En el BOP del pasado 9/01 se ha publicado en las páginas 386 y siguientes:
Por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo se ha dictado, con fecha 16 de diciembre de 2014,
Resolución núm. 427/2014, en virtud de la cual se aprueban las bases específicas por las que se regirán las pruebas
selectivas para la cobertura de diversas plazas de personal funcionario o personal laboral fijo, en el marco
del proceso de consolidación de empleo temporal del Ayuntamiento de Agulo, cuyo tenor literal se transcribe
literalmente a continuación:
ANUNCIO
Por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo se ha dictado, con fecha 16 de diciembre de 2014, Resolución
núm. 427/2014, en virtud de la cual se aprueban las bases específicas por las que se regirán las pruebas selectivas para la
cobertura de diversas plazas de personal funcionario o personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de
empleo temporal del Ayuntamiento de Agulo, cuyo tenor literal se transcribe literalmente a continuación:
“BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS
PARA CUBRIR PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA O PERSONAL LABORAL FIJO,
EN EL MARCO DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO
DE AGULO
PERSONAL FUNCIONARIO
1. Grupo A, Clasificación: A2, Escala: Administración Especial, Subescala/Clase: Técnica/Media, Denominación:
Arquitecto Técnico, Número de plazas: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TÉCNICO, VACANTE
EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Arquitecto Técnico, vacante en la
plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo
temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo A, Subgrupo A2 de la clasificación profesional del personal funcionario de
carrera, establecida en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dentro
de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Media del Ayuntamiento de Agulo.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 387
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Arquitecto Técnico
o grado universitario equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en CINCUENTA euros (50,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Arquitecto Técnico”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera de cualquiera de las
Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.388 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en desarrollar por escrito, durante el periodo máximo de
noventa minutos, dos preguntas a elegir entre cuatro planteadas por el Tribunal, relacionadas con la totalidad del
temario que figura en el Anexo I de las presentes bases.
Este ejercicio tiene carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de
20 puntos para superarlo.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la resolución de un caso práctico, en un tiempo máximo
de tres horas, a elegir entre tres planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con la parte específica del
temario que figura en el Anexo I de las presentes bases.
Se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de propuestas o
conclusiones razonadas.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Parte General
Tema 1. La Constitución Española 1978. Estructura y contenido. Derechos y libertades. Procedimiento de Reforma.
Tema 2. La Ley. Concepto y caracteres. Leyes estatales y leyes autonómicas. Normas del Gobierno con fuerza de ley.
Relaciones entre Ley y Reglamento.
Tema 3. La organización territorial del Estado. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española. Los
Estatutos de Autonomía.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 389
Tema 4. La organización municipal. Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Las Comisiones
Informativas.
Tema 5. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Estructura y contenido.
Competencias municipales.
Tema 6. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común: Fases del procedimiento administrativo. Los interesados. Abstención y
recusación.
Tema 7. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. Revisión y revocación de los actos.
Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos dictados por las Entidades Locales.
Tema 8. La Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público: Estructura y contenido. Clases de
empleados públicos.
Tema 9. La Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes.
Tema 10. La Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público: Adquisición y pérdida de la relación
de servicio. Régimen disciplinario.
Tema 11. La responsabilidad de las Administraciones Públicas, de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Especial referencia a los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.
Tema 12. El Presupuesto General de las Entidades locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación del
Presupuesto.
Parte Específica
Tema 13. El planeamiento de Agulo en las últimas décadas. El Plan General de Ordenación de Agulo. Documentos
principales. Estructura Geográfica del Municipio de Agulo.
Tema 14. Autorizaciones preceptivas para la ejecución de obras de edificación en suelo urbano. Autorizaciones
preceptivas para la ejecución de obras en suelo rústico.
Tema 15. Las Ordenanzas Municipales de Edificación de Agulo. Obras mayores y menores.
Tema 16. El instrumento de ordenación general de los recursos naturales y del territorio en La Gomera. Funciones
principales. Documentos principales.
Tema 17. El Texto Refundido de La Ley de Costas y su Reglamento. Repercusión en el Municipio de Agulo. El deslinde
marítimo-terrestre. Alcance de lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera, punto 3 de esta Ley en el Planeamiento
de Agulo.
Tema 18. El Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias (I). Instrumentos de ordenación de los recursos naturales y del territorio. Instrumentos de planeamiento
urbanístico. Aprobación, publicación, vigencia y efectos de los instrumentos de ordenación.
Tema 19. El Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias (II). Clasificación del suelo.
Tema 20. El suelo urbanizable en Agulo. El sistema de ejecución privado.
