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miércoles, 22 de enero de 2020

Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

En el BOE del 20/01 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio (BOE del 31), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, y en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web www.miteco.gob.es y www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir sesenta plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, Código 5913, por el sistema general de acceso libre, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2018 y 2019, y 20 plazas por el sistema de promoción interna, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2018.
Del total de las plazas convocadas, se reservarán cuatro por el sistema general de acceso libre y una por el sistema de promoción interna para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con dicha condición que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por el citado cupo y siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, serán incluidos por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas en el proceso de acceso libre no se acumularán a las del turno general.
En el proceso de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general.
La distribución por programas específicos de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre es la siguiente:
Veinte, Medio Natural, Calidad Ambiental y Cambio Climático.
Cuarenta, Planificación y Gestión del Dominio Público.
La distribución por programas específicos de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna es la siguiente:
Siete, Medio Natural, Calidad Ambiental y Cambio Climático.
Trece, Planificación y Gestión del Dominio Público.
Los aspirantes, tanto por el sistema de acceso libre como por el de promoción interna, solo podrán participar por uno de los programas específicos previstos en esta base para su correspondiente sistema de acceso. Si en alguno de los programas específicos no se cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en otro de los programas específicos convocados, según determine esta Subsecretaría de acuerdo con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, dado el carácter independiente de ambos procesos.
Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
La fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, si se trata de acceso libre, o las fases de oposición y concurso de acceder por promoción interna, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes deberán cumplir además:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
Pertenecer como personal laboral fijo al Grupo Profesional 2 del Área Técnica y Profesional con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Antigüedad:
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en el Grupo Profesional 2 del Área Técnica y Profesional con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
6. Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
6.2 Los aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. En caso de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
6.3 A los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad y que superen el primer ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.
6.4 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
7. Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», preferentemente por vía electrónica.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
El ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás disposiciones que le sean de aplicación.
b) Igualmente, podrán presentarse las solicitudes en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ ips.
Una vez cumplimentados, en la citada página, todos los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio para la Transición Ecológica, plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen:
– Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
– Mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria extranjera (aquellos cuyo código IBAN no empiece por ES), a la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público Derechos de examen».
7.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.3 Los aspirantes que tengan la condición de personal laboral fijo, deberán aportar junto con la solicitud, certificado de la unidad de personal competente en el que se especifiquen las funciones desarrolladas, a efectos de verificar que cumplen con el requisito de la base 5.
7.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
8. Tribunal
8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.3 El Tribunal calificador actuará con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.
8.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
8.5 Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o conjuntamente debido a la complejidad técnica de los ejercicios a calificar.
8.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el Ministerio para la Transición Ecológica, plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 915468116 correo electrónico bzn-sel.gradomed.mma@miteco.es.
9. Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «Q», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 15 de marzo de 2019 (BOE del 18).
9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web: www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web: www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@miteco.es.
10. Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que los aspirantes que superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios de carrera, de los aspirantes que superen este proceso selectivo por el sistema de promoción interna, tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a los Centros Directivos y Organismos Autónomos del Departamento.
11. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria para la Transición Ecológica en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid 20 de diciembre de 2019.–La Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro Ruiz.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Fase de oposición
La fase de oposición estará formada por tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio y un ejercicio voluntario y no eliminatorio del idioma inglés o francés, en el proceso por el sistema de acceso libre, y por dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio y un ejercicio voluntario y no eliminatorio del idioma inglés o francés, en el proceso por el sistema de promoción interna.
Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
El órgano de selección publicará, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios.
1.1 Ejercicios para el sistema general de acceso libre:
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con el temario que corresponda, tanto al Programa Específico concreto elegido por el mismo como al grupo de temas comunes, que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60 preguntas de las que el 50%, como mínimo corresponderán al temario del Programa Específico y el resto al Grupo de Temas Comunes. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
En el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.
Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los aspirantes de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el temario que corresponda al programa específico concreto elegido por el aspirante y que figura en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los aspirantes de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.
El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de día y hora, pudiendo el Tribunal, a la finalización de la lectura, realizar cuantas preguntas considere conveniente sobre su contenido, durante un tiempo máximo de diez minutos.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados y la capacidad de relacionar los mismos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 3 horas, dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al grupo de temas comunes y el otro al programa específico concreto elegido. Cada uno de estos temas será elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar. Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Cuarto ejercicio. Prueba voluntaria y no eliminatoria en el idioma inglés o francés.
La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión:
Parte A. Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido por el aspirante, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos.
