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martes, 14 de febrero de 2017

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la contratación de personal laboral temporal para la participación en la preparación y presentación de proyectos en convocatorias competitivas internacionales en las áreas del Campus de Excelencia Internacional de esta Universidad. (UNIVERSIDAD LA LAGUNA)

En el BOC del 14/02 se ha publicado:


En el marco de la Estrategia Universidad 2015, a través de la convocatoria del Campus de Excelencia Internacional (CEI), el Campus Atlántico Tricontinental, compuesto por la agregación de las dos Universidades Públicas Canarias (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y Universidad de La Laguna), obtuvo la categoría de Campus de Excelencia Internacional de ámbito Regional en el 2010 (http://ceicanarias.ulpgc.es/).
Las áreas temáticas del CEI-Canarias son las Ciencias y Tecnologías Marino-Marítimas, la Astrofísica, la Biomedicina Aplicada a la Cooperación al Desarrollo y la Sostenibilidad Integral y aplicaciones TIC, como elemento de transversalidad en las áreas temáticas de especialización.
Dado el enorme potencial en capital humano que tiene Tenerife en estas áreas, mejorar la capacidad para seguir captando fondos europeos y de convocatorias competitivas internacionales en estos ámbitos temáticos es crucial para la consolidación de la I+D+i en las distintas áreas del CEI en Universidad de La Laguna y en Canarias.
BASES
Primera.- Objeto.
1. El objetivo que se persigue con la presente convocatoria es la selección de personal investigador cualificado para elaborar proyectos de investigación para su posterior desarrollo y presentación en convocatorias competitivas de ámbito internacional, preferentemente de Horizonte 2020 (en adelante H2020) en áreas del CEI-Canarias. Se convoca un máximo de diez contratos.
Los proyectos que se presenten deberán estar avalados por un tutor (IP-ULL) de la Universidad de La Laguna (en adelante ULL).
2. Las áreas temáticas de especialización de los proyectos son las propias del Campus Atlántico Tricontinental Canarias (http://ceicanarias.com/):
a) Ciencias y Tecnologías Marino-Marítimas.
b) Astrofísica.
c) Biomedicina Aplicada a la Cooperación al Desarrollo.
d) Sostenibilidad Integral y aplicaciones TIC, como elemento de transversalidad en las áreas temáticas de especialización.
Segunda.- Características de la convocatoria.
1. La convocatoria va dirigida a Doctores con una trayectoria científica relevante que presente un proyecto de investigación en alguna de las áreas del CEI referidas en el punto 2 de la base primera, proyecto que deberá convertirse en un proyecto a ser presentado en una convocatoria internacional competitiva, preferentemente en el programa H2020.
2. El Doctor seleccionado será contratado por la ULL por un periodo de seis meses a tiempo completo, periodo durante el cual deberá desarrollar el proyecto seleccionado con la finalidad señalada en el punto 1 anterior. La modalidad contractual será la de contrato temporal de obra o servicio determinado.
3. El investigador tendrá dedicación exclusiva a la consecución de los objetivos de esta convocatoria y no podrá participar en tareas de colaboración docente.
4. El investigador contratado se incorporará al equipo de investigación de la ULL al que pertenece el tutor que avale el proyecto presentado. Se incorporarán al equipo de investigación los investigadores o colaboradores que se consideren necesarios para el éxito del proyecto.
5. El proyecto de investigación estará vinculado a la Universidad de La Laguna en caso de ser concedido. En proyectos colaborativos, la ULL puede ir de coordinadora o como un socio colaborador.
Tercera.- Tutor de la ULL.
1. El tutor de la ULL tendrá la condición de Doctor, vinculación funcionarial o laboral a tiempo completo durante el periodo de ejecución del proyecto con la Universidad de La Laguna y encontrarse en servicio activo. Deberá pertenecer a un grupo de investigación de la ULL que tenga al menos un proyecto de investigación activo concedido en convocatorias competitivas.
2. También podrán participar como tutor de la ULL los investigadores del Subprograma Estatal "Ramón y Cajal" y "Juan de la Cierva" o del Programa ULL "Viera y Clavijo".
