En el BOP del 8/08 se ha publicado en las páginas 13252 y ss:
ORAL TEMPORAL DE DOCE TRABAJADORES PARA LA EJECUCIÓN DEL
PROYECTO DENOMINADO "MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS
MUNICIPALES".
Primera: Objeto.
Las presentes bases tienen como finalidad la selección mediante concurso,
de personal laboral con carácter temporal, para la ejecución del proyecto
denominado "Mantenimiento de Infraestructuras y Servicios Municipales", con
arreglo a los siguientes datos:
- Oficiales de Primera (2)
- Peones de construcción (6)
- Peones de limpieza viaria (4)
Segunda: Normativa.
Será de aplicación lo establecido en el RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 103 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el
artículo 177 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia
de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 95, miércoles 8 de agosto de 2018 13253
Tercera: Requisitos de los aspirantes:
Para formar parte en este proceso selectivo será necesario reunir los
requisitos que se relacionan a continuación en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de instancias:
- Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea, pudiendo ser admitido, además, el cónyuge de éstos, siempre que
no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes. También podrán ser admitidos los nacionales
de cualquiera de los Estados en los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de los trabajadores, de acuerdo con lo establecido en los art. 56.1.a) y
57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Estar desempleado.
- No padecer enfermedad grave o defecto físico que impida el desempeño de
las correspondientes funciones.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la contratación.
Cuarta: Solicitudes.
4.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo
constar cumplimentando el impreso de solicitud establecido al efecto por el
Ayuntamiento de Alajeró, que se ajustará al modelo oficial que se adjunta como
Anexo I y que será facilitada a los aspirantes en el Registro General de este
Ayuntamiento ubicado en Plaza del Pueblo s/n, Alajeró y en la Oficina Municipal de
Playa de Santiago, sita en Av. Marítima. Así mismo, la referida instancia podrá ser
descargada de la Sede Electrónica municipal:
(https://sedeelectronica.ayuntamientoalajero.es/).
A la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo se
acompañarán los siguientes documentos:
- Copia del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de
nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia del
documento que acredite su nacionalidad.
13254 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 95, miércoles 8 de agosto de 2018
- Documento acreditativo de estar desempleado y figurar inscrito como
demandante de empleo.
- Declaración Jurada o promesa de no haber sido separado mediante
expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo Anexo II.
4.2. Lugar de presentación: El impreso de solicitud, debidamente
cumplimentado, así como los documentos reseñados se presentarán en el Registro
General del Ayuntamiento de Alajeró o en la Oficina Municipal de Playa de Santiago.
Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.3. Plazo de presentación: El plazo de presentación de instancias será de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las Bases de
la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. De dicho plazo se dará
publicidad a través de la publicación en el Tablón de Anuncios y en la Sede
Electrónica municipal.
Quinta: Admisión de aspirantes.
5.1. Para ser admitido será necesario que los aspirantes manifiesten que
reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria y presenten la
documentación requerida, conforme establecen las bases tercera y cuarta.
5.2. Relación provisional de aspirantes. Expirado el plazo de presentación de
solicitudes, se publicará en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la
Sede Electrónica municipal (https://sedeelectronica.ayuntamientoalajero.es/), la
relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, especificando respecto de
estos últimos la causa de inadmisión. Los aspirantes excluidos y aquellos que no
figuren recogidos en la pertinente relación de admitidos, dispondrán de un plazo de
cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Si
dentro del plazo establecido no subsanaran dicho defecto serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo.
5.3. Relación definitiva de admitidos y excluidos. Finalizado el plazo de
subsanación, mediante resolución de Alcaldía se aprobará la relación definitiva de
admitidos y excluidos y se determinará la Comisión de Valoración y se hará pública
en el Tablón de Anuncios de la Entidad y en el Sede Electrónica Municipal
(https://sedeelectronica.ayuntamientoalajero.es/).
5.4. Contra la resolución por la que se declare aprobada la lista de admitidos
y excluidos así contra aquellas que resuelvan la subsanación de defectos u omisión
de inclusión podrá interponerse recursos contencioso administrativo conforme a la
Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
En todo caso, y a efectos de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán que sus nombres constan en la correspondiente
relación de admitidos expuesta al público en el Tablón de Anuncios de la Entidad y
en la Sede Electrónica web municipal.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición de los interesados de conformidad con lo dispuesto en el art. 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Sexta: Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección será el de Concurso. La Comisión de
Valoración valorará los méritos, para las categorías de Oficial de Primera y Peón de
Construcción, y las circunstancias socioeconómicas, para los Peones de Limpieza,
presentados por los aspirantes admitidos en el proceso selectivo. Se valorará
exclusivamente los méritos presentados en documentos debidamente acreditados
por los/as aspirantes, no valorando los documentos que no se acrediten según la
documentación exigida en las presentes bases.