Parte B. Un resumen en inglés o francés, de un texto que les será leído a los aspirantes en el idioma elegido por el aspirante. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos.
Estos ejercicios deberán ser leídos por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en el idioma elegido.
Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de compresión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.
Esta prueba se calificará sobre 10 puntos. Los puntos por encima de 5 de la calificación que obtuviera el aspirante, se sumarán a los obtenidos en los tres primeros ejercicios.
Los aspirantes que superen el tercer ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
Alguno de los ejercicios puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.
1.2 Ejercicios por el sistema de promoción interna:
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con el temario que corresponda, tanto al Programa Específico concreto elegido por el mismo como al Grupo de Temas Comunes, que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de sesenta preguntas de las que el 50 %, como mínimo corresponderán al temario del Programa Específico y el resto al Grupo de Temas Comunes. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
En el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.
Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 3 horas, dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al grupo de temas comunes y el otro al programa específico concreto elegido. Cada uno de estos temas será elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar. Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Tercer ejercicio. Prueba voluntaria y no eliminatoria en el idioma inglés o francés.
La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión.
Parte A. Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido por el aspirante, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos.
Parte B. Un resumen en inglés o francés de un texto que les será leído a los aspirantes en el idioma elegido por el aspirante. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos.
Estos ejercicios deberán ser leídos por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en el idioma elegido.
Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de compresión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.
Esta prueba se calificará sobre 10 puntos. Los puntos por encima de 5 de la calificación que obtuviera el aspirante, se sumarán a los obtenidos en los tres primeros ejercicios.
Los aspirantes que superen el segundo ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada aspirante, sin que en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
Alguno de los ejercicios puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.
2. Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de promoción interna que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que han superado la fase de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos (aanexo V) debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Si alguno de los aspirantes funcionarios, en servicio activo en la Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI de esta Resolución.
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.
2.1 Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad. Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado. Se valorará el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.
Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 3 puntos.
Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 18: 2 puntos.
Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 15: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán los cursos acreditados por el funcionario y recibidos en los últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a veinte horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia. Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.
2.2 Al personal laboral fijo se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad. Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo. Hasta un máximo de 4 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán los cursos acreditados por el personal laboral y recibidos en los últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a veinte horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
d) Experiencia. Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como Anexo V de esta resolución.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3. Curso selectivo
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica, y cuya duración máxima será de tres meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubieran superado estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 10 puntos.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. Los aspirantes que ya fueran funcionarios de carrera o laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo para los aspirantes por acceso libre y por la suma de las puntuaciones de las fases de oposición, concurso y curso selectivo, para los aspirantes que accedan por promoción interna.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, para los aspirantes por el sistema de acceso libre.
4. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
5. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, para los aspirantes por el sistema de promoción interna.
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquellas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
ANEXO II
Programa
Grupo de temas comunes
Sistema general de acceso libre
1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.
2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
3. El Gobierno y la Administración. El Gobierno: composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Administración del Estado. Organización y Funcionamiento del Sector Público estatal. La Administración General del Estado y su organización periférica.
4. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. Cooperación entre las administraciones para la conservación del medio ambiente.
5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
6. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Fases del procedimiento administrativo. La revisión de actos en vía administrativa. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas.
7. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. La legislación de estabilidad presupuestaria y los presupuestos del Estado. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias. El control de la actividad financiera en España. El Tribunal de Cuentas.
8. Los contratos del sector público. Ámbito subjetivo y objetivo de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos competentes en materia de contratación. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar.
9. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.
10. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa.
11. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. Las instituciones de la Unión Europea. Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior. Integración de España en la Unión Europea. La política comunitaria de medio ambiente.
12. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
13. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España. Legislación sobre transparencia.
14. Estructura y competencias del Ministerio para la Transición Ecológica. Los Organismos Públicos: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias y sociedades del Ministerio. Fundaciones participadas por el Ministerio o por sus organismos y sociedades. Las sociedades estatales de aguas.
15. Dominio público marítimo-terrestre en la Constitución Española. Legislación española de costas. Líneas maestras de la política nacional de costas.
16. La Administración pública del agua en España. La Ley de aguas y sus Reglamentos de desarrollo.
17. La Directiva marco del agua. Legislación comunitaria y española de protección de las aguas superficiales y subterráneas contra la contaminación y el deterioro.
18. Dominio público hidráulico. Elementos que lo determinan, su naturaleza jurídica. Importancia para la conservación del medio natural.
