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viernes, 19 de abril de 2019

Convocatoria de lista de reserva para plaza de técnico superior en farmacia (CABILDO INSULAR FUERTEVENTURA)

En el BOP del 10/04 se ha publicado en las páginas 3372-3374:

Que por el Consejo de Gobierno Insular de esta Corporación ha sido adoptado, en fecha 4 de abril de 2019, en su punto 8, se ha procedido a aprobar entre otros, el siguiente acuerdo: la Convocatoria para la creación de lista de reserva mediante el sistema selectivo de concurso-oposición para cubrir interinidades de la siguiente plaza de la plantilla de Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos: TÉCNICO/A SUPERIOR DE FARMACIA (Subgrupo de clasificación A1), de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías del personal laboral y funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017. BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE TÉCNICO SUPERIOR EN FARMACIA PARA INTERINIDADES DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Objeto de la convocatoria. Las presentes bases tienen como objeto la selección de personal para crear una lista de reserva de TÉCNICO SUPERIOR EN FARMACIA, a los efectos de su nombramiento interino de plazas de la plantilla de personal funcionario del Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos, de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías del personal laboral y funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79 de fecha 3 de julio de 2017, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 95 de fecha 9 de agosto de 2017. Bases reguladoras del proceso selectivo. La presente convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las “Bases Generales que han de regir las convocatorias públicas para la provisión por funcionario interino de plazas vacantes en el Cabildo Insular de Fuerteventura”, aprobadas mediante Decreto del Consejero de Personal el día 27 de marzo de 2008, publicadas en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas número 46 de fecha 7 de abril de 2008, modificadas mediante decreto del Consejero de Recursos Humanos de fecha 11 de septiembre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 120 de fecha 18 de septiembre de 2013. Referencia a la Base Segunda de las Bases Generales: Características de las plazas. Escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Superior, denominación TÉCNICO SUPERIOR EN FARMACIA, Grupo A, Subgrupo A1. Referencia a la Base Tercera de las Bases Generales: Requisitos de los aspirantes. - Para acceder a la plaza se requiere alguna de las siguientes titulaciones: Licenciado en Farmacia o Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión, o título equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación. - Carnet de conducir B. Referencia a la Base Cuarta: Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de instancias será de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Derechos de examen. El ingreso se realizará en la cuenta número ES08- 2038-7224106400005324 de Bankia. 3372 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 43, miércoles 10 de abril de 2019 Referencia a la Base Sexta de las Bases Generales: El Tribunal Calificador para esta convocatoria quedará regulado según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio. Referencia a la Base Séptima de las Bases Generales: Sistema Selectivo Concurso-Oposición. Fase de Oposición: La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios, siendo la puntuación máxima de esta fase de 10 puntos: Primer ejercicio, de naturaleza teórica: Consistirá en desarrollar por escrito, durante una hora, un tema elegido por el aspirante entre dos extraídos por sorteo en presencia de los aspirantes inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, del temario que figura en las presentes Bases específicas. Se valorará entre cero y diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al segundo ejercicio. Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de un caso práctico, en un tiempo máximo de una hora, a elegir entre el Temario Especifico planteados por el Tribunal calificador relacionados con él, que figuran en las presentes Bases Especificas. Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo. TEMARIO DE TÉCNICO/A SUPERIOR DE FARMACIA EN EL SERVICIO DE TOXICOMANÍAS TEMARIO COMÚN: 1. La Ley de Servicios Sociales de Canarias. El papel de los Cabildos Insulares. 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN. De los actos administrativos: Requisitos de los actos administrativos; Eficacia de los actos: inderogabilidad singular, ejecutividad, efectos y notificación. De las disposiciones sobre el Procedimiento Administrativo Común: Instrucción del procedimiento. 3. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los órganos de las Administraciones Publicas: de los órganos administrativos, competencia; órganos colegiados de las distintas Administraciones Públicas: funcionamiento; abstención y recusación. Funcionamiento electrónico del Sector público TEMARIO ESPECÍFICO: 4. Responsabilidad profesional de farmacéutico, concepto y definición. Responsabilidad civil y penal del farmacéutico. Elementos constitutivos de la responsabilidad farmacéutica. 5. Ley 9/1998, de 22 julio sobre prevención Asistencia e Inserción Social en materia de Drogodependencias: Objeto, Prevención en Drogodependencia. Asistencia e Integración Social. 6. Ley 9/1998, de 22 julio sobre prevención Asistencia e Inserción Social en materia de Drogodependencias: Competencia de las Administraciones Públicas. 7. RD, de 25 de julio de 2008, sobre la Ley 4/2010 Dispensación de Metadona en pacientes en programas de deshabituación. 8. Decreto 162/1990 de 29 de mayo, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes del mismo. 9. PMM: RD 75/1990 de 19 de enero, del Ministerio de Sanidad y Consumo, que regula el tratamiento con opiáceos en personas dependientes de los mismos y RD posteriores que modifican parcialmente (RD 1131/1990 de 14 de septiembre y RD 5/1996 de 15 de enero). 10. La metadona: una alternativa farmacológica dentro de los recursos de tratamientos a opiáceos. Si en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor. Referencia a la Base Octava de las Bases Generales: El orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo anual Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 43, miércoles 10 de abril de 2019 3373 realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Corporación (www.cabildofuer.es, en ofertas de empleo) la presente convocatoria y bases específicas. Tercero. Conceder un plazo de Diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas para la presentación de solicitudes. Cuarto. La correspondiente Resolución se dará traslado a los Servicios de Intervención, Recursos Humanos y al Pleno a los efectos oportunos. El presente acto administrativo pone fin a la vía administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. En su caso, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. El plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto. Y para que conste y surta los efectos donde proceda expido la presente de Orden y con el Visto Bueno del Sr. Presidente, haciendo la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en Puerto del Rosario, a cinco de abril de dos mil diecinueve. EL PRESIDENTE, Marcial Morales Martín. LA VICESECRETARIA - JEFA DE SERVICIO DE SERVICIOS JURÍDICOS, María Mercedes Contreras Fernández.

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