Cuarta.- Financiación.
El crédito total máximo previsto en esta convocatoria será de 200.000 euros. En todo caso, la contratación de los investigadores seleccionados se encuentra condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, mediante el otorgamiento de la financiación a la ULL por parte de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias.
Quinta.- Importe de los contratos. Otros gastos financiables.
1. El importe total de cada uno de los contratos ascenderá a 17.500 euros (6 meses de contrato), importe en el que se entienden incluidos los gastos de la cuota obrera y empresarial a la Seguridad Social.
2. A cada proyecto se le asignará una cantidad máxima de 2.500 euros para gastos asociados al desarrollo del proyecto, tales como asesoramiento de especialistas para la mejora en la redacción y preparación del proyecto, asistencia por parte del contratado o del tutor de la ULL o personas relacionadas con el proyecto a cursos, talleres de preparación para el tipo de convocatoria a la que se pretende presentar, reuniones científicas con potenciales socios que participen en el proyecto, seminarios, etc. Estos gastos deberán ser autorizados por el Vicerrector de Investigación.
Sexta.- Requisitos del solicitante.
Los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del Título de Doctor en la fecha de presentación de la solicitud. Los títulos extranjeros deberán estar traducidos oficialmente al castellano y homologados antes de la firma del contrato.
b) Experiencia acreditada de al menos 3 años en labores de investigación en alguna de las áreas del CEI (base primera), a través de contratos laborales y/o mercantiles, becas doctorales o postdoctorales, certificados de participación en proyectos de investigación, publicaciones científicas, o matriculación en programa de doctorado.
c) No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en el procedimiento. No obstante, la contratación de investigadores no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación o técnicas propias del proyecto, quedará condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de residencia que les autorice a residir y trabajar en España al amparo de la Ley Orgánica 4/2000 y Reglamento de desarrollo, o al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.
Séptima.- Presentación de solicitudes.
1. Los interesados presentarán su solicitud dirigida al Vicerrector de Investigación, a través del Registro Telemático de Sede Electrónica de la ULL ("Solicitud General para trámites" https://sede.ull.es/registry). No se admitirán solicitudes en papel. Aquellas solicitudes que no se presenten en la forma indicada quedarán excluidas del procedimiento.
2. A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación en copia digitalizada:
a) Modelo adjunto como Anexo I debidamente cumplimentado con los datos del solicitante Doctor y del tutor de la ULL.
b) Propuesta de proyecto de investigación según modelo del Anexo II. Dicha propuesta avalará la solicitud que se vaya a preparar a convocatorias internacionales (máximo 6 páginas).
c) Currículum vitae del solicitante, acompañado de su DNI y acreditación de su titulación.
d) Justificación de experiencia acreditada de al menos 3 años en labores de investigación en alguna de las áreas del CEI según base sexta, apartado b).
e) Currículum vitae del tutor de la ULL.
f) Méritos baremables del solicitante. Se explicitarán los requisitos y méritos del CVN a baremar según los requisitos de la presente convocatoria (base novena).
g) Méritos baremables del Tutor de la ULL. Se explicitarán los requisitos y méritos del CVN a baremar según los requisitos de la presente convocatoria (base novena).
3. Solo se considerarán, a efectos de la baremación, los requisitos y méritos enumerados del currículo normalizado (CVN) que hayan sido registrados en la Documentación de Solicitud [puntos f) y g) de esta base].
Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Novena.- Criterios de evaluación de las solicitudes.
Los proyectos que se presenten serán valorados de acuerdo a los criterios que se indican a continuación:
Bloque 1. El solicitante (máx. 50 puntos).
Se avalúan los siguientes aspectos:
a) Producción científica entre 2006 y 2016 (máx. 25 puntos).
Solo se valorarán las publicaciones en JCR en los campos del CEI en el Q1 (6 puntos/artículo), en el Q2 (4 puntos/artículo), en el Q3 (3 puntos/artículo) y en el Q4 (2 puntos/artículo).
b) Experiencia en participación de proyectos internacionales en convocatorias competitivas entre 2006 y 2016 (máx. 15 puntos).