19. La Red de Áreas Marinas Protegidas de España (RAMPE). Marco legislativo. Criterios de selección, gestión y conservación. La Red Natura 2000 marina. Otros espacios marinos protegidos.
20. El Convenio sobre Diversidad Biológica. Legislación comunitaria sobre biodiversidad: Directivas Aves y Hábitats. La Red Natura 2000.
21. La Estrategia de la Unión Europea sobre biodiversidad para 2020. Principales elementos y aplicación. El Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. El Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Banco de Datos de la Naturaleza.
22. La Comisión Europea y su organización administrativa en materia de medio ambiente y cambio climático. La Agencia Europea de Medio Ambiente. La red EIONET. Los centros temáticos.
23. Medio ambiente y desarrollo sostenible. Agenda 2030: principios y objetivos. Aplicación en la Unión Europea y en España.
24. Legislación reguladora del Medio Natural: La Ley 42/2007, 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. Órganos de participación pública para la conservación del medio ambiente.
25. La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y los instrumentos de planificación: Plan Estatal Marco de Gestión de residuos 2016-2022 y Programa Estatal de Prevención de residuos 2014-2020. Normativa nacional específica en materia de residuos. La Directiva 2019/904/UE, de 5 de junio, relativa a la reducción del impacto en determinados productos de plástico en el medio ambiente.
26. Plan de Acción de Economía Circular de la Comisión Europea y su desarrollo a nivel nacional a través de la propuesta de la Estrategia Española de Economía Circular.
27. Normativa sobre calidad y evaluación ambiental: Tipos, orígenes y características de la contaminación. La contaminación atmosférica. La contaminación acústica: fuentes, tipos y medidas de prevención. La evaluación ambiental. Conceptos básicos: impacto ambiental, medidas preventivas y correctoras, impactos residuales, medidas compensatorias y vigilancia ambiental.
28. Productos químicos: tipos, efectos, evaluación y riesgos. Reglamento REACH. Normativa sobre contaminantes orgánicos persistentes, mercurio, productos fitosanitarios y biocidas.
29. El cambio climático: evidencia científica del fenómeno. Respuesta internacional ante el cambio climático: el Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático, Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París.
30. Marco europeo de lucha contra el cambio climático. Paquete de Energía y Cambio Climático 2013-2020 y Marco 2030 de Energía y Clima de la Unión Europea. Políticas de mitigación y adaptación al cambio climático a nivel nacional.
31. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La información ambiental en España. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
32. Los Sistemas de Información Geográfica (GIS). Concepto, tipos, potencialidades. Fuentes de información. Aplicación a la gestión del medio natural y la ordenación territorial.
33. Responsabilidad medioambiental. La Directiva 2004/35/CE, de 21 de abril, sobre responsabilidad medioambiental. La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental y su desarrollo reglamentario. Responsabilidad objetiva y subjetiva. Obligación de prevenir, evitar y reparar. Garantías financieras y análisis de riesgos medioambientales. La Comisión técnica de prevención y reparación de daños medioambientales.
Sistema de promoción interna
1. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
2. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España. Legislación sobre transparencia.
3. Dominio público marítimo-terrestre en la Constitución Española. Legislación española de costas. Líneas maestras de la política nacional de costas.
4. Dominio público hidráulico. Elementos que lo determinan, su naturaleza jurídica. Importancia para la conservación del medio natural.
5. La Red de Áreas Marinas Protegidas de España (RAMPE). Marco legislativo. Criterios de selección, gestión y conservación. La Red Natura 2000 marina. Otros espacios marinos protegidos.
6. El Convenio sobre Diversidad Biológica. Legislación comunitaria sobre biodiversidad: Directivas Aves y Hábitats. La Red Natura 2000.
7. La Estrategia de la Unión Europea sobre biodiversidad para 2020. Principales elementos y aplicación. El Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. El Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Banco de Datos de la Naturaleza.
8. La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y los instrumentos de planificación: Plan Estatal Marco de Gestión de residuos 2016-2022 y Programa Estatal de Prevención de residuos 2014-2020. Normativa nacional específica en materia de residuos. La Directiva 2019/904/UE, de 5 de junio, relativa a la reducción del impacto en determinados productos de plástico en el medio ambiente.
9. Plan de Acción de Economía Circular de la Comisión Europea y su desarrollo a nivel nacional. Estrategia Española de Economía Circular.
10. Productos químicos: tipos, efectos, evaluación y riesgos. Reglamento REACH. Normativa sobre contaminantes orgánicos persistentes, mercurio, productos fitosanitarios y biocidas.
