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sábado, 25 de febrero de 2017

Bases generales de la convocatoria de creación de una bolsa de trabajo para cubrir las vacantes temporales del cuerpo de socorristas, mediante concurso oposición (LA OLIVA)

En el BOP del 15/02 se ha publicado en las páginas 5298 y ss:

Bases relativas a la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir las vacantes temporales del cuerpo de socorristas, mediante concurso oposición, en el Ayuntamiento de La Oliva, aprobadas en Junta de Gobierno Local de 8 de febrero de 2017. BASES GENERALES DE LACONVOCATORIA DE CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARACUBRIR LAS VACANTES TEMPORALES DEL CUERPO DE SOCORRISTAS, MEDIANTE CONCURSO OPOSICIÓN PRIMERA. Objeto de la Convocatoria Es objeto de las presentes bases cubrir las vacantes existentes, así como la creación de una bolsa de trabajo para cubrirlas vacantes que pudiesen producirse por bajas, excedencias, y refuerzossegún las necesidades delservicio, etc... , en el cuerpo de socorristas(S.O.S.) de este Ayuntamiento. Las plazas referidas están adscritas al área de vigilancia de playas, y las funciones que tienen encomendadas son las siguientes: la vigilancia y control del uso adecuado de las playas, así como el socorro,salvamento y asistencia a los usuarios de las mismas, además de aquellas otras relacionadas con éstas y necesarias para el buen funcionamiento del servicio. SEGUNDA. Modalidad del Contrato La modalidad del contrato es laboral temporal, regulada en el artículo 15.1.c del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es temporal, mientras dure la sustitución de cada trabajador que se encuentre de baja, excedencia, etc. y en régimen de dedicación a tiempo completo. La jornada de trabajo será en función de la época del año, la siguiente: - Los meses de junio a septiembre: de 09:30 a 18:30 horas - El mes de octubre, y hasta el 15 de noviembre: de 09:30 a 17:30 horas - Del 15 al 30 de noviembre: de 09:30 a 16:30 horas - Diciembre: de 09:30 a 15:30 horas - Enero, y hasta el 15 de febrero: de 09:30 a 15:30 horas - Del 16 al 28 de febrero y el mes de marzo: de 09:30 a 16:30 horas - Abril y mayo: de 09:30 a 17:30 horas Se fija una retribución bruta mensual de 1.458.13 Euros (pagas extras incluidas). TERCERA.Condiciones de Admisión de Aspirantes De conformidad con el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para poder participar en los procesos selectivos será necesario: - Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 5298 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 20, miércoles 15 de febrero de 2017 - Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercerfuncionessimilares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni habersido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. - Poseer la titulación exigida de Título de Socorrista Acuático de Playas y primeros auxilios, renovado y en vigor. - Estar en posesión del carné de conducir clase B en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos. CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. La solicitud deberá ir acompañada por: - Fotocopia compulsada del NIF o, en su caso, pasaporte. - Fotocopia compulsada del Carnet de Conducir. - Fotocopia compulsada del Título que se exige. - Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 20 euros, en virtud de la ordenanza fiscal reguladora de tasas por derechos de examen de Ayuntamiento de La Oliva, que serán satisfechos por los aspirantes mediante ingreso o transferencia bancaria a la cuenta corriente ES86 0182 5925 8000 0031 1505 con el concepto de “tasas examen socorristas”. QUINTA. Admisión de Aspirantes Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación, porla Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de anuncios de la Corporación; así como en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con veinticuatro horas al menos de antelación. SEXTA. Tribunal Calificador Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Los Tribunales calificadores estarán constituidos por: - Presidente. - Secretario (sin voto). - Cuatro Vocales Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 20, miércoles 15 de febrero de 2017 5299 La designación de los miembros del Tribunal, que incluirá la de losrespectivossuplentes,se hará pública en el Boletín Oficial de Provincia y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: - Oposición. - Concurso. 