Tema 21. El suelo urbano no consolidado. Sistemas de ejecución.390 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Tema 22. La licencia urbanística. Concepto, naturaleza, caracteres y efectos. Actos sujetos a licencia. Cuestiones de
propiedad en el acto de concesión de licencias. Procedimiento y competencias.
Tema 23. Las infracciones urbanísticas. Tipos de infracciones. Prescripción de las infracciones urbanísticas. Efectos
jurídicos de la prescripción urbanística.
Tema 24. Edificaciones en situación legal de “fuera de ordenación”. Edificaciones “ilegales”. Definición y condiciones
jurídicas.
Tema 25. La Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas
administrativas complementarias. Ámbito de Aplicación. Instrumentos de intervención administrativa previa.
Competencias de los municipios.
Tema 26. Licencias de actividad clasificada: ámbito de aplicación y naturaleza. Procedimiento para su otorgamiento.
Autorización de espectáculos públicos. De los requisitos de las actividades y espectáculos públicos.
Tema 27. Los Planes de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que
puedan dar origen a situaciones de emergencia (Canarias). Registro Autonómico de Planes de Autoprotección y el
procedimiento de inscripción en el mismo.
Tema 28. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público. El patrimonio privado
de la administración. El patrimonio público de suelo de los Ayuntamientos.
Tema 29. La Ley de Expropiación Forzosa. Principios generales. Requisitos previos a la ocupación. Necesidad de la
ocupación de bienes o adquisición de derechos. Determinación del justo precio, pago y forma de posesión.
Tema 30. Métodos de Valoración del suelo rústico. Valoración del suelo urbanizable. Diferencias de criterios de
valoración del suelo urbanizable entre el TR de la Ley de Catastro Inmobiliario y el TR de la Ley del Suelo.
Tema 31. El Código Técnico de la Edificación. Objeto, ámbito de aplicación, contenido y documentos reconocidos.
Condiciones técnicas y administrativas. Exigencias básicas.
Tema 32. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación, según la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de
Ordenación de la Edificación. Recepción de la obra y documentación de la obra ejecutada. Normativa técnica y control
de calidad de la edificación.
Tema 33. Elementos constructivos, materiales, sistemas estructurales y recursos ornamentales propios del la arquitectura
tradicional canaria, particularmente en La Gomera. El Patrimonio arquitectónico en el Casco de Agulo; Niveles de
protección establecidos en el Planeamiento, características.
Tema 34. Impacto Ecológico. Normativa de regulación en Canarias. Categorías. Ámbito de aplicación. Estudio Básico
de Impacto Ecológico.
Tema 35. Las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias. Principios
Generales. Influencia en los instrumentos de ordenación urbanísticos.
Tema 36. Declaración responsable de primera ocupación y uso de viviendas. Condiciones y efectos de la misma.
Tema 37. Procedimiento y trámite de expedientes de actividades de turismo en establecimientos extrahoteleros.
Tema 38. Tipologías de establecimientos turísticos existentes en La Gomera. Establecimientos turísticos autorizables en
el Municipio de Agulo. Características principales. Competencias.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 391
Tema 39. Exigencia de Clasificación de Empresas para Contratos de Obras. Solvencia técnica en los contratos de obras
públicas.
Tema 40. Criterios y condiciones para determinación de Clasificación Exigible a Contratos de Obras públicas.
Tema 41. El Proyecto de ejecución de obras públicas. Contenido y responsabilidades. Supervisión del Proyecto y
Replanteo.
Tema 42. Modificaciones de los contratos de obras. Supuestos, modificaciones previstas y no previstas en la licitación.
Tramitación.
Tema 43. Procedimientos de Adjudicación de Contratos de obras y asistencia técnica en las administraciones Públicas.
Principio de igualdad y transparencia. Confidencialidad.
Tema 44. Las licitaciones de obras, plazos, proposiciones. Criterios de valoración de ofertas. Ofertas con valores
anormales.
Tema 45. Procedimiento abierto. Delimitación, información, plazos y examen de proposiciones. Adjudicación.
Tema 46. Procedimiento restringido. Caracterización. Criterios de selección de candidatos y solicitantes. Contenido de la
invitación. Plazos y Adjudicación.
Tema 47. Procedimiento Negociado. Caracterización. Negociación de los términos del contrato.
Tema 48. Ejecución de contrato de obras. Fases, contenido, proceso habitual de desarrollo del expediente. Cumplimiento
del contrato de obras.
Tema 49. Estudio de seguridad y salud. Normativa Reguladora, objeto y ámbito de aplicación. Estudio de seguridad y
salud. Plan de seguridad y salud.
Tema 50. Principios de prevención en el proyecto y en la ejecución de obras. Libro de incidencias. Obligaciones del
promotor y el contratista.