11. El cambio climático: evidencia científica del fenómeno. Respuesta internacional ante el cambio climático: el Panel Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático, Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París.
12. Marco europeo de lucha contra el cambio climático. Paquete de Energía y Cambio Climático 2013-2020 y Marco 2030 de Energía y Clima de la Unión Europea. Políticas de mitigación y adaptación al cambio climático a nivel nacional.
Grupo de temas del programa específico
Medio natural, calidad ambiental y cambio climático
1. Convenios internacionales surgidos de la Cumbre de Río: Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convenio de lucha contra la Desertificación. Principales características, evolución y su aplicación en España.
2. Convenios internacionales relacionados con la conservación de la naturaleza: Convenios de Bonn, Berna, Ramsar y Convenio Cites. Principales características, evolución y su aplicación en España.
3. El Convenio de Barcelona y Plan de Acción para el Mediterráneo. Convenio OSPAR para la protección del medio marino del Atlántico nordeste. Su aplicación a la conservación de los hábitats y especies marinas. Principales características, evolución y su aplicación en España.
4. Organismos y Programas internacionales relacionados con la conservación de la naturaleza, IPBES, PNUMA, FAO, Foro Forestal de Naciones Unidas (UNFF). La UICN.
5. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales: concepto, objetivos y efectos jurídicos. La Red de Parques Nacionales. Instrumentos de planificación. La gestión de los parques nacionales. Órganos de participación, consultivos, de colaboración y coordinación.
6. La ordenación de los recursos naturales y la delimitación de espacios naturales protegidos. Planes de ordenación de los recursos naturales (PORN). Características principales. Potencialidad de los PORN en la ordenación y conservación del medio natural. La planificación de los usos y gestión en los espacios naturales protegidos. Planes rectores de uso y gestión (PRUG). Características principales. El uso público en los espacios naturales protegidos. Técnicas de interpretación y sensibilización. Instrumentos de gestión en desarrollo de los PRUG.
7. Instrumentos de participación pública y colaboración ciudadana en los espacios naturales protegidos. Planes de Voluntariado. La educación ambiental en España: el CENEAM, sus objetivos y programas de trabajo. La sensibilización ambiental de ciudadanos y consumidores. La formación ambiental en España.
8. Espacios naturales protegidos (ENP). Desarrollo legislativo. Principales figuras de protección. Situación y principales características del conjunto de los ENP en España. Espacios naturales españoles integrados en redes internacionales. Reservas de la Biosfera, ZEPIM, humedales de importancia internacional (Ramsar). Espacios naturales designados como Patrimonio de la Humanidad.
9. Directiva 2008/56/CE, de 17 de junio, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino. La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. Las Estrategias Marinas españolas. La Comisión Interministerial de Estrategias Marinas. Los Comités de Seguimiento de las estrategias marinas.
10. Las estrategias forestales comunitaria y española. El Plan Forestal Español y los planes forestales de las Comunidades Autónomas. La sanidad forestal: principales plagas y enfermedades de los ecosistemas forestales españoles. Redes europeas de seguimiento del estado sanitario de las masas forestales. Impactos del cambio climático.
11. Multifuncionalidad de los sistemas forestales. Criterios e indicadores de gestión forestal sostenible de los bosques. Los sistemas de certificación forestal. La propiedad forestal: Clasificación y régimen jurídico de los montes españoles. Ordenación de los montes y tratamientos culturales de las masas arboladas.
12. El aprovechamiento de los recursos naturales. Las actividades cinegéticas y piscícolas. La pesca marítima. Normativas y regulación.
13. La erosión del suelo y la desertificación. El Convenio de lucha contra la Desertificación. La restauración hidrológico-forestal: principios generales y objetivos. Sistema corrector de cuencas. Trabajos de restauración de la cubierta vegetal. Trabajos de corrección de cauces. Relación de la desertificación y el cambio climático.
14. Mejora y conservación de los recursos genéticos forestales. Criterios para la elaboración de programas específicos. Producción y comercialización de material forestal de reproducción. Comercio interior e internacional. La lucha contra los incendios forestales. Técnicas de prevención y extinción. Instrumentos jurídicos y administrativos para la coordinación en la lucha contra incendios forestales. Relación de los incendios y el cambio climático.
15. El medio físico y su relación con la diversidad biológica. El clima, el relieve y los suelos. Las unidades morfoestructurales españolas y las principales unidades del relieve. Las grandes unidades naturales de España.
16. Las regiones biogeográficas marinas en España. Ámbito geográfico y características diferenciales. Principales ecosistemas y especies. Espacios naturales protegidos más significativos.
