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jueves, 17 de mayo de 2018

Bases específicas que han de regir la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de oposición, para plaza de ingeniero/a técnico industrial (A2) mediante listas de reserva en el ayuntamiento (MOGÁN)

En el BOP del 16/05 se ha publicado en las páginas 5097 y ss:

Por acuerdo Decreto número 1392/2018 de fecha 3 de mayo de 2018, se aprobaron las bases específicas que han de regir el correspondiente proceso selectivo para generar listas de reserva por el sistema de oposición, de la PLAZADE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL (A2) y de acuerdo al mismo se procede a la publicación de las citadas bases específicas: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 16 de mayo de 2018 5097 BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMADE OPOSICIÓN, PARAPLAZADE INGENIERO/ATÉCNICO INDUSTRIAL(A2) MEDIANTE LISTAS DE RESERVA EN EL AYUNTAMIENTO DE MOGÁN. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria, la configuración de lista de reserva para cubrir las necesidades en esta administración, mediante nombramiento como funcionario interino, mediante el sistema de oposición de plaza de Ingeniero/a Técnico Industrial. SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA EXIGIDA. Ingeniero Técnico Industrial: Con respecto a la titulación se requiere estar en posesión de la Ingeniero/a Técnico Industrial o Graduado en Ingeniería rama Industrial, en el caso de ser un título equivalente se deberá aportar la documentación que acredite la equivalencia, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancia. TERCERA.REQUISITOSQUEDEBENREUNIRLOSASPIRANTES PARATOMARPARTEENELPROCESO SELECTIVO. Se estará a lo establecidos en la base segunda de las BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTA DE RESERVAS PARA INTERINIDADES Y CONTRATACIONES LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 19 de abril de 2016, publicado en la Web www.mogan.es y en el Boletín Oficial de la Provincia número 55 de 6 de mayo de 2016, en adelante BGLR. CUARTA: SOLICITUDES. Se estará a lo establecidos en la base tercera de las BGLR. Plazo de presentación: El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Provincia. Así mismo se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal, www.mogan.es QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las BGLR. SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y FASES DEL MISMO: La selección se efectuará por el sistema de oposición. El programa que han de regir las pruebas selectivas es el que figura en Anexo III de esta convocatoria, para cada una de las categorías convocadas. 1. FASE PRIMERA: (Oposición) Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes a la fase de oposición no se permitirá el uso de teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados durante el tiempo de realización de las pruebas. 5098 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 16 de mayo de 2018 La oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes): A) EJERCICIO TEÓRICO: Consistirá en el desarrollo de un ejercicio teórico (tipo test), relacionado con el temario, que se incorpora como anexo III de la presente convocatoria. El tiempo máximo de desarrollo del primer ejercicio será de 60 minutos. El ejercicio teórico consistirá en un ejercicio tipo test de 60 preguntas con 4 respuestas posibles, siendo una sola de ellas la correcta. En caso de señalar más de una opción se considerará como respuesta en blanco. La fórmula de corrección será la siguiente, teniendo en cuenta que las respuestas en blanco no puntúan ni restan: [(número de aciertos – (número de errores/ 3)) / número de preguntas] x 10. B) EJERCICIO PRÁCTICO: Ha de ser relacionado con las funciones de la categoría a que se aspira, relacionadas con identificación de herramientas, tareas, técnicas y/o procesos, que guarden relación con el temario (anexo III). El tiempo máximo de duración del ejercicio será de 90 minutos. Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes al ejercicio práctico los aspirantes podrán hacer uso en formato papel (no soporte digital) de lostextoslegales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos y en ambos casos las conclusiones que se formulen serán lo suficientemente válidas, específicas y condensadas para obtener la información relevante y fiable sobre el supuesto expuesto. De la misma manera, en caso de que el aspirante sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano podrán ser requerido a la realización de alguna prueba que permita conocer el nivel de manejo del castellano, si bien el carácter técnico de la oposición convocada podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal comprobación y evaluado en el desarrollo del ejercicio si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia en el expediente. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Cada una de las pruebas que integran los ejercicios de la oposición se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario para pasar a la siguiente prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto, desde el mismo momento en que el aspirante no obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de los ejercicios, quedará automáticamente excluido. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Web municipal, la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con especificación de las puntuaciones obtenidas. Deberá tenerse en cuenta que lasrectificaciones de errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio, cuando los mismos sean fácilmente constatables, llevará aparejada su aplicación para todos los aspirantes en igualdad de condiciones, lo que pudiera determinar una modificación de las puntuaciones respectivamente obtenidas, de lo que los aspirantes deberán ser respectivamente informados en todo momento mediante el correspondiente Anuncio de rectificación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Las comunicaciones que se efectúen por teléfono a través de funcionario público, deberán hacerse constar en el expediente administrativo mediante Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión y visto bueno del Jefe de Sección de Recursos Humanos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 16 de mayo de 2018 5099 CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de oposición será siempre la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el práctico. En cualquiera de los casos, no se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de cinco puntosrespectivamente. SÉPTIMA. PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación final del proceso selectivo será determinada por la clasificación final de la fase de oposición. La Puntuación máxima que se puede obtener es de 10 puntos, correspondiente a la fase oposición. En caso de empate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico y ejercicio teórico, en este orden. De persistir el empate se realizará un sorteo, acto público para el cualserán convocadoslosinteresados. OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LA FASE DE OPOSICIÓN. Se estará a lo establecidos en la base octava de las BGLR. NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. Se estará a lo establecidos en la base quinta de las BGLR. DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS ASPIRANTES QUE HAN DE INTEGRAR LAS LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS CONVOCADAS. Una vez realizadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal y en la Web municipal la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación decreciente y propondrá al órgano convocante los candidatos que hayan de integrar la lista de reserva respectiva que se confeccionará por dicho orden. DÉCIMO-PRIMERA: Presentación de documentos. Nombramiento. Revocación Se estará a lo establecidos en la base décima de las BGLR. DÉCIMO-SEGUNDA: Elsolo hecho de presentarla instancia,solicitando formar parte en el presente procedimiento, constituye sometimiento expreso de losinteresados a las bases generales y específicasreguladoras delmismo, ostentando ambasla consideración de ley reguladora del proceso en cuestión, así como así como a las disposiciones contenidas en los criterios de funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren vigente al tiempo de iniciarse la respectiva relación laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso se aplique. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal, podrán serimpugnados en la forma y plazos establecidos en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ANEXO I A LA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, Don/Doña: _______________________________________________ DNI: _______________________ Dirección: _______________________________________________ Tlf fijo: ____________________ 5100 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 16 de mayo de 2018 Población: _______________________ Código Postal: ___________ Tlf móvil: ____________ Correo electrónico: ________________________________________ Fecha Nacimiento: ____________ EXPONE: Que a medio del presente escrito y teniendo interés en participar en el procedimiento de selección convocado para elaborar LISTA DE RESERVA en la categoría de ____________________ y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en la correspondiente Convocatoria y Bases para concurrir, que fueron publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2018. Documentación que acredite la identificación del aspirante. Título académico exigido en las bases. Declaración Jurada (Anexo II). __________________________. EL ABAJO FIRMANTE SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, declarando ser ciertos los datos consignados anteriormente y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Administración Local y las especiales señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa caso de ser propuesto para el nombramiento si la plaza o puesto es de funcionario o contratación si es laboral. Asimismo, reconoce expresamente que conoce todos y cada uno de los extremos y condiciones recogidos tanto en las Bases que rigen el proceso de selección, así como los derechos y obligaciones inherentes a la inclusión en la Lista de Reserva del Ilustre Ayuntamiento de Mogán, de acuerdo con los criterios de funcionamiento de las mismas aprobados por el Ayuntamiento de Mogán. Por ser de justicia lo que pido. En Mogán, a ______ de __________________ de 2018. FIRMA ANEXO II DECLARACIÓN JURADA. Don/Doña: _______________________________________________ DNI: _______________________ Dirección: _______________________________________________ Tlf fijo: ____________________ Población: _______________________ Código Postal: ___________ Tlf móvil: ________________ Correo electrónico: ________________________________________ Fecha Nacimiento: ____________ DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 16 de mayo de 2018 5101 Ypara que así conste a los efectos previstos en la convocatoria para la confección de lista de reserva del Ayuntamiento de Mogán, publicadas en el BOP número ____ de __ de _____ de 2018 Firmo la presente, en Mogán a ___ de ____________ de 2018. Fdo. ___________________________________________ ANEXO III TEMARIO: INGENIERO/A TÉCNICO INDUSTRIAL PARTE GENERAL Tema 1. La constitución Española de 1978. Proceso de gestación. Consolidación del Texto constitucional. Principios Generales. Los derechos y deberes fundamentales de los españoles: Principio General, Concepto, Catalogación, Estudio de los diversos grupos. Garantía de los derechos y libertades. Tema 2. Organización Territorial del Estado: Esquema general. Principios constitucionales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Elaboración. Significado y contenido. Reforma. Enumeración de las Comunidades Autónomas. Tema 3.Losrecursos administrativos.Concepto.Clases de recursos. Objeto. Fin de la vía administrativa.Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia del interesado. Resolución. Recurso de alzada y potestativo de reposición. Recurso de revisión: objeto y plazos para la misma. Tema 4.LaLey deContratos del Sector Público.Garantías a prestar en los contratos celebrados con lasAdministraciones Públicas. Modificación de los contratos. Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Tema 5. La responsabilidad de la Administración Pública: Daños causados por la actividad administrativa ilegítima. Daños causados por la actividad legítima de la Administración. La responsabilidad en el Derecho Positivo. PARTE ESPECÍFICA Tema 6. Instalaciones de alumbrado exterior, según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrónico para baja tensión. Tema 7.Real Decreto 1890/2008 de 14 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de eficiencia energética de instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias EA01 a EA07. Tema 8. Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias. Tema 9. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones. Verificaciones e inspecciones, según Real Decreto 842/2002 por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para baja tensión. Tema 10. Instalaciones de puesta de tierra e instalaciones en locales de pública concurrencia,según Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento Electro-técnico para baja tensión. Tema 11. Instalaciones con fines especiales, piscinas y fuentes, ferias y stands,según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento Electro-técnico para baja tensión. 5102 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 16 de mayo de 2018 Tema 12. Redes de distribución de energía eléctrica (acometidas) e instalaciones de enlace,según el Real Decreto 842/2002 por el que se aprueba el Reglamento Electro-técnico para baja tensión. Tema 13. Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias. Tema 14. Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Tema 15. Programa de vigilancia sanitaria del agua de consumo humano de la Comunidad Autónoma de Canarias (Sistema de Información Nacional de Aguas Consumo SINAC). Tema 16.Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece elRégimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas. Tema 17. Decreto 33/2015, de 19 de marzo, por el que se dispone la suspensión de la vigencia del Plan Hidrológico Insular de Gran Canaria, aprobado por el Decreto 82/1999, de 6 de mayo, y se aprueban las normas sustantivas transitorias de planificación hidrológica de la demarcación hidrográfica de Gran Canaria, con la finalidad de cumplir la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. Tema 18. Decreto 67/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimiento que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias. Tema 19. Equipamiento de áreas de juego y superficies. Revestimientos de lassuperficies de las áreas de juego absorbedores de impactos, según UNE en 1176 y 1177. Tema 20. Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos. Tema 21. Decreto 29/2013, de 31 de enero, que modifica el decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla. Tema 22. Documento Básico de seguridad en caso de incendio (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación. Tema 23. Documento Básico de seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA) del Código Técnico de la Edificación. Tema 24. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Tema 25. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. En todo lo no previsto en las Bases será de aplicación la normativa de general y pertinente aplicación. En Mogán, a siete de mayo de dos mil dieciocho. 

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