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sábado, 27 de febrero de 2016

680 RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2016, por la que se modifica la Resolución de 13 de noviembre de 2015, que efectúa convocatoria para becas de especialización para titulados con destino al Servicio General de Apoyo a la Investigación de la Universidad de La Laguna, convocatoria 2015. (UNIVERSIDAD LA LAGUNA)

En el BOC del 26/02 se ha publicado:


En el Boletín Oficial de Canarias nº 228, de 24 de noviembre de 2015, fue publicada Resolución de este Vicerrectorado de convocatoria de las becas de especialización para titulados con destino al Servicio General de Apoyo a la Investigación (SEGAI) de esta Universidad, convocatoria modificada por Resoluciones de fecha 1 de diciembre de 2015 (BOC nº 240, de 11 de diciembre) y 7 de diciembre de 2015 (BOC nº 244, de 17 de diciembre).
Estimado recurso de reposición interpuesto contra la modificación de la convocatoria efectuada mediante Resolución de 1 de diciembre de 2015, en la que se establecía la no valoración de los conocimientos adquiridos durante el disfrute de becas Segai en anteriores convocatorias (punto 2.8.2 del baremo), al considerarse que puede suponer un trato discriminatorio respecto al resto de posibles concursantes, ya que lo relevante es la realización de cursos de formación o disfrute de becas formativas relacionadas con los conocimientos requeridos, con entera independencia del lugar de su obtención, por lo que debe procederse a la realización de la correspondiente modificación del citado punto del baremo de la convocatoria.
Por otro lado, en la misma Resolución de modificación, se procedió al desglose de la puntuación a asignar a cada uno de los conocimientos baremables en el punto 2.8 del baremo, eliminándose el mérito relativo a "tesis que guarden relación con el perfil de la beca", sin que se motivara en dicha Resolución la causa de tal eliminación. Resulta procedente indicar que dicha eliminación obedeció a que dicho mérito ya se consideraba en el punto 2.7 del baremo, por lo que había una duplicidad al valorarse en dos puntos diferentes del baremo el mismo mérito.
Así mismo se procedió en la Resolución citada de 1 de diciembre de 2015, a la modificación del contenido de la letra c) del Anexo 8 de la convocatoria (Declaración Jurada), respondiendo dicha modificación a que el texto de dicho Anexo, entraba en contradicción con lo dispuesto en la base decimoquinta de la convocatoria en relación al régimen de compatibilidades de la beca.
En base a lo expuesto, se resuelve:
Primero.- Modificar el punto 2.8.2 del baremo de la convocatoria, quedando su contenido en la forma siguiente:
"2.8.2.- Realización de cursos de formación o disfrute de becas formativas relacionadas con los conocimientos señalados: 5 puntos".
Segundo.- Se establece un nuevo plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de solicitudes o subsanación de solicitudes presentadas y afectadas por la presente modificación, si bien el citado plazo no es de aplicación a las solicitudes ya presentadas y no afectadas por la presente modificación, que serán consideradas válidas a todos los efectos.
Tercero.- La presente Resolución surte efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.
La Laguna, a 17 de febrero de 2016.- El Vicerrector de Investigación, Francisco Almeida Rodríguez.

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