17. Las regiones Alpina, Atlántica, Mediterránea y Macaronésica en España. Ámbitos geográficos y características diferenciales. Principales ecosistemas y especies. Espacios naturales protegidos más significativos.
18. Los ecosistemas fluviales y marinos españoles. Definición, tipología y características. Estado de conservación y factores condicionantes. Las formaciones costeras de playas y dunas. La dinámica litoral. Perfil de equilibrio de las playas. La erosión costera: Causas y correcciones.
19. Los humedales españoles. Tipología, distribución, características ecológicas. Estado de conservación y factores condicionantes. El Plan Estratégico Español para la Conservación y Uso Racional de los Humedales.
20. Aplicación de la normativa de aguas a la conservación del medio natural. Planes hidrológicos. Reservas naturales fluviales Las aguas subterráneas. Principales características de los acuíferos españoles. Principales problemas de conservación en relación con la diversidad biológica.
21. Principales impactos ambientales de los proyectos relativos a gestión de aguas, desalación de agua del mar y proyectos portuarios y costeros; de los proyectos de infraestructuras de transporte; y de los proyectos energéticos y de transporte de gas y electricidad. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
22. Especies protegidas. Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Catálogo Español y Catálogos Autonómicos de Especies Amenazadas. Desarrollo y aplicación. Estrategias de conservación de especies y de lucha contra las amenazas para la biodiversidad. Planes de recuperación y de conservación de especies en peligro de extinción y vulnerables. Ejemplos concretos.
23. Las especies exóticas invasoras. El Reglamento 1143/2014 de 22 de octubre sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras. El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. Principales taxones, causas de la invasión, problemas ambientales y lucha contra ellas. Prevención de introducción de especies exóticas invasoras. Factores y metodología de análisis de riesgos. Estrategias de gestión, control y erradicación de especies exóticas invasoras.
24. La conservación «ex situ» de la diversidad biológica. Parques Zoológicos y Jardines Botánicos. Cría en cautividad. Bancos de germoplasma. Reintroducción de especies amenazadas o extinguidas. Directrices y normativas nacionales e internacionales. Ejemplos de éxito en España.
25. El Grupo Intergubernamental de Expertos de Cambio Climático. Funciones. Composición. Grupos de trabajo. Informes de evaluación. Tipos de Gases de Efecto Invernadero (GEI). Evolución de las emisiones y fuentes de Gases de Efecto Invernadero en el contexto global.
26. Energía, transporte, sector residencial y cambio climático. Fuentes de emisión de gases de efecto invernadero. Principales medidas de mitigación. Impactos del cambio climático. El papel de las energías renovables y la eficiencia energética. Respuesta de la Unión Europea y España.
27. Industria, gases fluorados, residuos y cambio climático. Fuentes de emisión de gases de efecto invernadero. Principales medidas de mitigación. Respuesta de la Unión Europea y España.
28. Agricultura, selvicultura, otros usos del suelo y cambio climático. Fuentes de emisión y sumideros de gases de efecto invernadero. Impactos del cambio climático. Principales medidas de mitigación y adaptación. Respuesta de la Unión Europea y España.
29. Marco 2030 de Energía y Clima. Objetivos. Estructura para el cumplimiento de los objetivos de los Estados Miembros. Estado de situación. Desarrollo legislativo. Estrategia a largo plazo para 2050 de la Unión Europea.
30. Sistemas de comercio de emisiones. Fundamento. Características generales. Sistema Europeo de Comercio de Derechos de Emisión. Principales características. Objetivos. Evolución del sistema.
31. Obligaciones de información relacionadas con cambio climático ante la Unión Europea. Mecanismo de seguimiento de la Unión Europea. Reglamento (UE) nº 525/2013. Relación con las obligaciones de información de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático. El Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero. Emisiones totales de gases de efecto invernadero en España. Emisiones por sectores. Evolución de las emisiones de gases de efecto invernadero en España desde 1990 y proyecciones.
32. Principales instrumentos de planificación de lucha contra el cambio climático en España: Estrategia baja en carbono y resiliente al cambio climático en España-Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia. Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático. Hoja de ruta 2020.
33. Principales impactos del Cambio Climático en España. Diferentes impactos sectoriales. Principales sistemas y líneas de actuación. Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC). Antecedentes y marco de referencia. Programas de Trabajo.