Tema 51. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto y ámbito de aplicación.
Derechos y obligaciones: Derechos a la protección, principios de la acción preventiva, evaluación de riesgos, medios de
protección, formación, información, consulta y participación de los trabajadores.
Tema 52. Normativa de accesibilidad de la Comunidad Autónoma de Canarias. Ámbito de aplicación. Niveles de
accesibilidad. Disposiciones generales. Accesibilidad de espacios públicos y edificación de uso público y elementos
comunes. Aplicación de los sistemas de comunicación y señalización de los espacios de uso público. La accesibilidad en
proyectos de promoción pública.
Tema 53. Eficiencia energética en los municipios. Normativa. El Certificado de Eficiencia Energética de los edificios.
Tema 54. Declaración municipal de ruina. Supuestos declaratorios. Informes.
Tema 55. La Oficina Técnica en los ayuntamientos. Funciones principales.
Tema 56. La incompatibilidad de los funcionarios de La Oficina Técnica.
Tema 57. Condiciones de habitabilidad de las viviendas. Normativa aplicable en Agulo. Primera ocupación de las
viviendas.
Tema 58. La Vivienda de protección pública en Agulo. Previsiones del Planeamiento.392 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Tema 59. El turismo asimilable en Agulo. Ámbitos previstos en el Planeamiento.
Tema 60. Viviendas y hoteles emblemáticos en Agulo. Regulación.
2. Grupo A, Clasificación: A2, Escala: Administración Especial, Subescala/Clase: Servicios Especiales,
Denominación: Técnico Medioambiental, Número de plazas: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE TECNICO MEDIOAMBIENTAL,
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Técnico Medioambiental, vacante en la
plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo
temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo A, Subgrupo A2 de la clasificación profesional del personal funcionario de
carrera, establecida en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dentro
de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Cometidos Especiales del Ayuntamiento de Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Ingeniero Técnico,
Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 393
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en CINCUENTA euros (50,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Técnico Medioambiental”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera de cualquiera de las
Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en desarrollar por escrito, durante el periodo máximo de
noventa minutos, dos preguntas a elegir entre cuatro planteadas por el Tribunal, relacionadas con la totalidad del
temario que figura en el Anexo I de las presentes bases.
Este ejercicio tiene carácter eliminatorio, calificándose de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de
20 puntos para superarlo. 394 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la resolución de un caso práctico, en un tiempo máximo
de tres horas, a elegir entre tres planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con la parte específica del
temario que figura en el Anexo I de las presentes bases.
Se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de propuestas o
conclusiones razonadas.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Parte General
Tema 1. La Constitución Española 1978. Estructura y contenido esencial. Derechos y libertades. Procedimiento de
Reforma.
Tema 2. La Ley. Concepto y caracteres. Leyes estatales y leyes autonómicas. Normas del Gobierno con fuerza de ley.
Relaciones entre Ley y Reglamento.
Tema 3. La organización territorial del Estado. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución española. Los
estatutos de autonomía.
Tema 4. La organización municipal. El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local.
Comisiones Informativa.
Tema 5. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. Competencias municipales.
Tema 6. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Fases del procedimiento administrativo. Los interesados. Abstenciones y recusaciones.
Tema 7. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. Revisión y revocación de los actos
de los entes locales. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 395
Tema 8. Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de empleados públicos en la
Administración Local.
Tema 9. Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes.
Tema 10. Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la relación de
servicio.Régimen disciplinario.
Tema 11. El Presupuesto General de las entidades locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
Tema 12. Legislación básica de prevención de riesgos laborales. Aplicación en la empresa.
Parte Específica
Tema 13. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público. Contratos del sector público.
Tema 14. Competencia ambiental municipal.
Tema 15. Ley 12/1990 de 26 de julio, de Aguas de Canarias: De la protección del Dominio Público Hidráulico.
Tema 16. Ley 12/1990 de 26 de julio, de Aguas de Canarias. Uso del agua. La participación en el aprovechamiento y
gestión del agua.
Tema 17. Ordenanza fiscal reguladora del Ayuntamiento de Agulo de la tasa por la prestación del servicio de
abastecimiento de agua potable.
Tema 18. Reglamento del servicio de abastecimiento de agua potable del Ayuntamiento de Agulo.
Tema 19. Seguimientos analíticos en el agua de consumo humano. Toma de muestras en el control de calidad. Normas
para la toma y conservación.
Tema 20. R.D.140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de
consumo humano. Objeto. Definiciones. Ámbito de aplicación. Responsabilidad y competencias.