6.2. Los méritos y documentación presentados para las categorías de Oficial
de Primera y Peón de Construcción serán valorados con arreglo al siguiente
baremo:
6.2.1. Experiencia laboral:
- Por servicios prestados en la misma categoría del puesto al que se opta,
refiriéndose a las funciones y tareas propias de éste, a razón de 0,10 puntos
por cada mes natural completo de trabajo. Las fracciones inferiores al mes
no se computarán.
- Por servicios prestados en distinta categoría del puesto, pero relacionada
con el puesto de trabajo, a razón de 0,025. Las fracciones inferiores al mes
no se computarán.
6.2.2. Formación:
- Por la realización de cursos relacionados con actividades propias del puesto
de trabajo, a razón de 0,01 puntos por hora de formación.
6.2.3. Otras circunstancias valorables:
- Estar empadronado en el municipio de Alajeró: 5 puntos
- Estar en posesión del Permiso de Conducción C1 o C: 5 puntos
6.2.4. Acreditación de los méritos: La documentación para la acreditación de
los méritos alegados será el siguiente:
- Acreditación de la experiencia laboral: Curriculum Vitae emitido por el
Servicio Canario de Empleo o Contratos de Trabajo junto al informe de Vida
Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Acreditación de cursos formación: Mediante fotocopia compulsada de los
títulos o Curriculum Vitae emitido por el Servicio Canario de Empleo.
- Certificado de empadronamiento.
- Fotocopia del Permiso de conducción.
- En caso de empate, se resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor
puntuación en el apartado correspondiente a la experiencia profesional. Si
éste persiste, se hará propuesta a favor de aquel concursante que acredite
mayor formación.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 95, miércoles 8 de agosto de 2018 13255
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Sexta: Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección será el de Concurso. La Comisión de
Valoración valorará los méritos, para las categorías de Oficial de Primera y Peón de
Construcción, y las circunstancias socioeconómicas, para los Peones de Limpieza,
presentados por los aspirantes admitidos en el proceso selectivo. Se valorará
exclusivamente los méritos presentados en documentos debidamente acreditados
por los/as aspirantes, no valorando los documentos que no se acrediten según la
documentación exigida en las presentes bases.
6.2. Los méritos y documentación presentados para las categorías de Oficial
de Primera y Peón de Construcción serán valorados con arreglo al siguiente
baremo:
6.2.1. Experiencia laboral:
- Por servicios prestados en la misma categoría del puesto al que se opta,
refiriéndose a las funciones y tareas propias de éste, a razón de 0,10 puntos
por cada mes natural completo de trabajo. Las fracciones inferiores al mes
no se computarán.
- Por servicios prestados en distinta categoría del puesto, pero relacionada
con el puesto de trabajo, a razón de 0,025. Las fracciones inferiores al mes
no se computarán.
6.2.2. Formación:
- Por la realización de cursos relacionados con actividades propias del puesto
de trabajo, a razón de 0,01 puntos por hora de formación.
6.2.3. Otras circunstancias valorables:
- Estar empadronado en el municipio de Alajeró: 5 puntos
- Estar en posesión del Permiso de Conducción C1 o C: 5 puntos
6.2.4. Acreditación de los méritos: La documentación para la acreditación de
los méritos alegados será el siguiente:
- Acreditación de la experiencia laboral: Curriculum Vitae emitido por el
Servicio Canario de Empleo o Contratos de Trabajo junto al informe de Vida
Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Acreditación de cursos formación: Mediante fotocopia compulsada de los
títulos o Curriculum Vitae emitido por el Servicio Canario de Empleo.
- Certificado de empadronamiento.
- Fotocopia del Permiso de conducción.
- En caso de empate, se resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor
puntuación en el apartado correspondiente a la experiencia profesional. Si
éste persiste, se hará propuesta a favor de aquel concursante que acredite
mayor formación.
6.3. La categoría de Peón de Limpieza será valorada siguiendo los siguientes
criterios socioeconómicos:
6.3.1. Situación económica:
a. Unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo
retribuciones o prestación alguna: 10 Ptos.
b. Unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo
rentas o prestaciones por un importe superior a 350€/ persona que
pertenezca a la unidad familiar: 8 Ptos.
c. Desempleados que no perciben prestación o subsidio por
desempleo: 5 Ptos.
d. Perceptores de cualquier prestación o subsidio por desempleo: 3
Ptos.