1. FASE OPOSICIÓN: La fase de oposición consistirá en la realización de 2 pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes. Una prueba de carácter físico-práctico, y una segunda prueba de carácter teórico. Los aspirantesserán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición. La práctica de las pruebas será eliminatoria. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal. El orden de actuación de los aspirantes será el establecido por el resultado del sorteo al que al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995). Los ejercicios de la oposición serán los siguientes: PRIMER EJERCICIO: PRÁCTICO: El primer ejercicio se calificará de 10 a 50 puntos. Será eliminatorio, es decir, solo aquellos que lo superen, procederán a la realización del segundo ejercicio (teórico). Este primer ejercicio, consistirá en la realización de una prueba de aptitud física en la playa, consistente en correr 500 metros(desde el puesto de socorrismo, por la arena, y hasta introducirse en el agua) y sucesivamente nadar 500 metros en mar abierto. Los tiempos en los que se debe realizar la prueba, dependerán del estado del mar, siendo estos: 1. Mar en calma: tiempo necesario para aprobar la prueba: realizarla como máximo en 16 minutos .Las puntuaciones obtenidas por realizarlo dentro de dicho tiempo serán las siguientes: a. Menos de 16 minutos: 10 puntos b. Menos de 15 minutos y 30 segundos: 15 puntos c. Menos de 15 minutos: 20 puntos d. Menos de 14 minutos: 35 puntos e. Menos de 13 minutos: 50 puntos 2. M. Marejadilla/Marejada: tiempo necesario para aprobar la prueba: realizarla como máximo en 18 minutos. Las puntuaciones obtenidas por realizarlo dentro de dicho tiempo serán lassiguientes: Realizar la prueba en: a. Menos de 18 minutos: 10 puntos b. Menos de 17 minutos y 30 segundos: 15 puntos c. Menos de 17 minutos: 20 puntos d. Menos de 16 minutos: 35 puntos e. Menos de 15 minutos: 50 puntos 3. Fuerte marejada: tiempo necesario para aprobar 5300 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 20, miércoles 15 de febrero de 2017 la prueba: realizarla como máximo en 22 minutos. Las puntuaciones obtenidas por realizarlo dentro de dicho tiempo serán las siguientes: Realizar la prueba en: a. Menos de 22 minutos: 10 puntos b. Menos de 21 minutos y 30 segundos: 25 puntos c. Menos de 20 minutos: 20 puntos d. Menos de 19 minutos: 35 puntos e. Menos de 18 minutos: 50 puntos Será el tribunal, quien decida en qué condiciones se encuentra el mar, y cuál de los baremos explicados (mar en calma, marejadilla o fuerte marejada) es por tanto aplicable el día de las pruebas. SEGUNDO EJERCICIO: TEÓRICO. Elsegundo ejercicio tendrá una duración de una hora, y se calificará de 0 a 10 puntos,siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 5 puntos.Consistirá en un ejercicio tipo test, consistente en un cuestionario de 20 preguntas, con 3 respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta, obteniéndose 0.5 puntos por cada respuesta acertada, restando 0.25 aquellasincorrectas, y no sumando nirestando aquellas que se dejen en blanco. El contenido estará relacionado con el temario indicado en el anexo I de esta convocatoria. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico. 2. FASE CONCURSO: Aquellas personas que hayan superado la fase de oposición, se les pasarán a valorar los méritos, hasta un máximo de 10 puntos, de la siguiente manera: a) Experiencia: (hasta 5 puntos): El Tribunal valorará los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo: Por servicios prestados - Por haber trabajado como Socorrista en el Ayuntamiento de La Oliva, a razón de 0,20 por mes completo, y 0,10 por fracción de mes. - Por haber trabajado como Socorrista en el resto de Administraciones, a razón de 0,15 puntos por mes completo, y 0,05 por fracción de mes. La justificación de losservicios prestados en cualquier Administración, deberá hacerse mediante certificación oficial de la misma expedida al efecto por aquella. b) Por méritos de formación 1. Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con lastareas propias de la categoría que se convoca (hasta 4 puntos) - Se valorará con 1.50 puntosla titulación de Patrón de Embarcación de Recreo (PER). - Se valorará con 1 puntos la titulación de Patrón de Navegación Básica (PNB). -Se valorará con 0.75 puntos el curso de oxigenoterapia. - Se valorará con 0.75 puntos el curso deDesfibrilación. 2. Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con lastareas propias de la categoría que se convoca distintos a los ya relacionados en el punto anterior (hasta 1 punto). Solo se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por Organismos Oficiales, Universidades u otras entidades públicas. La valoración de cada curso se realizará de acuerdo con la siguiente escala: De 100 o más horas: 1 punto. De 75 o más horas: 0.75 puntos. De 50 o más horas: 0.50 puntos. De 25 o más horas: 0.20 puntos. De 15 o más horas. 0.10 puntos. En caso de empate en la fase de concurso,se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. OCTAVA. Calificación La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y los obtenidos en la fase de concurso. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 20, miércoles 15 de febrero de 2017 5301 NOVENA. Relación de Aprobados, presentación de documentos y nombramiento Una vez terminada la evaluación de los aspirantes y consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios delAyuntamiento. Dicha relación se elevará al presidente de laCorporación para que proceda a la formalización del/los correspondientes contratos, cuándo se produzcan vacantes en el cuerpo. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerzamayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladastodaslas actuaciones,sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. DÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantestemporalmente debidas a bajas por enfermedad, excedencias, o necesidades del servicio, etcétera, ordenadas según la puntuación obtenida, de mayor a menor puntuación. El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos. La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que concurra una de lassiguientes circunstancias: - Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas. - Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente. - Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo. UNDÉCIMA. Incidencias Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenida por los aspirantes. Notificado el mismo, el plazo para que se presente será de 3 días. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante laAlcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas,(artículo 46 de laLey 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa). En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. En La Oliva, a siete de febrero de dos mil diecisiete EL ALCALDE-PRESIDENTE, Pedro Amador Jiménez. 5302 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 20, miércoles 15 de febrero de 2017 ANEXO I. TEMARIO. Materias comunes: Tema 1: La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. La administración local en la constitución. Tema 2: La organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas: estatutos de autonomía y vías de acceso. Tema 3: La administración local. Entidades que la integran. El municipio: concepto y elementos. Tema 4: La organización municipal. El alcalde. Los tenientes de alcalde. El Pleno. La junta de gobierno local. Tema 5: Las competencias municipales:sistema y determinación. Competencias propias, delegadas y distintas de las propias. El ejercicio de competencias. Los servicios mínimos. Tema 6: El ordenamiento jurídico: el reglamento, concepto y clases. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración en el ámbito local. Tema 7. El acto administrativo: concepto. Requisitos: la motivación y la forma. La notificación. La ejecutividad de los actos administrativos. Tema 8: El procedimiento administrativo común: disposiciones generales y fases del procedimiento administrativo. Tema 9: Las Haciendas Locales en España: Principios Constitucionales. El Régimen Jurídico de las Haciendas Locales. El presupuesto en el ámbito local. Tema 10: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Conceptos y categorías jurídicas básicas. Medidas de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de igualdad entre mujeres y hombres, en materia de función pública. Materias específicas: Tema 1: Principios Generales del socorrismo. Actuación del socorrista. Tema 2: Quemaduras. Tema 3: Fracturas, esguinces y luxaciones. Tema 4: La flotación y métodos de entrar al agua del socorrista. Tema 5: Alteraciones de la conciencia. Tema 6: Reanimación cardiopulmonar. Tema 7: Heridas y hemorragias. Tema 8: Problemas de consciencia: lipotimias, golpes de calor y shok. Tema 9: Salvamento acuático. Tema 10: Ahogados. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 20, miércoles 15 de febrero de 2017 5303 ANEXO II. MODELO SOLICITU

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