Tema 21. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Criterios sanitarios de las instalaciones de agua de consumo humano: Requisitos generales. Captación. Conducción.
Tema 22. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Criterios sanitarios de las instalaciones de agua de consumo humano: Tratamientos de potabilización. Sustancias para el
tratamiento el agua.
Tema 23. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Criterios sanitarios de las instalaciones de agua de consumo humano: Depósitos de almacenamiento. Productos de
construcción en contacto con el agua de consumo humano.
Tema 24. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Criterios sanitarios de las instalaciones de agua de consumo humano: Distribución del agua de consumo humano. Fuentes
naturales. Inspecciones sanitarias previas de nuevas instalaciones.
Tema 25. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Elaboración de informes sanitarios sobre proyecto de nueva construcción y/o reforma de depósitos de agua de consumo
humano.396 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Tema 26. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Procedimiento de limpieza y desinfección química de depósitos de agua de consumo humano y depósitos de instalaciones
interiores.
Tema 27. Orden SSI/304/2013, de 19 de febrero, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción
de agua de consumo humano. Ámbito de aplicación. Requisitos de uso. Control analítico.
Tema 28. Orden de SCO/1591/2005, de 30 de mayo, sobre el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo.
Función y estructura.
Tema 29. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Información mínima a incluir en el protocolo de autocontrol y gestión del abastecimiento de agua de consumo.
Tema 30. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Autocontrol del agua de consumo humano suministrada a través de redes de distribución. Puntos de muestreo. Tipos de
análisis. Frecuencia y determinaciones del desinfectante residual.
Tema 31. Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Incumplimientos, Medidas Correctoras y Medidas Preventivas. Actuaciones ante incumplimientos de los parámetros de
la parte C del Anexo I del R.D. 140/2003.
Tema 32. Depuración de aguas residuales urbanas, tratamiento primario, secundario y terciario. Parámetros de análisis.
Niveles permitidos. Control de vertidos al dominio público hidráulico.
Tema 33. Características y funcionamiento básico de las depuradoras biológicas.
Tema 34. Sistemas de depuración mediante biorreactores de membrana.
Tema 35. Decreto 147/2007, de 24 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la
Comunidad Autónoma de Canarias y se crea el Inventario de Suelos Contaminados de Canarias. Procedimiento para
declarar un suelo como contaminado.
Tema 36. Informe preliminar e informe de situación de suelo, consideraciones y contenido.
Tema 37. Conceptos generales sobre residuos y sus clasificaciones. La gestión de los residuos sólidos urbanos, sistemas
de tratamiento y eliminación.
Tema 38. Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Principios de la política de residuos y
competencias administrativas.
Tema 39. Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias. Producción y gestión de residuos.
Tema 40. Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. Objeto de la Ley, actividad de ordenación,
criterios para la actuación de los poderes públicos, principios generales de la ordenación.
Tema 41. Los instrumentos de planificación de los espacios naturales: contenido, alcance y zonificación. Los espacios
naturales protegidos de La Gomera. Fundamentos de protección.
Tema 42. La Red Natura 2000. Lugares de importancia comunitaria y zonas especiales de conservación. Zonas de
especial conservación en el municipio de Agulo.
Tema 43. Geología y geomorfología de la isla de La Gomera.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 397
Tema 44. Vegetación de La Gomera. Caracterización de las principales comunidades vegetales.
Tema 45. Flora endémica y amenazada de La Gomera. Áreas de interés florístico.
Tema 46. Fauna en La Gomera: Diversidad faunística, invertebrados, vertebrados. Áreas de interés faunístico.
Tema 47. Características principales del medio marino de La Gomera. Áreas litorales de interés.
Tema 48. La contaminación marina, aspectos biológicos, físicos y químicos. Controles analíticos de los efluentes y su
impacto en las zonas costeras.
Tema 49. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental: Evaluación ambiental.
Tema 50. Ley 11/1990, de 13 de julio, de prevención del impacto ecológico. Categorías de evaluación a aplicar.
Contenido de los estudios para la evaluación del impacto ecológico
Tema 51. Reserva de la Biosfera: Concepto y fundamento. Reserva de la Biosfera de La Gomera.
Tema 52. Carta Europea de Turismo Sostenible: Definición, objetivos fundamentales, principios y método de adhesión.
CETS La Gomera.
Tema 53. La educación ambiental. Concepto y método
Tema 54. Técnicas de trabajo en la educación ambiental.
Tema 55. La interpretación ambiental. Principios de la interpretación.
Tema 56. Técnicas interpretativas y de comunicación.
Tema 57. Diseño y elaboración de rutas guiadas. Técnicas de elaboración de rutas.
Tema 58. Parque Nacional de Garajonay. Características generales.