6.3.2. Situación de Desempleo:
a. Personas con más de 12 meses en situación de desempleo (periodo
continuo a fecha de finalización de presentación de solicitud): 3 Ptos.
b. Personas con más de 6 meses y menos de 12 en situación de
desempleo (periodo continuo a fecha de finalización de presentación de
solicitud): 1 Pto.
6.3.3. Situación Unidad Familiar-Desempleo:
a. Un adulto en situación de desempleo: 2 Ptos.
b. Otro miembro adulto de la unidad familiar: 1 Pto.
c. Dos adultos en situación de desempleo (Supone pareja): 6 Ptos.
6.3.4. Cuadro Ingresos:
- Tomando como referencia los datos de la tabla que a continuación se
detallan, se valorará los ingresos de la siguiente manera:
Nº miembros unidad familiar Ingresos anuales de
referencia (*)
Una persona 7.455,14 €
Un adulto con un hijo 14.164,77 €
Un adulto con dos hijos 16.401,31 €
Un adulto con tres hijos 18.637,85 €
Un adulto con cuatro hijos 20.874,39 €
Una pareja de adultos 9.691,68 €
Una pareja de adultos con un hijo 20.128,88 €
Una pareja de adultos con dos hijos 15.655,79 €
Una pareja de adultos con tres hijos 17.892,34 €
Una pareja de adultos con cuatro hijos 13.419,25 €
(*): Los ingresos se obtienen multiplicando por 12 o 14, según corresponda, lo ingresos
mensuales de cada unidad familiar.
- Si los ingresos acreditados por los interesados son iguales o menores al
50% de la casilla "Ingresos anuales de referencia": 3 Ptos.
13256 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 95, miércoles 8 de agosto de 2018
6.3. La categoría de Peón de Limpieza será valorada siguiendo los siguientes
criterios socioeconómicos:
6.3.1. Situación económica:
a. Unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo
retribuciones o prestación alguna: 10 Ptos.
b. Unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo
rentas o prestaciones por un importe superior a 350€/ persona que
pertenezca a la unidad familiar: 8 Ptos.
c. Desempleados que no perciben prestación o subsidio por
desempleo: 5 Ptos.
d. Perceptores de cualquier prestación o subsidio por desempleo: 3
Ptos.
6.3.2. Situación de Desempleo:
a. Personas con más de 12 meses en situación de desempleo (periodo
continuo a fecha de finalización de presentación de solicitud): 3 Ptos.
b. Personas con más de 6 meses y menos de 12 en situación de
desempleo (periodo continuo a fecha de finalización de presentación de
solicitud): 1 Pto.
6.3.3. Situación Unidad Familiar-Desempleo:
a. Un adulto en situación de desempleo: 2 Ptos.
b. Otro miembro adulto de la unidad familiar: 1 Pto.
c. Dos adultos en situación de desempleo (Supone pareja): 6 Ptos.
6.3.4. Cuadro Ingresos:
- Tomando como referencia los datos de la tabla que a continuación se
detallan, se valorará los ingresos de la siguiente manera:
Nº miembros unidad familiar Ingresos anuales de
referencia (*)
Una persona 7.455,14 €
Un adulto con un hijo 14.164,77 €
Un adulto con dos hijos 16.401,31 €
Un adulto con tres hijos 18.637,85 €
Un adulto con cuatro hijos 20.874,39 €
Una pareja de adultos 9.691,68 €
Una pareja de adultos con un hijo 20.128,88 €
Una pareja de adultos con dos hijos 15.655,79 €
Una pareja de adultos con tres hijos 17.892,34 €
Una pareja de adultos con cuatro hijos 13.419,25 €
(*): Los ingresos se obtienen multiplicando por 12 o 14, según corresponda, lo ingresos
mensuales de cada unidad familiar.
- Si los ingresos acreditados por los interesados son iguales o menores al
50% de la casilla "Ingresos anuales de referencia": 3 Ptos.
- Si obtenemos como resultado una cantidad superior al 50%, pero sin
alcanzar la cantidad indicada: 2 Ptos.
- Si la cantidad es mayor, pero no alcanza la cifra de la siguiente categoría:
1 Pto.
- En caso de que la cantidad resultante llegue o supere la cantidad de la
siguiente categoría: 0 Ptos.
