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viernes, 7 de septiembre de 2012

Bases y programa para la provisión, en régimen laboral de una lista de reserva para la contratación de Peones (CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA PALMA)

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 16554 y siguientes:

Por la presente se anuncia la convocatoria pública
para la configuración, mediante el sistema de selección
de concurso-oposición libre, de una lista de
reserva para la contratación de Peones, para prestar
servicios, en régimen laboral, en el Consorcio de
Servicios de La Palma, con arreglo a las siguientes
Bases y Programa:
Bases que han de regir la convocatoria pública
para la selección de Peones mediante concurso oposición.
Base 1.- Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la configuración,
mediante el sistema de concurso oposición
libre de una lista de reserva para la contratación de
Peones, en régimen laboral para el Consorcio de Servicios
de La Palma, con sometimiento a la legislación
vigente y al procedimiento selectivo que se detalla
en las presentes Bases.
1.2. Los puestos de trabajo, estarán dotados con
las retribuciones propias del nivel que consten en la
plantilla orgánica, y se someten a lo dispuesto en el
convenio propio del Consorcio de Servicios de La
Palma y a la normativa vigente.
Quienes superen el proceso selectivo, en el caso
de ser contratados, estarán sometidos al régimen de
incompatibilidades establecido Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas (BOE de
4.1.85), y Real Decreto 598/1985, de 30 de abril,
sobre Incompatibilidades del personal al servicio de
la Administración del Estado, de la Seguridad Social
y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes
(BOE de 4.5.85).
1.3. El régimen de la jornada de trabajo se adaptará a
las necesidades del Servicio pudiendo ser modificado,
en cualquier momento.
1.4. Las plazas podrán ser declaradas desiertas por
el Tribunal cuando éste considere que ninguno/a de
los/las aspirantes reúne los conocimientos, aptitudes
y preparación adecuadas para el desempeño de los
puestos de trabajo.
1.5. La lista resultante de este proceso selectivo
tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la
fecha de resolución final del concurso oposición,
sin perjuicio de que se extinga con anterioridad si en
el caso de llamamiento ninguno de sus integrantes
aceptare la oferta.
Base 2.- Funciones a desempeñar.
Las funciones generales serán las establecidas para
su categoría, en concreto las de recogida, transporte,
transferencia y tratamiento de los residuos en el ámbito
territorial de los municipios consorciados, y las
que específicamente se le encomienden en cuanto al
mantenimiento, reparación, vigilancia, control, limpieza,
etc., de las distintas instalaciones y vehículos
del Consorcio de Servicios de la Palma. En general,
realizarán las tareas que sus superiores les encomienden
y pueden prestar sus servicios indistintamente
en cualquier servicio que realice el Consorcio y en
cualquiera de sus centros de trabajo.
Base 3.- Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para ser admitido a la presente convocatoria, los
aspirantes deberán reunir, a la fecha en que termine
el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes
requisitos:
a) Ser mayor de edad y ser español o nacional de
un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional
de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de
los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en que sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
b) Estar en posesión del Título de Bachiller Elemental,
Formación Profesional de Primer Grado, Graduado
Escolar o titulación equivalente, o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión
de la credencial que acredite homologación.
c) Poseer la capacidad física/psíquica y funcional
necesaria para el ejercicio de las correspondientes
funciones.
d) No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para
el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido
separado/a del servicio de cualquier Administración
Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la
española deberán acreditar igualmente no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida,
en su Estado, el acceso a la función pública.
e) Disponer de carné de conducir de clase B.
3.2. Salvo lo establecido en la Base 4, los anteriores
requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes
aprobados que obtengan lugar en la Lista en el plazo
y forma previstos en la Base 10 de la convocatoria.
Su cumplimiento se entenderá referido a la fecha en
que termine el plazo de presentación de solicitudes,
debiendo gozar de los mismos durante el proceso de
selección y hasta el momento de su posible nombramiento.
Base 4.- Solicitudes.