Tema 59. Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Garajonay. Zonificación. Normativa de aplicación.
Tema 60. La Agenda 21 Local. Definición, fundamento y metodología de implantación.
3. Grupo C, Clasificación: C2, Escala: Administración General, Subescala/Clase: Auxiliar, Denominación:
Auxiliar Administrativo, Número de plazas: 2.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN
GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE
AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de dos plazas de Auxiliar de Administración General,
vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de
empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril,
del Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del
Alcalde-Presidente, núm. 494/2011, de 29 de diciembre.398 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
Las plazas convocadas se encuadran en el Grupo C, Subgrupo C2, de la clasificación profesional del personal funcionario
de carrera, establecida en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
dentro de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, del Ayuntamiento de Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Educación
Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación profesional 1º grado o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en VEINTE euros (20,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Auxiliar de Administración General”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 399
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera de cualquiera de las
Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 40 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán. A los efectos de corrección se utilizará la siguiente fórmula:
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la resolución de un caso práctico, en un tiempo máximo
una hora, a elegir entre tres planteados por el Tribunal Calificador, relacionados con el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases.
Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto 400 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. Valor normativo de la
Constitución.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Canarias: Estructura y contenido. Instituciones de la Comunidad Autónoma de
Canarias.
Tema 3. La Administración Pública Española: La Administración General del Estado. La Administración de la
Comunidad Autónoma. La Administración Local: Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 4. La relación jurídica administrativa. El concepto de interesado. La capacidad de obrar. La representación. Los
derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.
Tema 5. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Motivación, notificación y publicación.
Tema 6. El Procedimiento administrativo: concepto y clases. Las fases del procedimiento administrativo. El silencio
administrativo.
Tema 7. La revisión de los actos y los recursos administrativos. La revisión de los actos nulos y anulables. La revocación
de los actos. Los recursos administrativos: clases y regulación.
Tema 8. La Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Ámbito de aplicación y principios
generales. Los derechos de los ciudadanos en el ámbito de la Administración Electrónica. La gestión electrónica de los
expedientes administrativos: registro, notificaciones y usos de medios electrónicos.
Tema 9. La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. Objeto y principios de actuación. Calidad de los datos.
Derecho de información en la recogida de los datos. Datos especialmente protegidos. Derechos de los ciudadanos:
acceso, rectificación, oposición, cancelación. Ficheros de titularidad pública: creación, modificación o supresión.
Tema 10. El Municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La organización municipal. Órganos
unipersonales y colegiados: régimen de atribuciones. Funcionamiento de los órganos colegiados.
Tema 11. La población. Clasificación. El empadronamiento. Derechos de los vecinos. La participación vecinal en la
Administración Local.
Tema 12. El personal al servicio de las Entidades Locales. Estructura y régimen jurídico. Los funcionarios públicos:
Clases. Selección. Derechos y deberes de los empleados públicos. Régimen de incompatibilidades. Régimen
disciplinario.
Tema 13. Los contratos del sector público: Clases. El órgano de contratación. El contratista: capacidad, prohibiciones,
solvencia y clasificación. La preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Clases de expedientes de
contratación.
Tema 14. La selección del contratista: procedimientos y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y
formalización del contrato. La invalidez de los contratos.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 401
Tema 15. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio publico. El patrimonio privado
de la administración.
Tema 16. Los servicios públicos de las Entidades Locales. Los modos de gestión de los servicios públicos.
Tema 17. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y
fiscalización.
Tema 18. Los recursos tributarios de las entidades locales. Impuestos. Tasas y precios públicos. Contribuciones
especiales.
Tema 19. Atención al público: acogida e información al ciudadano. Tipos de información. Criterios de calidad en la
información. La atención presencial y telefónica. El sistema de quejas y sugerencias.
Tema 20. Concepto y clases de documentos. Los registros. Concepto y funciones. Los archivos: concepto y clases.
Criterios de ordenación. El derecho de acceso a registros y archivos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
PERSONAL LABORAL
1. Grupo V, Denominación del puesto: Capataz, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE CAPATAZ, VACANTE EN LA
PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Capataz, vacante en la plantilla de
personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, de
conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del Alcalde-Presidente, núm.
494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se 402 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Capataz”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 403
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Relación del capataz con la dirección técnica y con el personal a su cargo. Planificación del espacio y el tiempo.
Distribución adecuada del personal.
Tema 2. Materiales y herramientas: Organización y mantenimiento.
Tema 3. Organización de obra. Preparación del equipo. Replanteo. Material a emplear. Fases de desarrollo.404 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Tema 4. Obras en la vía pública. Señalización de seguridad. Actuaciones en redes de saneamiento, abastecimiento y
electricidad.