34. Iniciativas en España en la lucha contra el cambio climático: Planes de Impulso al Medio Ambiente (PIMAs) en materia de mitigación y adaptación al cambio climático. Los Proyectos Clima. El registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Descripción. Principales objetivos. Resultados.
35. Convenio de Basilea. Reglamento (CE) n.° 1013/2006, de 14 de junio, relativo a los traslados de residuos. Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
36. Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. El Registro de emisiones y fuentes contaminantes (PRTR). El Convenio de Ginebra sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia. El protocolo de Gotemburgo. La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y su normativa de desarrollo. Planes nacionales para el control de la contaminación atmosférica. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y su desarrollo reglamentario.
37. Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes. El programa Nacional de Aplicación de Contaminantes Orgánicos persistentes. El Convenio de Rotterdam. El Reglamento 649/2012/UE, de 4 de julio, sobre exportación e importación de productos químicos peligrosos. El Convenio de Viena y su Protocolo de Montreal sobre sustancias que agotan la capa de ozono. La Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente y su desarrollo. La Comisión Nacional de Bioseguridad. El Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente.
Planificación y gestión del dominio público
1. El dominio público marítimo-terrestre. Bienes que lo integran. La ribera de mar. Afectación y desafectación. Las servidumbres de tránsito y protección en terrenos colindantes con el dominio público marítimo-terrestre: objeto de estas servidumbres y contenido.
2. El procedimiento de deslinde del dominio público marítimo-terrestre. Efectos del deslinde. Revisión del deslinde. La recuperación posesoria de oficio del dominio público marítimo-terrestre. El régimen económico y financiero del dominio público marítimo-terrestre.
3. La utilización del dominio público marítimo-terrestre I. Usos común y especial. Usos permitidos y prohibidos. Títulos de ocupación del dominio público marítimo-terrestre. Las concesiones: usos que las requieren, procedimiento de otorgamiento, formas de extinción, causas de caducidad, competencias de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, prórrogas.
4. La utilización del dominio público marítimo-terrestre II. Reservas y adscripciones, procedimiento y competencias. Las autorizaciones: usos que las requieren, procedimiento para el otorgamiento y competencias de las distintas administraciones públicas. Los servicios de temporada en playas.
5. La fijación de la anchura de las zonas de servidumbre de tránsito y protección. Usos permitidos y prohibidos en zonas de servidumbres. Competencias administrativas en estas franjas de terreno. La zona de influencia. Otras limitaciones sobre los terrenos colindantes con el dominio público marítimo-terrestre impuestas por la legislación de costas.
6. Las disposiciones transitorias de la normativa de costas relativas a las ocupaciones y usos en zonas de dominio público marítimo-terrestre y servidumbres. Compensaciones previstas para titulares de terrenos incluidos en dominio público marítimo-terrestre. Disposiciones sobre obras e instalaciones construidas antes de la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, sin licencia municipal y/o la autorización o concesión necesaria. Disposiciones sobre obras e instalaciones legales a la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio.
7. Distribución de competencias entre las Administraciones Públicas en materia de costas. Incidencia de las transferencias en materias de costas según los Estatutos de Autonomía vigentes. Principios que rigen las relaciones administrativas. Intervención de la Administración General del Estado en los procedimientos urbanísticos para la protección del dominio público marítimo-terrestre.
8. Los vertidos en el mar. Definición. Autorizaciones de vertido, requisitos y autoridades competentes. Excepciones.
9. Infracciones y sanciones en materia de costas. La obligación de restituir. La indemnización. El procedimiento sancionador. Órganos competentes.
10. Morfología de costas. Tipos de costas desde el punto de vista morfológico. Descripciones de las costas atlántica, cantábrica, mediterránea y de los archipiélagos balear y canario.
11. Transporte de sedimentos: longitudinal y transversal. Erosión costera: causas naturales y antrópicas. Medidas correctoras de carácter general. Previsiones de la Ley de Costas. Tratamiento de la erosión costera debida a barreras al transporte longitudinal de sedimentos. Trasvases de arenas.
12. Obras y actuaciones en el litoral. Concepto legal de obra de interés general. Directrices sobre actuaciones en la costa: playas y borde costero. Principales tipos de actuación sobre la costa ejecutadas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. Evaluación ambiental de planes y de proyectos
13. El dominio público hidráulico del Estado. Zonas de servidumbre y policía. Actividades en la zona de flujo preferente. Apeo y deslinde del dominio público hidráulico.
14. La Administración Pública del Agua en España. Principios generales. Demarcaciones Hidrográficas. Los Organismos de Cuenca. Órganos de gobierno y gestión. El Consejo del Agua de la Demarcación. El Comité de Autoridades Competentes. El Consejo Nacional del Agua.