* Programas FP7, Horizon 2020 (6 puntos participación, 10 puntos coordinación).
* Otros proyectos de ámbito nacional e internacional competitivos (4 puntos participación, 6 puntos coordinación).
* Otros proyectos de ámbito regional competitivos (2 puntos participación, 4 puntos coordinación).
c) Estancias y post-doctorales entre 2006 y 2016 (máx. 10 puntos).
Se valorarán estancias formativas en centros españoles y extranjeros de relieve, institutos de investigación, centros en red, etc., en los campos del CEI (0,35 puntos/mes en doctorales, y 0,6 puntos/mes en post-doctorales).
Bloque 2. Presentación de una propuesta de proyecto de investigación susceptible de presentarlo en convocatoria competitiva (máx. 30 puntos).
La propuesta avalará la solicitud que se vaya a preparar a convocatorias internacionales (ERC, H2020) (máximo 6 páginas). Se valorará la propuesta de proyecto a través de los siguientes aspectos:
* la adecuación de la convocatoria propuesta a los objetivos de la presente convocatoria (máx. 6 puntos),
* los antecedentes y las hipótesis de partida (máx. 5 puntos),
* el interés de los objetivos generales y específicos perseguidos (máx. 5 puntos),
* los resultados y el impacto esperados (máx. 5 puntos),
* la claridad y viabilidad del plan de trabajo (máx. 5 puntos),
* el consorcio y de los actores clave propuestos para el proyecto (máx. 4 puntos).
Bloque 3. El tutor de la ULL (máx. 20 puntos).
a) Producción científica entre 2006 y 2016 (máx. 10 puntos).
Solo se valorarán las publicaciones en JCR en los campos, del CEI en requisitos mínimos en el Q1 (2 puntos/artículo) y en el Q2 (1 punto/artículo).
b) Experiencia en participación de proyectos internacionales en convocatorias competitivas entre 2006 y 2016 (máx. 10 puntos).
* Programas FP7, Horizonte H2020 (3 puntos participación, 5 puntos coordinación).
* Otros proyectos de ámbito nacional e internacional competitivos (2 puntos participación, 4 puntos coordinación).
* Otros proyectos de ámbito regional competitivos (1 punto participación, 2 puntos coordinación).
Décima.- Procedimiento de selección de las solicitudes.
1. La Comisión evaluadora valorará las solicitudes en una única fase conforme a los criterios establecidos en la base novena. La Comisión elaborará un informe de evaluación individual y del conjunto de las propuestas que resuma los aspectos más relevantes de dicha evaluación y elevará la correspondiente propuesta de selección al Vicerrectorado de Investigación.
2. El informe de la Comisión asignará a cada una de las solicitudes la calificación de: A (mayor o igual a 80), B (menor de 80 y mayor o igual a 55), C (menor de 55 y mayor o igual a 35) o D (menor de 35).
3. Para que las propuestas opten a ser financiables, estas deberán obtener una calificación mínima de B.
4. La Comisión de Evaluación valorará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la presente convocatoria y elaborará una relación priorizada de los proyectos que se consideren financiables ordenados de mayor a menor puntuación.
5. En el caso de existencia de solicitudes que tengan al menos una calificación de B, se asignará como mínimo un proyecto a cada una de las áreas temáticas del CEI descritas en la base primera. Una vez aplicado este criterio, el resto de solicitudes se ordenarán según el orden de puntuación y serán asignadas siguiendo este criterio hasta agotar el presupuesto asignado en la convocatoria.
6. La Comisión de Evaluación podrá solicitar informes de evaluación o de asesoramiento externo en caso de considerarlo necesario.
Undécima.- Comisión de Evaluación.
La Comisión evaluadora tendrá la composición siguiente:
Presidente: el Vicerrector/a de Relaciones de la Sociedad de la ULL.
Secretario: el Director/a de Secretariado de Proyectos Internacionales de la ULL.
Vocales:
- Director/a de Secretariado en Política Científica de la ULL.
- El Director/a del SEGAI de la ULL.
- El Director de la OTRI de la ULL.
- El Director/a de la Agencia Universitaria de Innovación de la Fundación General de la Universidad de La Laguna.
