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jueves, 8 de noviembre de 2018

ANUNCIO de 25 de octubre de 2018, relativo a la modificación de las bases para la selección de un Técnico de Administración General, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, y constitución de una lista de reserva. (EL SAUZAL)

En el BOC del 8/11 se ha publicado:


Mediante Decreto del Sr. Alcalde del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de El Sauzal nº 1674/2018, de fecha 15 de octubre, se ha aprobado la convocatoria para la selección de un Técnico de Administración General, vacante en la Plantilla de Personal Funcionario de esta Entidad, así como para la constitución de una lista de reserva, la cual se procede a modificar mediante Decreto del Sr. Alcalde del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de El Sauzal nº 1742/2018, de fecha 25 de octubre, modificando las bases en los siguientes términos:
donde dice:
"3.4. Derechos de examen. Los derechos de examen serán de veinte euros (20 euros). Para su ingreso será imprescindible disponer del Documento de Ingreso denominado "MOD. 2", que se podrá obtener por cualquiera de los siguientes medios:
a) En el Departamento de Rentas de esta entidad.
b) Si se dispone de "DNI Electrónico", "Firma digital" o "Usuario y Contraseña", directamente a través de la página web municipal, que permite la obtención del documento de ingreso y su pago (www.elsauzal.es./Sede Electrónica Portal del ciudadano/Autoliquidación de tasas).
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que, en el momento de presentación de la correspondiente solicitud de participación, figuren como demandantes de empleo desde al menos un mes antes a la fecha de convocatoria, siempre que en dicho plazo no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Estas condiciones deberán ser acreditadas mediante certificados emitidos por la Administración competente (Servicio Canario de Empleo), y declaración Jurada conforme al modelo del Anexo II que figura en las presentes bases.
No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando el aspirante sea excluido del proceso selectivo por causa imputable al mismo o cuando, siendo admitido, no participe en el proceso selectivo por causas ajenas a esta Corporación.
En ningún caso el pago de la tasa por derechos de examen exime de la obligación de presentar en tiempo y forma la solicitud de participación en el proceso selectivo."
pase a decir:
"3.4. Derechos de examen. Los derechos de examen serán de veinte euros (20 euros). Para su ingreso será imprescindible disponer del Documento de Ingreso denominado "MOD. 2", que se podrá obtener por cualquiera de los siguientes medios:
a) En el Departamento de Rentas de esta entidad.
b) Si se dispone de "DNI Electrónico", "Firma digital" o "Usuario y Contraseña", directamente a través de la página web municipal, que permite la obtención del documento de ingreso y su pago (www.elsauzal.es./Sede Electrónica Portal del ciudadano/Autoliquidación de tasas).
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que, en el momento de presentación de la correspondiente solicitud de participación, figuren como demandantes de empleo desde al menos un mes antes a la fecha de convocatoria, siempre que en dicho plazo no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Estas condiciones deberán ser acreditadas mediante certificados emitidos por la Administración competente (Servicio Canario de Empleo), y declaración Jurada conforme al modelo del Anexo V que figura en las presentes bases.
No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando el aspirante sea excluido del proceso selectivo por causa imputable al mismo o cuando, siendo admitido, no participe en el proceso selectivo por causas ajenas a esta Corporación.
En ningún caso el pago de la tasa por derechos de examen exime de la obligación de presentar en tiempo y forma la solicitud de participación en el proceso selectivo."
Incluir el siguiente Anexo:
Ver anexo en las páginas 35842-35844 del documento Descargar
El Sauzal, a 25 de octubre de 2018.- El Alcalde-Presidente, Mariano Pérez Hernández.

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