En el BOP del 15/05 se ha publicado en las páginas 6091-6092:
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de
fecha 7 de mayo de 2020, se ha adoptado el siguiente
acuerdo de Modificación de las Bases Reguladoras para
la creación de una Bolsa de Empleo de Fisioterapeuta
y Auxiliar de Ayuda a Domicilio, que se publicaron
en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de
Tenerife nº 2 de fecha 3 de enero de 2020:
En relación con el expediente nº 60/2020, de
modificación de las Bases Reguladoras que han de
regir la convocatoria pública de la selección mediante oposición para la creación de una Bolsa de
Empleo de Fisioterapeuta y de Ayudante de Ayuda a
Domicilio, para que presten sus servicios en el Iltre.
Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, dada la
necesidad de cubrir dichos puestos.
Teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:
1. Visto que con fecha 19/12/2019 la Junta de Gobierno Local adoptó entre otros, la aprobación de las Bases
Reguladoras para la creación de una Bolsa de Empleo
de Fisioterapeuta y Auxiliar de Ayuda a Domicilio.
2. Visto que dichas Bases se publicaron en el Boletín
Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife n.º
2 de fecha 3 de enero de 2020.
3. Visto que, por la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia, se ha remitido
a este Ayuntamiento, escrito por el que se advierte
de la infracción del ordenamiento jurídico respecto
de la Base Segunda, letra e) cuando se introduce el
requisito de “estar en posesión del Certificado de
Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio y/o Atención Sociosanitaria
a Personas Dependientes en Instituciones Sociales o
del Título en Cuidados Auxiliares de Enfermería, al
entender que, los certificados de profesionalidad o las
acreditaciones obtenidas carecen de la naturaleza de
títulos académicos y profesionales oficiales, acreditativos de la superación de las enseñanzas integrantes
del sistema educativo, únicos que habilitan para el
acceso a los empleos públicos, de conformidad con
el artículo 56.e) del TRLEBEP”.
4. Visto que se procedió a subsanar dicho error,
modificando las Bases de la convocatoria.
5. Visto que se emitió por parte del Técnico informe
favorable sobre la modificación de dichas Bases.
La Junta de Gobierno Local acuerda:
Primero. No aplicar la suspensión automática de
plazos prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de
marzo, por el que se declara el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19, modificado por el Real Decreto
465/2020, de 17 de marzo, al tratarse este expediente
de urgente y necesario para el funcionamiento básico
de los servicios sociales municipales.
Segundo. Aprobar la modificación de las bases que
han de regir la convocatoria pública para la configuración de una bolsa de empleo de Fisioterapeuta y
Auxiliar Ayudante a domicilio para que presten sus
servicios en el Iltre. Ayuntamiento de La Matanza de
Acentejo (que se publicaron en el Boletín Oficial de
la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 2 de fecha
3 de enero de 2020):
En la base 2ª referida a los requisitos de los aspirantes donde dice: “Estar en posesión del Certificado de
Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas
en el Domicilio y/o Atención Sociosanitaria a Personas
Dependientes en Instituciones Sociales o del Título en
Cuidados Auxiliares de Enfermería”.
Debe decir: “Para auxiliares de ayuda a domicilio:
estar en posesión del Título de Formación de Profesional de Grado Medio de Técnico de Atención a personas
en situación de dependencia o el Título de Formación
Profesional de Grado Medio de Técnico en Cuidados
Auxiliares de Enfermería”.
Tercero. Abrir un nuevo periodo de presentación de
instancias de diez días hábiles contados a partir del
siguiente al de la publicación de esta modificación de
las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa
Cruz de Tenerife. Conservar las instancias y documentación presentada para la convocatoria de Fisioterapeuta
al no estar afectada por dicha modificación, así como
las de Auxiliar de Ayuda a Domicilio que no tengan
que subsanar ese apartado.
Cuarto. Publicar anuncio de este acuerdo de modificación de las bases que han de regir la convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de
anuncios y en la página web del Ayuntamiento (www.
matanceros.es) y dar traslado del presente acuerdo a la
Viceconsejería de Transparencia y Administraciones
Públicas.
Villa de La Matanza de Acentejo, a 8 de mayo
de 2020.- El Secretario-Interventor, Carlos López
Quintáns.
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