere cada Convocatoria.
Dicha aprobación se publicará en el Tablón de
Anuncios y en la página web del Ayuntamiento,
indicando los lugares en los que se encuentran
expuestas las relaciones de candidatos incluidos en
las expresadas bolsas de trabajo.
La incorporación para ocupar un puesto de trabajo
se realizará por orden decreciente,según la puntuación
alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo.
CERTIFICADO MÉDICO: Los aspirantes que
aprueben las pruebas y formen parte de la lista
definitiva propuesta por el Tribunal calificador,
deberán presentar Certificado médico oficial de no
padecer enfermedad o defecto médico físico que
imposibilite el normal ejercicio de las funciones
propias del puesto de trabajo o categoría profesional
a la que se pretende acceder, expedido por un colegiado
en ejercicio, en el plazo de cinco días hábiles desde
la publicación en elTablón deAnuncios delAyuntamiento
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 65, miércoles 20 de mayo de 2015 10261
y en la web del mismo del acta definitiva donde
figure dicha lista. La no presentación de dicha
documentación en dicho plazo significará el decaimiento
del interesado de la lista y no se le incluirá en la lista
a aprobar según el punto anterior.
DERECHOS DE EXAMEN: Los aspirantes deberán
abonar 20 euros por derecho de examen.
Se deberá abonar, o en su caso, acreditar
documentalmente su exención como se expone en esta
convocatoria, en el plazo de presentación de instancias,
sin que sea susceptible de ingreso, en el plazo de
subsanación a que hace referencia la Base Séptima
de “las Bases Generales para la creación de bolsas de
trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de
Puerto del Rosario” de conformidad con el artículo
26.1 delReal DecretoLegislativo 2/2004, de 5 demarzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales. Su importe se
hará efectivo en la cuenta corriente número
ES2930586118242720001590 de la entidad
Canariascajarural, Sucursal de Puerto del Rosario y
en ningún caso se efectuarán devoluciones de los
importes abonados por este concepto, de alguna de
las siguientes formas:
Mediante giro postal o telegráfico o mediante
transferencia, de conformidad con el artículo 38 de
laLey 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. El giro postal o telegráfico
deberá ir dirigido a la siguiente dirección: “Iltmo.
Ayuntamiento de Puerto del Rosario. Convocatoria
para la Creación de una Bolsa de Trabajo de Personal
de Limpieza, calle/ Rosario, esquina Fernández
Castañeyra, Puerto del Rosario.
En la documentación acreditativa de haber abonado
los derechos de examen que se aportará junto con la
instancia, deberá hacerse referencia, en todo caso, a
los siguientes extremos:
1. La convocatoria pública para la que se solicita
su participación y para la que se ha abonado los
derechos de examen.
2. Nombre y apellidos, así como número del D.N.I.,
pasaporte oTarjeta de identidad del aspirante que solicita
participar en la convocatoria de referencia que en
todo caso, ha de coincidir con la persona que realiza
el abono de los derechos de examen, o para el caso
de que no sea el aspirante que solicita ser admitido
para participar en la pruebasselectivas deberá indicarse
expresamente el aspirante a favor de quien se realiza
el abono de las tasas. Para el supuesto de giro postal
o telegráfico o transferencia, el propio opositor, hará
constar en el espacio de la solicitud destinado para
ello, la clase de giro o transferencia,su fecha y su número.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
- Exenciones: Están exentas del pago de las tasas
o derechos de examen las personas que se encuentren
en algunos de los siguientes supuestos, que deberán
acreditar, necesariamente, en el plazo de presentación
de instancias:
1. Quienes posean una discapacidad física, psíquica
o sensorial, igual o superior al 33 por 100, que deberán
acreditar mediante la aportación de los certificados
a que hace referencia el apartado 2 de la Base Tercera.
2. Quienes figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de la convocatoria a las pruebas selectivas en
las que soliciten su participación.
Serán requisitos para el disfrute de la exención que
en el plazo de que se trate no hubieren rechazado oferta
de empleo adecuado nise hubiere negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,
al salario mínimo interprofesional, que se acreditará
mediante certificación de las oficinas de los Servicios
Públicos de Empleo, y la acreditación de las rentas
se realizará mediante declaración jurada o promesa
escrita delsolicitante de que carece de rentassuperiores,
en cómputomensual, alsalariomínimo interprofesional.
Ambos documentos se deberán acompañar a la
solicitud, dentro del plazo establecido al efecto, o en
su caso en el plazo de subsanación de solicitudes a
que hace referencia la base quinta de las presentesReglas
Genéricas.
3. Los miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, la cualse acreditará mediante
el título oficial expedido por el órgano competente
de laComunidad Autónoma de residencia delsolicitante.
10262 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 65, miércoles 20 de mayo de 2015
- Devoluciones: Procederá la devolución de los
derechos de examen en los siguientes casos:
- Cuando el aspirante abone los derechos de examen
y posteriormente no presente solicitud de participación
en la convocatoria pública.
- Cuando el aspirante abone los derechos de examen
y posteriormente, acredite estar exento del pago de
los mismos, de conformidad con lo expuesto.
- Cuando el aspirante haya efectuado un ingreso por
importe superior al establecido en la convocatoria; en
este caso,se procederá a la devolución de la diferencia.
- Cuando el aspirante haya abonado los derechos
de examen una vez concluido el plazo de presentación
de instancias.
No procederá la devolución de los derechos de
examen cuando el aspirante sea excluido del proceso
selectivo por causa imputable almismo, o cuando siendo
admitido no participe en el proceso selectivo por
causas ajenas a este Ayuntamiento.
PUBLICIDAD: Los actos administrativos y demás
anuncios preceptivos, que lo precisen y se deriven de
este procedimiento, se publicarán en el Tablón de
Anuncios y en la página web del Iltmo. Ayuntamiento
de Puerto delRosario (http://www.puertodelrosario.org).
RÉGIMEN DE RECURSOS: La presente
convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella podrán ser impugnados en la forma
establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
TEMARIO
TEMA 1. Normas básicas de seguridad e higiene
en el puesto de trabajo: Derecho a la protección frente
a losriesgoslaborales. El uniforme de trabajo: Normas
de utilización y obligatoriedad.
TEMA 2. Principales productos de limpieza.
Toxicidad. Utensilios y maquinarias de limpieza.
TEMA3. Limpieza integral de los centros de trabajo:
Suelos, techos, paredes, cristales, escaleras, materiales
decorativos, sanitarios y dependencias comunes.
TEMA 4. Productos de limpieza. Significación de
los símbolos utilizados en las etiquetas. Guarda y
custodia de dichos productos.
TEMA 5. Nociones básicas sobre producción,
posesión y gestión de residuos sólidos urbanos.
SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas, así como en la web y tablón
de anuncios del ayuntamiento de Puerto del Rosario.
TERCERO. Dar traslado de la presente Resolución
al Departamento de Personal y a la Junta de Personal,
así como al Pleno de la Corporación, para su
conocimiento y efectos oportunos
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Puerto del Rosario, a catorce de mayo de dos mil
quince.
LACONCEJALADELEGADADE PERSONAL,
Rita Darias Fuentes.
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