4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria
se ajustarán al modelo que se adjunta a esta
convocatoria y deberán presentarse en el Registro
General del Consorcio, en la Avenida Marítima, nº 34,
4ª planta, en el plazo de 20 días naturales, a partir del
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la
provincia de Santa Cruz de Tenerife de lunes a viernes
de 09:00 a 13:00 horas y en los lugares establecidos en
el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
4.2. A la instancia deberá adjuntarse:
a.- Fotocopia compulsada del D.N.I. o N.I.E.
b.- Fotocopia compulsada del título exigido en la
convocatoria o resguardo de haber satisfecho los
derechos para su obtención.
c.- Fotocopia compulsada de los méritos alegados
para la fase de concurso.
Base 5.- Admisión de aspirantes y reclamaciones.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes,
la Presidenta del Consorcio de Servicios de La Palma,
dictará Resolución aprobando la lista provisional de
admitidos y excluidos, especificando respecto a estos
últimos la causa de no-admisión y se publicará en el
tablón de anuncios del Consorcio, en sus oficinas de
la Avenida Marítima, 34, 4ª planta y en la web “www.
cslapalma.org”.
5.2. Los aspirantes excluidos podrán, en un plazo de
10 días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación,
formular reclamaciones y subsanar, en su caso,
los defectos en que pudieran haber incurrido.
5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones, y una
vez resueltas éstas, la Presidenta del Consorcio de
Servicios de La Palma dictará Resolución aprobando
la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que será publicada en el tablón de anuncios del Consorcio,
en sus oficinas de la Avenida Marítima, 34, 4ª
Planta, y en la web “www.cslapalma.org”.
5.4.- En la misma Resolución se podrá señalar el
lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba,
pero también puede optarse por su publicación en
Resolución independiente, en fecha posterior.
Base 6.- Tribunal calificador.
6.1.- El Tribunal Calificador estará configurado de
la siguiente forma:
- Presidente.
- Secretario.
- Vocales: su número será de cuatro y serán funcionarios
de carrera o personal laboral del Consorcio o
de cualquiera de los Organismos consorciados designados
por la Presidenta del Consorcio, que deberán
poseer titulación o, en su caso, especialización igual
o superior a la exigida en la convocatoria.
El Tribunal quedará integrado, además, por los
suplentes respectivos, que serán designados simultáneamente
con los titulares.
El Delegado de Personal del Consorcio podrá recabar
información del Tribunal y hacer constar, en su
caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento
de selección y, en ningún caso, podrá estar presente
en las deliberaciones de aquel.
6.2. Los miembros del Tribunal y sus suplentes
serán designados por la Presidenta del Consorcio de
Servicios de La Palma.
6.3. Se constituirá el Tribunal, con asistencia del
Presidente, el Secretario y los vocales. En dicha
sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo del
proceso selectivo.
El procedimiento de actuación del Tribunal se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las
cuestiones que puedan plantearse en relación con la
interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas
para las pruebas. Dichos asesores se limitarán al
ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán
con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.
La designación de tales asesores corresponderá a la
Presidenta del Consorcio, a propuesta del Presidente
del Tribunal Calificador.
6.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias,
el Tribunal calificador tendrá su sede en el Consorcio
de Servicios de La Palma, Avenida Marítima,
nº 34, 4ª planta, en Santa Cruz de La Palma.
Base 7.- Desarrollo del concurso-oposición.
7.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos
fases, teniendo lugar primero la fase de oposición
y posteriormente la fase de concurso, en la forma
indicada en las presentes bases.
7.2. El concurso-oposición dará comienzo en la
fecha, hora y lugar que se anuncie, con la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos o en
fecha posterior. Posteriormente, el Tribunal hará
públicos oportunamente los sucesivos anuncios de
la celebración de las restantes pruebas en la forma
reglamentaria.
7.3. La valoración global máxima del concursooposición
será de 100 puntos, correspondiendo 80
puntos a la fase de oposición y 20 puntos a la fase
de concurso.
7.4. De ser necesario y de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 17, R.D. 364/1995 de 10 de
marzo, el orden de actuación de los opositores vendrá
determinado por el resultado del último sorteo celebrado
por la Secretaria de Estado para la Administración
Pública, en los términos establecidos en este artículo.
