En el BOP del 19/12 se ha publicado en la página 12194:
Por el presente se hace público que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 11
de diciembre de 2018,se aprobó la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Arucas para el ejercicio
2018, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
“Primero: Aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2018, en los
siguientes términos:
DENOMINACIÓN N.° DE GRUPO/
PLAZA PLAZA ESCALA SUBESCALA SUBGRUPO VÍNCULO TURNO
Aux. Admtvo. 21206/1 Admón. Gral. Auxiliar C/C2 Funcionario Libre
Policía 22224/1 Admón. Especial Serv. Especiales C/C1 Funcionario Libre
Policía 22227/1 Admón. EspeciaJ Serv. Especiales C/C1 Funcionario Libre
Segundo: Publicarla citada Oferta enBoletín Oficial de la Provincia de las Palmas,Boletín Oficial de laComunidad
Autónoma de Canarias, página web municipal y sede electrónica.
Tercero: Dar traslado del acuerdo que se adopte a la Administración del Estado y a la Autonómica”
Contra el presente Acuerdo, que es definitivo en vía administrativa y en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la publicación, podrá interponerRecursoContencioso-Administrativo ante los correspondientes
Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/98 de
13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 114 c)
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo,señalado en el párrafo
anterior, contra el presente acuerdo que se publica, podrá interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano
que la dictó, en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente de la publicación.
Todo ello, conforme a lo establecido en los artículos 123, 124 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de cualquier otro
recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.
En Arucas, a once de diciembre de dos mil dieciocho.
EL ALCALDE, Juan Jesús Facundo Suárez.
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