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miércoles, 15 de agosto de 2018

Ampliación de una plaza en la convocatoria del procedimiento selectivo para cubrir 14 plazas de Administrativo/a (SANTA CRUZ DE TENERIFE)

En el BOP del 6/08 se ha publicado en las páginas 13117-13119:

El Ilmo. Sr. Concejal de Gobierno de Hacienda, Recursos Humanos y Patrimonio de este Excmo. Ayuntamiento, mediante Decreto dictado con fecha 27 de julio de 2018, dispuso lo que a continuación literalmente se trascribe:

“Asunto.- Ampliación de una plaza en la convocatoria del procedimiento selectivo para cubrir, por el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso-oposición, 14 plazas de Administrativo/a de la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de Clasificación Profesional C, Subgrupo C1. “Visto el informe del Servicio de Recursos Humanos, de fecha 26 de julio de 2018, que se transcribe: “Antecedentes de hecho. I.- Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el día 28 de julio de 2014, se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2014, en la que se encontraba prevista, entre otras, 8 plazas de “Escala Administración General, Subescala Administrativa”, Grupo C, Subgrupo C1. Por otra parte, la Oferta de Empleo Público de 2016, aprobada por el mismo órgano, en sesión celebrada el día 13 de junio de 2016, recogía, entre otras, 10 plazas de “Escala Administración General, Subescala Administrativa”, Grupo C, Subgrupo C1. II.- Por el Sr. Concejal Delegado en materia de Recursos Humanos, se ordenó el día 25 de mayo de 2017, la realización de las actuaciones necesarias para la convocatoria del proceso selectivo, acumulando las plazas de las dos Ofertas de Empleo Público, a las que se ha hecho referencia en el apartado anterior. III.- Las bases que habrían de regir el proceso selectivo fueron objeto de negociación en la Mesa General de Negociación celebrada el día 29 de mayo de 2017. En dicha negociación, la representación de la Administración manifestó su intención de no convocar la totalidad de las plazas ofertadas, esto es, las 18 plazas, dado que con ocasión de la aprobación de la Plantilla de Personal el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en el ejercicio 2017, se había suprimido un total de siete plazas de Administrativo/a. IV.- De conformidad con lo anterior, por el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde y Concejal de Gobierno en materia de Hacienda y Recursos Humanos de este Excmo. Ayuntamiento, mediante Decreto dictado con fecha 23 de junio de 2017, aprobó la convocatoria y las Bases que han de regir en el procedimiento selectivo para la cobertura mediante funcionarios/asde carrera de sólo catorce plazas de Administrativo/a de Administración General, por el sistema de concurso oposición, turno de promoción interna, cuyo texto íntegro fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 81, de 7 de julio de 2017 y extracto en el Boletín Oficial del Estado nº 175, de fecha 24 de julio de 2017. V.- Mediante anuncio de la Secretaria del Tribunal del proceso selectivo de referencia, el día 5 de junio de 2108, se publicó en el Tablón de Anuncios de la Corporación las calificaciones finales de la fase de oposición otorgadas a los/as aspirantes, habiendo superado esta fase un número total de 15 aspirantes, es decir, uno más al de las plazas convocadas. En el mismo anuncio se abría el plazo para la presentación de méritos de la fase de concurso. VI.- Con posterioridad a la aprobación de la Plantilla de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para el ejercicio 2018, se produjo la jubilación de una funcionaria de carrera, Antonia Liduvina Armas Díaz, el día 28 de febrero de 2018, incrementándose durante la tramitación del proceso selectivo de referencia al total de vacantes una plaza más. Consideraciones jurídicas. I.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre (en adelante. EBEP), “las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por ciento adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de las mismos (…)”. De conformidad con esta previsión legal, nos encontramos con que durante el referido proceso selectivo convocado se ha producido una nueva plaza vacante con ocasión de una jubilación de una funcionario/a de carrera, que podría acumularse a las plazas que fueron convocadas.II.- En el presente caso, la ampliación de una plaza más a la convocatoria actualmente en marcha, no supone siquiera hacer uso de la habilitación del 10% adicional que permite el artículo 70.1 del EBEP, puesto que ya esa plaza estaba incluida entre las dieciocho plazas de Administrativo/a, como consecuencia de las acumulaciones de las Ofertas de Empleo Público de los años 2014 y 2016, si bien, por las razones ya indicadas en el antecedente de hecho III, finalmente no fue convocada la totalidad. III.- Por otra parte, la ampliación de la convocatoria no supone un incumplimiento de los límites presupuestarios y requisitos que, para la Oferta de Empleo Público del sector público prevé la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, en cuyo artículo 20 Uno, apartado 4, y dentro de las limitaciones derivadas de la tasa de reposición de efectivos, se indica que: “no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna. (…)” IV.- Asimismo, de conformidad al artº. 14, letra c, del EBEP entre los derechos de los que son titulares los/as empleados/as públicos/as se recoge: “A la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación”. La ampliación de una plaza más, a las convocadas, permite garantizar el derecho de los funcionarios/ as de carrera a la promoción interna, tal y como se indica en el antecedente de hecho V. V.- Es órgano competente para la gestión de personal, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, que le atribuye a dicho órgano la competencia para aprobar las bases de la convocatoria de selección y provisión, de puestos de trabajo. Esta competencia, no obstante, ha sido objeto de delegación en el Concejal de Hacienda, Recursos Humanos y Patrimonio en virtud del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, de fecha 15 de junio de 2015.” Por todo lo expuesto, Dispongo:
Primero.- Acumular a la convocatoria de 14 plazas de Administrativo por el turno de promoción interna y por el sistema de concurso-oposición, aprobada mediante decreto del Concejal de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos de fecha 23 de junio de 2017, una plaza más de Administrativo, incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2016, lo que supondrá la convocatoria de 15 plazas de Administrativo por el turno de promoción interna y por el sistema de concurso-oposición. Segundo.- Dar traslado de la presente resolución al Tribunal Calificador del proceso selectivo de referencia, para su conocimiento con carácter previo a la publicación de la relación definitiva de aprobados/ as por orden de puntuación decreciente. Tercero.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la página web municipal y el Tablón de Anuncios Municipal.” Lo que se hace público para general conocimiento. En Santa Cruz de Tenerife, a 27 de julio de 2018. El Jefe del Servicio de Organización y Planificación de Recursos Humanos, José Manuel Álamo González. 

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