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sábado, 27 de febrero de 2016

Modificación de las bases generales de las convocatorias para generar lista de reservas para interinidades y contrataciones laborales (AGÜIMES)

En el BOP del 15/02 se ha publicado en la página 1310:

Don Óscar Hernández Suárez, Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes, HACE SABER: Por la presente se hace público que se ha dictado por estaAlcaldíaDecreto 2016/323, por el cualse aprueba la MODIFICACIÓN DE LAS BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS PARA GENERAR LISTADE RESERVAS PARAINTERINIDADES Y CONTRATACIONES LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES, aprobada por decreto 2015/2012, de 28 de julio (BOP número 99 de 5 de agosto de 2015), siendo las siguientes: “I.- El párrafo primero del punto 2 “plazo de presentación” la base tercera queda como sigue: “El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. El texto integro de la convocatoria y bases que ha de regir el proceso selectivo se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal, así como extracto del mismo en un Diario de los de máxima circulación en Canarias.” II. En el punto 1 “relación provisional de aspirantes” de la base cuarta,se establece el plazo de subsanación en SIETE DÍAS HÁBILES a contar desde la publicación de Resolución de la lista de admitidos y excluidos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal III. El punto 2 “fase segunda (concurso)” de la base sexta, se establece un plazo de TRES DÍAS NATURALES para la presentación de los méritos. IV. En el párrafo segundo, de la base décimo segunda, se establece un plazo de TRES DÍAS HÁBILES para la presentación de reclamaciones a las resoluciones del Tribunal Calificador. Esta resolución pone fin a la vía administrativa, conforme el artículo 52.2 a) de la Ley 7/85, de Bases deRégimen Local.Contra la presente podrá interponer potestivamente Recurso de Reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, en el plazo de UN MES desde la fecha de notificación de este acuerdo, conforme dispone la Disposición Transitoria Segunda y artículo 116 (31.) de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE 14/01/99), o ser impugnado directamente ante el Juzgado de Lo Contencioso Administrativo de Las Palmas, conforme dispone el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación, conforme dispone el artículo 46.1 de la misma Ley, pudiendo asimismo, interponer cualquier otro que estime conveniente. Lo cual se hace público a los efectos oportunos. Villa de Agüimes, a cinco de febrero de dos mil dieciséis. EL ALCALDE PRESIDENTE, Óscar Hernández Suárez

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