- Los gastos de hipoteca o alquiler serán deducibles si superan en cómputo
anual el 40% de los ingresos de la unidad familiar, siempre que se acrediten
mediante recibo bancario.
6.3.5. Criterios para colectivos preferentes:
- Personas mayores de 45 años: 1 Pto.
- Desempleados de larga duración, entendiendo por ello personas inscritas
como demandantes de empleo desempleadas, un mínimo de 360 días, en un
periodo de 540 (año y medio): 1Pto.
- Personas con discapacidad: 1 Pto.
6.3.6. Acreditación situación socioeconómica: Documentos acreditativos de
la situación socioeconómica:
- Certificado de convivencia de la unidad familiar.
- Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
- Documentos acreditativos de los ingresos del interesado y de la unidad
familiar (nominas, pensiones, certificado de percibir o no prestaciones por
desempleo, para trabajadores autónomos última liquidación trimestral del IRPF y/o
último boletín de cotización a la Seguridad Social).
- Documento acreditativo de estar desempleado y figurar inscrito como
demandante de empleo de los miembros que integren la unidad familiar.
- Documento acreditativo de antigüedad en el Paro.
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad.
Séptima. Contratación:
La Comisión de Valoración emitirá la propuesta de los candidatos/as a
contratar, teniendo en cuenta el orden de las puntuaciones obtenidas en cada
categoría profesional, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
de Alajeró y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
Los aspirantes seleccionados deberán presentar en el Ayuntamiento de
Alajeró, por alguno de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la publicación del listado
de aspirantes propuestos la siguiente documentación:
- Nº de Afiliación a la Seguridad mediante la presentación de la Tarjeta de la
Seguridad Social.
- Nº de cuenta de su titularidad.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 95, miércoles 8 de agosto de 2018 13257
- Si obtenemos como resultado una cantidad superior al 50%, pero sin
alcanzar la cantidad indicada: 2 Ptos.
- Si la cantidad es mayor, pero no alcanza la cifra de la siguiente categoría:
1 Pto.
- En caso de que la cantidad resultante llegue o supere la cantidad de la
siguiente categoría: 0 Ptos.
- Los gastos de hipoteca o alquiler serán deducibles si superan en cómputo
anual el 40% de los ingresos de la unidad familiar, siempre que se acrediten
mediante recibo bancario.
6.3.5. Criterios para colectivos preferentes:
- Personas mayores de 45 años: 1 Pto.
- Desempleados de larga duración, entendiendo por ello personas inscritas
como demandantes de empleo desempleadas, un mínimo de 360 días, en un
periodo de 540 (año y medio): 1Pto.
- Personas con discapacidad: 1 Pto.
6.3.6. Acreditación situación socioeconómica: Documentos acreditativos de
la situación socioeconómica:
- Certificado de convivencia de la unidad familiar.
- Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
- Documentos acreditativos de los ingresos del interesado y de la unidad
familiar (nominas, pensiones, certificado de percibir o no prestaciones por
desempleo, para trabajadores autónomos última liquidación trimestral del IRPF y/o
último boletín de cotización a la Seguridad Social).
- Documento acreditativo de estar desempleado y figurar inscrito como
demandante de empleo de los miembros que integren la unidad familiar.
- Documento acreditativo de antigüedad en el Paro.
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad.
Séptima. Contratación:
La Comisión de Valoración emitirá la propuesta de los candidatos/as a
contratar, teniendo en cuenta el orden de las puntuaciones obtenidas en cada
categoría profesional, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
de Alajeró y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
Los aspirantes seleccionados deberán presentar en el Ayuntamiento de
Alajeró, por alguno de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la publicación del listado
de aspirantes propuestos la siguiente documentación:
- Nº de Afiliación a la Seguridad mediante la presentación de la Tarjeta de la
Seguridad Social.
- Nº de cuenta de su titularidad.
Octava. Recursos:
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se
podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contenciosoadministrativo
en el plazo de un mes ante la Alcaldía, de conformidad con los art.
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de S/C de Tenerife, o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de
reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación
por silencio. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera estimar
más conveniente a derecho.
Tercero: Aprobar la convocatoria para la selección con carácter temporal de
12 trabajadores para la ejecución del proyecto "Mantenimiento de Infraestructuras
y Servicios Municipales 2018. T.M. de Alajeró", con arreglo a las bases aprobadas al
efecto.
Cuarto: Publicar el texto íntegro de las Bases en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Alajeró y la sede electrónica del mismo
(https://sedeelectronica.ayuntamientoalajero.es/).
Dado en Alajeró. "
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