En este caso, se iniciará alfabéticamente por el primero
de la letra “O” de conformidad con lo previsto en la
Resolución de 29 de febrero de 2012. En el supuesto
de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra “O”, el orden de actuación se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra “P”, y así sucesivamente.
7.5. En cualquier momento del proceso selectivo
los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del Tribunal, con la finalidad de acreditar su
personalidad.
7.6. Convocatoria del primer ejercicio: los aspirantes
serán convocados para la realización del primer
ejercicio con al menos setenta y dos (72) horas de
antelación, mediante anuncio que se hará público en el
tablón de anuncios del Consorcio, en la Avenida Marítima,
nº 34, 4ª planta, en Santa Cruz de La Palma, en
la página web www.cslapalma.org y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su
máxima divulgación, siendo, en todo caso, excluidos
de la oposición quienes no comparezcan al mismo,
dado el carácter de unidad de acto de la convocatoria,
salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
7.7. Desde la conclusión del primer ejercicio hasta
el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo
mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta
y cinco días naturales.
7.8. La publicación del anuncio de celebración
del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal
Calificador en el tablón de anuncios del Consorcio,
en la web “www.cslapalma.org” y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar
su máxima divulgación, con setenta y dos horas, al
menos, de antelación a la señalada para la iniciación
de los mismos.
Base 8.- Fase de oposición.
8.1. La fase de oposición tendrá una puntuación
máxima de 80 puntos, siendo eliminados los opositores
que no alcancen un mínimo de 50 puntos. Constará
de los siguientes ejercicios:
- Primer ejercicio: tendrá carácter eliminatorio y
consistirá en una prueba física donde el candidato
demuestre su capacidad para poder desempeñar
el trabajo adecuadamente. Consistirá la prueba en
recorrer la mayor distancia posible en 12 minutos,
estableciéndose unos mínimos en función del sexo y
la edad de los concurrentes:
(Metros) Menos de 30 años 30 a 39 años 40 a 49 años 50 años o más
Hombres 2.200 1.900 1.700 1.600
Mujeres 1.800 1.700 1.500 1.400
El resultado de este ejercicio será:
- No apto: supone la eliminación del opositor.
- Apto: faculta al opositor a realizar el segundo
ejercicio.
- Segundo ejercicio: consistirá en un ejercicio
escrito tipo test sobre los temas que se detallan en el
Anexo a estas Bases. El contenido del ejercicio será
establecido por miembros del Tribunal, pero consistirá
en 20 preguntas con tres respuestas alternativas
cada una, de las cuales solo una será correcta. Cada
pregunta respondida correctamente se valorará con 4
puntos y en caso de respuesta errónea se descontará
1 punto por cada una. Las preguntas no respondidas
no computarán en ningún sentido.
Base 9.- Fase de concurso.
9.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio,
tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
9.2. Los méritos alegados y probados conforme a lo
establecido en estas bases, se puntuarán de acuerdo
con el siguiente baremo:
Méritos académicos: se valorarán los siguientes
títulos oficiales:
- Formación Profesional: si la titulación es del ciclo
formativo de Grado Superior: 13 puntos.
- Formación Profesional: si la titulación es del ciclo
formativo de Grado Medio, 7 puntos.
- Bachillerato: 7 puntos.
No serán acumulables los puntos referentes a la
titulación de Formación Profesional de Grado Superior
con los del Grado Medio, pero si podrán acumularse
los puntos por Bachillerato con los de uno de los
títulos de Formación Profesional.
9.3. La valoración de los méritos solo se realizará
una vez celebrada la fase de oposición y respecto de
los candidatos que hayan aprobado dicha fase.
Base 10.- Relación de aprobados, presentación de
documentos y propuesta de contratación.
10.1. Terminada la calificación del último ejercicio
y realizada la valoración de los méritos, el Tribunal
hará pública en el tablón de Anuncios del Consorcio
de Servicios de La Palma, en sus oficinas de la
Avenida Marítima, 34, 4ª planta y en la web “www.
cslapalma.org” la relación de aprobados por orden
de puntuación, sumando las calificaciones obtenidas
por cada aspirante en la fase de concurso y en la fase
de oposición.