15. La utilización del dominio público hidráulico. Servidumbres legales. Usos comunes y usos privativos. Declaraciones responsables. La concesión de aguas en general. La cesión de derechos al uso privativo de aguas públicas.
16. Novación, modificación, revisión y extinción de las concesiones. Alumbramiento y utilización de aguas subterráneas. Tramitación de concesiones de obras e instalaciones en el dominio público hidráulico.
17. Procedimiento de concesión de aguas para abastecimiento de poblaciones y urbanizaciones, uso industrial, ganadero, acuicultura, usos recreativos, riego y aprovechamiento hidroeléctrico. Particularidades de los aprovechamientos hidroeléctricos. Regulación de los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua.
18. El Registro de Aguas: contenido, organización y funcionamiento. Detalle de la inscripción registral. Efectos jurídicos de la inscripción y la certificación. La Oficina del Registro de Aguas. El Catálogo de aguas privadas y la Base Central del Agua. Comunidades de usuarios. Tipos. Constitución y órganos. Funciones. Estatutos y ordenanzas. Sociedades estatales.
19. Régimen económico-financiero de la utilización del Dominio Público Hidráulico. Canon de utilización. Canon de control de vertidos. Canon de regulación y tarifa de utilización del agua. Actos de liquidación. Infracciones y sanciones en materia de aguas.
20. Procedimiento sancionador. Valoración de daños al Dominio Público Hidráulico. Aplicación de la valoración en el procedimiento sancionador. Competencias de los tribunales.
21. Los vertidos al dominio público hidráulico. Autorización de vertido: procedimiento, condicionado, resolución, revisión y revocación. Especificaciones de los vertidos a las aguas subterráneas. Censos de vertidos autorizados. Procedimiento de control de los vertidos. Normas sobre toma de muestras de aguas. Entidades colaboradoras de la Administración hidráulica. Normativa reguladora. Entidad Nacional de Acreditación.
22. Principales tratamientos de depuración de aguas residuales. Diseño y explotación de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas. Reutilización de aguas depuradas. Sistemas urbanos de drenaje sostenible. Desbordamientos de sistemas de saneamiento en episodios de lluvia. Legislación comunitaria y española.
23. Parámetros físicos, químicos y microbiológicos relacionados con la calidad de las aguas. Determinaciones «in situ» en aguas naturales y residuales. Equipos de campo y parámetros analizados. Medición de caudal de vertidos. Procedimientos para la toma de muestras de matrices medioambientales. Tipo de muestras. Técnicas de conservación y transporte. Cadena de custodia. Estandarización.
24. Protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura. Contaminación difusa procedente de la actividad agraria: fertilizantes y plaguicidas. Medidas para hacer frente a la contaminación difusa. Declaración de aguas afectadas. Designación de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos. Programas de acción. Control del estado de la contaminación por nitratos. Eutrofización de las aguas. Legislación comunitaria y española.
25. Presiones sobre las masas de agua. Tipos. Inventarios de presiones significativas. Impactos en las masas de agua superficial y subterránea. Método de análisis de presiones e impactos: factores determinantes, presiones, estado, impacto y respuesta (modelo DPSIR). Evaluación del riesgo.
26. Las zonas protegidas en la Directiva marco del agua. Registro de zonas protegidas y Reservas naturales fluviales. Programas de seguimiento de las aguas en la Directiva marco del agua. Clasificación y representación del estado. Elementos de calidad e indicadores. Condiciones de referencia de las aguas. Ejercicio de intercalibración. Indicadores biológicos en la Directiva marco del agua.
27. Estrategias para combatir la contaminación de las aguas superficiales por sustancias prioritarias. Sustancias peligrosas. Legislación comunitaria y española.
28. La planificación hidrológica. Objetivos y criterios. Reglamento e Instrucción de Planificación Hidrológica. Los planes hidrológicos de cuenca. Contenido, elaboración, participación pública, aprobación, seguimiento y revisión. La evaluación ambiental estratégica de los planes hidrológicos. El Plan Hidrológico Nacional. Contenido, elaboración, participación pública y aprobación. Elementos fundamentales. Obras hidráulicas de interés general.
29. Los programas de medidas de los planes hidrológicos de cuenca. Procedimiento de análisis y definición de los programas. Principales medidas incluidas en los Planes.