Tema 5. Conceptos básicos de albañilería. Herramientas y maquinaria en la construcción. Tipos, conocimiento y manejo.
Condiciones de seguridad.
Tema 6. Trabajos de albañilería: Cubiertas, hormigones y morteros, guarnecidos y enlucidos, muros.
Tema 7. Firmes de carreteras: bases, sub-bases, losas de hormigón, juntas, drenajes.
Tema 8. Muros: función, forma y clase. Materiales que se emplean.
Tema 9. Carga y transporte manual de materiales. Usos, riesgos y prevención.
Tema 10. Prevención de riesgos laborales específicos. Equipos de protección individual. Normas de seguridad en obras e
instalaciones.
2. Grupo V, Denominación del puesto: Oficial de 1ª Fontanero, Número de vacantes: 1
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA FONTANERO,
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Oficial de Primera Fontanero, vacante en
la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo
temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 405
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Oficial de Primera Fontanero”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.406 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y escaleras de mano.
Tema 4. Fontanería: conceptos generales. Materiales. Tuberías y accesorios.
Tema 5. Herramientas usadas en fontanería.
Tema 6. Uniones de piezas. Soldadura: materiales a emplear. Elementos plásticos.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 407
Tema 7. Instalación de aguas en edificios. Tareas de mantenimiento y limpieza. Red de desagües de edificios. Averías
más frecuentes en las instalaciones. Mantenimiento de otras instalaciones.
Tema 8. Vigilancia en el suministro de agua.
Tema 9. Tratamientos de aguas. Descalcificadores. Dureza total y temporal. Grupos de presión. Bombas y acumuladores.
Consumos y presión.
Tema 10. Estaciones depuradoras de aguas residuales. Comprobaciones y periodicidad.
3. Grupo V, Denominación del puesto: Oficial de 1ª Albañil, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA ALBAÑIL,
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Oficial de Primera Albañil, vacante en la
plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal,
de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.408 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Oficial de Primera Albañil”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 409
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y escaleras de mano. Condiciones generales de
seguridad en la carga, descarga y transporte de materiales.
Tema 4. Conceptos generales sobre albañilería.
Tema 5. Materiales utilizados en la construcción.
Tema 6. Herramientas: Uso y mantenimiento.
Tema 7. Construcción de muros y tabiques. Elementos necesarios y método de realización.
Tema 8. Enfoscados. Tipos, materiales necesarios y ejecución.
Tema 9. Aislamiento, corrección de humedades, revestimientos refractarios y reposición de azulejos y baldosas.
Tema 10. Falsos techos: método de realización.410 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
4. Grupo V, Denominación del puesto: Oficial de 1ª Conductor, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA CONDUCTOR,
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Oficial de Primera Conductor, vacante en
la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo
temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
Asimismo se requiere la posesión del permiso de conducción de las clases B, C, D y BTP.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 411
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Oficial de Primera Conductor”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.412 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Seguridad vial: conceptos básicos.
Tema 4. El automóvil: principios y elementos mecánicos.
Tema 5. Elementos básicos de seguridd del vehículo: ruedas, neumáticos, frenos, dirección.
Tema 6. Sistemas auxiliares de los motores: sistemas de engrase y refrigeración.
Tema 7. Carga de vehículos. Límites. Señalización.
Tema 8. Consideraciones generales sobre el comportamiento en caso de accidentes.
Tema 9. Señalización. Prioridad entre señales. Aplicación de las señales.
Tema 10. Mantenimiento de los vehículos. Revisiones, periodicidad. Lavado y limpieza de los vehículos.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 413
5. Grupo V, Denominación del puesto: Conductor, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE CONDUCTOR, VACANTE EN LA
PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Conductor, vacante en la plantilla de
personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, de
conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del Alcalde-Presidente, núm.
494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
Asimismo se requiere la posesión del permiso de conducción de las clases B, C, D y BTP.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se 414 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Conductor”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 415
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Seguridad vial: conceptos básicos.
Tema 4. El automóvil: principios y elementos mecánicos.
Tema 5. Elementos básicos de seguridad del vehículo: ruedas, neumáticos, frenos, dirección.
Tema 6. Sistemas auxiliares de los motores: sistemas de engrase y refrigeración.
Tema 7. Carga de vehículos. Límites. Señalización.
Tema 8. Consideraciones generales sobre el comportamiento en caso de accidentes.
Tema 9. Señalización. Prioridad entre señales. Aplicación de las señales.
Tema 10. Mantenimiento de los vehículos. Revisiones, periodicidad. Lavado y limpieza de los vehículos.
