http://rrabogadoslaspalmas.com/

miércoles, 26 de septiembre de 2012

Convocatoria para el nombramiento de un/a funcionario/a interino, clasificaciónA, SubgrupoA2, escala de administración general, subescala de gestión (ARRECIFE)

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 17337 y siguientes:

Don Javier López Martínez, Secretario-Accidental del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife (Las Palmas).
CERTIFICO:
Que las presentes bases que han de regir la convocatoria para la selección de un Funcionario Interino, perteneciente al Grupo de ClasificaciónA, SubgrupoA2, Escala deAdministraciónGeneral, Subescala de Gestión, fueron aprobadas por Decreto de esta Alcaldía ref. RR.HH. 263/2012
En virtud de lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO aprobar la siguiente convocatoria y bases correspondientes al nombramiento de UN TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, GRUPO DE CLASIFICACIÓN A, SUBGRUPO A2, como Funcionario Interino:
CONVOCATORIAPARAELNOMBRAMIENTO
DE UN/AFUNCIONARIO/AINTERINO, GRUPO
DECLASIFICACIÓNA, SUBGRUPOA2, ESCALA
DEADMINISTRACIÓNGENERAL, SUBESCALA
DE GESTIÓN.
1ª. Naturaleza y características del nombramiento
convocado.
Es objeto de la presente convocatoria el nombramiento
de UN/A FUNCIONARIO/A INTERINO,
PERTENECIENTEALGRUPODECLASIFICACIÓN
A, SUBGRUPO A2, ESCALA DE
ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA
DE GESTIÓN, adscrito a la Unidad de Economía y
Hacienda (IntervenciónGeneral), de esteAyuntamiento.
El nombramiento será efectuado como Funcionario/a
Interino, para sustituir a la Funcionaria doña María
del Carmen Villaverde Ferreiro, Técnico de Gestión
Contable, que en la actualidad se encuentra
desempeñando las funciones de InterventoraAccidental.
El nombramiento de la Técnico Contable, en
sustitución del Interventor, ha venido a dificultar las
labores encomendadas por la Ley a la Intervención
de este Ayuntamiento:
•Control interno de la actividad económica-financiera
y la contabilidad.
Por lo que se precisa cubrir, lo antes posible, con
el nombramiento de Funcionario/a Interino, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 10-1 b), de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, el Puesto de Técnico de Gestión
Contable, mientras dure el nombramiento de Doña
Carmen Villaverde Ferreiro como Interventora
Accidental.
2ª. Régimen Jurídico del nombramiento.
Al nombramiento que haya de celebrarse con los
aspirantes seleccionados y a las situaciones jurídicas
originadas por los mismos, les será de aplicación la
Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, artículo 10, así como la legislación
sobre función pública e incompatibilidades del personal
al servicio de la Administración Pública y el vigente
Acuerdo del Personal Funcionario del Ayuntamiento
de Arrecife, para ambos supuestos.
3ª. Dependencia a la cual deben dirigirse las
instancias.
Los interesados presentarán las instancias, ajustadas
almodelo que se inserta comoAnexo I de las presentes
Bases, dirigidas al Sr.Alcalde-Presidente en elRegistro
General del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife o en
la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/92,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y el Procedimiento
AdministrativoComún, durante los diez días naturales,
contados desde el día siguiente al de la publicación
del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia.
Asimismo, lamencionada convocatoria se publicará
en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento
de Arrecife y en la página Web de la Corporación
(www.arrecife.es).
La lista de admitidos y excluidos, así como la
resolución de los resultados del ejercicio y la lista
definitiva serán expuestas en el Tablón de Anuncios
del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife.
4ª. Lista de admitidos y excluidos.
Dentro de los diez días siguientes al de finalización
de la presentación de solicitudes, se publicará en el
tablón de edictos resolución de laAlcaldía-Presidencia
o de la Concejalía Delegada en la que se expondrá la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Se concederá un plazo de cinco días hábiles a
efectos de presentación de reclamaciones y/o subsanación
de deficiencias por quienes ostenten la consideración
de interesados, a los efectos del artículo 31 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, así como para que aquellos
que resulten excluidos por vicios subsanables presenten
la documentación necesaria para la subsanación de
sus defectos.
En el caso de presentarse reclamaciones, serán
aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe
las listas definitivas, que se harán públicas, asimismo,
en la forma indicada. En caso de no presentarse
reclamación alguna las listas provisionales devendrán
automáticamente en definitivas, sin necesidad de
nueva publicación.
ElAyuntamiento deArrecife no se responsabilizará
de la información que sea indexada por terceros en
referencia a las publicaciones antes mencionadas.
Finalizado el proceso selectivo, elAyuntamiento de
Arrecife, retirará, en el plazo de cinco días, todas aquellas
publicaciones relativas a esta convocatoria.
5ª. Condiciones de los aspirantes.
Podrán tomar parte en las pruebas selectivas los
aspirantes que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser español o poseer la nacionalidad de cualquier
paísmiembro de laUnión Europea.Asimismo, podrán
participar en las pruebas selectivas convocadas el
cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estadosmiembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de derecho, así como sus
descendientes y los de su cónyuge, siempre que no
estén separados de derecho, menores de 21 años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente, se extenderá a las personas incluidas
en el ámbito de aplicación de losTratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España, en los que sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en
su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, del título de Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o
Formación Profesional de tercer grado. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse
la credencial que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
oparaejercerfuncionessimilaresalasquedesempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en losmismos
términos el acceso al empleo público.
6ª. Los requisitos expresados anteriormente se
acreditarán de la forma siguiente, debiéndose presentar
los mismos junto con la instancia y el anexo II:
a) y b): Fotocopia del documento Nacional de
Identidad. Residencia en caso de extranjeros.
c): Fotocopia compulsada del título exigido.
d) y e): Declaración responsable (Anexo II).
7ª. Prueba selectiva:
La oposición constará de dos ejercicios de carácter
obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por
escrito, por espacio de tres horas, dos temas extraídos
alazardelosqueserelacionanacontinuación.Elejercicio
se puntuará de cero a diez puntos, debiendo alcanzar,
al menos, un cinco en cada uno de los temas. La
calificación final resultará de la obtención de lamedia
de la puntuación obtenida en los dos temas, debiendo
obtener unmínimo de 5 puntos para pasar a la segunda
prueba.
Tema 1. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
AdministrativoComún:elProcedimientoAdministrativo.
Fases del Procedimiento
Tema 2. Clases de Recursos: Recurso de Alzada.
Recurso Potestativo de Reposición. Recurso
Extraordinario de Revisión. Reclamaciones previas
al ejercicio de Acciones Civiles y Laborales.
Tema 3. El Presupuesto General de las Entidades
Locales: concepto y contenido. Elaboración, aprobación
y ejecución. La prórroga presupuestaria.
Tema 4. La estructura presupuestaria. Los créditos
del presupuesto de gastos: delimitación, situación y
niveles de vinculación jurídica.
Tema 5. Lamodificación de crédito: clases, concepto,
financiación y tramitación.
Tema 6. La ejecución del presupuesto de gastos y
de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los
anticipos de caja fija.
Tema 7. La liquidación del presupuesto: tramitación.
Los remanentes del crédito. El resultado presupuestario:
concepto, cálculo y ajuste. El remanente de tesorería:
concepto y cálculo.
Tema8.ElsistemadecontabilidaddelaAdministración
Local. Principios Generales. Competencias. Fines de
la contabilidad. La Instrucción de Contabilidad para
la Administración Local: estructura y contenido.
Tema 9. LaCuentaGeneral de las Entidades Locales.
Los estados y cuentas anuales y anexos de las Entidades
Locales y sus Organismos Autónomos: contenido y
justificación. Las cuentas de las SociedadesMercantiles.
Tramitación de la Cuenta General. Otra información
a suministrar al Pleno, a los Órganos de Gestión y a
otras Administraciones Públicas.
Tema 10.El control interno de la actividad económicofinanciera
de las Entidades Locales y sus entes
dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo,
ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia
a los reparos.
Segunda Prueba.Resolución de un supuesto práctico,
a determinar por el Tribunal, relacionado con el
programa propuesto. Los aspirantes podrán hacer
uso, para la realización de dicho supuesto, de los
Textos Legales.
Éste ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y será
eliminatorio, necesitando obtener unmínimo de 5 puntos.
8ª. Sistema de calificación.
Los ejercicios primero y segundo de la oposición
se calificarán cada uno de ellos con un máximo de
10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 para
aprobar.
La calificación final vendrá determinada por la
media aritmética de la suma de las puntuaciones
obtenidas en los dos ejercicios.
El Tribunal valorará la exposición, la claridad de
ideas y presentación de los temas, así como la aplicación
razonada de los conocimientos teóricos a la resolución
del supuesto práctico.
En los ejercicios deberá garantizarse, siempre que
sea posible, el anonimato de los aspirantes.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en
cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos,
marcas o signos que permitan conocer la identidad
de los autores.
9ª. Tribunal Calificador.
Presidenta: Doña María Inmaculada Domínguez
Cabrera, funcionaria de esta Corporación.
Suplente:DoñaMaríaElenaMartínMartín,funcionaria
de esta Corporación.
Vocal:DoñaCristina Fernández Fernández, funcionaria
de esta Corporación.
Suplente: Don Jesús Alonso Barreto, funcionario
de esta Corporación.
Vocal:DoñaMaría del CarmenVillaverde Ferreiro,
funcionaria de esta Corporación.
Suplente: Doña Estrella Raquel Niz Machín,
funcionaria de esta Corporación.
Vocal: Don Antonio Cabrera Panasco, funcionario
de esta Corporación.
Suplente: Doña Sofía Sigut Arbelo, funcionaria de
esta Corporación.
Secretario:Don Javier LópezMartínez, funcionario
de esta Corporación, que actuará con voz y voto.
Suplente:Doña PilarMachínHenríquez, funcionaria
de esta Corporación.
10ª. Devengo de asistencias.
El Tribunal devengará asistencias por su participación
en estas pruebas selectivas, clasificándose a estos
efectos en la categoría segunda.
11ª. Las pruebas se llevarán a cabo:
Primer ejercicio: El día 5 de noviembre de 2012 a
las 09:00 horas, en la Casa Consistorial.
Segundo ejercicio: La fecha delmismo se publicará
en el Tablón de Anuncios y página Web de este
Ayuntamiento, junto con la calificación del primer
ejercicio.
12ª. Normas de aplicación.
La presente convocatoria se rige por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en lo no previsto en ella por la Legislación Básica de Régimen Local, por la Ley de la Función Pública Canaria y por el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración
General del Estado.
13ª. Impugnación.
La presente convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados, en los casos y formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo.
14ª. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las presentes pruebas selectivas en lo no previsto en estas bases.
Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, don Manuel Fajardo Feo, en Arrecife de Lanzarote a catorce de septiembre de dos mil doce. El Alcalde, firmado. El Secretario-Acctal., firmado.
Ypara que así conste, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente, en Arrecife a catorce de septiembre de dos mil doce.
Vº Bº EL ALCALDE

No hay comentarios:

Publicar un comentario