30. Los recursos hídricos naturales. Concepto de ciclo hidrológico. Balance hídrico de un territorio. Precipitación y evapotranspiración. Infiltración al suelo y recarga a los acuíferos. Clases de acuíferos, características y propiedades hidrodinámicas y ecosistemas acuáticos y terrestres asociados. Generación de escorrentía superficial y subterránea. Modelos de Precipitación-Escorrentía empleados. Régimen natural y régimen alterado: afecciones antrópicas del ciclo hidrológico. Recursos hídricos no convencionales: reutilización y desalinización.
31. La estimación directa de los recursos hídricos: redes de medida. Criterios de diseño y explotación de las redes superficiales y subterráneas. Diseño de estaciones de aforo y de piezometría. Métodos de realización de aforos directos. Información pública disponible.
32. Caracterización económica de los usos del agua. Criterios de garantía. Asignación y reserva de recursos. Concepto de sistema de explotación. Prioridades y reglas de gestión. Análisis de sistemas de recursos hídricos. Métodos de simulación.
33. El régimen de caudales ecológicos en ríos y aguas de transición. Objetivos. Componentes del régimen de caudales ecológicos. Caracterización: métodos hidrológicos y de modelación del hábitat. El proceso de concertación en los planes hidrológicos. Los requerimientos hídricos de lagos y zonas húmedas.
34. Eventos extremos: sequías e inundaciones. Impactos económicos, sociales y ambientales. Caracterización y análisis de las sequías. Indicadores de sequía e indicadores de escasez. Los planes especiales de alerta y eventual sequía. Tipos de medidas. Las inundaciones. Procesos de generación de crecidas e inundaciones. Métodos de cálculo de caudales máximos: análisis estadístico y métodos hidrometeorológicos. Métodos de propagación de avenidas en ríos y laminación de avenidas. Modelos hidrometeorológicos para la predicción y seguimiento de avenidas. Sistemas de ayuda a la decisión. Tipos de medidas.
35. Evaluación y gestión de los riesgos de inundación. Evaluación preliminar del riesgo de inundación, mapas de peligrosidad y riesgo. Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. Planes de gestión del riesgo de inundación. Normativa europea y su transposición al derecho español.
36. Seguridad de presas, embalses y balsas. Tipologías. Clasificación frente al riesgo potencial. Órganos competentes en materia de seguridad. Registro. Normas técnicas de seguridad de presas y embalses. Normas de explotación y planes de emergencia de presas.
37. Hidromorfología fluvial. Tipos de ríos en cuanto a régimen de caudales, trazado, morfología, vegetación de ribera. Dimensiones y funcionamiento. Estrategia Nacional de Restauración de Ríos. Principales actuaciones para la mejora y restauración de los ríos y sus riberas.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular
Presidente: Jorge Francisco Ureta Maeso, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Secretaria: Natalia Beltrán Díaz, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente
Vocales:
Luis Martín Fernández, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Elena Bronchalo González, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Manuel Ángel Laguera García, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Tribunal suplente
Presidenta: Marina Muñoz Ovejero, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretario: Ramón López Pérez, Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
Vocales:
Miguel Villanueva Santos, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Inés Degroote Castellanos, Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
Rosa Alcazar de la Torre, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Especialistas en los programas específicos
Medio Natural, Calidad Ambiental y Cambio Climático
Lourdes Aurora Hernando Garcinuño, Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
Jorge Alonso Rodríguez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Planificación y Gestión del Dominio Público
Javier Ruza Rodríguez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Cristina Blanco Bezanilla, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas de idiomas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro del Centro Gestor, se consignará «Subsecretaría para la Transición Ecológica».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente», Código 5913.
En el recuadro 16, «Especialidad», se consignará el programa específico por el que se opte de entre las previstas en la base 1 de esta convocatoria, según su correspondiente sistema de acceso.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L» para los aspirantes de acceso libre y la letra «P» para los que participen por promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio para la Transición Ecológica».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 22, «Reserva», los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el sistema de acceso libre, cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo consignando la letra «G».
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título que se posee, en virtud de lo señalado en la base 4.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará idioma inglés o francés para los aspirantes que opten por realizar la prueba voluntaria de idiomas.
En el recuadro 25, apartado B, se consignará «F», si es personal funcionario y «L», si es personal laboral, para los aspirantes que participen por el sistema de promoción interna.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 22,87 € para el sistema general de acceso libre, y de 11,44 € para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 11,44 € para acceso libre y 5,72 € para promoción interna.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría para la Transición Ecológica, Subdirección General de Personal e Inspección de los Servicios, plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid.
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