6. Grupo V, Denominación del puesto: Oficial de 1ª Jardinero, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA JARDINERO,
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Oficial de Primera Jardinero, vacante en
la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo
temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del 416 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Oficial de Primera Jardinero”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 417
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos. 418 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. El suelo: características, funciones y mantenimiento,
Tema 4. Principales plagas y enfermedades en el jardín. Métodos de lucha.
Tema 5. Sistemas de riego: tipos y características.
Tema 6. La plantación de árboles, arbustos y setos.
Tema 7. Poda y trasplante de árboles y arbustos.
Tema 8. Abonado: abonos naturales y artificiales. Sistemas de abono según cultivo y temporada.
Tema 9. Siembra: semilleros y esquejes.
Tema 10. Herramientas y maquinaria utilizadas en jardinería.
7. Grupo V, Denominación del puesto: Oficial de Mantenimiento, Número de vacantes: 2.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE DOS PLAZAS DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO,
VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de dos plazas de Oficial de Mantenimiento, vacantes en la
plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal,
de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 419
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
Las plazas convocadas se encuadran en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento
de Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Oficial de Mantenimiento”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:420 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 421
Tema 3. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y escaleras de mano. Condiciones generales de
seguridad en la carga, descarga y transporte de materiales.
Tema 4. Mantenimiento de edificios e instalaciones. Funciones básicas.
Tema 5. Nociones básicas sobre mantenimiento de instalaciones eléctricas y de alumbrado.
Tema 6. Nociones básicas sobre mantenimiento de instalaciones de agua.
Tema 7. Nociones básicas de albañilería. Descripción y utilidad de herramientas y utensilios más comunes.
Tema 8. Nociones básicas de fontanería. Descripción y utilidad de herramientas y utensilios más comunes.
Tema 9. Nociones básicas de pintura. Descripción y utilidad de herramientas y utensilios más comunes
Tema 10. Nociones básicas de jardinería y sistemas de riegos. Descripción y utilidad de herramientas y utensilios más
comunes.
8. Grupo V, Denominación del puesto: Peón Ayudante Albañil, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE PEON AYUDANTE DE ALBAÑIL,
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Peón Ayudante de Albañil, vacante en la
plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal,
de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.422 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Peón Ayudante de Albañil”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 423
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y escaleras de mano. Condiciones generales de
seguridad en la carga, descarga y transporte de materiales.
Tema 4. Conceptos generales sobre albañilería424 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Tema 5. Materiales utilizados en la construcción.
Tema 6. Herramientas: uso y mantenimiento.
Tema 7. Construcción de muros y tabiques. Elementos necesarios y método de realización.
Tema 8. Enfoscados. Tipos, materiales necesarios y ejecución.
Tema 9. Aislamiento, corrección de humedades, revestimientos refractarios y reposición de azulejos y baldosas.
Tema 10. Falsos techos: método de realización.
9. Grupo V, Denominación del puesto: Peón limpieza viaria, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE PEON AYUDANTE DE LIMPIEZA
VIARIA, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Peón Ayudante de Limpieza Viaria,
vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de
empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril,
del Estatuto Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del
Alcalde-Presidente, núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 425
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Peón Ayudante Limpieza Viaria”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.426 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y escaleras de mano.
Tema 4. Conceptos generales sobre sistemas de limpieza y desinfección.
Tema 5. Métodos de desinfección y procedimientos químicos.
Tema 6. Utensilios, materiales y maquinaria de limpieza.
Tema 7. Residuos sólidos: concepto y clases. Recogida selectiva de residuos sólidos urbanos.
Tema 8. Sistema de barrido. Organización, medios y clases
Tema 9. Aspectos ecológicos en la limpieza. Reciclaje.
Tema 10. Normas generales sobre la retirada de residuos.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 427
10. Grupo V, Denominación del puesto: Limpiadora, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE LIMPIADORA, VACANTE EN LA
PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Limpiadora, vacante en la plantilla de
personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, de
conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del Alcalde-Presidente, núm.
494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 428 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38,
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Limpiadora”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 429
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales y escaleras de mano.
Tema 4. Conceptos generales sobre sistemas de limpieza y desinfección.
Tema 5. Métodos de desinfección y procedimientos químicos.
Tema 6. Utensilios, materiales y maquinaria de limpieza.
Tema 7. Limpieza de edificios e instalaciones en función de sus características y utilización.
Tema 8. Limpieza de oficinas y despachos: mobiliario, equipos informáticos, fotocopiadoras.
Tema 9. Higiene, vestuario, uso y almacenaje de los productos de limpieza.
Tema 10. Aspectos ecológicos en la limpieza.