En caso de igualdad en la puntuación total, una
vez sumadas la fase de concurso y oposición, se dará
prioridad al aspirante con mayor puntuación en la fase
de oposición. Si una vez aplicada esta regla no se ha
dirimido el empate, este se resolverá finalmente por
sorteo entre los aspirantes elegidos.
10.2. Cuando las necesidades de personal lo demanden,
el Consorcio convocará al concursante-opositor
que corresponda según el orden de la Lista de reserva
para la formalización del contrato. Dentro de los 7 días
naturales siguientes a la comunicación, el candidato
convocado deberá aportar en el Consorcio de Servicios
de La Palma, los siguientes documentos:
a.- Instancia según modelo adjunto.
b.- Fotocopia compulsada del D.N.I. o del N.I.E.
c.- Declaración jurada de no hallarse inhabilitado
ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas
y de no haber sido separado del servicio de una
Administración Pública.
e.- Fotocopia compulsada del carnet de conducir.
f.- Certificado médico oficial acreditativo de no
padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que
imposibilite el ejercicio de las funciones propias del
puesto. La contratación definitiva estará supeditada al
examen médico que se realizará por el Consorcio.
g.- Fotocopia compulsada de la tarjeta sanitaria de
la Seguridad Social.
h.- Certificado bancario con el número y la titularidad
de la cuenta en la que se deberán ingresar las
nominas en el futuro.
10.3. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos
de fuerza mayor suficiente justificada, no presentaran
dichos documentos o no realizaran el examen médico
requerido por el Consorcio no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio
de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido
por falsedad en su instancia.
10.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior,
se cubrirá la plaza con el aspirante incluido inmediatamente
a continuación en la relación de aprobados a
que se refiere esta convocatoria y en la forma señalada
en los apartados anteriores.
Base 11.- Contratación e incorporación.
11.1. Aportados por el aspirante los documentos
a que se refiere la base 10.2 anterior y superado
el examen médico también referido en dicha base
10.2, la Presidenta del Consorcio procederá a su
contratación como peón del Consorcio de Servicios
de La Palma.
11.2. Los aspirantes nombrados deberán firmar
el contrato e incorporarse al trabajo en el plazo de
10 días naturales como máximo a contar desde ser
requerido para ello. Si en dicho plazo, y salvo causas
de fuerza mayor, no se incorporaran, perderán todos
sus derechos para la adquisición de la condición de
personal del Consorcio de Servicios de La Palma. En
tal supuesto se estará a lo dispuesto en la base 10.4
de esta convocatoria.
11.3.- Se establece para los aspirantes incorporados
un periodo de prueba de tres (3) meses.
Base 12.- Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los
actos dictados en su aplicación, cabe interponer, optativamente,
uno de los siguientes recursos:
a) Recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses desde el día siguiente al de notificación
o publicación del acto recurrido.
b) Recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes contado igualmente desde el día siguiente a
la publicación o notificación de los actos o acuerdos
recurridos.
Santa Cruz de La Palma, a 07 de agosto de 2012.
La Presidenta, Guadalupe González Taño.
Anexo a las Bases para la selección de peones.
El segundo ejercicio de la fase de Oposición consistirá
en responder un cuestionario de tipo test con
preguntas sobre el siguiente:
Temario.
1.- Prevención de riesgos laborales:
1. Legislación en materia preventiva.
2. Factores de riesgo en el trabajo.
3. Trabajos de recogida de residuos sólidos urbanos.
4. Trabajos en vertederos.
5. Trabajos en Plantas de Tratamiento de residuos.
6. Operaciones especiales de limpieza.
7. Equipos de protección individual.
8. Señalización de lugares de trabajo.
9. Principios básicos de seguridad contra incendios.
10. Primeros auxilios.
2.- Ley 1/1999 de Residuos de Canarias de 29 de
enero: artículos 2, 4, 12, 15, 27, 28, 30.
3.- Estatutos del Consorcio de Servicios de La
Palma: artículos 3, 4.1, 5 y 6.
4.- Ordenanza municipal de la limpieza y uso de la
vía pública y de los residuos en general – Consorcio
de Servicios de La Palma:
- Título I: Artículo 4 y 7.
- Título II: Artículo 9.
- Título III: Artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28,
29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37.