En ningún caso, los miembros de la Comisión podrán tener implicación directa o indirecta con los proyectos solicitados. Si este fuera el caso, será sustituido por el Director de Secretariado de la ULL que designe el Vicerrector de Investigación de la ULL.
Duodécima.- Resolución provisional y definitiva.
1. Los contratos serán adjudicados por resolución del Vicerrector de Investigación, en uso de las competencias atribuidas por la Resolución de 3 de octubre de 2016, por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de La Laguna (BOC nº 199, de 13.10.16).
2. El Vicerrector de Investigación dictará Resolución provisional con la relación de solicitudes seleccionadas por orden decreciente de puntuación obtenida una vez aplicados los criterios de evaluación fijados en la presente convocatoria. El número de proyectos seleccionados no podrá suponer un mayor gasto que el establecido en la base cuarta de la presente convocatoria.
3. Transcurrido el plazo de alegaciones a la Resolución provisional y atendidas las mismas en su caso, se dictará resolución definitiva. El plazo de alegaciones a la Resolución provisional será de 10 días naturales y se presentarán por el registro de la sede electrónica. Se desestimarán las alegaciones que no se presenten en la forma indicada.
4. En todo caso, la eficacia de la resolución definitiva y, por tanto, la contratación de las personas seleccionadas, se encuentran condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente, mediante la obtención por parte de la ULL de la financiación correspondiente a través de la concesión de la correspondiente subvención por la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias, tal y como se indica en la base cuarta de la presente convocatoria.
5. El plazo máximo para dictar resolución provisional y definitiva se establece en 4 meses contados a partir de la fecha de inicio del correspondiente plazo de presentación de solicitudes.
Decimotercera.- Formalización de los contratos. Renuncia.
1. Dictada resolución definitiva, los candidatos seleccionados deberán presentar en el plazo de diez días hábiles la siguiente documentación:
a) Copia cotejada del título. En el caso de títulos extranjeros, la correspondiente homologación.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de las Administraciones Públicas en virtud de expediente disciplinario y de no hallarse inhabilitado, mediante sentencia firme, para el ejercicio de la función pública. Si el aspirante no posee la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
c) Formulario normalizado de Toma de datos que se podrá obtener en el siguiente enlace: http://www.ull.es/view/institucional/ull/Contratos_laborales_con_cargo_a_Proyectos/es
d) Comunicación de datos al pagador (modelo 145 Administración tributaria).
e) Documentación de afiliación a la Seguridad Social.
f) Certificado médico de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio de las tareas a desarrollar.
g) Declaración jurada de no estar prestando servicios en el sector público.
Los modelos de la declaración jurada así como del documento de toma de datos y modelo 145 señalados están a disposición del interesado en la dirección web http://www.ull.es/view/institucional/ull/Impresos_1/es
2. En el caso de extranjeros no comunitarios, la formalización del contrato quedará condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de residencia y trabajo (artículos 73 y siguientes del reglamento de extranjería), al amparo de la Ley Orgánica 4/2000 y Reglamento de desarrollo, o al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.
3. En el caso de renuncia a la formalización del contrato por parte de un investigador seleccionado se podrá proceder al llamamiento y formalización de contrato al candidato suplente correspondiente siguiendo el orden de prelación. Lo mismo se aplicará en el caso de renuncia a un contrato dentro del mes siguiente a su formalización. En todo caso, la formalización de nuevos contratos se supeditará a las condiciones de ejecución de la subvención con cargo a la que se financian los mismos.
4. En el caso de renuncia de un investigador contratado, se dará por concluido el proyecto correspondiente.
Decimocuarta.- Recursos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer. Contra los actos administrativos derivados de la presente convocatoria se podrán interponer los recursos previstos en el artículo 107 de la referida Ley LRJAP/PAC.
San Cristóbal de La Laguna, a 6 de febrero de 2017.- El Vicerrector de Investigación, p.d. (Resolución de 3 octubre de 2016; BOC de 13 de octubre de 2016), Francisco Almeida Rodríguez.
Ver anexo en las páginas 3219-3221 del documento Descargar

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