11. Grupo V, Denominación del puesto: Auxiliar Almacén, Número de vacantes: 1.
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA
CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ALMACEN, VACANTE
EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGULO
PRIMERA: Ámbito de aplicación
Las presentes Bases regulan el procedimiento para la cobertura de una plaza de Auxiliar de Almacén, vacante en la
plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Agulo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal,
de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto 430 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
Básico del Empleado Público y en ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada por Decreto del AlcaldePresidente,
núm. 494/2011, de 29 de diciembre.
El desarrollo de este procedimiento selectivo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de
consolidación de empleo temporal, aprobadas por Decreto de la Alcalde-Presidente, núm. 401/2014, de 27 de noviembre
de 2014 (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 163, de 15 de diciembre de 2014), así como a lo
dispuesto en las presentes Bases.
SEGUNDA: Normativa aplicable
Al proceso selectivo le será aplicable, además, lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local; La Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; los preceptos vigentes de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA: Características de las plazas
La plaza convocada se encuadra en el Grupo de Clasificación V de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de
Agulo.
CUARTA: Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base
Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones: Certificado de
escolaridad o equivalente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
QUINTA: Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente a la
publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA: Derechos de examen
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen por
participación en procesos selectivos (BOP núm. 122, de 15 de septiembre de 2014), los derechos de examen se
establecen en DIEZ euros (10,00 €) y su importe se hará efectivo mediante ingreso en cuenta corriente nº
ES1621006796512200073987, en efectivo ante la Tesorería del Ayuntamiento de Agulo, mediante transferencia o giro
postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento de Agulo, Plaza Leoncio Bento núm. 2, de conformidad con el artículo 38, Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015 431
apartado 7, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En todos los casos, se deberá indicar expresamente nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar como concepto de
ingreso el de “Tasa de Derechos de Examen: Convocatoria Auxiliar de Almacén”.
En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
SEPTIMA: Tribunal Calificador
La designación, composición y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en la Base Séptima
de las Bases Generales.
El Tribunal Calificador será designado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Agulo y compuesto por los
siguientes miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Vocales: Cuatro empleados públicos, que tengan la condición de funcionarios de carrera o personal laboral fijo de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
Secretario: La titular de la Secretaría General del Ayuntamiento de Agulo o funcionario de carrera en quién delegue.
OCTAVA: Procedimiento de selección
El procedimiento de selección (sistema, ejercicios de la fase de oposición, méritos a valorar en la fase de concurso,
calificaciones correspondientes,…), se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales por lo que, a los
efectos de la presente Convocatoria, la selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
La puntuación máxima alcanzable será de 145 puntos, valorándose con un máximo de 100 puntos la fase de oposición y
con un máximo de 45 puntos la fase de concurso.
a) Fase de oposición
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
a) Primer ejercicio: De naturaleza teórica. Consistirá en la realización de un cuestionario de 20 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre el temario que figura en el
Anexo I de las presentes Bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y
acceder al segundo ejercicio.
b) Segundo ejercicio: De naturaleza práctica. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, a elegir entre un
máximo de tres planteados por el Tribunal, relacionados con el temario del Anexo I de las presentes Bases.
Para la realización de esta prueba los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de treinta minutos. Este
ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.
b) Fase de concurso:
1.- Experiencia profesional: la puntuación máxima será de 40 puntos.
a) Por los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Agulo, en la plaza/puesto objeto de la Convocatoria:
0,45 puntos por mes completo trabajado.432 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 4, viernes 9 de enero de 2015
b) Por los servicios efectivos prestados en la misma Escala/Subescala, Clase o categoría, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes completo trabajado.
2.- Formación: La puntuación máxima será de 5 puntos.
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la Convocatoria, impartidos por
Administraciones Públicas, Centros Oficiales de formación (Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto
Canario de Administración Pública o análogos), Asociaciones o Federaciones de Administraciones Públicas (FECAI,
FECAM o análogas), Organizaciones Sindicales o promotores de planes de Formación Continua para el personal de las
Administraciones Públicas, a razón de 0,04 puntos por cada hora lectiva.
Anexo I: TEMARIO
Tema 1. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 2. Seguridad, prevención y salud laboral: protecciones individuales y colectivas. Métodos generales de prevención
de accidentes.
Tema 3. El almacén: concepto, objetivos y funciones básicas del almacén.
Tema 4. Tipos de almacén.
Tema 5. Elementos del almacén.
Tema 6. Áreas de almacenamiento.
Tema 7. Actividades a realizar en un almacén.
Tema 8. Gestión de existencias.
Tema 9. Movimientos de materiales y herramientas.
Tema 10. Manipulación mecánica de cargas
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