- Título IV: Artículos 41, 42 y 43.
- Título VI: Artículo 53.
Documentación.
Para la preparación del temario se recomienda la
siguiente documentación:
1.- Prevención de riesgos laborales: Monografía
de Asepeyo titulada “Seguridad en la recogida y
tratamiento de residuos y operaciones especiales
de limpieza” Disponible en la pagina “asepeyo.es”.
Enlace directo:
http://www.asepeyo.es/apr/apr0301.nsf/BIBWV00_
SP/87D99597CEB54A1DC125701800250EC1?Ope
nDocument&&TipoMenu=N&NIVELLS=3”
2.- Ley 1/1999 de Residuos de Canarias de 29 de
enero, disponible en:
- Boletín Oficial de Canarias nº 16, del 5 de febrero
de 1999.
- Página Web del Consorcio de Servicios de La
Palma: www.cslapalma.org.
3.- Estatutos del Consorcio de Servicios de La
Palma, disponible en:
- Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz
de Tenerife nº 164 del miércoles 18 de agosto del
2010.
- Página Web del Consorcio de Servicios de La
Palma: www.cslapalma.org.
4.- Ordenanza municipal de la limpieza y uso de la
vía pública y de los residuos en general - Consorcio
de Servicios de La Palma: disponible en la página
Web del Consorcio de Servicios de La Palma: www.
cslapalma.org.
Modelo de instancia I.
Don/Doña .........................................................
...................., mayor de edad, con D.N.I. número
......................... , con domicilio a efectos de notificaciones
en.................................. en la calle ...........
.......................................... teléfono .........................
comparece y como mejor proceda dice:
Que solicita ser admitido a la convocatoria para
la configuración de una lista de reserva para la contratación
de Peones para el Consorcio de Servicios
de La Palma.
Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico
que la incapacite para el ejercicio del puesto
de trabajo.
Que no está incurso en ninguna de las incapacidades
establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquier Administración
Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas.
Que reúne todas y cada una de las condiciones y
requisitos exigidos en la presente convocatoria, referidos
a la fecha de expiración del plazo señalado
para la presentación de instancias.
Que acompaña a la presente solicitud:
a.- Fotocopia compulsada del D.N.I. o N.I.E. (documento
equivalente).
b.- Fotocopia compulsada del título exigido en la
convocatoria o resguardo de haber satisfecho los
derechos para su obtención.
c.- Fotocopia compulsada de los méritos alegados
para la fase de concurso.
Por lo expuesto, solicita se sirva de admitir la
presente solicitud y en su virtud, ser admitido a la
dicha convocatoria.
Santa Cruz de La Palma, ........... de .....................
............ de 2012.
SEÑORA PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE
SERVICIOS DE LA PALMA.
Modelo de instancia II.
Don/Doña ......................................................, mayor
de edad, con D.N.I. número............. con domicilio
en................................................ en la calle ..............
........................... teléfono móvil número....................
y/o teléfono fijo número..................... comparece y
como mejor proceda dice:
Que habiendo sido convocado por el Consorcio
de Servicios de La Palma para la contratación como
Peón según el puesto ocupado en la Lista de reserva
constituida, se pone a disposición del Consorcio para
incorporarse al trabajo en la fecha que disponga.
Que acompaña a este escrito la documentación
exigida:
a.- Fotocopia compulsada del D.N.I. o N.I.E.
b.- Declaración jurada de no hallarse inhabilitado
ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas
y de no haber sido separado del servicio de una
Administración Pública.
c.- Fotocopia compulsada del carnet de conducir.
d.- Certificado médico oficial acreditativo de no
padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que
imposibilite el ejercicio de las funciones propias del
puesto.
f.- Fotocopia compulsada de la tarjeta sanitaria de
la Seguridad Social.
g.- Certificado bancario con el número y la titularidad
de la cuenta en la que se deberán ingresar las
nominas en el futuro.
Por lo expuesto, solicita se sirva de admitir la
presente instancia y en su virtud, ser llamado para
incorporarme al personal del Consorcio.
Santa Cruz de La Palma, ......... de ........................
............ de 201.....
SEÑORA PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE
SERVICIOS DE LA PALMA.

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